CASANARE
Agremiaciones de la industria petrolera lamentan decisión sobre el fracking
Tanto la Asociación Colombiana del Petróleo ACP, como la Asociación Colombiana de Ingenieros de Petróleo ACIPET, se pronunciaron lamentando la decisión del Consejo de Estado, de mantener vigentes las restricciones o regulaciones técnicas para el fracking en Colombia, hasta tanto se tome una decisión de fondo al respecto.
La Asociación Colombiana del Petróleo ACP, se pronunció mediante el siguiente Comunicado:
Frente a la decisión del Consejo de Estado que ratifica las medidas cautelares con respecto a las normas técnicas que regulan la implementación de la técnica de exploración y producción de hidrocarburos conocida como fracking, a Asociación Colombiana del Petróleo, ACP, se permite expresar a la opinión pública:
1. Respetamos la decisión del Alto Tribunal de mantener las medidas cautelares sobre la regulación técnica 90341 y 3004 del Ministerio de Minas y Energía, no obstante, lamentamos el sentido del fallo.
2. Consideramos que la decisión no toma en cuenta las recomendaciones emitidas por la Comisión de Expertos en el sentido de avanzar con los Proyectos Pilotos de Investigación Integral (PPII) que nos darán información completa y transparente y aportarán los elementos técnicos y ambientales suficientes para determinar cualquier ajuste normativo y regulatorio a futuro, si fuera el caso.
3. Desde la industria de hidrocarburos hemos insistido en la importancia de avanzar en el desarrollo de los yacimientos no convencionales y no perder la oportunidad de garantizar la seguridad energética de Colombia, contar con los recursos necesarios para abastecer el mercado interno, generar excedentes para exportación, y lograr los beneficios en materia económica, social y ambiental que traería a los hogares colombianos, las industrias y en general al país.
4. Si bien la decisión del Alto Tribunal no implica que en Colombia se haya prohibido el fracking, es inevitable que esta decisión afecte la confianza inversionista y la seguridad jurídica poniendo en riesgo la sostenibilidad fiscal y energética de Colombia.
A su turno, la Asociación Colombiana de Ingenieros de Petróleo ACIPET, se pronunció con la siguiente comunicación, considerando la decisión del Consejo de Estado, como “un duro golpe al desarrollo de la actividad petrolera en el país”:
El principio de precaución es uno de los argumentos por el que el alto tribunal no levantó las medidas cautelares, aduciendo que en el país no se tiene el conocimiento suficiente para realizar esta técnica. Concepto que respetamos pero no compartimos. Otro argumento que expuso la Alta Corte es que en la Constitución se señala que la decisión sobre esta materia recae sobre el Legislativo, y que por tanto el juez no es competente en esta materia.
Las consecuencias de esta decisión, afectan de manera directa el inventario de recursos disponibles con los que podría mantenerse la autosuficiencia petrolera del país, ya que los yacimientos no convencionales explotados a través de la técnica del fracking significan tener hidrocarburos por más de 10 años adicionales, si se confirmaran los volúmenes disponibles en las cuencas prospectivas.
Con la decisión del Consejo de Estado el horizonte en materia de autosuficiencia se torna complejo, 6 años para el aceite y 9 años para el gas, y el fantasma de la importación de hidrocarburos se avecina con todas las implicaciones de orden fiscal y económico que esto significa, lo cual afectará a todos los colombianos. Aunado a esto está la perdida de regalías a las regiones y el efecto sobre toda la cadena de valor incluyendo el empleo en las zonas productoras.
Otro impacto tendrá que ver con la inversión extranjera, con esta noticia empresas que le apostaban al desarrollo de este tipo de yacimientos, seguramente tomarán la decisión de buscar otros países en donde puedan realizar sus inversiones y se les garanticen condiciones jurídicas estables.
Desde Acipet defendemos el fracking, porque estamos convencidos que existe la suficiente preparación de las empresas y sus profesionales para realizarlo bien hecho. Estas empresas de talla mundial han venido realizando esta actividad en muchos otros países como USA, Canadá y Argentina entre otros, con resultados exitosos, sin impactos al medio ambiente y la comunidad, diferentes a los que toda actividad humana puede causar, pero que no representan un riesgo para la vida.
Es imperativo que el Consejo de Estado se pronuncie de fondo sobre esta materia, por eso nuestro llamado siempre será a que se acuda al rigor científico y a las evidencias experimentales que permitan establecer elementos de juicio, que lleven a los estamentos a decisiones que sean responsables con el entorno ambiental, social y económico de todos y cada uno de los colombianos.
CASANARE
Con Acción Popular buscan definir si deudas con el IFC de hace cerca de 20 años son irrecuperables
CASANARE
Delincuente herido tras fallido asalto a SuperGIROS en Yopal; Policía busca a su cómplice
CASANARE
Estos son los nuevos plazos para descuentos en pago del Impuesto Predial en Yopal
En plenaria del Concejo Municipal fue aprobado el Proyecto de Acuerdo No. 005, una medida que amplía los plazos para que los contribuyentes de Yopal accedan a descuentos por pronto pago del impuesto predial, así como a la opción de pago por cuotas sin intereses.
La decisión representa un alivio para los ciudadanos, quienes ahora contarán con más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias y aprovechar los incentivos económicos dispuestos por la alcaldía de Yopal, en cabeza del mandatario Marco Tulio Ruíz.
De acuerdo con lo aprobado, los predios no sujetos a los límites de la ley 44 de 1990 tendrán un descuento del 30% si realizan el pago antes del 31 de mayo de 2026 (este beneficio es aplicable únicamente para quienes cancelaron la vigencia 2025 en octubre del año anterior). posteriormente, podrán acceder a un 20% de descuento antes del 31 de julio y un 10% antes del 30 de septiembre de 2026.
Por su parte, los predios sujetos a los límites legales contarán con un 15% de descuento si pagan antes del 31 de mayo, un 10% antes del 31 de julio y un 5% si cancelan antes del 30 de septiembre del 2026. Además, el acuerdo contempla la ampliación de los plazos para el pago por cuotas sin intereses, una alternativa que busca facilitar el cumplimiento de esta obligación, especialmente para quienes requieren distribuir el valor del impuesto en varios periodos.
Desde la Administración Municipal se destacó que esta medida no solo brinda mayor flexibilidad a los contribuyentes, sino que también contribuye a fortalecer la cultura de pago y el recaudo de recursos que se destinan a la inversión social y al desarrollo de la ciudad.


