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Conozca el abecé de las medidas sobre arriendos de vivienda y locales comerciales

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Tras el anuncio de las medidas de arrendamiento de viviendas y locales comerciales de MYPIMES en el marco de la emergencia por el Covid-19, los colombianos expresaron varias inquietudes. El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Jonathan Malagón, recopiló las preguntas más recurrentes para aclarar las dudas de los ciudadanos.

¿Las medidas aplican solo para los estratos 1 y 2?

No. Las medidas en materia de arrendamiento benefician a todos los colombianos, independientemente de su nivel de ingreso o su estrato socioeconómico. Estas iniciativas reconocen la vulnerabilidad tanto de arrendadores como de arrendatarios. La invitación es a llegar a acuerdos que beneficien a ambas partes, en un marco de solidaridad responsable.

¿Ya no hay que pagar el canon de arriendo?

Estas medidas no significan la suspensión, el congelamiento, la condonación, ni mucho menos la eliminación del pago de los cánones. No estamos fomentando una cultura de no pago, por el contrario, las familias que puedan seguir pagando sus obligaciones, deben hacerlo cumplidamente. Por su parte, los hogares que en el marco de la emergencia hayan tenido una reducción en sus ingresos, podrán contar con instrumentos adicionales para conciliar y llegar a acuerdos de pago entre privados.

¿Se permiten los desalojos durante la emergencia?

La Ley establece que los desalojos de arrendatarios sin orden judicial son ilegales. La nueva medida garantiza que, bajo ninguna circunstancia, las familias podrán ser desalojadas de su vivienda durante la emergencia e incluso dos meses después de finalizada la misma.

¿Qué les podemos decir a las familias que han sido víctimas de desalojo?

Debido a la suspensión de términos decretado por el Consejo Superior de la Judicatura hasta el 12 de abril, no pueden llevarse a cabo desalojos. Los desalojos sin orden judicial son ilegales. Si sucede, el mensaje es que estas familias acudan a la autoridad policial para la protección de su derecho a la vivienda.

¿Está desprotegido el arrendador?

Las medidas anunciadas por el Presidente Iván Duque no implican el no pago de los cánones de arrendamiento, de manera que los propietarios de los inmuebles no están desprotegidos. Además, cuentan con todas las herramientas legales y jurídicas para hacer efectivos sus derechos. Las familias que viven en arriendo tendrán que seguir honrando sus obligaciones, bajo las condiciones a las que lleguen ambas partes. Por eso hacemos un llamado a la solidaridad responsable.

¿Estas medidas también aplican para locales comerciales?

Las medidas de arrendamiento anunciadas también aplican para las micro, pequeñas y medianas empresas. Queremos que se logren acuerdos entre el arrendador y el arrendatario sin penalidades, sin intereses y sin la amenaza de desalojo, pero fomentando la cultura de pago y la responsabilidad del arrendatario.

¿En propiedad horizontal, cómo se podrán usar los recursos del fondo de imprevistos?

La medida habilita el uso de este fondo de imprevistos durante la emergencia, prioritariamente para el mantenimiento de los contratos de trabajo del personal empleado en la propiedad horizontal.

¿Se pueden realizar asambleas de propietarios?

Las reuniones ordinarias de asamblea de la propiedad horizontal se podrán realizar de forma virtual o tendrán que ser aplazadas hasta después de la emergencia. No se podrán imponer sanciones por inasistencia.

¿Qué pasa con los contratos informales?

De los 5,6 millones de familias que viven en arriendo, algo más de 2 millones corresponden a arriendos informales (40%), son cerca de 8 millones de personas que viven en soluciones de arrendamiento sin un contrato firmado. Si bien no existe un contrato escrito, eso no implica que no haya una relación contractual. De manera que, incluso en estos casos, la única manera de efectuar un desalojo es a través de la policía a la luz de una orden judicial, lo que durante la emergencia está prohibido.

Fuente: Ministerio de Vivienda

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Dian habilita nuevo servicio de facturación electrónica solo con el número de cédula o Nit

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) puso al servicio de los contribuyentes un nuevo servicio que permitirá generar de forma fácil y segura la facturación electrónica únicamente con el tipo y número de documento del comprador de bienes y servicios.

Se trata de un esfuerzo interinstitucional entre la Dian y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a través de su Delegada para la Protección de Datos Personales.

Así, los compradores de bienes y servicios solo deberán suministrar tres datos para la generación de la factura electrónica: nombre completo o razón social, tipo y número de documento de identificación y correo electrónico cuando el usuario desee recibir la factura electrónica por ese medio.

Sin embargo, si el comprador del bien o servicio no quiere suministrar el correo electrónico, el facturador deberá generar y entregar la factura electrónica de forma impresa, sin exigir más datos, tal como dispone el artículo 35 de la Resolución 165 de 2023.

De manera adicional, ningún establecimiento podrá solicitar documentos físicos ni datos adicionales como número telefónico, dirección de residencia o RUT.

Según la Resolución 000202 de 2025 de la Dian, el nuevo servicio estará vigente a partir de la segunda semana de abril de 2025 y podrá utilizarse únicamente para la expedición de factura electrónica, y no con otros propósitos.

Este servicio estará disponible en todos los facturadores, incluyendo lo que utilicen el Servicio de Facturación Gratuita de la Dian, y quienes hayan desarrollado su propio software de facturación o que operen con un proveedor tecnológico.

Además, los facturadores electrónicos con software propio y los proveedores tecnológicos deberán ajustar sus sistemas para integrar el nuevo servicio que permitirá completar de manera automática el nombre o razón social y el correo electrónico del comprador, con solo su número de cédula, generando así la factura electrónica sin necesidad de solicitar datos adicionales.

Por su parte, el Servicio de Facturación Gratuita de la Dian incorporará de forma inmediata este nuevo servicio de información, a partir de su implementación.

De otro lado, la Resolución 000202 de 2025 aclara que las empresas prestadoras de servicios públicos solo podrán utilizar el documento equivalente electrónico para ventas relacionadas con el servicio prestado, salvo que el usuario autorice un uso diferente de este documento.

Fuente: Presidencia de la República

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Casanare y Meta entre los departamentos donde se titularán tierras a firmantes de paz

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En una jornada maratónica, programada para este miércoles 2 de abril, el Gobierno Nacional terminará el proceso de titulación de 215 predios a firmantes de paz en los departamentos del Huila, Meta, Casanare, Guaviare, Tolima y Sucre.

El proceso, adelantado por la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), está enmarcado en el Programa Especial de Acceso a Tierras, que impulsa la reincorporación y la construcción de paz en el país, beneficiando en este caso a 323 familias firmantes con más de 3.500 hectáreas.

El director de la ANT, Felipe Harman, agregó que el proceso cuenta con el acompañamiento de la Misión de Verificación de la ONU en Colombia.

Las más de 3.500 hectáreas se suman al contador de predios entregados en el desarrollo de la Reforma Agraria, cuyo fin es garantizar el acceso a la tierra y transformar lo que fue el origen del conflicto en un instrumento de paz.

En la misma línea, la directora de ARN agregó: “Cuando llegamos al Gobierno, solamente se habían entregado 800 hectáreas y no se había adjudicado una sola hectárea a firmantes del Acuerdo de Paz, justamente debido a que no eran sujetos de la Reforma Agraria”.

Más de 2 mil hectáreas en 3 departamentos

En los departamentos de Casanare, Guaviare y Huila serán entregadas 2.021 hectáreas, es decir, más de la mitad de las 3 mil de la jornada.

En ese sentido, los reincorporados van a recibir los títulos de propiedad de los predios Villa Graciela, en Casanare; Agua Linda, en Guaviare, y El Vaticano, en Huila. La formalización en los tres departamentos beneficiará a 179 familias y al colectivo Federación de Unión Campesina para el Desarrollo Rural e Integral, facilitando el acceso a recursos y oportunidades económicas.

Durante la administración del presidente Petro, la ANT ha entregado 18 mil 815 hectáreas a población de excombatientes en el país, aportándoles a la implementación del punto uno del Acuerdo de Paz del 2016 y cumpliendos a las personas que siguen honrando su palabra en la construcción de paz y la democracia.

Además de reducir la vulnerabilidad jurídica de las y los firmantes, la titulación fortalecerá sus procesos de reincorporación mediante el acceso a tierras productivas, garantizando condiciones adecuadas para el desarrollo agrícola, el emprendimiento rural y la sostenibilidad de las comunidades.

Fuente: Información Presidencia de la República

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Entidades públicas deben reportar resultados de 2024 al Departamento de la Función Pública

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FURAG

Función Pública habilitó el Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión (FURAG) desde el 17 de marzo, más de 6 mil entidades del orden nacional y territorial deben reportar la información de gestión del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

A través de este formulario se realiza anualmente la Medición del Desempeño Institucional, la cual evalúa a cada entidad con base en las 19 políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

La medición permite a las entidades públicas obtener un diagnóstico de las áreas en las que se está operando satisfactoriamente y en las que tiene aspectos por mejorar, en busca de prestar un mejor servicio a las ciudadanías del país.

Las fechas de cierre del formulario son distintas de acuerdo a cada departamento:

Cierre martes 22 de abril: Entidades del Distrito Capital, Cundinamarca y orden nacional.

Cierre miércoles 23 de abril: Entidades de Antioquia, Arauca, Bolívar, Caldas, Caquetá, Casanare, Chocó, Guaviare, Norte de Santander, Putumayo y Tolima

Cierre jueves 24 de abril: Entidades de Atlántico, Boyacá, Cauca, Córdoba, La Guajira, Meta, Nariño, Quindío, Sucre, Vaupés y Vichada

Cierre viernes 25 de abril: Entidades de Amazonas, Cesar, Guainía, Huila, Magdalena, Risaralda, San Andrés y Providencia, Santander, Valle del Cauca y Alcaldía Mayor de Bogotá

El Gobierno Nacional reiteró la importancia de este reporte, pues los resultados de esta medición son claves para fortalecer la gestión pública, identificar áreas de mejora y consolidar políticas efectivas en beneficio de las ciudadanías.

Fuente: Comunicaciones Función Pública

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