NACIONALES
Colfuturo abre convocatoria para posgrados en el exterior
Los profesionales que tienen el sueño de hacer sus maestrías y doctorados en las mejores universidades del mundo para ampliar sus conocimientos y vivir una experiencia multicultural, pueden hacerlo realidad participando en la convocatoria 2023 del Programa Crédito Beca de COLFUTURO, que estará abierta entre el 10 de enero y el 28 de febrero de este año.
La Fundación para el Futuro de Colombia, COLFUTURO, recibe el apoyo del Gobierno Nacional a través de Minciencias (que aporta actualmente los recursos correspondientes a la parte condonable) y de donaciones recibidas por parte del sector privado.
El Programa Crédito Beca apoya en promedio a 1.300 profesionales por año, quienes pueden tener acceso a programas de posgrado de talla internacional en 12 áreas de estudio: ingeniería, administración, ciencias sociales, derecho, ciencias agropecuarias, ciencias básicas, ciencias de la salud, educación, arquitectura, artes, ciencias políticas y economía.
El apoyo de COLFUTURO puede llegar hasta USD 50.000 para matrícula, seguro, gastos de sostenimiento, pasaje y gastos de instalación. Además, los profesionales seleccionados se podrán beneficiar de más de 120 convenios firmados con distintas universidades internacionales que dan becas complementarias hasta por el 100% de la matrícula.
Los interesados pueden ingresar a www.colfuturo.org, donde no solo encontrarán el formulario de inscripción, sino también información sobre temas como el ensayo, las becas, el programa que desean financiar, entre otros.
Los requisitos para postularse son: ser colombiano, profesional, proponer el posgrado que quieren adelantar y escribir un ensayo. No es necesario contar con la carta de aceptación de la universidad, aunque quienes tengan ya admisión tendrán ventaja en la selección. Los profesionales escogidos podrán legalizar el apoyo y viajar hasta finales de 2025.
Aunque los candidatos tienen total libertad de elegir el programa, la universidad, el país y el idioma en los que quieren adelantar sus estudios, la calidad comparada del programa que propongan vale el 38% de los criterios de selección, porque el objetivo de COLFUTURO es que los colombianos se formen en las mejores universidades y programas del mundo.
Hasta el momento, la Fundación ha financiado a 13.785 profesionales colombianos provenientes de 65 regiones, de los cuales el 89% ha realizado maestrías y el 11%, doctorados, en 47 países.
El top 5 de las áreas de estudio más demandadas durante los últimos años son ingeniería (20%), administración y negocios (15%), ciencias sociales (11%), derecho (9%), arquitectura y diseño (8%). Y los países con más beneficiarios han sido Estados Unidos (26%), Reino Unido (21%), Alemania (9%), España (8%) y Francia (8%).
Los beneficiarios del programa están en capacidad de elegir el porcentaje de beca que van a recibir, de acuerdo con las decisiones que tomen una vez finalicen sus estudios. Si regresan a Colombia y permanecen por 3 años en el país, podrían obtener una condonación hasta del 80% del monto solicitado, cumpliendo los siguientes requisitos:
- 20% si se gradúa de estudios de MBA, maestría en Administración y Derecho.
- 40% si se gradúa del resto de áreas de estudio, o del doctorado financiado por COLFUTURO.
- 20% si se vincula laboralmente de tiempo completo como funcionario público, como docente o investigador de una entidad educativa de tiempo completo (10% en el primer año, 5% en el segundo año y 5% en el tercer año).
- 20% si trabaja fuera de Bogotá y su área metropolitana (10% en el primer año, 5% en el segundo año y 5% en el tercer año).
Con esta última condición se busca no solo fomentar la transferencia de conocimiento en ciudades distintas a Bogotá, sino que es un estímulo para los profesionales que provienen de otras regiones del país, quienes podrían regresar a sus ciudades a trabajar.
Actualmente, el 48% de los beneficiarios del programa pertenecen a ciudades distintas a Bogotá, dentro de las que se destacan Medellín (11%), Cali (6%), Barranquilla (4%), Bucaramanga (4%), Manizales (2%) y Cartagena (2%).
Al finalizar el programa, los beneficiarios tienen un año de gracia para iniciar pagos, podrán permanecer hasta 3 años en el exterior y luego regresar a Colombia para cumplir la permanencia de 36 meses, de forma continua o discontinua.
Entre el 13 de enero y el 24 de febrero, COLFUTURO ofrecerá charlas semanales gratuitas sobre el Programa Crédito Beca y todos los temas relacionados con el proceso de postulación, abordando aspectos que van desde el diligenciamiento del formulario hasta cómo realizar un presupuesto de estudio y, responderá todas las inquietudes de los participantes. Los horarios pueden consultarse en www.colfuturo.org.
Fuente: Colfuturo
NACIONALES
A la fecha, no hay alerta sobre la presencia de hantavirus en Colombia, estas son las recomendaciones
El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud, informan que, en seguimiento al evento internacional notificado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) relacionado con casos graves asociados a hantavirus en pasajeros de un crucero internacional, actualmente no se han confirmado casos de infección por hantavirus en Colombia.
¿Qué es hantavirus?
Los hantavirus corresponden a un grupo de virus zoonóticos transmitidos principalmente por la inhalación de partículas contaminadas provenientes de excretas (orina, saliva o heces) de roedores silvestres infectados. En las Américas, algunos hantavirus pueden causar el síndrome cardiopulmonar por hantavirus (SCPH), una enfermedad poco frecuente pero potencialmente grave, caracterizada inicialmente por fiebre, malestar general, cefalea y síntomas respiratorios inespecíficos, con posible progresión rápida a dificultad respiratoria severa, compromiso cardiovascular y choque.
En Colombia, a la fecha no se han documentado casos clínicamente confirmados de síndrome cardiopulmonar por hantavirus, sin embargo, investigaciones desarrolladas entre 2004 y 2016 por instituciones académicas y centros de investigación identificaron evidencia serológica de exposición previa a hantavirus en humanos y reservorios silvestres en algunas regiones del país. Estos hallazgos sugieren circulación potencial de virus relacionados, aunque no constituyen evidencia de transmisión activa sostenida ni de enfermedad clínica confirmada en el territorio nacional. Por lo que, de acuerdo con la situación epidemiológica, en Colombia el riesgo de presentación de casos es bajo.
Recomendaciones de Minsalud e INS:
Se recomienda a la población mantener las medidas generales de prevención orientadas a disminuir el riesgo de exposición a roedores, enfermedades respiratorias y aquellas relacionados con los alimentos entre ellas:
- Se debe garantizar la limpieza y desinfección de aquellos alimentos no perecederos que sean almacenados por tiempos prolongados y asegurar que sus empaques no se encuentren rotos o con abolladuras.
- Tener precaución con el consumo de alimentos envasados, empaquetados o enlatados que hayan estado en procesos de bodegaje largos.
- Mantener una higiene adecuada de viviendas, bodegas y áreas de almacenamiento.
- Evitar la acumulación de residuos y alimentos expuestos que favorezcan la presencia de roedores.
- Sellar grietas y espacios que faciliten el ingreso de roedores a los hogares.
- Utilizar elementos de protección personal, incluida mascarilla, durante labores de limpieza en lugares cerrados o con evidencia de infestación por roedores.
- Realizar lavado frecuente de manos.
- Consultar oportunamente a los servicios de salud ante síntomas febriles o respiratorios, especialmente si existe antecedente de exposición a ambientes con presencia de roedores.
Las autoridades sanitarias nacionales continuarán realizando seguimiento al evento internacional de manera articulada con la OMS y demás organismos técnicos, manteniendo activas las acciones de vigilancia epidemiológica y capacidad diagnóstica en el país. Cualquier actualización relevante será comunicada de manera oportuna, a través de los canales oficiales, con base en la evidencia científica disponible y los lineamientos nacionales e internacionales de salud pública.
NACIONALES
Consejo de Estado: Por exclusividad de la Fuerza Pública, Policía Nacional debe vigilar la seguridad en los estadios
Previo levantamiento de la reserva legal por parte del Ministerio del Interior, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio a conocer un concepto en el que indicó que los artículos 52 y 62 de la Ley 1801 de 2016 (Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana) no se encuentran vigentes. Ello en virtud de la Sentencia C-223 de 2017 que declaró su inexequibilidad con efectos diferidos a partir del 20 de junio de 2019.
La Sala señaló que mediante el Decreto 1007 de 2012 (compilado en el Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015) se creó en Colombia el Estatuto de Aficionado al Fútbol que dispuso la creación de un Plan Decenal para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y permitió la articulación del respectivo alcalde, el presidente del club o clubes profesionales de la localidad con la Policía Nacional en el conocimiento e implementación de los protocolos de seguridad en los estadios.
Asimismo, sostuvo que según la Sentencia C-128 de 2018, en materia de seguridad en actividades que involucran aglomeraciones de público complejas, como es el caso de los partidos del fútbol profesional, las competencias de la Policía Nacional y de las empresas de seguridad privada y/o de logística, fueron definidas de la siguiente manera:
• De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, la Policía Nacional, en atención al principio de exclusividad de la fuerza pública, tiene como fin principal la prevención de aquellas conductas que constituyen amenazas de afectación del orden público o impiden la convivencia entre las personas, en los términos de los artículos 2 y 218 de la Constitución Política.
• Las empresas de vigilancia y seguridad privada pueden actuar en el ámbito en que ofrezcan sus servicios, bajo los límites establecidos por el legislador, con el fin de «disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección», de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Decreto Ley 356 de 1994, sin que ello involucre en modo alguno el ejercicio de actividades de conservación del orden público, la seguridad ciudadana ni la convivencia pacífica.
Por último, la Sala agregó que el artículo 9° de la Ley 1270 de 2009, mediante la cual se creó la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, asignó a la Policía Nacional la función de prevenir la aparición de hechos de violencia en los estadios de fútbol y en sus alrededores, en el marco del mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas.
Tras años de tensiones entre la Dimayor y el Gobierno, el alto tribunal dejó claro que las empresas privadas no pueden sustituir a la fuerza pública en el control del orden en eventos masivos como partidos o conciertos.
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Estos son los acuerdos logrados sobre catastro multipropósito que permitieron levantar el paro nacional
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