CASANARE
Constructora La Castellana en Yopal dice que “no necesita” a la EAAAY para su proyecto
La Constructora La Castellana S.A.S que adelanta un Proyecto de Vivienda en el Núcleo Urbano 2 de Yopal y sobre el cual se han referido tanto la Oficina de Planeación Municipal como la misma Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, sobre la no disponibilidad de servicios públicos, le respondió a ésta última a través de un Comunicado, señalando que el Proyecto “no requiere ni necesita” la infraestructura de la Empresa, porque van a desarrollar una PTAP y una PTAR independientes, con inversión privada. El siguiente es el texto del Comunicado emitido por la Constructora:
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
Constructora e inmobiliaria LA CASTELLANA S.A.S, ante las declaraciones emitidas por la Agente Especial de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal, Luz Amanda Camacho, en el sentido de no entregar viabilidad para los servicios públicos a nuestro proyecto, se permite hacer las siguientes precisiones para conocimiento de la comunidad en general:
1-. Nuestro Proyecto en ningún momento puede ser comparado o relacionado con la Ciudadela La Bendición, porque contamos con las Licencias de Urbanismo y Construcción concedidas por la Oficina Asesora de Planeación Municipal desde el año 2015, lo que nos convierte en un proyecto legal y amparado en la Ley.
2-. Desinforma a la comunidad la señora Agente Especial de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal, cuando se refiere a nuestro Proyecto de Vivienda sin conocer en su totalidad las condiciones técnicas en las cuales se va a desarrollar el mismo, por lo tanto nos afecta con sus apreciaciones alejadas totalmente de la realidad.
3-. Como Empresa del sector privado garantizamos la prestación de los servicios públicos domiciliarios para nuestro Proyecto, amparados en la Constitución Política y la Ley que nos permite hacerlo. Como tal, en asocio con proyectos aledaños adelantaremos el montaje, operación y funcionamiento de la infraestructura necesaria para la prestación de los servicios públicos domiciliarios, entiéndase para el manejo de las aguas residuales y del agua potable. Tal proceso ya fue informado a Corporinoquia para los respectivos permisos y licenciamientos.
4-. En tal sentido, es claro que Constructora e Inmobiliaria LA CASTELLANA S.A.S no requiere ni necesita el acompañamiento o la utilización de la red matriz o redes internas de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal para el desarrollo de nuestro Proyecto, razón por la cual las tendenciosas afirmaciones de la Agente Especial afectan comercial y financieramente el desarrollo del mismo.
5-. Nuestra inversión, que es cercana a los US$ 5millones, es absolutamente privada y desarrollará completamente el Proyecto para garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios para nuestros usuarios y los de los proyectos aledaños, de manera independiente.
6-. Sin ser nuestra competencia, como Empresa del sector privado, nuestro proyecto de manejo de aguas residuales permitirá que los habitantes de la Ciudadela La Bendición puedan beneficiarse y conectarse a nuestra nueva red, para que solucionen de una vez por todas esa sentida problemática.
7-. Por último, hacemos un llamado especial y respetuoso a que cese la persecución contra nuestro Proyecto que como lo advertimos desde el comienzo, está amparado en la Constitución y la Ley, y goza de las Licencias debida y legalmente expedidas.
CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LA CASTELLANA S.A.S
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Alcaldía de Yopal entregó 22 kilómetros de vías rurales rehabilitadas en La Porfía y La Arenosa
CASANARE
En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales
La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.
Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.


