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Víctima de Casanare pide al Consejo de Estado proteger su derecho a la reparación integral

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Esta semana la sala Plena del Consejo de Estado resolverá una acción de tutela interpuesta por una víctima de ejecución extrajudicial en el departamento de Casanare, quien reclama que sus derechos a la verdad y la justicia sean reconocidos, pudiendo reclamar la reparación integral a que tiene derecho, sin límite de tiempo.

Se recurrió a la Acción de Tutela, debido a que el pasado 29 de enero de 2020, la Sección Tercera de este mismo Tribunal decidió cambiar, sin mayores fundamentos, el límite de tiempo para que las víctimas puedan reclamar la reparación integral por crímenes de lesa humanidad cometidos por agentes del Estado.

El tiempo para reclamar se limitó a dos años, a partir de que las víctimas tengan el conocimiento de los hechos, desconociendo los múltiples obstáculos que enfrentan las víctimas, en particular las de crímenes que involucran a agentes de la fuerza pública.

Esta reparación integral comprende:

  • La verdad por parte de los agentes estatales de los crímenes, a través de actos de reconocimiento de responsabilidad y perdón público;
  • La verdad de cara a la sociedad a través de la difusión masiva de los hechos, la publicación de las sentencias, la realización de libros y documentales, entre otras herramientas de divulgación;
  • La justicia en relación con todos los responsables de los hechos, la reparación material por el daño causado a todo el núcleo familiar, atención en salud, educación y todo lo necesario para tratar de resarcir ese daño material ocasionado por los crímenes cometidos;
  • Y las garantías de no repetición consistentes en que la sociedad conozca la verdad y en políticas de todo orden para que estos hechos no vuelvan a ocurrir.

Ante la decisión del Consejo de Estado, más de un centenar de víctimas presentaron una carta de respaldo o coadyuvancia a dicha tutela en la que manifiestan:

1. Informes construidos por parte de la Fiscalía General de la Nación relacionan 4.901 casos de ejecuciones extrajudiciales entre los años 2002 a 2008. Es decir, 1,9 cada día, 8,29 cada semana, 68 cada mes, 490 cada semestre y 816 cada año; crímenes relacionados con 7 divisiones en 27 departamentos. Esto ratifica el carácter sistemático y generalizado de las ejecuciones extrajudiciales cometidas por agentes estatales.

2. Bajo ninguna justificación pueden limitarse los derechos fundamentales de las víctimas de crímenes de Estado a la verdad, la justicia, reparación integral y las garantías de no repetición. La decisión del Consejo de Estado desconoce las garantías y derechos que tienen las víctimas al limitarlos desconociendo el derecho internacional. Llama la atención que a pesar de afirmarse que en la actualidad los aparatos de justicia parten del principio constitucional de la centralidad de las víctimas, hoy se procure limitar estos derechos.

3. Tratándose de crímenes de lesa humanidad, las autoridades nacionales no están autorizadas a cambiar las características y consecuencias de estos crímenes. Es deber del Estado y sus autoridades respetar los mandatos internacionales, entre ellos, que las acciones para reclamar la reparación integral, no pueden prescribir. Hoy requieren el respeto a los derechos de las víctimas y frenar medidas para coartarlos.

4. Ponerle límites a estos derechos desconoce las condiciones de inseguridad, temor y de ausencia de garantías en las regiones y subregiones en el territorio nacional para que las víctimas puedan hacer ejercicio de sus derechos, toda vez que a la fecha continúan en condiciones del conflicto armado y violencia sociopolítica, y con ello persisten las agresiones frente a líderes sociales, víctimas y defensores(as) de derechos humanos por parte de los grupos armados legales e ilegales.

5. Ante el ambiente de desprotección generado por el Consejo de Estado, acuden al Consejo de Estado a formularle siete preguntas en las cuales presentan estas y otras reflexiones, y piden claridad a los(as) Consejeros(as) de Estado llamando la atención frente a la prevalencia de los derechos fundamentales de las víctimas.

6. También solicitan a la Sala Plena del Consejo de Estado que revoque la decisión de la Sección Tercera, fallando la tutela en favor de los derechos de las víctimas y que realice una audiencia pública sobre este tema garantizando la participación de las víctimas y en especial a las instancias del Sistema de Naciones Unidas de Derechos Humanos, así como los órganos autorizados para interpretar y aplicar la Convención Americana. De ser necesario, también que se eleve esta consulta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Fuente: Comunicaciones Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

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Alerta en Yopal: estafadores usan falsos pagos digitales para engañar a comerciantes

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En Yopal, un comerciante denunció haber sido víctima de una sofisticada modalidad de estafa digital que estaría afectando a varios establecimientos comerciales. Se trata de un grupo de aproximadamente 15 jóvenes, entre ellos varios estudiantes universitarios, quienes utilizan aplicaciones clonadas conocidas como “Nequi Glitch” o “Nequi Daisy” para simular pagos que nunca se hacen efectivos, generando pérdidas económicas a negocios locales.

El caso fue revelado por Mateo Tarquino, propietario del club deportivo “Taco de Oro”, quien aseguró que en tan solo una semana su establecimiento fue defraudado por una suma cercana a los $2 millones de pesos. La irregularidad fue detectada tras un arqueo de caja y revisión de inventarios que no coincidían con los ingresos registrados, lo que llevó a identificar múltiples comprobantes falsificados.

¿Cómo estafan a los comerciantes?

Según la denuncia, el modus operandi consiste en mostrar en tiempo real un supuesto pago desde una aplicación fraudulenta que replica con precisión los comprobantes originales, incluyendo datos como número de teléfono y nombre del destinatario. Esto engaña al personal del establecimiento, que valida visualmente la transacción sin verificar el ingreso real del dinero.

El comerciante advirtió que los presuntos responsables ya han sido identificados mediante cámaras de seguridad y no descartó acciones legales ante la Fiscalía. Asimismo, hizo un llamado a los comerciantes a verificar directamente en la aplicación oficial los pagos recibidos o utilizar herramientas de validación como el escaneo de códigos QR, con el fin de evitar este tipo de fraudes.

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Anulan actos de la moción de censura de Cateryne Porras en el Concejo de Aguazul, por violar el debido proceso

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El proceso se originó en noviembre de 2021, cuando el Concejo Municipal de Aguazul promovió una moción de censura contra Cateryne Porras Martínez, entonces secretaria de Gobierno, tras un control político sobre la gestión de su despacho. En su momento, Porras presentó impedimentos y recusaciones contra nueve de los trece concejales, alegando que el trámite vulneró garantías procesales y el reglamento interno del Concejo.

El fallo, de primera instancia, concluye que el proceso adelantado por el Concejo Municipal estuvo marcado por irregularidades que vulneraron garantías fundamentales, especialmente el debido proceso y el derecho a la defensa de la funcionaria.

Según la sentencia, la funcionaria tuvo menos de cinco días para responder el cuestionario exigido por ley; a pesar de ello, nueve concejales promovieron una moción de censura que posteriormente fue aprobada, lo que derivó en su retiro del cargo mediante decreto municipal.

El elemento determinante del fallo fue el alegato de Porras Martínez contra varios concejales sobre posibles conflictos de interés, las que debían ser resueltas por la Procuraduría; pero ocurrió lo contrario, el Concejo:

• Asumió una competencia que no le correspondía, resolviendo directamente la recusación.
• Permitió que concejales recusados participaran en decisiones sobre su propio caso.
• Tomó decisiones a través de instancias internas sin facultad legal para ello.

Finalmente, la sentencia ordena remitir copias del expediente a la Procuraduría para que evalúe si procede la investigación disciplinaria contra los concejales que participaron en esta decisión irregular.

Una defensa que terminó respaldada por la justicia

El caso de Cateryne Porras se convierte en un precedente relevante para la política regional y el uso de la figura de moción de censura, que, si bien es una herramienta legítima como parte del control político, no puede ejercerse por fuera de la ley, ni sacrificando garantías fundamentales.

Con este fallo la justicia reconoce que la actuación de la funcionaria no fue evaluada bajo condiciones justas, y que su salida del cargo estuvo basada en un procedimiento viciado.

Más allá del resultado individual, la sentencia envía un mensaje a los integrantes de las corporaciones: deben actuar con rigor jurídico, especialmente cuando sus decisiones afectan derechos fundamentales de los ciudadanos, más allá de su rol como funcionarios.

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CASANARE

Aumento del salario mínimo y costos operativos ponen en aprietos a Bomberos de Yopal en 2026

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Bomberos Yopal sede

El Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Yopal enfrenta un panorama financiero complejo para 2026, marcado principalmente por el incremento del salario mínimo y nuevas exigencias laborales. Así lo dio a conocer el comandante, teniente Rafael Rojas, quien advirtió que estos factores representan hoy la mayor preocupación económica para la institución.

De acuerdo con Rojas, más de la mitad del personal —alrededor de 30 de los 60 bomberos— devenga el salario mínimo, lo que obliga a asumir un incremento cercano al 23% en sus ingresos. Esta situación impacta directamente las finanzas del organismo, que ha tenido que ajustar su presupuesto y buscar alternativas para sostener la operación.

A esto se suma la reducción de la jornada laboral semanal, que este año quedará en 42 horas, en cumplimiento de las disposiciones del Ministerio de Trabajo. Esta medida obligó a la institución a vincular más personal durante el último año para garantizar la prestación del servicio las 24 horas del día, incrementando aún más los costos de funcionamiento.

El comandante también explicó que en 2026 aumentaron los recargos nocturnos —que ahora inician desde las 7:00 de la noche—, así como los pagos por trabajo dominical y festivo, que alcanzan el 90%. Además, deben asumir un régimen especial de pensiones con un 10% adicional, junto con otros gastos obligatorios como exámenes médicos, dotación y elementos de protección personal.

En este último aspecto, Rojas fue enfático en señalar que los costos son considerablemente altos. Equipar completamente a un bombero puede costar cerca de 45 millones de pesos, incluyendo trajes especializados y equipos de respiración que cumplen normas internacionales. A esto se suma el mantenimiento del parque automotor, con vehículos que ya superan los 10 y hasta 15 años de servicio, lo que incrementa la necesidad de repuestos y revisiones constantes.

Frente a este panorama, el Cuerpo de Bomberos ha implementado estrategias para generar recursos propios, como la recarga de extintores y la realización de capacitaciones. Sin embargo, el comandante reiteró que el reto sigue siendo grande y que la sostenibilidad del servicio depende de una adecuada gestión financiera y del apoyo institucional para seguir garantizando la atención de emergencias en Yopal.

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