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Fiduagraria debe reparar a Villavicencio por pérdida de recursos invertidos en fideicomiso
El Consejo de Estado condenó a la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S. A. (Fiduagraria) a reparar al municipio de Villavicencio (Meta) por la pérdida de 2.000 millones de pesos que sufrió el ente territorial, por haber invertido esa suma en un fideicomiso en el 2007.
La fiduciaria debe pagarle a la entidad territorial casi 2.250 millones de pesos, que constituyen la mitad de los perjuicios acaecidos.
La pérdida de los recursos se produjo como consecuencia del contrato de oferta de cesión de derechos con pacto de readquisición que celebraron el ente territorial y el consorcio Proyectar, en el marco del contrato de fiducia mercantil al que estaban suscritos esta última y Fiduagraria.
El municipio interpuso una demanda de reparación directa contra Fiduagraria S. A. y la Superintendencia Financiera, con el fin de que estas entidades se vieran obligadas a restituirle el monto invertido, debidamente actualizado y con intereses moratorios.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que la demanda había sido presentada fuera del término legal. Teniendo en cuenta el plazo para la readquisición de derechos prevista en la oferta comercial de cesión de derechos y la interrupción de términos originada por la solicitud de conciliación prejudicial, la demanda podía ser presentada, como máximo, el 6 de octubre del 2010. Dado que se radicó dos días después, el Tribunal decretó la caducidad de la acción.
El municipio de Villavicencio presentó recurso de apelación contra esta decisión, por considerar que la demanda se presentó dentro de los plazos previstos por la ley. Indicó que si bien los términos se vencían inicialmente el 11 de julio del 2010, la solicitud de conciliación fue presentada el 2 de julio de ese año, nueve días antes de tal vencimiento; ello implica que la certificación expedida por la Procuraduría sobre la fallida conciliación, fechada el 5 de octubre del 2010, determinaba que la fecha límite para interponer la demanda era el 11 de octubre y no el 6. A juicio del ente territorial, estas consideraciones demuestran que la acción presentada el 8 de octubre no había caducado.
El Consejo de Estado revocó la decisión del Tribunal y admitió la demanda, por considerar que se había presentado dentro del plazo legal. Indicó que, dado que la solicitud de conciliación interrumpe por tres meses los términos de caducidad de la acción, este plazo trimestral vencía el 3 de octubre. Teniendo en cuenta que la solicitud para conciliar fue presentada nueve días antes de su vencimiento, queda en evidencia que la caducidad de la demanda ocurría el 11 de octubre. Esto demuestra que la acción fue presentada tres días antes de la culminación del plazo legal.
Frente a las pretensiones de la acción, se estableció que el daño se produjo en tanto que la suma que Villavicencio le confió al fideicomiso Consorcio Proyectar no fue devuelta en la fecha convenida. En lo que atañe a la supuesta responsabilidad de la Superintendencia Financiera por falta de vigilancia frente a los hechos ocurridos, la alta corte la desestimó. Indicó que, contrario a lo dicho por la demandante, la entidad abrió una investigación contra la fiduciaria por sus omisiones e incumplimientos y le impuso una sanción pecuniaria.
El Consejo de Estado advirtió que para la época de los hechos estaba prohibido que recursos de regalías se invirtieran en actividades comerciales de un particular o para garantizar sus deudas. Además, el Estatuto de Contratación Pública exigía que las entidades obligadas a seguir sus reglas necesitaban abrir un proceso licitatorio, antes de poder participar en contratos fiduciarios sin que en ningún caso les fuera posible transferir el dominio de recursos públicos. Como la fiduciaria Fiduagraria estaba obligada a vigilar el cumplimiento de estos mandatos y no lo hizo, la alta corte la declaró responsable del daño ocasionado por le pérdida de los recursos del municipio.
Sin embargo, teniendo en cuenta que el ente territorial contrató con el consorcio Proyectar, a este le correspondía evaluar si era posible que recursos del Sistema General de Regalías pudieran ingresar al patrimonio autónomo que se constituyó. También le correspondía verificar si era posible que los dineros se destinaran al pago de acreencias de particulares o a constituir garantías para sus deudas. Como en el expediente se probó que la entidad demandante no se cercioró de las restricciones legales de su inversión, ni de la idoneidad de la sociedad a quien estaba confiando los dineros o que hubiera solicitado concepto de entes especializados como la Superfinanciera, también le cabe responsabilidad en la producción del daño.
Por estas razones, el Consejo de Estado estableció que a la fiduciaria Fiduagraria le corresponde reparar el 50 % de los perjuicios sufridos por el municipio, tras la pérdida de los recursos invertidos en el patrimonio autónomo. De ahí que le haya ordenado pagarle a este ente territorial casi 2.250 millones de pesos es decir, la mitad del cálculo de las estimaciones del daño.
Fuente: Consejo de Estado
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A la cárcel por atentar contra la vida de un hombre en Puerto Gaitán, capturados en flagrancia
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Fabián Duque Martínez y Juan Diego García Jaramillo, por su presunta responsabilidad en el ataque armado contra un hombre en Puerto Gaitán.
En ese sentido, un fiscal seccional les imputó los delitos de homicidio en grado de tentativa y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. En audiencias concentradas los procesados no aceptaron cargos.
Los hechos sucedieron el pasado 16 de diciembre, cuando un hombre, habría sido atacado con arma de fuego por los dos procesados que se movilizaban en una motocicleta.
Uniformados de la Policía que fueron alertados por la ciudadanía lograron la captura de los dos hombres en flagrancia. En el procedimiento les incautaron una motocicleta, equipos de comunicación y dos armas de fuego, las cuales lanzaron a un matorral al percatarse de la presencia de las autoridades.
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A la cárcel por maltratar e intentar asesinar a sus dos hijas de 8 meses y 12 años
Un juez de control de garantías envió a la cárcel a una mujer, por su presunta responsabilidad en el maltrato e intento de homicidio contra dos de sus hijas menores de edad, de 8 meses y 12 años, en hechos ocurridos el pasado 28 de marzo, en el sur oriente de Villavicencio.
Un fiscal de la Seccional Meta le imputó los delitos de homicidio en grado de tentativa y violencia intrafamiliar, ambas conductas agravadas. La mujer no aceptó los cargos.
De acuerdo con la investigación, el día de los hechos, después de que la menor de edad, de 12 años, regresó del colegio a su casa, donde, presuntamente, fue agredida por su madre, quien se encontraba alterada tras una discusión telefónica con su pareja. La procesada pateó a la víctima, mientras estaba en el piso, luego la persiguió con un cuchillo hasta una habitación, allí la niña se encerró. Al parecer, minutos después la presunta agresora intentó asfixiar con una almohada a la bebé, de 8 meses, pero fue rescatada por su hermana. Las niñas se escondieron y esperaron a que llegara la hija mayor, de 17 años.
Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo de la Policía Nacional, hicieron efectiva la orden de captura contra esta mujer en la vereda Mesetas de Villavicencio.
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Después de 27 años le devolvieron finca que le habían quitado los paramilitares en Puerto López
La Unidad de Restitución de Tierras (URT) entregó materialmente el predio ‘La Pocha’, de 920 hectáreas ubicadas en la vereda El Yucao de Puerto López (Meta), a sus legítimos dueños, en cumplimiento de una sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá.
La diligencia fue liderada por Robert Gabriel Barreto, director territorial de la URT en Meta, Antonio Martínez, coordinador del Grupo Fondo de la entidad, tal como Camilo Riveros, Juez Municipal de Puerto López, con acompañamiento del equipo Catastral, el área Jurídica de la Unidad y la Fuerza Pública, que garantizó seguridad a la comisión.
A finales de los años noventa, la familia Romero fue víctima de amenazas y extorsiones de grupos paramilitares, que exigían pagos constantes para permitirles trabajar. Las intimidaciones y el riesgo creciente obligaron al propietario a abandonar la finca en 1998, hecho que derivó en la ocupación ilegal del terreno por parte de terceros, que intentaron comercializarlo sin legitimidad.
El caso fue llevado por la URT ante la justicia. En efecto, el Tribunal Superior de Bogotá determinó que la familia fue objeto de desplazamiento forzado, abandono y despojo, y que las posteriores ocupaciones no cumplían con los requisitos de buena fe exenta de culpa.
El director territorial Robert Gabriel Barreto destacó que esta entrega es un avance en la garantía de derechos para quienes sufrieron el conflicto armado: “con ello, reafirmamos que nuestro compromiso es seguir trabajando por su reparación y su regreso seguro a la tierra”.
Por su parte, Antonio Martínez, coordinador del Grupo Fondo, indicó que tras la entrega material del predio y en cumplimiento de la sentencia, se garantizará un subsidio de vivienda, el alivio de pasivos y un proyecto productivo para la familia restituida.


