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Proceso por lavado de activos y enriquecimiento ilícito contra JJ Torres pasa a Juzgado de Yopal

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Un nuevo hecho jurídico marca los procesos que se siguen contra el hoy preso Alcalde de Yopal Jhon Jairo Torres, según decisión de la Corte Suprema de Justicia.

La Sala Penal de la Corte determinó que el proceso por Lavado de Activos y Enriquecimiento Ilícito Agravado que se les sigue al alcalde de Yopal Jhon Jairo Torres y su esposa Dora Emilse López, debe ser llevado por el Juzgado Penal del Circuito Especializado con Función de Conocimiento de Yopal, al resolver una impugnación de la defensa de la esposa de Torres Torres.

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El cambio ya fue notificado a los Juzgados involucrados.

El proceso venía siendo llevado por el Juzgado 4° Penal del Circuito Especializado con Función de Conocimiento de Bogotá, ante el cual ya la Fiscalía 13 Especializada de Bogotá formuló escrito de acusación el pasado 1° de julio, pero la defensa de Dora Emilse López alegó que por factor territorial el proceso debía ser adelantado en Yopal, teniendo en cuenta que los hechos sucedieron en la capital casanareña.

En tal sentido, le corresponderá ahora al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Yopal adelantar la audiencia de formulación de acusación y las demás etapas del proceso contra JJ Torres y su esposa.

La acusación de la Fiscalía

El ente acusador dice que desde el año 2012 Jhon Jairo Torres emprendió la construcción de la Ciudadela La Bendición en Yopal, con el conocimiento de que la propiedad adquirida estaba vinculada a actividades del narcotráfico. De esta manera obtuvo un incremento patrimonial no justificado, al cual pretendió darle apariencia de legalidad.

En el escrito de acusación la Fiscalía señala que el enriquecimiento ilícito de la esposa del Alcalde se produjo con el inusitado aumento de los inventarios y recursos generados en su establecimiento de comercio Caricias Íntimas de Yopal, por lo cual el incremento patrimonial que constituyó ese enriquecimiento ilícito se originó en Yopal.

Precisa de igual manera el escrito de acusación de la Fiscalía, que el lavado de activos se generó cuando Dora Emilse López Vega prestó su nombre para crear “empresas de papel”, encaminadas a dar apariencia de legalidad a la Ciudadela La Bendición y a la compra de terrenos, con el fin de facilitar el lavado de activos que perpetraba Jhon Jairo Torres.

Concluye la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que los delitos conexos atribuidos a los procesados –enriquecimiento ilícito y lavado de activos- tuvieron su génesis o comienzos en Yopal, por lo cual atendiendo lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 906 de 2004, el juzgamiento debe hacerse en Yopal.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Cero y van 4, demandan curul de la Concejal de Yopal Karen Vargas

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El Tribunal Administrativo de Casanare, admitió la demanda de nulidad electoral con la que se busca la pérdida de la investidura de la actual concejal Karen Tatiana Vargas Unibio, del partido Nuevo Liberalismo.

El documento fue radicado por la ex candidata del mismo partido Yuly Yamary Barón Vargas, quien también aspiró a una curul del Concejo de Yopal.

El Tribunal señala que la demanda fue admitida en primera instancia, luego que la demandante cumpliera con los requisitos legales.

Sobre el radicado se tendrá que definir si procede la pérdida de investidura de la demandada quien presuntamente habría incurrido en dolo en la causal de que trata el inciso séptimo del artículo 109 de la Constitución Política, (“También se podrá limitar el monto de los gastos que los partidos, movimientos o candidatos puedan realizar en las campañas electorales, así como la máxima cuantía de las contribuciones privadas, de acuerdo con la ley”), y desarrollada en el artículo 26 de la ley 1475 del 2011 que hace referencia a la pérdida del cargo por violación de los límites al monto de gastos.

Se confirmó que la Magistrada Sustanciadora en esta controversia, es la Doctora Inés del Pilar Nuñéz Cruz.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Tragedia vial, una pareja perdió la vida en accidente en la vía Yopal – Pore

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Bomberos Pore informó en horas de la noche del 26 de abril el cierre total de la vía Marginal del Llano (Pore – Yopal) sector de La Curama, por accidente un grave accidente de tránsito donde perdió la vida una pareja.

Las víctimas fueron identificadas como Wilson Vargas Fernández y Yelixa Magueli Laverde Goyeneche, quienes viajaban con su hija la cual fue trasladada al Hospital donde su pronóstico es estable.

Por ahora se desconocen las causas por las cuales la motocicleta impactó de frente contra una camioneta, serán las autoridades quienes determinen responsabilidades dentro del caso.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Inspector de Policía capturado en Yopal quedó con prisión domiciliaria

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La Fiscalía General de la Nación judicializó a Jorge Enrique Monroy Niño, inspector de policía cuarto de Yopal, quien le habría exigido dinero a un comerciante a cambio de no cobrarle un comparendo.

De acuerdo con la investigación realizada por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), se conoció que el 7 de abril de 2024 las autoridades que realizaron controles en establecimientos comerciales abiertos al público le impusieron un comparendo al dueño de una licorería por no cumplir con todos los requisitos legales.

Lea también: Capturado Inspector Cuarto de Policía de Yopal por exigir dinero a un comerciante

Según la Fiscalía, el comerciante se acercó a la inspección de policía número 4 de Yopal (Casanare) para averiguar por el procedimiento que debía seguir. Monroy Niño, presuntamente, aprovechándose de su posición de inspector de policía, le insinuó que podía obviar el pago de la sanción a cambio de una colaboración económica.

La víctima puso en conocimiento de estos hechos a la Fiscalía. Servidores del CTI coordinaron la entrega controlada del dinero que debía pagar y al momento que el inspector llegó al lugar fue capturado en flagrancia.

La Fiscalía le formuló imputación por el delito de concusión, cargo que no fue aceptado. Un juez de control de garantías le impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en su lugar de residencia.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

 

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