CASANARE
Abogado del Alcalde (e) de Yopal dice que éste no ha desacatado ninguna orden judicial
Aunque una decisión judicial considera que el alcalde (e) de Yopal, Bradixon Calixto incurrió en desacato por no atender el fallo de una Acción de Tutela de febrero de 2016, su abogado defensor le salió al paso y señala que el funcionario no ha incumplido ninguna sentencia, y por lo tanto anunció acciones legales para garantizar su defensa.
Señala Guillermo Gaviria Giraldo, abogado personal del Bradixon Calixto, que su defendido no incurrió en desacato por cuanto la Acción de Tutela de febrero de 2016 no ordenó explícitamente reintegrar en el cargo al Gerente de Ceiba Hugo Andrés Montes, sino que revocó una orden de primera instancia y le ordenó a la Administración Municipal que cualquier decisión que se hubiera tomado en cumplimiento de ese fallo, debía devolverse a su estado inicial.
“No estamos ante una orden judicial de reintegro, ni mucho menos ante una prohibición de que el señor Alcalde expida actos administrativos posteriores a dicho fallo. Sumado a ello es que el mismo Juez Penal para Adolescentes decidió el archivo definitivo de las diligencias. Si se decide el archivo de manera definitiva de un proceso constitucional, y la Corte Constitucional lo excluye de una revisión, ese debate no se puede volver a realizar. El incidente de desacato debía haberse declarado improcedente y así lo vamos a solicitar en el grado de consulta y en el ejercicio de unas acciones judiciales que vamos a impetrar”, sostiene el jurista en defensa del Alcalde (e).

Abogado Guillermo Gaviria Giraldo
Cuestionó de igual manera el profesional del Derecho, que el Juez que ordenó el arresto y la multa del Alcalde (e) ordenó enviar el expediente en grado de consulta a otro Juez, en efecto devolutivo, cuando lo ordenado es que los incidentes de desacato que terminan con una sanción se van a consulta pero en el efecto suspensivo. “Eso quiere decir que la orden impartida ahí, en este caso de sanción económica y de arresto, no se pueden materializar hasta tanto no se defina el grado de consulta”.
Así las cosas, en el tema de Ceiba parece que las situaciones legales y judiciales no terminan de resolverse, pues mientras un Juez ordena arresto, multa y compulsa de copias para el Alcalde (e) por un presunto desacato, el abogado defensor del funcionario dice que éste no ha desacatado nada, porque la tutela que originó el presunto desacato no ordenó lo que ahora se está diciendo que no se cumplió.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


