CASANARE
Amplían medidas de bioseguridad ante aumento de casos Covid-19 en el país, Casanare no es la excepción
Con el objetivo de adoptar y actualizar las medidas de protección contra el Covid-19 y otras enfermedades de tipo respiratorio en Colombia, el Ministerio de Salud y Protección Social, emitió una nueva Resolución.
El documento cubre a los habitantes del territorio nacional, líneas de cruceros, operadores de aeropuertos, explotadores de aeronaves, aerolíneas de pasajeros y de carga, agencias de aduanas, operadores de puertos, los tripulantes de aeronaves de pasajeros y de carga, pasajeros de aerolíneas y de transporte marítimo internacional.
Las cifras
Más de 6,25 millones de contagios por el virus del Covid-19 se han registrado a lo largo del país desde el inicio de la pandemia y más de 141 mil muertes relacionadas a la enfermedad. En Casanare los números siguen aumentando, en el más reciente informe de cifras reportado por la Secretaría de Salud departamental, se registraron 132 nuevos contagios y 2 fallecimientos, dando como total 42.332 casos desde el inicio de la pandemia y 1.012 defunciones.
Medidas
Ante la preocupación que genera la presencia del quinto pico por esta enfermedad, las medidas de autocuidado son claves para detener su avance. Por eso es necesario:
1. Vacunación con esquemas completos: Según edad y farmacéutica a la que pertenezca el biológico. La vacunación ha demostrado ser la mejor estrategia para reducir las afectaciones por el SARS-CoV-2.
2. Lavado de manos: Realizarlo con agua y jabón mínimo 20 a 30 segundos, especialmente después de entrar en contacto con superficies que hayan podido ser contaminadas por otra persona (manijas, pasamanos, cerraduras, transporte) Cuando las manos están visiblemente sucias, antes y después de ir al baño, antes y después de comer, después de estornudar o toser, antes y después de usar tapabocas, antes de tocarse la cara, después de acariciar sus animales de compañía, recoger sus excretas, o a la manipulación de sus alimentos.
• Para la higiene de manos también se deberá tener en cuenta: Usar alcohol glicerinado mínimo al 60% máximo 95% cuando las manos estén visiblemente limpias y disponerlo en lugares de acceso fácil y frecuente por parte de las personas usuarias y trabajadoras de cada sector.
• Lavar o higienizar las manos después de usar equipos biométricos o elementos para toma de huella dactilar debido al riesgo de la transmisión del virus en esas actividades.
• Disponer de los insumos para realizar la higiene de manos, esto es, agua limpia, jabón y toallas de un solo uso (toallas desechables) para el secado de manos. Disponer en áreas comunes de puntos para el lavado frecuente de manos. Instalar recordatorios de la técnica del lavado de manos en la zona en la cual se realiza esta actividad. Limpiar y desinfectar con frecuencia los recipientes que dispensan el alcohol glicerinado.
3. Distanciamiento físico: Tanto en espacios cerrados como abiertos, públicos o privados, se debe garantizar el distanciamiento físico de las personas, especialmente a aquellas que presenten comorbilidades o se encuentren dentro de los grupos poblacionales en riesgo. Para esto todos los establecimientos deben seguir implementando estrategias para reducir las aglomeraciones.
4. Uso de tapabocas: Es obligatorio el uso de tapabocas en personas mayores de 2 años en las instituciones de salud, hogares geriátricos, en el transporte público, estaciones de transporte masivo, los terminales de transporte aéreo, terrestre, marítimo y fluvial, sin importar el avance de la vacunación y debería usarse de manera permanente el tapabocas quirúrgico en personas con comorbilidades que generen inmunosupresión en especial trasplantes, Cáncer, entre otras, con cuadros respiratorios, así como en no vacunadas y cuando se visitan niños recién nacidos, adultos mayores y personas con comorbilidades.
También será exigible el uso del tapabocas en los lugares cerrados de las áreas metropolitanas, zonas conurbanas definidas en cada departamento y en los municipios, con una cobertura de vacunación con esquema completo menor al 70%, y una cobertura en dosis de refuerzo menor al 40%.
5. Ventilación adecuada: Se deben mantener puertas y ventanas abiertas para lograr el ingreso del aire natural; en lugares cerrados es necesario mantener abiertas las puertas y ventanas. En lo posible acceder a lugares al aire libre, terrazas, patios abiertos o jardines.
Medidas para el ingreso al país por vía aérea para el transporte de pasajeros, tripulantes y carga.
• Los viajeros connacionales o extranjeros de 18 años y más deben presentar el certificado o carné de vacunación con esquema completo, teniendo un mínimo de 14 días desde la fecha que se completó el esquema o una prueba PCR con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor de 72 horas o una prueba de antígenos con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor de 48 horas, antes de la fecha y hora de embarque inicialmente programada. Para efecto del cumplimiento del inciso anterior, las vacunas serán aquellas autorizadas por la Organización Mundial de la Salud o aquellas oficialmente aprobadas por un país o territorio reconocido por las Naciones Unidas, las cuales pueden ser consultadas en https://covid-19pharmacoviqilance.paho.orú/ o en https://www.mi
*Recuerde:* No viajar si presenta síntomas asociados con COVID-19, si estuvo en contacto estrecho con un caso positivo o si ha sido diagnosticado positivo para COVID-19 en los últimos catorce (14) días. Utilizar el tapabocas o mascarilla, de manera adecuada, tapando nariz y boca. Se recomienda el uso de tapabocas tipo N95 para las personas de 60 años y más, o aquellas con comorbilidades, ya que tiene mayor vulnerabilidad de presentar cuadros graves.
Por su parte, la Secretaría de Salud de Casanare junto a la Secretaría de Educación, expidieron la circular conjunta 0269 con el fin de exhortar a toda la comunidad educativa para que sigan promoviendo y usando el uso del tapabocas y las demás medidas de bioseguridad dentro de cada una de las instituciones. Con estas medidas se espera reducir exponencialmente los contagios del mortal virus del COVID-19.
Fuente: Gobernación de Casanare
CASANARE
Diputados Mancipe y Henry Pérez “se dijeron cositas” por elección del nuevo Contralor de Casanare
El presidente de la Asamblea de Casanare, Henry Pérez Hernández, respondió a los cuestionamientos del anterior presidente de la corporación, Juan Fernando Mancipe, sobre los avances en el proceso de elección del Contralor Departamental, señalando que al asumir la presidencia se identificaron inconsistencias que ponían en riesgo la seguridad jurídica de la convocatoria.
El cabildante explicó que, tras la revisión, la Mesa Directiva decidió revocar la convocatoria, aunque el contrato suscrito con la Universidad Distrital por Mancipe durante su presidencia se mantiene vigente. No obstante, indicó que, en su calidad de supervisor, solicitó a la institución una terminación anticipada bilateral debido a las situaciones detectadas que podrían comprometer la legalidad del proceso.
Piden intervención de la Procuraduría
El presidente de la Asamblea también informó que, actuando con diligencia, se radicó ante la Procuraduría General de la Nación una solicitud de conciliación extrajudicial, trámite necesario al tratarse de entidades públicas. Asimismo, advirtió que se evalúan posibles acciones por presuntas irregularidades como prevaricato, celebración de contratos sin el lleno de requisitos y eventual adulteración de firmas.
Pérez Hernández aseguró que la corporación ha actuado conforme al debido proceso y confía en que las autoridades competentes resuelvan la situación en los tiempos establecidos. Añadió que, una vez superados los trámites legales, se podrá avanzar en una nueva convocatoria que permita garantizar la elección del Contralor Departamental con plena seguridad jurídica.
Mancipe se defiende
CASANARE
Yopal asegura $15.000 millones tras fallo a favor en disputa con Asobancaria, por tarifa del ICA para los bancos
La Alcaldía de Yopal ha logrado un importante triunfo jurídico en su prolongada disputa con Asobancaria por el cobro del impuesto de industria y comercio (ICA).
Esta decisión, ratificada por la Corte Constitucional, reafirma la facultad del municipio para aplicar una tarifa del 20 x 1.000 a las entidades financieras que operan en la ciudad.
El fallo no solo garantiza ingresos anuales cercanos a los 15.000 millones de pesos, que serán vitales para financiar inversiones en infraestructura vial, vivienda y educación, sino que también establece un precedente jurídico de alcance nacional. Otras capitales del país podrán ahora referenciarse en esta decisión, fortaleciendo su autonomía fiscal.
La Administración Municipal destacó el arduo trabajo de su equipo legal, subrayando la defensa de los intereses de Yopal frente a una de las organizaciones más poderosas del país. En adelante, las entidades financieras deberán acatar las disposiciones del Estatuto de Rentas vigente.
El caso se originó cuando Asobancaria demandó el artículo 18 del Acuerdo 022 de 2021, argumentando que la tarifa máxima debía ser del 14 x 1.000. Sin embargo, las autoridades judiciales reconocieron la autonomía tributaria de Yopal para fijar tarifas dentro del rango permitido por la ley, que para ciudades capitales puede llegar hasta el 30 x 1.000 si se justifica ante el Concejo Municipal.
CASANARE
Alerta por posible repunte de casos de Dengue en Casanare, ya van cerca de 300 en lo corrido del año
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