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Víctima de Casanare pide al Consejo de Estado proteger su derecho a la reparación integral

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Esta semana la sala Plena del Consejo de Estado resolverá una acción de tutela interpuesta por una víctima de ejecución extrajudicial en el departamento de Casanare, quien reclama que sus derechos a la verdad y la justicia sean reconocidos, pudiendo reclamar la reparación integral a que tiene derecho, sin límite de tiempo.

Se recurrió a la Acción de Tutela, debido a que el pasado 29 de enero de 2020, la Sección Tercera de este mismo Tribunal decidió cambiar, sin mayores fundamentos, el límite de tiempo para que las víctimas puedan reclamar la reparación integral por crímenes de lesa humanidad cometidos por agentes del Estado.

El tiempo para reclamar se limitó a dos años, a partir de que las víctimas tengan el conocimiento de los hechos, desconociendo los múltiples obstáculos que enfrentan las víctimas, en particular las de crímenes que involucran a agentes de la fuerza pública.

Esta reparación integral comprende:

  • La verdad por parte de los agentes estatales de los crímenes, a través de actos de reconocimiento de responsabilidad y perdón público;
  • La verdad de cara a la sociedad a través de la difusión masiva de los hechos, la publicación de las sentencias, la realización de libros y documentales, entre otras herramientas de divulgación;
  • La justicia en relación con todos los responsables de los hechos, la reparación material por el daño causado a todo el núcleo familiar, atención en salud, educación y todo lo necesario para tratar de resarcir ese daño material ocasionado por los crímenes cometidos;
  • Y las garantías de no repetición consistentes en que la sociedad conozca la verdad y en políticas de todo orden para que estos hechos no vuelvan a ocurrir.

Ante la decisión del Consejo de Estado, más de un centenar de víctimas presentaron una carta de respaldo o coadyuvancia a dicha tutela en la que manifiestan:

1. Informes construidos por parte de la Fiscalía General de la Nación relacionan 4.901 casos de ejecuciones extrajudiciales entre los años 2002 a 2008. Es decir, 1,9 cada día, 8,29 cada semana, 68 cada mes, 490 cada semestre y 816 cada año; crímenes relacionados con 7 divisiones en 27 departamentos. Esto ratifica el carácter sistemático y generalizado de las ejecuciones extrajudiciales cometidas por agentes estatales.

2. Bajo ninguna justificación pueden limitarse los derechos fundamentales de las víctimas de crímenes de Estado a la verdad, la justicia, reparación integral y las garantías de no repetición. La decisión del Consejo de Estado desconoce las garantías y derechos que tienen las víctimas al limitarlos desconociendo el derecho internacional. Llama la atención que a pesar de afirmarse que en la actualidad los aparatos de justicia parten del principio constitucional de la centralidad de las víctimas, hoy se procure limitar estos derechos.

3. Tratándose de crímenes de lesa humanidad, las autoridades nacionales no están autorizadas a cambiar las características y consecuencias de estos crímenes. Es deber del Estado y sus autoridades respetar los mandatos internacionales, entre ellos, que las acciones para reclamar la reparación integral, no pueden prescribir. Hoy requieren el respeto a los derechos de las víctimas y frenar medidas para coartarlos.

4. Ponerle límites a estos derechos desconoce las condiciones de inseguridad, temor y de ausencia de garantías en las regiones y subregiones en el territorio nacional para que las víctimas puedan hacer ejercicio de sus derechos, toda vez que a la fecha continúan en condiciones del conflicto armado y violencia sociopolítica, y con ello persisten las agresiones frente a líderes sociales, víctimas y defensores(as) de derechos humanos por parte de los grupos armados legales e ilegales.

5. Ante el ambiente de desprotección generado por el Consejo de Estado, acuden al Consejo de Estado a formularle siete preguntas en las cuales presentan estas y otras reflexiones, y piden claridad a los(as) Consejeros(as) de Estado llamando la atención frente a la prevalencia de los derechos fundamentales de las víctimas.

6. También solicitan a la Sala Plena del Consejo de Estado que revoque la decisión de la Sección Tercera, fallando la tutela en favor de los derechos de las víctimas y que realice una audiencia pública sobre este tema garantizando la participación de las víctimas y en especial a las instancias del Sistema de Naciones Unidas de Derechos Humanos, así como los órganos autorizados para interpretar y aplicar la Convención Americana. De ser necesario, también que se eleve esta consulta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Fuente: Comunicaciones Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Cierres programados para reforzar el Puente La Cabuya iniciarán el 02 de mayo

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El Instituto Nacional de Vías (Invías) informó que el cierre programado del puente La Cabuya (Río Cravo Sur), ubicado en la ruta Yopal – Paz de Ariporo, será reprogramado a partir del 02 de mayo de 2026, atendiendo una solicitud formal presentada por Ecopetrol.

Inicialmente, el cierre estaba autorizado para efectuarse entre el 2 de marzo y el 2 de abril, con el fin de adelantar las actividades de reforzamiento estructural del puente. Sin embargo, el director general de Invías, Juan Guillermo Jiménez Gómez, confirmó que mediante oficio, Ecopetrol solicitó aplazar los trabajos. “Entre marzo y abril, la empresa debe garantizar la movilidad de equipos extradimensionados y extrapesados necesarios para el desarrollo de proyectos estratégicos en la región, incluidos equipos de alto tonelaje destinados a operaciones en la locación Floreña TF20”, destacó.

Estas actividades, relacionadas con la seguridad energética y el abastecimiento de gas natural del país, requieren mantener habilitado el tránsito por el puente durante este periodo. En atención a esta solicitud, y con el propósito de garantizar tanto la movilidad segura como la continuidad de operaciones estratégicas en la región, Invías reprogramará el inicio del cierre total del puente al 2 de mayo de 2026, fecha en la que se retomarán los trabajos de reforzamiento estructural previamente programados.

Invías reitera su compromiso con el desarrollo vial del departamento y con la articulación institucional para evitar afectaciones a la comunidad y a las operaciones estratégicas del país. Una vez se acerque la fecha del cierre
reprogramado, se informarán los horarios, rutas alternas y demás medidas de manejo de tránsito que aplicarán durante la ejecución de las obras.

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CASANARE

Yopal en alerta roja por incendios forestales, Gestión del Riesgo reitera medidas

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La Oficina Territorial de Gestión del Riesgo de Desastres (OTGRD) informa a la comunidad de Yopal que el municipio se encuentra en alerta roja por incendios forestales debido a las condiciones climáticas actuales. Se reitera a la comunidad adoptar medidas para reducir este tipo de eventualidades.

La alerta roja indica una probabilidad inminente de ocurrencia de incendios, lo que requiere acción inmediata por parte de la ciudadanía y organismos de socorro. Las altas temperaturas, la disminución de lluvias y la presencia de material vegetal seco aumentan significativamente la vulnerabilidad en el territorio.

Por ello, se recomienda evitar la quema de basura, rastrojos o material vegetal, no encender fogatas en zonas rurales o áreas abiertas, no arrojar colillas de cigarrillo y no dejar residuos como botellas de vidrio en zonas verdes. Se insta a reportar de inmediato cualquier presencia de humo o incendio a las líneas 119 o al 3208532940 (Bomberos Yopal).

Cabe destacar que, según el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Yopal, entre enero y febrero de 2026 se han registrado 40 incendios forestales y 196 quemas prohibidas. La Administración Municipal y los organismos de respuesta permanecen en monitoreo constante y articulación permanente con las autoridades ambientales.

“Reducir el riesgo es responsabilidad de todos. Un acto imprudente puede generar emergencias que afecten vidas, viviendas, ecosistemas y recursos naturales del municipio”, señaló Harbey Ramírez Ávila, jefe de la OTGRD.

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CASANARE

Alcaldía de Yopal suspendió facturación del impuesto predial hasta corregir errores en avalúos

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La Alcaldía de Yopal suspendió la facturación del impuesto predial hasta garantizar cobros justos y reales para los predios del municipio. Esta decisión se toma tras identificar múltiples inconsistencias en la información entregada por los prestadores de servicio catastral en el marco del convenio 1707 de 2023, suscrito por la administración anterior.

La medida no desconoce la obligación tributaria, sino que busca liquidar el impuesto sobre información técnica confiable y jurídicamente válida. Se prioriza que cada contribuyente pague lo que realmente corresponde, sin sobrecostos por errores. Se detectaron 16.500 predios con inconsistencias como información incompleta, registros vacíos, predios sin destino económico o dirección, y duplicidad.

Estas irregularidades fueron consignadas en nueve informes de supervisión y comunicadas a las autoridades competentes. La alcaldía activó mecanismos contractuales y legales para exigir a los prestadores de servicio catastral el cumplimiento de sus obligaciones. En febrero de 2025, se generaron recibos con incrementos significativos, causando inconformidad ciudadana.

El alcalde Marco Tulio Ruiz instaló mesas de concertación con el Ministerio Público y solicitó intervención de la Superintendencia de Notariado y Registro y el IGAC. El municipio habilitó siete puntos para reclamaciones, recibiendo más de 1.200 derechos de petición. La Superintendencia identificó hallazgos con presunta incidencia penal y la Contraloría General informó sobre un posible daño patrimonial de $6.332 millones.

Adicionalmente, la actual administración decidió no extender el modelo catastral a la zona rural por $18.700 millones, dada la situación en el área urbana. Se tramitaron dos proyectos de acuerdo para otorgar alivios tributarios y para 2026 el incremento de avalúos catastrales será del 3%, según el decreto 1480.

La facturación sigue suspendida hasta que existan garantías técnicas y jurídicas, buscando que los yopaleños cumplan su obligación sobre bases ciertas y ajustadas a la ley, accediendo a los beneficios tributarios por pago oportuno. En caso de requerirse, la administración municipal acudirá al Concejo Municipal para ampliar estos plazos.

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