CASANARE
Agremiaciones de la industria petrolera lamentan decisión sobre el fracking
Tanto la Asociación Colombiana del Petróleo ACP, como la Asociación Colombiana de Ingenieros de Petróleo ACIPET, se pronunciaron lamentando la decisión del Consejo de Estado, de mantener vigentes las restricciones o regulaciones técnicas para el fracking en Colombia, hasta tanto se tome una decisión de fondo al respecto.
La Asociación Colombiana del Petróleo ACP, se pronunció mediante el siguiente Comunicado:
Frente a la decisión del Consejo de Estado que ratifica las medidas cautelares con respecto a las normas técnicas que regulan la implementación de la técnica de exploración y producción de hidrocarburos conocida como fracking, a Asociación Colombiana del Petróleo, ACP, se permite expresar a la opinión pública:
1. Respetamos la decisión del Alto Tribunal de mantener las medidas cautelares sobre la regulación técnica 90341 y 3004 del Ministerio de Minas y Energía, no obstante, lamentamos el sentido del fallo.
2. Consideramos que la decisión no toma en cuenta las recomendaciones emitidas por la Comisión de Expertos en el sentido de avanzar con los Proyectos Pilotos de Investigación Integral (PPII) que nos darán información completa y transparente y aportarán los elementos técnicos y ambientales suficientes para determinar cualquier ajuste normativo y regulatorio a futuro, si fuera el caso.
3. Desde la industria de hidrocarburos hemos insistido en la importancia de avanzar en el desarrollo de los yacimientos no convencionales y no perder la oportunidad de garantizar la seguridad energética de Colombia, contar con los recursos necesarios para abastecer el mercado interno, generar excedentes para exportación, y lograr los beneficios en materia económica, social y ambiental que traería a los hogares colombianos, las industrias y en general al país.
4. Si bien la decisión del Alto Tribunal no implica que en Colombia se haya prohibido el fracking, es inevitable que esta decisión afecte la confianza inversionista y la seguridad jurídica poniendo en riesgo la sostenibilidad fiscal y energética de Colombia.
A su turno, la Asociación Colombiana de Ingenieros de Petróleo ACIPET, se pronunció con la siguiente comunicación, considerando la decisión del Consejo de Estado, como “un duro golpe al desarrollo de la actividad petrolera en el país”:
El principio de precaución es uno de los argumentos por el que el alto tribunal no levantó las medidas cautelares, aduciendo que en el país no se tiene el conocimiento suficiente para realizar esta técnica. Concepto que respetamos pero no compartimos. Otro argumento que expuso la Alta Corte es que en la Constitución se señala que la decisión sobre esta materia recae sobre el Legislativo, y que por tanto el juez no es competente en esta materia.
Las consecuencias de esta decisión, afectan de manera directa el inventario de recursos disponibles con los que podría mantenerse la autosuficiencia petrolera del país, ya que los yacimientos no convencionales explotados a través de la técnica del fracking significan tener hidrocarburos por más de 10 años adicionales, si se confirmaran los volúmenes disponibles en las cuencas prospectivas.
Con la decisión del Consejo de Estado el horizonte en materia de autosuficiencia se torna complejo, 6 años para el aceite y 9 años para el gas, y el fantasma de la importación de hidrocarburos se avecina con todas las implicaciones de orden fiscal y económico que esto significa, lo cual afectará a todos los colombianos. Aunado a esto está la perdida de regalías a las regiones y el efecto sobre toda la cadena de valor incluyendo el empleo en las zonas productoras.
Otro impacto tendrá que ver con la inversión extranjera, con esta noticia empresas que le apostaban al desarrollo de este tipo de yacimientos, seguramente tomarán la decisión de buscar otros países en donde puedan realizar sus inversiones y se les garanticen condiciones jurídicas estables.
Desde Acipet defendemos el fracking, porque estamos convencidos que existe la suficiente preparación de las empresas y sus profesionales para realizarlo bien hecho. Estas empresas de talla mundial han venido realizando esta actividad en muchos otros países como USA, Canadá y Argentina entre otros, con resultados exitosos, sin impactos al medio ambiente y la comunidad, diferentes a los que toda actividad humana puede causar, pero que no representan un riesgo para la vida.
Es imperativo que el Consejo de Estado se pronuncie de fondo sobre esta materia, por eso nuestro llamado siempre será a que se acuda al rigor científico y a las evidencias experimentales que permitan establecer elementos de juicio, que lleven a los estamentos a decisiones que sean responsables con el entorno ambiental, social y económico de todos y cada uno de los colombianos.
CASANARE
Terreno donde inicialmente se iba a construir el Terminal de Yopal si tenía problemas jurídicos
El Tribunal Administrativo de Casanare resolvió en segunda instancia una acción popular relacionada con la adquisición del predio destinado inicialmente a la construcción del nuevo Terminal de Transportes de Yopal, ubicado en la carrera 5° que conduce hacia Morichal, proceso en el que se analizó la actuación del Municipio de Yopal y de la Sociedad de Economía Mixta Terminal de Transportes de Yopal S.A.S.
La demanda fue interpuesta por el ciudadano Oromairo Avella, y alegó la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, derivada de los negocios jurídicos relacionados con el terreno que se iba a utilizar, el cual según antecedentes judiciales, presentaba anotaciones de “falsa tradición” y restricciones previamente advertidas por la jurisdicción contenciosa administrativa.
No se adelantaron estudios de títulos
En la sentencia, el Tribunal confirmó que las entidades demandadas incurrieron en actuaciones contrarias a los principios que rigen la función administrativa, al aceptar como aporte a una sociedad de economía mixta un predio sobre el cual existían reparos judiciales y órdenes expresas de protección, sin adelantar un estudio de títulos riguroso ni atender decisiones judiciales anteriores. Esta conducta fue considerada lesiva del derecho colectivo a la moralidad administrativa.
No obstante, la Corporación precisó que durante el trámite del proceso se configuró la figura jurídica de la carencia actual de objeto, debido a que el inmueble cuestionado fue retirado del patrimonio de la sociedad, lo que implicó la desaparición de la situación que originó la controversia.
En consecuencia, el Tribunal mantuvo la declaratoria de vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa, pero se abstuvo de impartir órdenes adicionales, al considerar superada la situación. Sin embargo, dispuso la remisión de copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, adelanten las investigaciones que estimen pertinentes respecto de los hechos analizados.
CASANARE
Capturan a dos personas en Yopal por presunta explotación sexual y trata de personas
CASANARE
Yopal consolida la atención materno infantil en el Hospital Central y el CAPS Juan Luis Londoño
Mientras la atención en salud materno infantil representa un reto a nivel nacional, Yopal ha logrado consolidar resultados concretos. Esto se evidencia con la renovación y obtención de nuevas certificaciones bajo la estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia Integral (IAMII), lideradas por la Secretaría de Salud de Casanare en articulación con la ESE Salud Yopal.
Tras una exhaustiva evaluación externa, realizada según los lineamientos de Unicef, la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, el Hospital Central de Yopal alcanzó un cumplimiento superior al 80% de los criterios exigidos.
Este resultado permitió la renovación de su certificación IAMII por un periodo de tres años, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. La institución ha demostrado mejoras sostenidas en sus procesos de atención y nutrición materna e infantil.
También el Juan Luis Londoño
Asimismo, la sede CAPS Juan Luis Londoño obtuvo por primera vez la certificación oficial como Institución Amiga de la Mujer y la Infancia Integral. Este logro, producto de un proceso técnico y riguroso, contó con el acompañamiento de Unicef y se ajusta a los estándares nacionales para garantizar una atención integral, oportuna y humanizada.
El reconocimiento para la sede CAPS Juan Luis Londoño quedó formalizado mediante la Resolución 2352 del 03 de diciembre de 2025. La institución superó el 80% de cumplimiento en cada uno de los diez pasos exigidos por la estrategia IAMII, lo que la posiciona con una de las más altas distinciones en el país para la protección de la salud materno infantil.


