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Juez ordena compensar a familia desplazada por la guerrilla en el Meta

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Una familia víctima de la guerrilla por cuenta de sus posturas políticas y que fue despojada de su predio urbano, ubicado en Puerto Rico, Meta, será compensada por la Unidad de Restitución de Tierras.

Entretanto, la actual ocupante continuará residiendo en la vivienda, según lo contempla el fallo proferido por Tribunal Superior de Bogotá.

En 1984, el jefe del hogar adquirió un lote de 199 metros cuadrados ubicado en el barrio El Morichal, en el cual construyó habitaciones, baños, cocina, sala comedor y una bodega que arrendó para el funcionamiento del juzgado municipal. Con el tiempo, el hombre contrajo matrimonio, empezó a residir allí con su nueva esposa y luego con sus dos hijos.

Trascurría el año 1992, cuando la violencia se agudizó en la zona, el padre del solicitante, quien pertenecía al Partido Liberal, fue asesinado por las Farc y como si fuera poco sufrimiento para esta familia, también un hermano del reclamante quien fungía como concejal fue ultimado en represalia por su labor de oposición a las acciones de la guerrilla.

Tras estos homicidios, el solicitante de tierras, fue retenido por hombres armados mientras viajaba en su embarcación entre Puerto Toledo y Puerto Lleras, además fue golpeado y acusado de ser auxiliador del Ejército. Como consecuencia de estas intimidaciones y nuevas amenazas recibidas mediante un panfleto en el que la guerrilla le daba la instrucción de “hacer un documento” en favor de un tercero conocido como “Antonio Tolima”, el hombre se vio obligado a vender la propiedad por la suma de $4 millones y no tuvo más opción que desplazarse junto con su familia hacia Villavicencio y posteriormente a Bogotá.

Con el paso del tiempo, el predio solicitado en restitución, fue vendido a otra persona y luego a una mujer, quien argumentó que adquirió la propiedad de manera lícita y que no está vinculada con grupos al margen de la ley. Luego, ella reclamó su derecho de continuar viviendo en esa casa.

El director de la Unidad de Restitución de Tierras en Meta, César Santoyo, indicó que “con la entrada en vigencia de la Ley 1448 de 2011, la familia víctima presentó la solicitud ante la URT que ejerció su representación judicial, logrando así que la justicia emitiera sentencia a su favor”.

“En esta sentencia, el Tribunal ordena a la Unidad la aplicación de la compensación como medida reparadora a la familia despojada, mientras que la mujer residente en el predio continuará habitándolo al ser reconocida su calidad de ocupante de buena fe exenta de culpa”.

Puntualizó Santoyo que la familia beneficiaria tendrá acceso a la oferta institucional del Estado en materia de reparación integral.

Fuente: Unidad de Restitución de Tierras

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Definen plan de acción a favor de las víctimas del conflicto en el Meta

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En un esfuerzo por articular acciones con los integrantes del Sistema de Comunicación para la Paz (SIPAZ) y el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV), liderada por GIZ Colombia, la secretaría de Derechos Humanos y Paz del Meta acordó un Plan de Acción Territorial, en beneficio de las víctimas del conflicto armado.

En ese contexto, se estableció la realización de dos jornadas móviles de oferta institucional del orden departamental y nacional, esperando atender más de 1.000 personas víctimas del conflicto armado, en los municipios de Uribe y Mapiripán.

Igualmente se acordó el acompañamiento, por parte de la gobernación del Meta, a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en los planes integrales de reparación colectiva de la población víctima, con el fortalecimiento a proyectos productivos del municipio de Mapiripán, aportando a la reparación integral en las medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción, garantías de no repetición e indemnización.

Finalmente, se logró realizar un plan de acción con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), a través del cual se pretende contribuir con la verdad, la justicia, la restauración del daño y reparación a la población víctima.

Fuente: Gobernación del Meta

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Capturado en Villavicencio presunto integrante del Clan del Golfo

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Autoridades lograron capturar en Villavicencio al criminal conocido con el alias de ‘Ñato’, presunto integrante del grupo armado organizado ‘Clan del Golfo’ al servicio de la subestructura Gonzalo Oquendo Orrego.

La detención de esta persona materializó en cumplimiento a una orden de captura emanada por el Juzgado Promiscuo Municipal de Cumaribo (Vichada), por los delitos de concierto para delinquir agravado con fines de homicidio, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y extorsión.

Alias ‘Ñato’ de 36 años de edad, es señalado de ser el autor material del homicidio con arma de fuego en la modalidad de sicariato del señor Juan Alfonso Aguilar Rivas; hecho registrado en junio 12 de 2022, en la inspección El Vergel del municipio de San Juan de Arama, Meta.

El capturado junto a las diligencias judiciales adelantadas fueron dejadas a disposición de la Fiscalía No. 187 de la Dirección Especializada Contra el Crimen Organizado de Villavicencio, Meta.

Fuente: Policía Meta

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JEP ordena plan para ubicar y atender a mujeres víctimas de violencia sexual en Puerto Gaitán

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La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP ordenó poner en marcha un plan de acción que permita ubicar, identificar y caracterizar a mujeres víctimas de estigmatización y violencia sexual en Puerto Gaitán, quienes fueron estigmatizadas como ‘Las calvas’ cuando eran niñas o adolescentes, por parte de grupos paramilitares que operaron en la zona, entre 2002 y 2004.

Según expedientes de la justicia ordinaria e informes de organizaciones de víctimas entregados a la JEP, las Autodefensas Unidas de Colombia que operaban en ese departamento implementaron medidas de control social, reclutamiento, abuso sexual y violencia de género contra mujeres, niñas y adolescentes. Los relatos allegados a la Jurisdicción indican que las autoridades del municipio tenían conocimiento de estos crímenes y no tomaron medidas para evitarlos ni para perseguir o castigar a los grupos ilegales que ejercían estos delitos.

Estas mujeres víctimas eran señaladas por los grupos de cometer “actos de desobediencia, faltar al colegio, ingresar a bares”, y por ello las sometieron a castigos como apartarlas de su núcleo familiar contra su voluntad para someterlas a trabajos forzados; también eran reclutadas por los grupos ilegales y sometidas a abuso y violencia sexual; otras, fueron expuestas al escarnio público rapándoles la cabeza, de allí el término estigmatizante con el que fueron conocidas por los pobladores de la región en aquella época.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas considera que estos hechos son de interés del Caso 08, que investiga los crímenes cometidos por la fuerza pública o agentes del Estado, en asocio con grupos paramilitares o terceros civiles; y del Caso 11, que investiga la violencia basada en género, incluyendo violencia sexual y reproductiva, y crímenes cometidos por prejuicio.

Bajo ese contexto, la Sala convoca la articulación entre los despachos relatores de estos dos macrocasos con las siguientes dependencias de la JEP: Departamento de Atención a Víctimas (DAV), la Comisión de Género, la Comisión de Participación, la Oficina Asesora en Justicia Restaurativa, el Departamento de Enfoques Diferenciales y el Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD) Representación de Víctimas.

A través de esta articulación se busca definir una metodología que facilite la ubicación de las víctimas y, en caso de que así lo deseen, ofrecerles asesoría para participar en los casos 08 y 11, en caso de que estos hechos sean priorizados por la Sala de Reconocimiento para ser investigados. Además, este plan de atención y tratamiento a las víctimas se abordará aplicando los enfoques diferenciales de género, étnico racial, territorial e interseccional; incluyendo, además, espacios de pedagogía.

La decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas se toma en el marco del estudio de solicitud de sometimiento a la JEP de Édgar Humberto Silva González, quien se desempeñó como personero municipal de Puerto Gaitán durante la época de los hechos. Silva aún no ha sido aceptado en la Jurisdicción en calidad de agente del Estado no integrante de la fuerza pública. La aceptación de su sometimiento queda condicionada a los ajustes al régimen de condicionalidad, en materia de aportes efectivos de verdad y propuestas de reparación, que presente ante la sala.

Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz – JEP

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