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A partir de este martes abren convocatoria del proyecto de vivienda Las Mariselas en Yopal

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A partir de este 13 de noviembre y hasta el próximo de 21 del presente mes, la Administración Departamental hará la caracterización de aspirantes y consultas en el Módulo Histórico Departamental y Nacional, Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y Sisbén, para toda la comunidad de Yopal interesada en postularse a los 432 apartamentos con los que contará el proyecto de vivienda “Las Mariselas”.

Vivienda Departamental recuerda a la comunidad de Yopal, que para la caracterización se deben presentar todos los mayores de edad que estén dentro del núcleo familiar con la cédula de ciudadanía como único requisito, nombres y apellidos, y el aporte si es perteneciente a un enfoque diferencial (victimas, desplazamiento etc…). Así mismo, se evidenciará si ha recibido beneficios (vivienda) de interés social por el estado y/o si cuenta con propiedades dentro del territorio nacional.

El proceso está establecido en el horario de 7: 00 a.m a 3: 00 p.m en jornada continua, con una duración de 15 minutos por familia, quienes recibirán como resultado la certificación evidenciando si el núcleo es apto o habilitado para la siguiente etapa (recepción de documentos) y recibirá el listado de requisitos físicos a presentar durante la fecha de recepción establecida del 22 de noviembre al 4 de diciembre del año en curso.

“Las Mariselas” está ubicado en el antiguo Banco de Maquinaria de la Secretaría de Obras Públicas Departamental, cerca al Terminal de Transportes, y está conformado por 432 apartamentos ubicados en 6 torres con un espacio de construcción de 17. 305 metros cuadrados que beneficiarán a más de mil habitantes del municipio de Yopal.

El proyecto multifamiliar cuenta con apartamentos de 60.17 y 60.28 m2 conformados por: sala comedor, cocina, zona de lavandería, 2 habitaciones auxiliares, baño auxiliar, habitación con baño privado, espacios de esparcimiento, zonas comunes, zonas verdes, plazoletas, salón comunal, piscina, zona de juegos infantiles, portería, vías internas y parqueaderos, pensados principalmente en niños, persona en condición de discapacidad, adultos mayores quienes disfrutarán de ambientes de confort y bienestar.

A continuación, conozca el cronograma de fechas, horarios de atención y requisitos para la nueva obra de interés social de la capital casanareña, así:

MARISELAS

Para los núcleos que hayan pasado la etapa de caracterización, deberán presentar los siguientes documentos en una carpeta cuatro solapas color amarilla mate en el siguiente orden:

1. Fotocopia legible de las cédulas de ciudadanía de mayores de 18 años ampliadas al 150%.

2. Fotografías tamaño 3×4 del postulante y su cónyuge.

3. Fotocopia registro civil de los hijos menores de 18 años.

4. Fotocopia escritura pública de unión marital de hecho o registro civil de matrimonio.

5. En los hogares que falten los padres, las partidas de defunción o certificación y manifestación de coadyuvancia expedida por el comisario o el defensor de familia o la primera autoridad del lugar.

6. Cuando se trate de la postulación de hogares conformados por padres cabeza de familia, éstos deben demostrar que tienen la custodia legal de sus hijos o hijas menores de edad, las cuales son expedidas por Comisarias de Familia, Defensorías de Familia y Jueces de Familia o por autoridad competente.

7. Consulta del SISBEN, que indique el puntaje que conforma el núcleo familiar y su composición, con fecha no mayor a 30 días. Verifique su inscripción en el sistema SISBEN, a través de la página web www.dnp.gov.co en el link SISBEN. Nota: Imprimir consulta por cada una de las personas que integren el hogar. (Se aclara que el núcleo familiar postulante debe corresponder con el núcleo familiar que aparecen en el sisben y debe aparecer en estado validado).

8. Presentar Certificado expedido por la alcaldía municipal (IDURY) en donde se acredite NO haber recibido subsidio, y NO estar postulado a subsidio de vivienda por parte de la entidad. (Vigencia No mayor a 30 días).

9. Certificado expedido por Comfacasanare o caja de compensación familiar en donde se acredite no haber recibido subsidio, ni estar postulado a subsidio de vivienda por parte de la entidad. (Vigencia No mayor a 30 días).

10. En el caso de ser padre Cabeza de familia adjuntar Declaración de dicha condición expedida por cualquier notaria, (para configurarse esta condición debe existir ausencia de colaboración económica por parte de otros miembros de la familia).

11. Para los NO nacidos en Yopal, deberán aportar la certificación de residencia expedida por la secretaria de gobierno Municipal de Yopal, en donde acredite la permanencia por más de cinco años junto con los miembros que conformen el hogar.

12. Certificado NACIONAL del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) de todas las personas mayores de edad que conforman el hogar (vigencia NO mayor a 30 días).

13. Certificación de ingresos y retenciones expedido por el empleador o Certificación de ingresos mensuales expedido por un contador público, para cada uno de los integrantes del núcleo familiar mayores de 18 años (para aquellos que trabajan de manera independiente, es decir no tienen relación laboral con Ninguna Empresa o Persona Natural.) Nota: Los ingresos mensuales totales del hogar postulante deben ser inferiores a cuatro (4) Salarios Mensuales Legales Vigentes.

14. Acreditación del cierre financiero del proyecto por valor total de $ 64.872.639,09, mediante certificaciones o constancias por las entidades competentes con la especificación del monto y la fecha de antigüedad (con fecha de expedición por la entidad bancaria no mayor a 30 días).

CIERRE FINANCIERO

15. Consulta de bienes expedida por la oficina de Registro Instrumentos Públicos. (Vigencia no mayor a 30 días).

16. Fotocopia del certificado electoral de las últimas elecciones (Opcional)

17. No estar postulado a subsidios de viviendas de interés social o prioritario en la Gobernación de Casanare y si renuncio aportar la respectiva constancia.

18. Escrito de Autorización para verificar la información suministrada para la postulación y aceptación para ser excluido de manera automática del sistema de postulación al subsidio en caso de verificarse que la información aportada no corresponde a la verdad, y de ser excluido del proyecto de vivienda Multifamiliar “las Mariselas” en cualquier etapa del proceso cuando no se cumpla con el ahorro previo y cierre financiero que garantice la totalidad de la financiación de la vivienda, que se entenderá presentada por parte del hogar bajo la gravedad de juramento con la suscripción del formulario.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Más de 45 años de prisión para feminicida por crimen ocurrido en Yopal en 2021

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El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Yopal condenó a 45 años y ocho meses de prisión (550 meses) a Diego Andrés Suárez Daza, hallado culpable del feminicidio agravado de Sonia Rocío Díaz Barrera, de 30 años. Suárez Daza fue capturado en 2024 en Cajicá, a donde había huido e intentaba pasar desapercibido como mecánico.

El fallo, emitido en aplicación de la normativa colombiana sobre violencia de género, busca enviar un mensaje claro sobre la gravedad de estos delitos, como en este caso que causó conmoción en su momento en la capital casanareña.

El crimen ocurrió el 2 de septiembre de 2021 en la residencia de la víctima, ubicada en el barrio Bicentenario de Yopal. Suárez Daza, expareja sentimental de Sonia, ingresó al domicilio y la atacó con un arma blanca, causándole heridas mortales en el cuello. El cuerpo fue hallado por familiares que, alarmados por su ausencia en su local del Terminal de Transportes, acudieron a buscarla.

En el momento del ataque, Sonia se encontraba en casa con su hija de tres años, quien dormía en otra habitación. La violencia del hecho y la presencia de la menor en el lugar conmovieron profundamente a la comunidad yopaleña, que desde entonces ha exigido justicia por este brutal crimen, llegando incluso a realizar un plantón frente a la sede de la Fiscalía.

La investigación reveló que la víctima había denunciado amenazas previas y enfrentaba un conflicto por la fijación de la cuota alimentaria de la niña. Estos antecedentes fueron considerados por el juez como agravantes en el contexto de violencia intrafamiliar y de género.

Con esta condena, las autoridades reafirman su compromiso de sancionar con severidad los feminicidios y proteger los derechos de las mujeres, especialmente en contextos donde persiste la violencia ejercida por exparejas o personas cercanas.

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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Condenan a 44 años de prisión a feminicida por hechos ocurridos en Maní

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El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal condenó a 44 años de prisión (528 meses) a Kilver Alfonso Mariño Ávila por el feminicidio de su expareja, Mildre Carolina Rojas, ocurrido el 5 de noviembre de 2024 en el municipio de Maní.

La decisión judicial, que fue apelada por la defensa del condenado, se dio tras comprobar que el hombre atacó brutalmente a la mujer con un arma blanca en un establecimiento público, como fue de amplio conocimiento.

Según el relato de los hechos, la víctima, de 38 años, fue abordada por Mariño Ávila mientras trabajaba, y en medio de una discusión por el uso de una motocicleta, el agresor la persiguió y le causó una herida mortal en el abdomen. Aunque varios ciudadanos intentaron auxiliarla, la gravedad de la lesión le provocó la muerte minutos después.

Mariño Ávila huyó del lugar tras cometer el crimen, pero fue capturado esa misma noche gracias a la oportuna reacción de la Policía y la colaboración de la comunidad. La víctima había denunciado previamente amenazas por parte del agresor.

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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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JEP imputa tortura y tratos inhumanos a seis militares por ‘falsos positivos’ en Casanare

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Tras analizar 17 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado, en los que se documentaron actos de violencia física y psicológica contra 26 víctimas antes de su asesinato, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó los delitos de tortura y de tratos inhumanos y degradantes a seis comparecientes, exintegrantes del Ejército Nacional, por hechos ocurridos en Casanare.

Las nuevas imputaciones fueron formuladas contra Wilson Salvador Burgos Jiménez, Marco Fabián García Céspedes, Jhon Alexander Suancha Florián, Wilfrido Domínguez Márquez y Miguel Andrés Sierra García, quienes ya habían sido determinados como máximos responsables, así como contra Zamir Humberto Casallas Valderrama, definido como partícipe no determinante y también llamado a reconocer responsabilidad. Todos pertenecieron a la XVI Brigada del Ejército Nacional.

La decisión se adoptó tras contrastar la información obtenida en las versiones voluntarias, las pruebas recolectadas en los procesos adelantados en la jurisdicción ordinaria y las observaciones presentadas por víctimas y el Ministerio Público, con el fin de dar respuesta a la solicitud de esclarecer el trato bridado a las víctimas antes de ser asesinadas. La magistratura concluyó que varios de estos actos constituyeron tortura contra persona protegida, una conducta tipificada tanto en el Código Penal colombiano como en el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional.

Hubo tortura antes de asesinarlos

En el análisis de estos 17 hechos, en los que fueron asesinadas 26 personas, la JEP evidenció que las víctimas fueron engañadas, sometidas o trasladadas en condiciones que incrementaron su vulnerabilidad. Estas prácticas tenían como propósito facilitar su posterior asesinato y presentación como bajas en combate.

Esta nueva calificación jurídica profundiza lo establecido por la sala en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas proferido en el Subcaso Casanare del Caso 03, en 2022, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado en ese departamento. En dicha decisión, la JEP determinó la existencia de un patrón criminal sistemático por parte de la XVI Brigada del Ejército Nacional, que habría involucrado a más de 296 víctimas directas entre 2005 y 2008 en Casanare.

Como parte del proceso ante la Justicia Transicional Restaurativa, la Sala de Reconocimiento de Verdad trasladó algunos de los hechos investigados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con el fin de que continúe la indagación sobre los pormenores del trato recibido por las víctimas antes de su muerte, en relación con comparecientes que participaron directamente en los hechos, pero cuya situación jurídica fue remitida a esa instancia de la JEP porque no fueron seleccionados como máximos responsables.

Asimismo, la Sala de Reconocimiento envió al Subcaso Costa Caribe II información sobre hechos cometidos por el compareciente Juan Pablo Gutiérrez Jaramillo cuando estuvo en la Brigada XVI en el departamento de Casanare, para que también sean tenidos en cuenta en dicha investigación, en la que fue imputado como máximo responsable, en calidad de coautor de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada.

Los seis comparecientes llamados a reconocer su responsabilidad por actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Casanare tienen 15 días hábiles para informar a la Sala de Reconocimiento de Verdad si aceptan o no los nuevos cargos imputados por la JEP. En ese mismo término, podrán pronunciarse, aportar pruebas y referirse a los hechos, las conductas y su eventual participación individual en ellos.

Fuente: Comunicaciones JEP

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