CASANARE
Aval de Luis Eduardo Castro a la Alcaldía de Yopal no tiene problema, confirma Partido ASI
La Vicepresidente del Partido Alianza Social Independiente ASI, Sor Berenice Bedoya Pérez, aclaró mediante un Comunicado a la Opinión Pública, que el aval otorgado al candidato Luis Eduardo Castro para las elecciones atípicas a la Alcaldía de Yopal el próximo 26 de noviembre no registra inconvenientes, y por lo tanto el candidato irá hasta el final sin ningún contratiempo,
Explicó la dignataria, que el señor Alonso Tobón Tobón no es el Presidente ni Representante Legal del Partido desde el 28 de enero de 2017, fecha en la cual la X Convención Nacional Ordinaria del Partido eligió nuevos directivos, quienes actualmente se encuentran en ejercicio de sus funciones. “Por tal razón, el señor Alonso Tobón Tobón no tiene competencia Constitucional, legal ni estatutaria para otorgar avales a candidatos a cargos de elección popular”.
Señala la comunicación emitida por el Partido Alianza Social Independiente ASI, que la persona que tiene la competencia para otorgar avales a cargos de elección popular es la doctora Sor Berenice Bedoya Pérez, Vicepresidente del Partido, como lo dispuso la Resolución No. 2173 de 2017 emanada del Consejo Nacional Electoral CNE, tal como sucedió en el caso del candidato Luis Eduardo Castro, cuyo aval fue entregado y firmado por Bedoya Pérez ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.


Consulte acá la Resolución No. 2173 de 2017 del CNE
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
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