NACIONALES
Así puede inscribirse a los procesos de selección que adelanta la Comisión Nacional del Servicio Civil
La Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC- es responsable de velar por el mérito y por la transparencia en el ingreso a la carrera administrativa del país. Está encargada de desarrollar permanentemente diferentes procesos de selección que tienen como objetivo dar la posibilidad a los ciudadanos de aspirar a empleos de vacancia definitiva en las entidades públicas del orden nacional y territorial.
Para facilitar la inscripción de los ciudadanos, la CNSC cuenta con SIMO, Sistema de apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad, en el que actualmente hay más de 2.800.000 colombianos registrados. Allí, los ciudadanos deben cargar su hoja de vida, datos básicos, formación académica, experiencia laboral y los documentos que sean requeridos por el Estado para aplicar a los procesos de selección.
¿Cómo inscribirse en un proceso de selección a través de SIMO?
- Consulte el Acuerdo y Anexo del proceso de selección de su interés en la página web de la CNSC www.cnsc.gov.co, para conocer los requisitos y condiciones de participación.
- Una vez en el sitio web, haga clic en el botón de SIMO o entre directamente a través de https://simo.cnsc.gov.co/
- Regístrese para establecer el usuario y contraseña.
- Consulte el empleo que se ajuste a su perfil con los filtros de profesión, ciudad, experiencia, rango salarial, etc., e identifique el número de la Oferta Pública de Empleo de Carrera (OPEC) correspondiente.
- Verifique que su título o disciplina es el solicitado en el Manual Específico de Requisitos y Funciones definido, y que cumple con el tipo y tiempo de experiencia solicitados.
- Marque como favorito o seleccione el empleo de su interés para acceder al Formulario de Confirmación de los Datos de Inscripción y realice el cargue de los documentos requeridos.
- Haga clic en el botón confirmación de empleo y el sistema le habilitará las opciones de pago.
- Seleccione el método de pago y realice un único pago de los derechos de participación para el empleo seleccionado. (Solo puede aplicar a un (1) empleo).
- Para formalizar su inscripción presione el botón “Confirmar empleo” y descargue la constancia de su inscripción en SIMO
Próximos procesos de selección
La Comisión Nacional del Servicio Civil está trabajando para ofertar en los próximos meses miles de vacantes de diferentes entidades del Estado distribuidas en todo el país, tanto en la Modalidad Ascenso (solo para los servidores de carrera administrativa de la entidad que convoca) y en Modalidad Abierta (para todos los ciudadanos mayores de 18 años). Estas son:
- Entidades del Orden Nacional 2022
Modalidad Ascenso y Abierta – A través de este proceso de selección, se ofertan más de 3.000 mil vacantes en los niveles técnico, asistencial y profesional de 11 entidades. Estos empleos son en 32 ciudades capitales y 33 municipios del país. Para consultar los acuerdos y anexos, ingrese a https://historico.cnsc.gov.co/index.php/conv-orden-nacional-2022
- Entidades del Orden Territorial
Modalidad Ascenso y Abierta – Son más de 2.000 vacantes que se ofertarán en entidades de los departamentos de Atlántico, Bolívar, Caldas, Cundinamarca, La Guajira, Meta, Risaralda Huila y Norte de Santander. Para consultar los acuerdos y anexos, ingrese a https://bit.ly/3OCC3fC
- Fuerza Aérea Colombiana
Modalidad Abierta- Un total de 458 vacantes del nivel asistencial y técnico de la Fuerza Aérea Colombiana ofertará la CNSC. Están dirigidas a todos los colombianos y son de 13 ciudades y municipios de 11 departamentos del país. Las inscripciones iniciarán el 23 de mayo e irán hasta el 06 de julio. Para consultar los acuerdos y anexos, ingrese a https://historico.cnsc.gov.co/index.php/1497-de-2020-fuerza-aerea-colombiananormatividad
- Docentes y Directivos Docentes para población mayoritaria (rural y no rural)
Son más de 37.000 vacantes que se ofertarán a nivel rural y no rural en 89 secretarías del país. Los empleos son para proveer los cargos de Rectores, Coordinadores, Docentes Orientadores y Docentes de Aula para Preescolar, Básica Primaria y las demás áreas de conocimiento disponibles. Las inscripciones irán del 13 de mayo al 9 de junio. Para consultar los acuerdos y anexos, ingrese a https://historico.cnsc.gov.co/index.php/2150-a-2237-de-2021-directivos-docentes-ydocentes-normatividad
La Comisión Nacional del Servicio Civil recuerda a los ciudadanos que pueden inscribirse a una sola vacante por proceso de selección y podrán participar simultáneamente en dos o más convocatorias o concurso de méritos. Así mismo, los colombianos podrán visitar el sitio web de la entidad www.cnsc.gov.co y su perfil en SIMO para consultar el estado de los diferentes procesos.
Fuente: Comisión Nacional del Servicio Civil
NACIONALES
A la fecha, no hay alerta sobre la presencia de hantavirus en Colombia, estas son las recomendaciones
El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud, informan que, en seguimiento al evento internacional notificado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) relacionado con casos graves asociados a hantavirus en pasajeros de un crucero internacional, actualmente no se han confirmado casos de infección por hantavirus en Colombia.
¿Qué es hantavirus?
Los hantavirus corresponden a un grupo de virus zoonóticos transmitidos principalmente por la inhalación de partículas contaminadas provenientes de excretas (orina, saliva o heces) de roedores silvestres infectados. En las Américas, algunos hantavirus pueden causar el síndrome cardiopulmonar por hantavirus (SCPH), una enfermedad poco frecuente pero potencialmente grave, caracterizada inicialmente por fiebre, malestar general, cefalea y síntomas respiratorios inespecíficos, con posible progresión rápida a dificultad respiratoria severa, compromiso cardiovascular y choque.
En Colombia, a la fecha no se han documentado casos clínicamente confirmados de síndrome cardiopulmonar por hantavirus, sin embargo, investigaciones desarrolladas entre 2004 y 2016 por instituciones académicas y centros de investigación identificaron evidencia serológica de exposición previa a hantavirus en humanos y reservorios silvestres en algunas regiones del país. Estos hallazgos sugieren circulación potencial de virus relacionados, aunque no constituyen evidencia de transmisión activa sostenida ni de enfermedad clínica confirmada en el territorio nacional. Por lo que, de acuerdo con la situación epidemiológica, en Colombia el riesgo de presentación de casos es bajo.
Recomendaciones de Minsalud e INS:
Se recomienda a la población mantener las medidas generales de prevención orientadas a disminuir el riesgo de exposición a roedores, enfermedades respiratorias y aquellas relacionados con los alimentos entre ellas:
- Se debe garantizar la limpieza y desinfección de aquellos alimentos no perecederos que sean almacenados por tiempos prolongados y asegurar que sus empaques no se encuentren rotos o con abolladuras.
- Tener precaución con el consumo de alimentos envasados, empaquetados o enlatados que hayan estado en procesos de bodegaje largos.
- Mantener una higiene adecuada de viviendas, bodegas y áreas de almacenamiento.
- Evitar la acumulación de residuos y alimentos expuestos que favorezcan la presencia de roedores.
- Sellar grietas y espacios que faciliten el ingreso de roedores a los hogares.
- Utilizar elementos de protección personal, incluida mascarilla, durante labores de limpieza en lugares cerrados o con evidencia de infestación por roedores.
- Realizar lavado frecuente de manos.
- Consultar oportunamente a los servicios de salud ante síntomas febriles o respiratorios, especialmente si existe antecedente de exposición a ambientes con presencia de roedores.
Las autoridades sanitarias nacionales continuarán realizando seguimiento al evento internacional de manera articulada con la OMS y demás organismos técnicos, manteniendo activas las acciones de vigilancia epidemiológica y capacidad diagnóstica en el país. Cualquier actualización relevante será comunicada de manera oportuna, a través de los canales oficiales, con base en la evidencia científica disponible y los lineamientos nacionales e internacionales de salud pública.
NACIONALES
Consejo de Estado: Por exclusividad de la Fuerza Pública, Policía Nacional debe vigilar la seguridad en los estadios
Previo levantamiento de la reserva legal por parte del Ministerio del Interior, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio a conocer un concepto en el que indicó que los artículos 52 y 62 de la Ley 1801 de 2016 (Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana) no se encuentran vigentes. Ello en virtud de la Sentencia C-223 de 2017 que declaró su inexequibilidad con efectos diferidos a partir del 20 de junio de 2019.
La Sala señaló que mediante el Decreto 1007 de 2012 (compilado en el Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015) se creó en Colombia el Estatuto de Aficionado al Fútbol que dispuso la creación de un Plan Decenal para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y permitió la articulación del respectivo alcalde, el presidente del club o clubes profesionales de la localidad con la Policía Nacional en el conocimiento e implementación de los protocolos de seguridad en los estadios.
Asimismo, sostuvo que según la Sentencia C-128 de 2018, en materia de seguridad en actividades que involucran aglomeraciones de público complejas, como es el caso de los partidos del fútbol profesional, las competencias de la Policía Nacional y de las empresas de seguridad privada y/o de logística, fueron definidas de la siguiente manera:
• De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, la Policía Nacional, en atención al principio de exclusividad de la fuerza pública, tiene como fin principal la prevención de aquellas conductas que constituyen amenazas de afectación del orden público o impiden la convivencia entre las personas, en los términos de los artículos 2 y 218 de la Constitución Política.
• Las empresas de vigilancia y seguridad privada pueden actuar en el ámbito en que ofrezcan sus servicios, bajo los límites establecidos por el legislador, con el fin de «disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección», de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Decreto Ley 356 de 1994, sin que ello involucre en modo alguno el ejercicio de actividades de conservación del orden público, la seguridad ciudadana ni la convivencia pacífica.
Por último, la Sala agregó que el artículo 9° de la Ley 1270 de 2009, mediante la cual se creó la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, asignó a la Policía Nacional la función de prevenir la aparición de hechos de violencia en los estadios de fútbol y en sus alrededores, en el marco del mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas.
Tras años de tensiones entre la Dimayor y el Gobierno, el alto tribunal dejó claro que las empresas privadas no pueden sustituir a la fuerza pública en el control del orden en eventos masivos como partidos o conciertos.
NACIONALES
Estos son los acuerdos logrados sobre catastro multipropósito que permitieron levantar el paro nacional
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