CASANARE
Una persona muerta y otra lesionada en colisión de motocicletas en Yopal por exceso de velocidad
Como Miguel Leonardo Chaparro Alvarado, de 45 años y natural de Villavicencio, fue identificado por las autoridades el motociclista muerto en accidente de tránsito en Yopal, a la altura de la calle 50 (transversal 47) con carrera 14, en la mañana del domingo.
Los hechos se presentaron aproximadamente a las 11 de la mañana, cuando el occiso se movilizaba en una motocicleta Pulsar de placas GPX94D y colisionó con otra que se desplazaba en igual sentido, una motocicleta bóxer Auteco de placas NAT94C, en la cual se movilizaba una pareja. La mujer que se encuentra en estado de gestación presentó una herida en la cabeza, y fue trasladada al Hospital de Yopal.
Testigos del accidente que dialogaron con El Diario del Llano señalaron que el occiso se desplazaba a gran velocidad en su motocicleta por esta vía recientemente pavimentada, y embistió por la parte trasera la motocicleta en que se desplazaba la pareja haciéndolos perder el equilibrio y caer cerca al separador de la vía.
En su alocada carrera la motocicleta Pulsar siguió su camino, pero pocos metros más adelante su conductor perdió el equilibrio cayendo aparatosamente al pavimento y golpeándose mortalmente en la cabeza. La ambulancia tardó cerca de 17 minutos en llegar al sitio del accidente, lo que generó cuestionamientos de la ciudadanía especialmente por redes asociales.
Otras personas llamaron la atención de las autoridades, para que señalice el cruce de esta vía con la calle 40 frente al ingreso del Grupo Aéreo de Casanare, donde continuamente se ven situaciones de apremio por parte de los conductores de motocicletas y vehículos para evitar accidentes.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


