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Se alargó Aislamiento Preventivo Obligatorio en Colombia hasta el 1° de julio

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Mediante el Decreto 749 del 28 de mayo de 2020, el Gobierno Nacional ordenó el Aislamiento Preventivo Obligatorio en todo el territorio colombiano, el cual regirá desde las cero horas del 1° de junio de 2020, hasta las cero horas del 1° de julio de 2020, en el marco de la Emergencia Sanitaria por causa del coronavirus covid-19.

El Decreto, de 13 artículos, firmado por el Presidente Iván Duque y los 18 ministros de su gabinete, ordena el Aislamiento Preventivo Obligatorio o cuarentena “de todas las personas habitantes de la República de Colombia” durante el periodo de tiempo establecido, y como medida para enfrentar la pandemia.

La norma “limita totalmente la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional”, con 43 excepciones.

El artículo 3 señala que los Gobernadores y Alcaldes, permitirán el derecho de circulación de las personas que se encuentren el grupo de las 43 excepciones, entra las que se incluyen la asistencia y prestación de servicios de salud; adquisición y pago de bienes de primera necesidad; desplazamiento a servicios bancarios y servicios notariales; asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.

Además, contempla las labores de las misiones médicas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de organismos internacionales humanitarios y de salud; la prestación de los servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de salud públicos y privados; la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales.

El Decreto, igualmente, exceptúa las actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias, y los servicios funerarios, entierros y cremaciones.

También está incluida la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de insumos para producir bienes de primera necesidad.

Las actividades de la industria hotelera para atender a sus huéspedes, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del coronavirus covid-19.

La norma exceptúa el comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias.

Laboratorios prácticos y de investigación de las instituciones de educación superior y educación para el trabajo y el desarrollo humano. Actividades profesionales, técnicas y de servicios en general.

Actividad física mediante protocolos

El Decreto, además, permite el desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre, de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los Alcaldes en sus respectivas jurisdicciones, y con sujeción a los protocolos de bioseguridad.

Este desarrollo de actividad física y de ejercicio al aire libre se autoriza para personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un período máximo de dos horas diarias.

También, para los adultos mayores de 70 años, tres veces a la semana, media hora al día.

Incluye a los niños mayores de 6 años, tres veces a la semana, una hora al día. A los niños entre 2 y 5 años, tres veces a la semana, media hora al día.

Peluquerías y museos

Entre las excepciones del citado Decreto, el Gobierno Nacional autoriza la apertura productiva de los servicios de peluquería, parqueaderos públicos para vehículos, museos y bibliotecas.

El artículo 3 tiene 7 parágrafos, el primero de los cuales señala que “las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones”, y para iniciar actividades deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del coronavirus covid-19.

Igualmente, el parágrafo 6 señala que “las excepciones que se consideren necesarias adicionar por parte de los gobernadores y alcaldes deben ser previamente informadas y coordinadas con el Ministerio del Interior”.

Alcaldes podrán suspender actividades

Cabe anotar que, mediante el parágrafo 7, la norma faculta a los Alcaldes para que mediante la debida autorización del Ministerio del Interior suspendan “las actividades o casos establecidos” en las excepciones del artículo 3.

“Cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la epidemia del coronavirus covid-19 que genere un riesgo excepcional a criterio del Ministerio de Salud y Protección Social, esta entidad enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el covid-19 y las actividades o casos que estarían permitidos para ese municipio, con base en lo cual, el Ministerio del Interior ordenará al alcalde el cierre de las actividades o casos respectivos”, se afirma en el Decreto.

Las actividades no permitidas

El Decreto 749, asimismo, hace referencia a siete actividades que “en ningún caso” serán permitidas en el marco del Aislamiento Preventivo, a partir del primero de junio.

Entre estas actividades están los “eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Misterio de Salud y Protección Social”.

Tampoco se permiten “los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video”.

Con relación a los establecimientos y locales gastronómicos señala que permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.

De la misma forma, no puede haber actividades en “gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles”.

Este listado también incluye cines y teatros, la práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto. Tampoco estarán permitidos los servicios religiosos que impliquen aglomeraciones o reuniones.

Sigue suspendido el transporte aéreo

El Gobierno ordena igualmente, la suspensión del transporte doméstico por vía aérea. Esta restricción regirá a partir de las cero horas del 1° de junio de 2020, hasta las cero horas del 1° de julio de 2020.

La norma explica que solo se permitirá el transporte doméstico por vía aérea en casos de emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, y en caso fortuito o fuerza mayor.

Se ordena el cierre de fronteras

El Gobierno Nacional, por medio de este Decreto, ordena el cierre de las fronteras de Colombia –pasos marítimos, terrestres y fluviales- con Venezuela, Perú, Brasil, Panamá y Ecuador. La medida regirá a partir de las cero horas del 31 de mayo de 2020, hasta las cero horas 1° de julio de 2020.

No obstante, se exceptúa el cierre de frontera en casos de emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía, caso fortuito o fuerza mayor y para la salida del territorio colombiano de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.

Por último, la norma determina que quien viole las medidas adoptadas y las instrucciones dadas se verá sujeto a sanción de tipo penal prevista en el artículo 368 del Código Penal.

Dicho artículo indica que quien viole una medida sanitaria adoptada por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia incurrirá en prisión de cuatro 4 a 8 años y, además, tendrá que pagar las multas que ordena el Decreto 780 de 2016, expedido por el Ministerio de Salud.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Con geotubos construirán un dique para evitar inundaciones del río Charte en Maní

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La socialización se realizó en la institución educativa de Matepiña, donde hace dos años, no se presta el servicio educativo por el riesgo de inundación.

Con el propósito de prevenir las inundaciones que afectan a la escuela, la vía principal y predios, de las veredas La Consigna, Matepiña y Armenia; la Gobernación de Casanare a través de Gestión del Riesgo de Desastres, dio inicio a la construcción de un dique de 170 metros y hasta 4.2 metros de alto en geotubos sobre el río Charte.

Esta obra de protección conformada por dos y tres niveles beneficiará directamente a 400 familias de este sector, considerado uno de los sitios de más alta vulnerabilidad a inundaciones.

La socialización y apertura del proyecto se llevó a cabo en la Institución Educativa de Matepiña y contó con la participación de Guillermo Velandia, director de Gestión del Riesgo de Desastres; Julio Ramos, secretario de Gobierno departamental; y Henry García, secretario de Planeación del municipio de Maní.

Durante el evento, líderes comunitarios como Jorge Rodríguez manifestaron las dificultades que vienen enfrentando desde hace más de cinco años por los embistes del afluente, y agradecieron la implementación de esta importante obra que mejorará su calidad de vida y la seguridad de su entorno.

Fuente: Gobernación de Casanare

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Casanare suma 14 medallas en los Juegos Nacionales Juveniles: 7 de oro, 4 de plata y 3 de bronce

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Hoy ha sido una jornada histórica para la delegación de Casanare en los Juegos Nacionales Juveniles, dejando en alto el nombre del departamento con triunfos destacados en boxeo y taekwondo.

Boxeo: Medalla de oro para Casanare:

En un enfrentamiento vibrante, la deportista casanareña Jibelith Andrade se consagró campeona en la categoría de -66 kg, al derrotar a María del Carmen Castro del Valle del Cauca en la final celebrada en Pereira. Este logro marca un gran logro en el deporte casanareño. Los entrenadores Fredy Liévano y Hernando Tibaduiza, junto con toda la delegación, celebraron este triunfo que llena de orgullo a la región.

Taekwondo: Tres nuevas medallas para el departamento

En Manizales, Casanare sumó tres medallas en taekwondo:

  • César Silva obtuvo la medalla de oro en la categoría +73 kg.
  • Juliana Santamaría logró la plata en la categoría -55 kg.
  • El equipo de la modalidad Combate TK3, conformado por Brayan Garrido, Daniel Torres y Ronald Rosas, se quedó con la presea de plata, guiados por los entrenadores Lida Hernández, William Duarte, Jimmy Barrera, y el delegado Derney Tello.

 Con estos resultados, Casanare acumula un total de 14 medallas en los Juegos Nacionales Juveniles: 7 de oro, 4 de plata y 3 de bronce. Al día de hoy, el departamento ocupa el noveno lugar en la tabla de medallería.

El gobernador César Ortiz Zorro y el INDERCAS, liderado por el gerente Edwin Ramírez, extienden su más cálida felicitación a los deportistas, entrenadores y equipos técnicos, quienes han demostrado su esfuerzo y talento en cada competencia.

Próximos desafíos: La delegación de Casanare continuará su participación esta semana en la disciplina de yudo, con la esperanza de seguir sumando triunfos para el departamento.

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Casanare cuenta con 118 Reservas Naturales de la Sociedad Civil que protegen el medio ambiente

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En el marco del 3er Festival Mundial del Arraigo Llanero “Casanare Palpita”, se realizó el 1er Foro de Reservas Naturales de la Sociedad Civil, un espacio dedicado a visibilizar los esfuerzos conjuntos de actores ambientales del departamento y a fortalecer las alianzas que promueven la conservación privada, la producción sostenible y la protección de los ecosistemas.

El evento reunió a destacados líderes ambientales, incluyendo directivos de la Secretaría de Desarrollo Económico, Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Casanare; la Dirección de Cultura y Turismo; Parex Resources; Parques Nacionales Naturales de Colombia; el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; alcaldías municipales y miembros de reservas naturales de la sociedad civil.

Casanare se consolida como líder nacional en conservación privada, con 123.462 hectáreas declaradas como Reservas Naturales de la Sociedad Civil (RNSC) y 118 reservas inscritas en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP).

Durante el foro, el secretario de Desarrollo Económico, Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Alexi Duarte, anunció que en abril del siguiente año se realizará el Encuentro Departamental de Reservas Naturales de la Sociedad Civil, además, destacó que “En temas de conservación, me da esperanza ver al sector civil liderar y participar en actividades que benefician al ambiente y al desarrollo del departamento”.

Por su parte, la directora de Medio Ambiente de Casanare, Jessica Quintero, enfatizó “Reconocemos que el ambiente ha sido un sector minimizado. Nuestra proyección es visibilizar nuestras acciones y seguir propiciando espacios como el de hoy para fortalecer este sector en el departamento“.

Además, se resaltó el papel del turismo de naturaleza y su conexión con las reservas naturales como una estrategia clave para posicionar a Casanare como destino turístico sostenible y comunitario.

La industria petrolera también reafirmó su compromiso con la sostenibilidad ambiental. Ricardo Castro, líder ambiental de Parex Resources, afirmó que “Cumplir el objetivo de la protección, el desarrollo sostenible y el bienestar humano es la huella que queremos dejar en el departamento. Nuestro compromiso es continuar aportando a la biodiversidad”.

Fuente: Gobernación de Casanare

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