CASANARE
Alcaldía de Yopal aclaró cuáles obras del sector de la construcción pueden reiniciar
La Alcaldía de Yopal hizo precisiones respecto a la reactivación del sector de la construcción, siguiendo el marco normaitvo que al respecto han expedido diferentes entidades del orden nacional, en virtud de lo cual, se debe tener en cuenta:
1. Solo las empresas legalmente constituidas, están autorizadas a iniciar obras, ya que a través de las ARL y entes de control territoriales pueden realizar el seguimiento de los protocolos establecidos en la circular conjunta 001 del Ministerio de Vivienda y Ministerio de Salud y expedir un manual de implementación interno.
2. Para el caso de las remodelaciones y autoconstrucciones NO están contempladas para el reinicio de actividades, debido a la complejidad de realizar el seguimiento y control de dichas obras, igualmente, se está trabajando en coordinación con el Ministerio de Vivienda, para la reactivación de dicho sector de manera gradual y con los respectivos protocolos de bioseguridad.
3. Cada proyecto de obra nueva, como las que se encontraban en ejecución, deben adaptar su protocolo de bioseguridad, prevención y promoción para la prevención del coronavirus COVID-19 en las zonas de influencia de los proyectos en ejecución y el mismo debe estar articulado con los sistemas de seguridad y salud en el trabajo, dichos protocolos deben ser comunicados y remitidos al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio al correo planCOVIDconstruccion@minvivienda.gov.co antes del 30 de abril de 2020; con copia al correo institucional de la Oficina Asesora de Planeación seplaneacion@yopal-casanare.gov.co.
4. Para nuevas solicitudes, se expedirán licencias de construcción, una vez que se demuestre que el responsable de los trabajadores debe realizar un plan de aplicación de protocolo sanitario para obra (PAPSO) que plantee unas estrategias, alternativas y actividades necesarias para minimizar y mitigar la transmisión del virus COVID – 19, este debe incluir la descripción de la labor a ejecutar; las etapas de construcción, los horarios de trabajo, el cronograma de actividades con sus respectivas medidas de prevención sanitaria, los protocolos de higiene, la identificación de las zonas de cuidado en salud dentro de la obra, los profesionales responsables de la implementación del PAPSO que cumplan con los requisitos establecidos en términos de idoneidad, experiencia y cargo en la organización /obra, estrategias de socialización del PAPSO y la carta de compromiso firmada por el director de obra, la interventoría y/o supervisor de obra que asegure la implementación del PAPSO, este plan debe ser ejecutado por el director, supervisor o ejecutor de la obra.
5. Se realizará el seguimiento y control a través de la Oficina Asesora de Planeación, Secretaría de Obras Públicas y Secretaría de Gobierno en coordinación con la Secretaría de Salud, conforme lo establece la Resolución 666 de 2020 expedida por el Ministerio de Salud en su Artículo 4:
“ARTICULO 4 VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO DE LOS PROTOCOLOS. La vigilancia y cumplimiento de este protocolo estará a cargo de la Secretaría Municipal o Distrital, o la entidad que haga sus veces, que corresponda a la actividad económica, social o al sector de la administración pública, de acuerdo con la organización administrativa de cada entidad territorial, sin perjuicio de la función de vigilancia sanitaria que deben realizar las secretarias de salud municipales, Distritales y Departamentales, quienes, en caso de no adopción y aplicación del protocolo de bioseguridad por parte del empleador, trabajador o contratista vinculado mediante contrato de prestación de servicios o de obra, deberán informar a las direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo, para que adelanten las acciones correspondientes en el marco de sus competencias.”
6. Se anexa link de la circular conjunta 001 de fecha 11 de abril de 2020 expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y el Ministerio de Salud. http://www.minvivienda.gov.co/AutocircularesVivienda/Circular%20Conjunta%20001.pdf.
7. Para más información ingresar al link: http://www.minvivienda.gov.co/sala-de-prensa/noticias/2020/abril/lo-que-debe-saber-sobre-el-protocolo-para-el-reinicio-de-actividades-del-sector-de-construccion-de-edificaciones.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
La comunidad lo pedía a gritos: Inician reparcheo de la calle 40 en Yopal
Este jueves 2 de mayo, desde las 7:00 de la mañana, la Secretaría de Infraestructura retoma las jornadas de recuperación de la malla vial ‘Reparcheo’ en la ciudad, en esta oportunidad se intervendrá la calle 40, una de las vías más deterioradas por el alto flujo vehicular.
Se atenderán los puntos críticos de este importante corredor, iniciando desde la carrera 29 con calle 40, pasando por el conjunto Confacasanare, frente al supermercado MIO, entre otros sectores neurálgicos, hasta culminar en la carrera 5ta.
Adriana Hernández, Secretaria de Infraestructura, señaló que los trabajos permiten mejorar esta vía tan relevante para la movilidad de la ciudad, además recomendó a la ciudadanía tener paciencia y tomar rutas alternas para evitar traumatismos en el tránsito de automóviles y motocicletas.
Fuente: Alcaldía de Yopal
CASANARE
GeoPark se pronuncia por bloqueos de la comunidad en Villanueva y Tauramena
A través de un comunicado a la opinión pública, la compañía GeoPark manifestó su rechazo a las vías de hecho que se han presentado esta semana en las rutas de acceso del bloque Llanos 34, en zona rural de los municipios de Tauramena y Villanueva.
COMUNICADO DE GEOPARK
GeoPark respeta el libre ejercicio del derecho a la manifestación pública y pacífica. Sin embargo, no acepta la conducta de algunas personas que, a pesar de tener garantías para el diálogo y la solución concertada de diferencias, acuden a las vías de hecho que afectan derechos fundamentales -como el trabajo y libre circulación- de personas de la comunidad y trabajadores de empresas contratistas de la Compañía.
Adicionalmente, estas vías de hecho impiden el desarrollo normal de las actividades de GeoPark. Como consecuencia, la Compañía se ha visto en la obligación de suspender 65 contratos con empresas contratistas que a su vez suspenderían acuerdos laborales durante el tiempo que se prolongue esta situación. Esto afecta la continuidad laboral de más de 660 personas vinculadas a las empresas en estas operaciones, lo cual implica el no pago de salarios durante dicho período, ni de reconocimiento económico retroactivo.
GeoPark promueve el respeto y cuidado de los derechos de todos los ciudadanos, incluyendo el de los trabajadores, por lo cual reitera su llamado para que cesen las vías de hecho y se acuda al diálogo como mecanismo de solución de diferencias.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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