NACIONALES
Supersalud ordenó liquidación de Medimás EPS S.A.S.
																								
												
												
											La Superintendencia Nacional de Salud tomó inmediata posesión de los bienes, haberes y negocios de la EPS Medimás, y ordenó su intervención forzosa para liquidar, con lo cual deja de operar en 232 municipios de 14 departamentos del país donde contaba con 1,5 millones de afiliados.
La medida de liquidación se ordenó en vista de que no atendió las numerosas órdenes dadas por la Supersalud para que corrigiera el pago de las obligaciones con su red de prestadores, frenara el deterioro de los indicadores financieros y de solvencia, y redujera la creciente tasa de peticiones, quejas, reclamos y denuncias (PQRD) por parte de sus usuarios.
Precisamente una auditoría realizada en febrero de este año identificó que, entre enero y noviembre de 2021, Medimás recibió 57.653 PQRD de sus afiliados y otras 6.489 tutelas por concepto de salud, lo cual demostró las dificultades de la EPS para brindar la prestación de servicios.
Medimás se encontraba bajo medida de vigilancia especial de la Superintendencia desde hace cuatro años y medio, tiempo durante el cual se convirtió en la más multada de las EPS en Colombia y registró la mayor pérdida de usuarios.
Como consecuencia de la orden de liquidación, el Ministerio de Salud procederá a realizar desde el próximo 14 de marzo el traslado de los usuarios de Medimás a EPS receptoras que no cuentan con ninguna medida administrativa y que posibilitarán a la población afiliada mejores condiciones de acceso, calidad y oportunidad en la prestación de los servicios.
Incumplimiento de pagos
Según la resolución 864-6 de este 8 de marzo, Medimás incurrió en siete causales de liquidación por la desviación de los estándares esenciales que les son exigidos a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) para que hagan un adecuado aseguramiento en salud.
Una de esas causales es el incumplimiento reiterado de al menos 13 órdenes e instrucciones dadas por la Supersalud a lo largo de la medida de vigilancia especial.
Una de ellas es el incumplimiento de la EPS del programa de capitalización que quedó pactado desde su creación, en julio de 2017, como parte del Plan de Reorganización Institucional.
En esa época los dueños originales de Medimás se comprometieron a capitalizar a la EPS en 1,2 billones de pesos; no obstante, en estos cuatro años y medio solamente se tiene registro de la inyección de recursos en efectivo por $20.941 millones de pesos, es decir el 1.7% del precio pactado inicialmente.
Otros $460.000 millones se dieron mediante la figura de capitalización de acreencias, un proceso de cruce de cuentas hecho por los compradores con Cafesalud.
A lo anterior se suma el incumplimiento al laudo del Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá, que en mayo del año pasado condenó a Medimás a pagar más de 640.000 millones de pesos por el litigio que sostuvo con la EPS Cafesalud.
En la auditoría técnica con corte a noviembre de 2021, la Supersalud encontró en el componente financiero que la EPS Medimás tenía activos por $1,7 billones, pasivos por $2,3 billones y un patrimonio negativo de $580.458 millones. Entre enero y noviembre del año pasado registró pérdidas por $16.854 millones.
Adicionalmente, Medimás no cumple con los indicadores financieros, de solvencia, ni de reservas técnicas. Se evidenció que, por cada 100 pesos de deuda, la EPS solamente cuenta con 3 centavos para respaldarla.
Se estableció que, del total de anticipos pendientes de legalización, la EPS ha registrado deterioro contable por $209.391 millones, generando incertidumbre sobre su recuperación y, por tanto, pérdida de recursos del sistema.
En el concepto técnico elaborado por la Supersalud a partir de las acciones de inspección y vigilancia realizadas en los últimos meses se cuantificó en 1,5 billones el monto de las obligaciones que tiene la EPS con sus proveedores y prestadores de servicios y tecnologías en salud, al cierre de noviembre de 2021.
En total, la auditoría hecha hace un mes para evaluar el desempeño de Medimás identificó 46 hallazgos o incumplimientos de esta EPS en los aspectos financieros, jurídicos y técnico-científicos o asistenciales.
Barreras a la atención de los usuarios
La resolución que ordena la liquidación establece que “la EPS persiste en la violación de la ley y las normas que rigen el aseguramiento y la prestación de servicios de salud” y advierte que una situación permanente es la vulneración de los derechos de sus afiliados.
Para medir la atención a sus pacientes, la Supersalud tomó una muestra de 92 casos de usuarios con enfermedades crónicas y catastróficas (cáncer) quienes presentaron quejas por el mal servicio de la EPS, por las demoras en la entrega de medicamentos y por retraso en la autorización de citas y de procedimientos.
Al 35% de la población con patologías cardiovasculares, diabetes, VIH y cáncer se les demoraron un promedio de 27 día para entregar los medicamentos esenciales y se hallaron casos en que tardaron hasta 41 días en el suministro de antirretrovirales, a partir de la radicación de la PQRD.
Entre 2017 y 2021 la Supersalud impuso cinco medidas cautelares a Medimás a fin de que diera pronta respuesta a más de 11.500 casos de usuarios en riesgo que requerían gestión urgente.
A la fecha, la Superintendencia Nacional de Salud ha proferido multas por más de 14.000 millones de pesos contra esta EPS, siendo las más multada durante la actual gestión del Superintendente Aristizábal Ángel.
Desde julio de 2017 la EPS registró una pérdida cercana a los 3.4 millones de afiliados, de los cuales 2.3 millones lo hicieron por voluntad propia y los restantes 1.1 millones fueron trasladados luego de las decisiones de la Supersalud de ordenar su revocatoria en 15 departamentos.
Cabe recordar que en los últimos tres años la Superintendencia Nacional de Salud tomó, entre otras, las siguientes decisiones sobre la EPS Medimás: mantuvo la medida de vigilancia especial, le ordenó 3 revocatorias retirándola de 15 departamentos, le restringió la capacidad de afiliación, le cesó el giro para evitar concentración de pagos y le impuso 27 sanciones administrativas por fallas en la prestación de servicios, deficiencias en el flujo de recursos y falta de reporte de información.
Finalmente, la Supersalud designó al médico cirujano Faruk Urrutia Yalile como agente especial liquidador para la EPS Medimás.
Con Medimás, son 13 las EPS liquidadas por la actual Superintendencia Nacional de Salud, en desarrollo de la estrategia del Gobierno de depurar el sistema de las malas prácticas.
Esta es la distribución de afiliados a Medimás por departamentos:
| DEPARTAMENTO | MEDIMÁS | 
|---|---|
| BOGOTA D.C. | 116.336 | 
| BOYACÁ | 103.656 | 
| CALDAS | 138.353 | 
| CAQUETÁ | 18.949 | 
| CASANARE | 66.273 | 
| GUAVIARE | 4.687 | 
| HUILA | 188.568 | 
| META | 111.935 | 
| NORTE DE SANTANDER | 265.472 | 
| PUTUMAYO | 27.428 | 
| QUINDÍO | 109.195 | 
| RISARALDA | 203.633 | 
| TOLIMA | 164.260 | 
| VAUPÉS | 1.288 | 
| TOTAL GENERAL | 1.520.033 | 
Fuente: Supersalud
NACIONALES
Icetex abre convocatorias de créditos educativos para miembros y exmiembros de la Fuerza Pública
														Dos nuevas convocatorias de los fondos para personas que brindan o prestaron su servicio a la fuerza pública, abrieron su etapa de inscripciones. Estas oportunidades son la apertura de postulaciones de los fondos en administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 y Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019, que brindan crédito condonable del 90 % para estudios de educación superior.
Las convocatorias destinan su apoyo financiero a los nuevos beneficiarios/as a partir del primer semestre académico de 2026 y apoyará los estudios de educación superior de los colombianos/as seleccionados.
Cada fondo cubre hasta por 11 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) destinados a cubrir el valor de la matrícula ordinaria por cada período académico semestral a cursar. Los beneficiarios/as también recibirán apoyo de sostenimiento por un (1) SMMLV por período académico y gastos de derechos de grado, así como una prima de garantía que ampara riesgos en caso de muerte, invalidez física o mental del estudiante.
“Desde el Gobierno nacional y con la gestión administrativa y sostenible del ICETEX, seguimos impulsando oportunidades de educación que transforman vidas a quienes han hecho parte de la fuerza pública. Como nación y desde el sector institucional estamos honrando el servicio que han brindado al país para garantizar la seguridad y el bienestar de sus habitantes”, resaltó el presidente del ICETEX, Álvaro Urquijo.
Los dos programas y sus públicos objetivos son los siguientes:
1. Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 – Ministerio de Defensa Nacional / ICETEX
Financiado por MinDefensa y administrador por el ICETEX, este fondo está dirigido a pensionados/as por invalidez y/o su hijo menor de 25 años con cesión de beneficios. También está destinado a viudas/os, huérfanos/as o padres del miembro de la fuerza pública que haya fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate, ya sea en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público, o en conflicto internacional. Los aspirantes deben pertenecer a estratos socioeconómicos 1, 2 o 3.
Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1699 de 2013, e los artículos 28 y 29 de la Ley 1979 de 2019.
Este Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 apoya los gastos para estudios de pregrado o educación para el trabajo y desarrollo humano en el país.
2. Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 – Ministerio de Defensa Nacional / Ministerio de Educación Nacional / ICETEX
Es financiado por MinDefensa y MinEducación y administrador por el ICETEX. Está dirigido a veteranos/as con asignación de retiro, pensionados por invalidez, reservistas de honor y víctimas en los términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo. También, está dirigido a viudas, huérfanos o padres del miembro de la fuerza pública que hayan fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate o en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público o en conflicto internacional. También, los aspirantes deben pertenecer a estratos 1, 2 o 3.
Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1979 de 2019.
El Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019apoya los gastos para estudios de pregrado o posgrado.
Condiciones para la inscripción
Los aspirantes a los dos fondos deben estar admitidos o matriculados en la institución de educación superior donde van a estudiar (y que sea reconocida por el Ministerio de Educación). Ellos deben haber presentado la prueba Saber 11 (en caso de aplicar para estudios de primer semestre académico) o haber aprobado el período académico anterior (en caso de aplicar para estudios de segundo semestre en adelante).
¿Cómo se obtiene la condonación?
El beneficio de condonación es del 90 % del valor del crédito educativo y se otorga luego de que el beneficiario culmine con grado su programa financiado. La solicitud de condonación (con carta), así como la certificación o copia de diploma y de acta de grado (o su certificado equivalente en el caso de haber realizado un programa de educación para el trabajo y el desarrollo humano).
Conoce toda la información sobre estas convocatorias, sus requisitos y detalle de cada convocatoria en los siguientes enlaces (en los cuales también se deben hacer las correspondientes inscripciones):
Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 – Ministerio de Defensa Nacional / ICETEX: https://web.icetex.gov.co/es/-
Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 – Ministerio de Defensa Nacional / Ministerio de Educación Nacional / ICETEX: https://web.icetex.gov.co/es/-
NACIONALES
Más de 1.270 vacantes de carrera administrativa salen a concurso con el SENA a nivel nacional
														En un trabajo articulado, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y el SENA ofertan un total de 1.276 vacantes para ingresar como servidor público, en los niveles de asesor, profesional, instructor, técnico y asistencial a través del Proceso de Selección SENA 4.
Dentro de las funciones a desempeñar se encuentran para el nivel técnico perfiles en apoyo administrativo, sistemas, archivo, mantenimiento y logística, entre otras; para el nivel asistencial perfiles en apoyo administrativo, atención al ciudadano, servicios generales y gestión documental, etc. Para el de instructor desarrollar funciones de formación y docencia, acompañamiento al aprendiz, diseño y actualización de currículos, y relación con el sector productivo y
articulación, entre otras.
Las inscripciones están abiertas del 27 de octubre hasta el 28 de noviembre, para que cualquier colombiano mayor de edad y que cumpla con los requisitos del empleo al que esté interesado, se postule a una de estas vacantes disponibles en más de 90 ciudades y municipios de todos los departamentos del país. Para conocer el número de vacantes disponibles en cada departamento consulte los acuerdos y anexo en la web https://www.cnsc.gov.co.
Algunas de las disciplinas o áreas de conocimiento requeridas como requisito para los empleos ofertados son Administración, Contaduría Pública, Economía, Ingeniería Industrial, Psicología, Educación, Filosofía, Sociología, entre muchas otras y los rangos salariales son de hasta $3.300.000 para el nivel asistencial, hasta $4.600.000 para el nivel técnico,$4.000.000 para el nivel instructor, hasta $9.800.000 para el nivel profesional y hasta $8.400.000 para
asesor.
Para los jóvenes que buscan su primer empleo o personas sin experiencia hay 30 vacantes en el nivel profesional, siendo una gran oportunidad para ingresar al sector público y a una de las entidades más queridas por los colombianos.
Los ciudadanos interesados en participar deberán realizar su inscripción únicamente en SIMO, así como pagar los derechos de participación, de acuerdo con el nivel para el que apliquen, en las sucursales de Bancolombia, corresponsales
bancarios, por el botón PSE y el botón Bancolombia.
Para este año, los valores son:
• Para los niveles técnico y asistencial: $47.450
• Para los empleos pertenecientes a los demás niveles jerárquicos: $71.200.
Es importante recordar que cada aspirante puede aplicar solo a una vacante y que debe realizar la inscripción con tiempo.
Requisitos generales
1.Ser ciudadano(a) colombiano(a) mayor de edad.
2.Registrarse en el SIMO.
3.Aceptar en su totalidad las reglas establecidas para este proceso de selección.
4.Presentar cumplidamente, en las fechas y bajo los parámetros establecidos por la CNSC, las diferentes pruebas y demás
actividades previstas para este proceso de selección.
5.No estar inscrito para un empleo ofertado en este proceso de selección en la modalidad de ascenso.
6.Cumplir con los requisitos mínimos del empleo seleccionado, trascritos en la correspondiente OPEC, los cuales se
encuentran establecidos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales – MEFCL vigente de la entidad
que lo oferta, con base en el cual se realiza este proceso de selección.
7.No encontrarse incurso en causales constitucionales y/o legales de inhabilidad, incompatibilidad, conflicto de intereses
o prohibiciones para desempeñar empleos públicos, que persistan al momento de posesionarse.
8.No encontrarse incurso en situaciones que generen conflicto de intereses durante las diferentes etapas del presente
proceso de selección y/o que persistan al momento de posesionarse.
9.Los demás requisitos establecidos en normas legales y reglamentarias vigentes.

NACIONALES
Cajas de Compensación tendrán recursos para vivienda, tanto urbana como rural
														La Superintendencia del Subsidio Familiar anunció la expedición de una resolución conjunta con el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio en el que se establece los criterios y la metodología para la distribución de los remanentes de segunda prioridad de las Cajas de Compensación Familiar, tanto del componente urbano como rural de viviendas.
Con esta resolución, la Superintendencia del Subsidio Familiar y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio reafirman su compromiso con la eficiencia en la gestión de los recursos públicos, la equidad territorial y el derecho de las familias colombianas a una vivienda digna. Cabe señalar que, una vez expedida la resolución, las Cajas de Compensación Familiar contarán con 30 días calendario para realizar la distribución de los recursos.
Remanentes de años anteriores
“Para el componente urbano son remanentes entre el año 2020 y el año 2023 que ascienden a $8.370 millones de pesos y en el caso del componente rural los remantes son del año 2010 al año 2023 que ascienden a $41.664 millones, garantizando una distribución adecuada, equitativa y justa” señalo Sandra Viviana Cadena Martínez, superintendente del Subsidio Familiar.
Hemos trabajado junto con el equipo técnico del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para identificar, articular y asegurar una distribución equitativa de estos recursos, de esta manera avanzamos hacia una política de vivienda más justa, durante la vigencia 2025, ambas entidades del Gobierno Nacional han desarrollado mesas técnicas, jurídicas y financieras para definir la metodología y los procedimientos que garanticen que la asignación de los recursos se realice con transparencia y equidad, tanto en zonas urbanas como rurales.
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