CASANARE
Toque de queda y emergencia sanitaria en Casanare para hacerle frente al COVID-19
El Gobierno Departamental declaró la emergencia sanitaria en salud en Casanare, con el objetivo de adoptar medidas de prevención, contención y mitigación de la propagación del coronavirus COVID-19, y poder atender adecuadamente a la población que resulte afectada, conforme a las directrices impartidas por el Presidente de la República.
De igual manera, se conformó el Comité Interinstitucional que va a estar al frente de la atención de la pandemia por la infección del COVID-19, presidido por el gobernador Salomón Andrés Sanabria Chacón y/o secretario de Gobierno Departamental; el cual tendrá la función principal de diseñar, evaluar, coordinar las diferentes acciones de preparación, contención y mitigación de la emergencia sanitaria con las autoridades nacionales, departamentales y municipales.
Dentro de las medidas adoptadas con la declaratoria de la emergencia sanitaria, se suspende todo acto superior en asistencia a 20 personas, ya sea público o privado, concentraciones, manifestaciones, actividades religiosas y eventos de afluencia masiva en el Departamento. Exceptuando las autoridades y Comités establecidos para la atención de la emergencia.
La Gobernación de Casanare y entes descentralizados prestarán atención al público únicamente por canales virtuales, electrónicos y telefónicos. En ese sentido, la atención presencial al público queda suspendida.
Toque de queda
Asimismo, se decreta toque de queda en los 19 municipios del departamento de Casanare, desde las 8:00 de la noche y hasta las 5:00 de la mañana, por el término de 14 días. Se exceptúan de esta medida los cuerpos de socorro, autoridades oficiales, vehículos de emergencia y Comités establecidos para la atención de emergencias.
Se exhorta a los Alcaldes a adoptar las medidas que consideren necesarias en cada uno de sus territorios para controlar la dispersión del COVID-19.
La inspección y vigilancia del cumplimiento de las medidas adoptadas en la emergencia sanitaria para la preparación, contención y mitigación del riesgo, será ejercida por los funcionarios de las Secretarías de Salud y de Gobierno de Casanare, por los Alcaldes y/o secretarios de salud o quien haga sus veces, rectores de la instituciones educativas públicas y privadas, gerentes de las IPS públicas y privadas, y las autoridades de Policía.
Se imparten las siguientes órdenes de protección, las cuales son de obligatorio cumplimiento, sin perjuicio a que estas puedan ser adicionadas, modificadas o derogadas, según la evolución de la pandemia:
- Toda persona que tenga síntomas respiratorios y que haya viajado a un Departamento y/o país con circulación local del virus o haya tenido contacto con un paciente sospechoso o confirmado de COVID-19, debe reportarlo a las Secretarías de Salud Municipal o Departamental, y adoptar un esquema obligatorio de autoalistamiento, por mínimo catorce (14) días, y adelantar medidas de protección personal, como lavado y desinfección de manos y uso de mascarilla.
- Todos los habitantes del departamento deberán prestar colaboración a la autoridad sanitaria, en caso de ser requerida, para monitorear su estado de salud y adoptar las recomendaciones médicas que le sean sugeridas.
- Ejercer un monitoreo permanente en las zonas de tránsito y migratorias en el departamento de Casanare, para lo cual se deberán fortalecer los equipos de la Gobernación, que prestan servicios en estos sitios.
- Se realizarán actividades de vigilancia y monitoreo por parte de las Secretarías Municipal y Departamental de Salud en el Aeropuerto El Alcaraván de Yopal, para verificar el cumplimiento de sanidad aeroportuaria de las medidas dispuestas por el Ministerio de Salud y la Protección Social.
- Los viajeros deberán informar los datos personales, fecha de ingreso, lugar de procedencia y de estadía antes del ingreso al Departamento, sitio en el cual permanecerá en el territorio, teléfonos de contacto, correo electrónico e información personal de contacto- mediante el diligenciamiento de un formulario que elaborará la Secretaría Departamental de Salud y será aplicado de manera obligatoria por cada empresa transportadora.
Sanciones:
A quien incumpla, desacate o desconozca las disposiciones decretadas en Casanare, se le impondrán las medidas correctivas conforme a la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía), sin perjuicio de lo establecido en la Ley 9a de 1979 y la prevista en el artículo 368 del Código Penal.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
La JEP le dijo NO a la solicitud de sometimiento de José Mauricio “Patón” Jiménez, exalcalde de Aguazul
La JEP rechazó la solicitud de sometimiento de José Mauricio Jiménez Pérez, exalcalde de Aguazul (Casanare), por no aportar verdad plena, ni suministrar información novedosa o relevante que permitiera aclarar los patrones macrocriminales que afectaron a la población de Casanare, durante el periodo en que fue alcalde (2001-2003).
Jiménez Pérez fue condenado en 2011 por el Juzgado 5to. Penal del Circuito Especializado de Bogotá a 29 años de cárcel por la desaparición forzada de Luis Ariel Bernal López y Ariel Rojas Moreno, como autor por omisión, y por concierto para delinquir agravado en calidad de autor; así mismo, recibió una inhabilidad de 13 años para ejercer cargos públicos. Por estos hechos, se encuentra en etapa de investigación un proceso disciplinario en la Procuraduría relacionado con dichas desapariciones forzadas.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP determinó que Jiménez Pérez no brindó información que permitiera revelar con claridad cómo se desarrolló su connivencia con las autodefensas, ni reveló contenido sobre sus vínculos a través de reuniones (probadas en la justicia ordinaria) que sostuvo con Héctor Germán Buitrago Parada, exjefe de las Autodefensas Campesinas del Casanare (ACC), conocido como ‘Martín Llanos’.
El relato del solicitante tampoco reveló información orientada a esclarecer algún patrón criminal relacionado con violaciones de derechos humanos cometidos por las ACC contra la población civil de Aguazul (Casanare) mientras ejerció como alcalde. Por ello, la sala concluyó que Mauricio Jiménez incumplió el régimen de condicionalidad, lo que le impide acceder a tratamientos especiales o beneficios de la JEP, empezando por la aceptación del sometimiento.
Además, en su determinación, la sala puso de presente que el solicitante contó con amplias oportunidades para brindar información que superara el umbral de verdad esclarecido en la jurisdicción ordinaria, pero Jiménez no hizo ningún aporte a la verdad que resultara idóneo. Por el contrario, su aporte se limitó de manera reiterada a suministrar argumentos vagos que no permitieron ahondar en la develación plena de las circunstancias de tiempo, modo y lugar y el señalamiento de otros autores implicados en los delitos por los que fue condenado.
La sala ordenó remitir el expediente de Jiménez Pérez a las autoridades ordinarias para lo de su competencia, toda vez que en el proceso penal por el que fue condenado se encuentra una orden de captura vigente en su contra, la cual está a cargo del Juzgado 17 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. En cuanto al proceso disciplinario, el expediente fue devuelto a la Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos de Bogotá.
CASANARE
Ecopetrol dispondrá gas adicional para asegurar suministro de GNV en Meta y Casanare
Ecopetrol anunció que a mediados de noviembre abrirá un proceso comercial para asignar hasta 2,7 GBTUD de gas a empresas distribuidoras y comercializadoras que operan en los departamentos de Casanare y Meta, con el objetivo de contribuir con el abastecimiento del energético en esta región del país.
Este volumen adicional de gas provendrá de los campos Cusiana y Floreña, estará disponible entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026, y tendrá como prioridad la demanda esencial (residencial y pequeños comercios), pero también podrá destinarse para la atención del Gas Natural Vehicular de Casanare y Meta.
Cabe señalar que el mencionado esquema se definió, al considerar que estos son los únicos departamentos del país que cuentan con la cobertura del 100% de la demanda residencial y de pequeños comercios.
“En lo que va de 2025 Ecopetrol ha adelantado diferentes procesos de comercialización de corto y largo plazo que les ha permitido a los distribuidores de los departamentos del Meta y Casanare acceder al gas que produce la empresa a precios competitivos, lo que garantiza la seguridad energética de las familias y pequeños comercios de esta región”, señaló Leydi
Diana Rincón, líder de Desarrollo de Negocios de Gas y GLP de Ecopetrol.
Agregó que Ecopetrol, “trabaja de forma permanente en la identificación de la oferta de gas natural adicional, con el fin de contribuir con el abastecimiento de los diferentes sectores, bajo el cumplimiento de la regulación vigente”.
El anuncio de la asignación de los 2,7 GBTUD adicionales se hizo este viernes en el municipio de Aguazul, durante la reunión de la mesa técnica convocada para atender las inquietudes de distintos sectores del departamento, sobre el abastecimiento de gas en la región, que contó con la participación de representantes de la comunidad, gremios
de transportadores, autoridades regionales y entidades públicas.
CASANARE
Este jueves 13 de diciembre en Unicentro, nueva jornada de donación de sangre en Yopal
La Secretaría de Salud de Yopal, en articulación con el Hospital Regional de la Orinoquía (HORO) y el Centro Comercial Gran Plaza Alcaraván, desarrollará una nueva jornada de donación de sangre el jueves 13 de noviembre, en las instalaciones del centro comercial, en el horario de 2:00 p.m. a 8:00 p.m.
Esta actividad hace parte de las estrategias institucionales para promover la solidaridad y la corresponsabilidad ciudadana en temas de salud pública. Donar sangre es un gesto sencillo que salva vidas y contribuye a mantener el abastecimiento en el banco de sangre del Hospital HORO, fundamental para atender emergencias, cirugías y tratamientos médicos.
¿Quiénes pueden donar sangre?
Es importante conocer los requisitos que se deben cumplir para poder donar sangre, entre los que se encuentran tener entre 18 y 65 años, pesar más de 50 kilogramos, presentar documento de identidad original, gozar de buena salud y no haber presentado síntomas de gripa, fiebre o infecciones recientes, así como no haber consumido bebidas alcohólicas en las últimas 24 horas, ni sustancias psicoactivas.
De igual manera, se deben atender las recomendaciones antes, durante y después de la donación:
Antes: desayunar o almorzar bien, mantenerse hidratado y evitar el consumo de grasas.
Durante: informar al personal de salud sobre cualquier condición médica y mantener la calma durante el proceso.
Después: descansar unos minutos, consumir líquidos y evitar esfuerzos físicos intensos durante el resto del día.
Finalmente, la dependencia gubernamental enfatiza en que donar sangre es un acto de amor, responsabilidad y compromiso con la vida. Por ende, extiende la invitación a toda la comunidad yopaleña a participar en esta jornada y convertirse en héroes anónimos que ayudan a salvar vidas cada día.
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