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Alcalde de Yopal JJ Torres seguirá recluido en la penitenciaría La Picota, defensa apeló decisión

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Negada revocatoria de medida de aseguramiento solicitada por el alcalde de Yopal Jhon Jairo Torres Torres en el proceso que se le sigue por enriquecimiento y lavado de activos. Seguirá en prisión en la cárcel La Picota.

El Juez Tercero Penal de Bogotá con Función de Control de Garantías desestimó las pretensiones del abogado Guillermo Mendoza Diago, de obtener la revocatoria de la detención en cárcel basado en que ya habían cesado las causales fijadas por el artículo 308 de la ley 906 de 2004 para hacer efectiva la medida de aseguramiento.

Según la Defensa, Torres Torres no es un peligro para la seguridad de la sociedad ni está en capacidad de obstruir la justicia, amén de estar dispuesto siempre a comparecer ante las autoridades judiciales donde cursa su proceso. El abogado apeló la decisión del juez y esto podría tomar entre 10 días y un mes para resolverse, dijeron juristas consultados.

Para la Fiscalía 13 Especializada Antinarcóticos y de Lavado de Activos, Torres Torres ideó todo un plan para darle apariencia de legalidad a sus recursos a costa de los necesitados compradores de lotes en La Bendición y de su entramado de empresas de papel con lo que terminó burlándose de la administración pública y de justicia.

La adquisición de los terrenos identificados con matrículas inmobiliarias 470-7207, 470-101187 y 470-15433 por parte de Jhon Jairo Torres a Jairo Enrique Pérez Barreto en enero de 2014 por 4 mil millones de pesos y de los cuales sabía que estaban afectados por una medida cautelar por parte de la Fiscalía 16 de la Dirección Nacional para la Extinción del Derecho de Dominio que impedía su enajenación; la constitución de las empresas Ciudadela La Bendición, Alquiservicios, Comercializadora Dora SAS e Inversiones TL Colombia SAS y todas las actividades que Jhon Jairo Torres Torres realizó, solo tendieron a dar apariencia de legalidad a los bienes adquiridos.

La Fiscalía en formulación de acusación afirma que “ante la ausencia de una justificación lícita de los recursos, se entiende su procedencia ilícita dado que Torres Torres no tiene apalancamiento lícito que se repute como el origen de los recursos que determinaron la constitución de las empresas, las obras realizadas en la Ciudadela así como adquisición de todos y cada uno de los bienes señalados, aunado al hecho de la procedencia ilícita de los recursos percibidos por la empresa Ciudadela La Bendición y que se entiende son el producto del delito de urbanización ilegal”.

Fuente: Martha Isabel Cifuentes – Violeta Stéreo

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Terreno donde inicialmente se iba a construir el Terminal de Yopal si tenía problemas jurídicos

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El Tribunal Administrativo de Casanare resolvió en segunda instancia una acción popular relacionada con la adquisición del predio destinado inicialmente a la construcción del nuevo Terminal de Transportes de Yopal, ubicado en la carrera 5° que conduce hacia Morichal, proceso en el que se analizó la actuación del Municipio de Yopal y de la Sociedad de Economía Mixta Terminal de Transportes de Yopal S.A.S.

La demanda fue interpuesta por el ciudadano Oromairo Avella, y alegó la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, derivada de los negocios jurídicos relacionados con el terreno que se iba a utilizar, el cual según antecedentes judiciales, presentaba anotaciones de “falsa tradición” y restricciones previamente advertidas por la jurisdicción contenciosa administrativa.

No se adelantaron estudios de títulos

En la sentencia, el Tribunal confirmó que las entidades demandadas incurrieron en actuaciones contrarias a los principios que rigen la función administrativa, al aceptar como aporte a una sociedad de economía mixta un predio sobre el cual existían reparos judiciales y órdenes expresas de protección, sin adelantar un estudio de títulos riguroso ni atender decisiones judiciales anteriores. Esta conducta fue considerada lesiva del derecho colectivo a la moralidad administrativa.

No obstante, la Corporación precisó que durante el trámite del proceso se configuró la figura jurídica de la carencia actual de objeto, debido a que el inmueble cuestionado fue retirado del patrimonio de la sociedad, lo que implicó la desaparición de la situación que originó la controversia.

En consecuencia, el Tribunal mantuvo la declaratoria de vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa, pero se abstuvo de impartir órdenes adicionales, al considerar superada la situación. Sin embargo, dispuso la remisión de copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, adelanten las investigaciones que estimen pertinentes respecto de los hechos analizados.

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Capturan a dos personas en Yopal por presunta explotación sexual y trata de personas

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La Policía Nacional, en coordinación con la Fiscalía General de la Nación, capturó a dos personas y afectó bienes presuntamente utilizados para la explotación sexual y la trata de personas en Yopal.

Según las autoridades, el proceso investigativo se inició el 21 de enero de 2025, tras una denuncia recibida por la Seccional de Protección y Servicios Especiales de la Policía de Casanare, relacionada con posibles actos de explotación sexual en el Hotel El Gaván. Según la información conocida, una menor de 13 años, de nacionalidad venezolana, habría sido víctima de estas conductas por parte del administrador y el recepcionista del establecimiento.

Bajo coordinación de la Fiscalía y la Fiscalía Especializada en Trata de Personas, la investigación se extendió por más de 300 días, permitiendo recolectar material probatorio que indicaría que los implicados presuntamente captaban y alojaban mujeres y menores de edad, nacionales y extranjeras, en condiciones de vulnerabilidad, con fines de explotación sexual y comercial.

Como resultado de un operativo de registro y allanamiento realizado el 5 de diciembre de 2025, fueron capturados Libardo Chaparro Flórez, de 36 años, alias “El Mono”, administrador del hotel, y Ana Elvia Mejía Chaparro, de 56 años, alias “Ana”, señalada como presunta líder del grupo delincuencial “San Gabriel”. Ambos quedaron a disposición de la autoridad judicial por los delitos de explotación sexual y trata de personas.

Adicionalmente, el 10 de diciembre de 2025 se aplicaron medidas de extinción de dominio sobre el inmueble y el establecimiento de comercio, con un valor total afectado superior a $1.163 millones. La Policía Nacional reiteró su compromiso con la protección de niños, niñas y adolescentes, e invitó a la ciudadanía a denunciar cualquier hecho que atente contra la dignidad y la integridad de las personas más vulnerables.

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Yopal consolida la atención materno infantil en el Hospital Central y el CAPS Juan Luis Londoño

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Mientras la atención en salud materno infantil representa un reto a nivel nacional, Yopal ha logrado consolidar resultados concretos. Esto se evidencia con la renovación y obtención de nuevas certificaciones bajo la estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia Integral (IAMII), lideradas por la Secretaría de Salud de Casanare en articulación con la ESE Salud Yopal.

Tras una exhaustiva evaluación externa, realizada según los lineamientos de Unicef, la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, el Hospital Central de Yopal alcanzó un cumplimiento superior al 80% de los criterios exigidos.

Este resultado permitió la renovación de su certificación IAMII por un periodo de tres años, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. La institución ha demostrado mejoras sostenidas en sus procesos de atención y nutrición materna e infantil.

También el Juan Luis Londoño

Asimismo, la sede CAPS Juan Luis Londoño obtuvo por primera vez la certificación oficial como Institución Amiga de la Mujer y la Infancia Integral. Este logro, producto de un proceso técnico y riguroso, contó con el acompañamiento de Unicef y se ajusta a los estándares nacionales para garantizar una atención integral, oportuna y humanizada.

El reconocimiento para la sede CAPS Juan Luis Londoño quedó formalizado mediante la Resolución 2352 del 03 de diciembre de 2025. La institución superó el 80% de cumplimiento en cada uno de los diez pasos exigidos por la estrategia IAMII, lo que la posiciona con una de las más altas distinciones en el país para la protección de la salud materno infantil.

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