CASANARE
Unidad para las víctimas presentó programa de atención en Casanare

La Unidad para las Víctimas presentó ante delegados de las alcaldías de Yopal, Villanueva y Paz de Ariporo; de la Personería y de la Defensoría del Pueblo, las medidas de prevención para la prestación del servicio en los Puntos (PAV) y Centros Regionales de Atención a Víctimas (CRAV).
El protocolo elaborado establece los lineamientos, medidas sanitarias, preventivas y de mitigación que permiten la bioseguridad, fomentan el autocuidado de los colaboradores, funcionarios y población víctima, y facilitan la continuidad en la atención presencial.
Frente al proceso de atención, el documento indica que será necesario establecer un filtro para que solo las personas aptas (sin enfermedades previas ni síntomas asociados al COVID-19), ingresen al establecimiento.
También recomienda adoptar un protocolo para la desinfección de las suelas de los zapatos; tomar temperatura de manera previa; exigir el uso de tapabocas; mantener la distancia preventiva; no permitir el acceso de acompañantes; abandonar el lugar una vez se reciba la atención solicitada, y realizar labores de sensibilización para que las personas opten por la atención telefónica o virtual.
Más disposiciones
Así mismo, se dispone de los entes territoriales para que en concordancia con la Ley 1448 de 2011, que establece su responsabilidad en los PAV y CRAV, garanticen la disponibilidad de agua potable, jabón líquido, toallas desechables, productos de desinfección como alcohol y gel antibacterial, y canecas cerradas en los lugares y espacios de atención.
Dentro de las estrategias opcionales para la asistencia, estos nuevos lineamientos indican que los puntos y centros de atención, podrán acogerse a medidas como horarios especiales, flexibles, doble turno, atención sujeta a pico y cédula o por agendamiento, y focalización de servicios.
De acuerdo con el Registro Único de Víctimas (RUV), con corte al pasado 31 de marzo, en Casanare hay 59.979 víctimas sujetos de atención.
Fuente: Unidad para las Víctimas
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano