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Aislamiento Preventivo Obligatorio se extiende hasta el 1° de agosto

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presidente Duque sentado

El presidente Iván Duque Márquez anunció que el Aislamiento Preventivo Obligatorio, tal y como está en la actualidad, se extenderá hasta el 1° de agosto, con modificaciones importantes en lo concerniente a la recuperación de vida productiva.

“Lo que hacemos es extender el concepto de Aislamiento Preventivo Obligatorio hasta el 1° de agosto, pero con unas modificaciones que son importantes en lo que tiene que ver con recuperación de vida productiva y también de otros espacios de calidad de vida”, dijo el Jefe de Estado.

El Mandatario indicó que la decisión de extender el Aislamiento se tomó luego de una reunión adelantada con el grupo de expertos epidemiólogos e infectólogos, y el equipo del Ministerio de Salud.

En dicha evaluación se estableció que hoy en el territorio nacional hay 490 municipios que no tienen ninguna afectación de covid, 295 municipios que no presentan casos del virus en las últimas tres semanas y, además, hay 100 municipios de baja afectación por el nuevo coronavirus.

“Por ese análisis que se hace en el territorio y considerando que también tenemos unas ciudades donde se ha venido acelerando y creciendo el ritmo de casos y, por supuesto, también el de letalidad, hemos seguido trabajando en conservar el concepto de Aislamiento Preventivo Obligatorio como el concepto general”, explicó el Presidente Duque.

Con respecto a lo que va a pasar con los adultos mayores a partir del 15 de julio, cuando termine la fase actual del Aislamiento, el Mandatario señaló que este se mantendrá para las personas entre 18 y 69 años, quienes seguirán disfrutando de las dos horas de esparcimiento diario en exteriores.

El mismo tiempo de esparcimiento diario lo van a tener los mayores de 70 años, mientras se adelanta la impugnación del reciente fallo de tutela.

“Seguimos recomendando, con mucha claridad, a las personas mayores de 70 años que, en la medida de lo posible, estén en casa y que puedan tener ese espacio de esparcimiento mientras se adelanta la impugnación del fallo, pensando en la salud, con muchísima precaución”, subrayó el Jefe de Estado.

Pilotos en municipios sin covid-19

En el mismo sentido, el Presidente Duque se refirió a la autorización de hacer pilotos para restaurantes, gimnasios y teatros en municipios sin registros de covid-19 y con baja afectación.

“En los municipios que no tienen afectación de covid o que tienen baja afectación de covid, lo que queremos es ir dando apertura, a solicitud de los alcaldes, también de restaurantes con sus protocolos, de espacios como teatros con protocolos, con distanciamiento. También se estarían habilitando espacios en gimnasios con sus respectivos protocolos”, aseveró.

Agregó que mediante la previa solicitud, por parte de los alcaldes, se van a autorizar pilotos para algunos sectores en municipios con afectación de covid-19.

“En los municipios que tienen una afectación alta, se pueden empezar a liberar ya pilotos, previa solicitud de los alcaldes. Pilotos, por ejemplo, en restaurantes; pilotos en algunos lugares como teatros; ya hemos avanzado en los temas de museos, pero también ahí queremos seguir extendiendo esos pilotos”, sostuvo.

No obstante, el Jefe de Estado fue enfático en decir que las restricciones seguirán para el sector de bares y discotecas.

“Quiero, también, ser muy puntual en la minimización de aglomeraciones en lugares de entretenimiento, donde no están permitidos en municipios que tienen alta afectación, y estarán haciéndose pilotos en los municipios de baja o de ninguna afectación con todos los controles, y a solicitud de los alcaldes”, manifestó.

Transporte aéreo 

Frente al transporte aéreo, el Presidente Duque recalcó que “en los municipios con baja afectación o sin afectación van a poderse abrir esos vuelos, a solicitud de los alcaldes de los lugares de salida y los lugares de llegada. De manera que podamos darle cabida y aceleración también a ese proceso con toda la responsabilidad”.

Evaluación en sector educativo

El Presidente Duque también hizo referencia a cómo se van reiniciar actividades en el sector educativo, para lo cual se adelantan intensas evaluaciones con el equipo de epidemiólogos e infectólogos.

Puso de presente que “el enfoque ha sido observar los municipios sin afectación, de baja afectación y de alta afectación, donde el trabajo se hace con las Secretarías de Educación respectivas. ¿Para qué? Para examinar dónde podemos empezar con los modelos de alternancia y dónde tenemos que seguir con estudio en casa por un periodo prolongado”.

Por último, el Mandatario indicó que en los próximos días se estará  haciendo la valoración con las respectivas secretarías de Educación, con el Ministerio de Salud y con el Ministerio de Educación.

“Estaremos informando para, con toda la precisión, darles las pautas y las tranquilidades a los padres de familia en todo el territorio nacional”, concluyó.

Fuente: Presidencia de la República

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Más de 45 años de prisión para feminicida por crimen ocurrido en Yopal en 2021

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El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Yopal condenó a 45 años y ocho meses de prisión (550 meses) a Diego Andrés Suárez Daza, hallado culpable del feminicidio agravado de Sonia Rocío Díaz Barrera, de 30 años. Suárez Daza fue capturado en 2024 en Cajicá, a donde había huido e intentaba pasar desapercibido como mecánico.

El fallo, emitido en aplicación de la normativa colombiana sobre violencia de género, busca enviar un mensaje claro sobre la gravedad de estos delitos, como en este caso que causó conmoción en su momento en la capital casanareña.

El crimen ocurrió el 2 de septiembre de 2021 en la residencia de la víctima, ubicada en el barrio Bicentenario de Yopal. Suárez Daza, expareja sentimental de Sonia, ingresó al domicilio y la atacó con un arma blanca, causándole heridas mortales en el cuello. El cuerpo fue hallado por familiares que, alarmados por su ausencia en su local del Terminal de Transportes, acudieron a buscarla.

En el momento del ataque, Sonia se encontraba en casa con su hija de tres años, quien dormía en otra habitación. La violencia del hecho y la presencia de la menor en el lugar conmovieron profundamente a la comunidad yopaleña, que desde entonces ha exigido justicia por este brutal crimen, llegando incluso a realizar un plantón frente a la sede de la Fiscalía.

La investigación reveló que la víctima había denunciado amenazas previas y enfrentaba un conflicto por la fijación de la cuota alimentaria de la niña. Estos antecedentes fueron considerados por el juez como agravantes en el contexto de violencia intrafamiliar y de género.

Con esta condena, las autoridades reafirman su compromiso de sancionar con severidad los feminicidios y proteger los derechos de las mujeres, especialmente en contextos donde persiste la violencia ejercida por exparejas o personas cercanas.

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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Condenan a 44 años de prisión a feminicida por hechos ocurridos en Maní

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El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal condenó a 44 años de prisión (528 meses) a Kilver Alfonso Mariño Ávila por el feminicidio de su expareja, Mildre Carolina Rojas, ocurrido el 5 de noviembre de 2024 en el municipio de Maní.

La decisión judicial, que fue apelada por la defensa del condenado, se dio tras comprobar que el hombre atacó brutalmente a la mujer con un arma blanca en un establecimiento público, como fue de amplio conocimiento.

Según el relato de los hechos, la víctima, de 38 años, fue abordada por Mariño Ávila mientras trabajaba, y en medio de una discusión por el uso de una motocicleta, el agresor la persiguió y le causó una herida mortal en el abdomen. Aunque varios ciudadanos intentaron auxiliarla, la gravedad de la lesión le provocó la muerte minutos después.

Mariño Ávila huyó del lugar tras cometer el crimen, pero fue capturado esa misma noche gracias a la oportuna reacción de la Policía y la colaboración de la comunidad. La víctima había denunciado previamente amenazas por parte del agresor.

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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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JEP imputa tortura y tratos inhumanos a seis militares por ‘falsos positivos’ en Casanare

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Tras analizar 17 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado, en los que se documentaron actos de violencia física y psicológica contra 26 víctimas antes de su asesinato, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó los delitos de tortura y de tratos inhumanos y degradantes a seis comparecientes, exintegrantes del Ejército Nacional, por hechos ocurridos en Casanare.

Las nuevas imputaciones fueron formuladas contra Wilson Salvador Burgos Jiménez, Marco Fabián García Céspedes, Jhon Alexander Suancha Florián, Wilfrido Domínguez Márquez y Miguel Andrés Sierra García, quienes ya habían sido determinados como máximos responsables, así como contra Zamir Humberto Casallas Valderrama, definido como partícipe no determinante y también llamado a reconocer responsabilidad. Todos pertenecieron a la XVI Brigada del Ejército Nacional.

La decisión se adoptó tras contrastar la información obtenida en las versiones voluntarias, las pruebas recolectadas en los procesos adelantados en la jurisdicción ordinaria y las observaciones presentadas por víctimas y el Ministerio Público, con el fin de dar respuesta a la solicitud de esclarecer el trato bridado a las víctimas antes de ser asesinadas. La magistratura concluyó que varios de estos actos constituyeron tortura contra persona protegida, una conducta tipificada tanto en el Código Penal colombiano como en el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional.

Hubo tortura antes de asesinarlos

En el análisis de estos 17 hechos, en los que fueron asesinadas 26 personas, la JEP evidenció que las víctimas fueron engañadas, sometidas o trasladadas en condiciones que incrementaron su vulnerabilidad. Estas prácticas tenían como propósito facilitar su posterior asesinato y presentación como bajas en combate.

Esta nueva calificación jurídica profundiza lo establecido por la sala en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas proferido en el Subcaso Casanare del Caso 03, en 2022, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado en ese departamento. En dicha decisión, la JEP determinó la existencia de un patrón criminal sistemático por parte de la XVI Brigada del Ejército Nacional, que habría involucrado a más de 296 víctimas directas entre 2005 y 2008 en Casanare.

Como parte del proceso ante la Justicia Transicional Restaurativa, la Sala de Reconocimiento de Verdad trasladó algunos de los hechos investigados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con el fin de que continúe la indagación sobre los pormenores del trato recibido por las víctimas antes de su muerte, en relación con comparecientes que participaron directamente en los hechos, pero cuya situación jurídica fue remitida a esa instancia de la JEP porque no fueron seleccionados como máximos responsables.

Asimismo, la Sala de Reconocimiento envió al Subcaso Costa Caribe II información sobre hechos cometidos por el compareciente Juan Pablo Gutiérrez Jaramillo cuando estuvo en la Brigada XVI en el departamento de Casanare, para que también sean tenidos en cuenta en dicha investigación, en la que fue imputado como máximo responsable, en calidad de coautor de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada.

Los seis comparecientes llamados a reconocer su responsabilidad por actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Casanare tienen 15 días hábiles para informar a la Sala de Reconocimiento de Verdad si aceptan o no los nuevos cargos imputados por la JEP. En ese mismo término, podrán pronunciarse, aportar pruebas y referirse a los hechos, las conductas y su eventual participación individual en ellos.

Fuente: Comunicaciones JEP

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