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15 mitos y realidades de la marihuana medicinal

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¿Qué tan beneficioso o perjudicial es el cannabis?

Análisis de Augusto Pérez, fundador y director de la Corporación Nuevos Rumbos. Psicólogo, doctor en Psicología de la Universidad de Lovaina, Bélgica. Profesor visitante de las Universidades de Londres (1994-1995) y New Jersey (2003-2006) y profesor titular de la Universidad de los Andes (1976-2002). Esto, a propósito del evento “Marihuana medicinal, mitos y realidades, realizado por la Facultad.

  1. Calma los dolores menstruales.
    Verdad: en general puede decirse que el cannabis actúa como un analgésico para varios tipos de dolor: dolores viscerales, musculares y articulares. Sin embargo, hay tipos de personas que no obtienen ese efecto.
  2. Lo más parecido a la panacea es el cannabis.
    Falso: la panacea no existe. Cuando uno mira textos e investigaciones encuentra que la marihuana lo cura todo, la lista es interminable y, por supuesto, 80 % es falso. La mayoría son rumores y anécdotas, no ciencia.
  3. Cura la migraña.
    Falso: no cura la migraña. En algunos casos puede disminuir los dolores, pero el problema no se quita con cannabis.
  4. No hay sobredosis de Marihuana.
    Verdad: en el tercio frontal superior del tallo cerebral están los centros que controlan la respiración y el corazón, en esa parte del tallo cerebral no hay receptores de cannabis, por ello no habría lugar a una sobredosis. En cambio, sí hay receptores para heroína, opioides y cocaína.
  5. Consumir cannabis puede generar dependencia.
    Verdad: la dependencia generada por el cannabis es menor que la de la heroína o cocaína. 10 % de las personas que fuman marihuana pueden desarrollar dependencia, pero si empiezan a los 14 años ese número puede subir a 50 %.
  6. Disminuye las náuseas o vómitos asociados a quimioterapia.
    Verdad: es uno de los efectos más notorios y más beneficiosos del cannabis. Sin embargo, a algunos pacientes les resultan desagradables los efectos sicoactivos de fumar o les produce irritación en las vías respiratorias superiores por lo que prefieren ingerirlo en forma oral.
  7. Es la puerta de entrada al consumo de otras sustancias.
    Verdad: a pesar de que la primera puerta es el alcohol, como el consumo de marihuana es ilegal implica la primera ruptura de una norma, lo cual facilita el continuar por ese camino. Al romper esa barrera de prohibición puedo romper la de consumir otras sustancias. Muy distinto al alcohol, ya que este es legal.
  8. Genera bebés con bajo peso.
    Verdad: igual que el tabaco, hay pruebas bastante contundentes que señalan que fumar marihuana durante la gestación genera bajo peso en los bebés.
  9. Sirve como relajante.
    Verdad: en algunas personas tiene un efecto relajante. Sin embargo, en otras puede despertar ideas persecutorias.
  10. Entorpece.
    Verdad: hay pruebas irrefutables de que el consumir marihuana disminuye los reflejos y la coordinación psicomotora. Las leyes de muchos países prohíben la conducción de automotores o de cualquier otro vehículo bajo los efectos del cannabis.
  11. Sirve para conciliar el sueño.
    Falso: eso es válido solamente para las personas que consumen con mucha frecuencia y no logran conciliar el sueño si no consumen.
  12. Sirve como tratamiento de la epilepsia.
    Verdad: en algunos casos especialmente en bebés con epilepsia refractaria. El bebé tendría que recibir canabidiol en forma líquida.
  13. Genera ataques cardíacos y derrames cerebrales.
    Falso: no se ha encontrado ninguna relación entre el consumo del cannabis y esos tipos de trastorno.
  14. Empeora los problemas respiratorios y el asma.
    Verdad: en personas que tienen problemas respiratorios fumar cannabis incrementa las dificultades, por los efectos irritantes del humo. Además, el cannabis tiene seis veces más alquitrán que el tabaco, razón por la cual actualmente existen máquinas que vaporizan.
  15. Estimula la creatividad:
    Falso: distorsiona temporalmente la percepción de la calidad de lo que se está haciendo. La creatividad es una propiedad. Según estudios con artistas que han pintado o escrito poemas bajo los efectos del cannabis, su juicio es muy positivo mientras están bajo los efectos, sin embargo, al día siguiente, ese juicio se modifica.

Fuente: www.uniandes.edu.co

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Capturados por homicidios presentados en Villanueva, pretendían adueñarse del microtráfico

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Tres personas señaladas de integrar una estructura criminal dedicada al sicariato fueron capturadas en el municipio de Villanueva, en medio de un operativo adelantado por las autoridades. De acuerdo con las investigaciones, los detenidos estarían vinculados a varios homicidios y pretendían consolidar el control de la venta de estupefacientes en la zona, atentando contra quienes se oponían a sus actividades ilícitas.

El procedimiento incluyó dos diligencias de allanamiento y registro que permitieron hacer efectivas dos capturas por orden judicial por los delitos de homicidio y tráfico, fabricación o porte de armas de fuego. Entre los detenidos se encuentra un hombre conocido con el alias de “TATU”, quien presenta antecedentes por homicidio, receptación y hurto calificado. El segundo capturado registra anotaciones por homicidio, porte ilegal de armas y al menos cinco casos relacionados con tráfico de estupefacientes.

En el desarrollo del operativo también fue capturada en flagrancia una mujer, a quien se le atribuyen los delitos de tráfico de estupefacientes y porte ilegal de armas. Durante las acciones, las autoridades incautaron dos revólveres, munición de diferentes calibres, dosis de base de coca y marihuana, así como elementos utilizados para la dosificación de sustancias ilícitas. Los dos hombres fueron cobijados con medida de aseguramiento en centro carcelario, mientras que la mujer quedó en libertad, pero vinculada al proceso.

Según el coronel Pablo Javier Galindo Valencia, con estas capturas se busca avanzar en el esclarecimiento de al menos cuatro homicidios registrados en Villanueva en lo corrido de 2026. En conjunto, los detenidos suman 11 registros como indiciados por delitos relacionados con homicidio, narcotráfico, porte ilegal de armas, hurto agravado y receptación.

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Yopal blinda la seguridad: sin barras visitantes y con estrictos controles para partido de alto riesgo

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Tanto la Alcaldía de Yopal como la Gobernación de Casanare expidieron sendos decretos, mediante los cuales adoptan una serie de medidas especiales de seguridad con ocasión del partido entre Deportivo Pereira y Atlético Nacional, considerado de alto riesgo. Las administraciones municipal centró sus decisiones en prevenir alteraciones del orden público, estableciendo restricciones y controles estrictos en el marco del desarrollo de este evento deportivo.

Entre las principales disposiciones se encuentra la prohibición del ingreso de hinchadas organizadas visitantes provenientes de otros departamentos, así como la restricción en la venta de boletería destinada a estos grupos. Además, se limitó la realización de caravanas, desplazamientos colectivos y cualquier tipo de movilización masiva de barras que no cuente con autorización previa de las autoridades competentes.

El decreto también ordena a la Policía Nacional implementar operativos especiales de control, vigilancia y verificación en las vías de acceso al municipio y al departamento, con el objetivo de identificar y mitigar posibles riesgos. Estas acciones deberán aplicarse de manera proporcional y respetando los derechos fundamentales de los ciudadanos.

De igual forma, se prohibió el ingreso y transporte de elementos que puedan generar violencia, como pólvora, armas blancas y objetos contundentes. Las medidas estarán vigentes entre el 24 y el 25 de abril de 2026, e incluyen la articulación entre autoridades locales, departamentales y la fuerza pública para garantizar la seguridad antes, durante y después del encuentro.

Asimismo, se ordenaron controles policiales en las vías de acceso al departamento y al municipio. Se prohibió el ingreso de menores de dieciocho (18) años a las localidades occidental norte y occidental sur, además se prohibió el ingreso de menores de catorce (14) años a la localidad occidental central.

De igual manera, se prohibió en Yopal la circulación de motocicletas con acompañante y/o parrillero con edad superior a 14 años, desde el día viernes veinticuatro (24) de abril a las 5:00 p.m. hasta el día sábado veinticinco (25) de abril del 2026 a las 10:00 p.m.

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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago

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Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.

De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.

Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.

Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.

Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.

Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.

La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.

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