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Se amplía restricción de parrillero hombre en moto en Yopal hasta el 17 de enero de 2017
Mediante Decreto 094 de 2016 la Alcaldía de Yopal restringió la circulación de motocicletas con pasajero y/o parrillero hombre desde las 9 de la mañana y hasta las 4 de la mañana del día siguiente. La medida entró en vigencia y se prolongará hasta el 17 de enero de 2017.
Señala el Decreto, que el Comandante de la Estación de Policía Yopal solicitó desde el pasado 18 de noviembre la ampliación de la medida de restricción, teniendo en cuenta que en los últimos meses ha estado activa y se han logrado significativos descensos en los índices de inseguridad en la ciudad, por lo que se hace necesario ampliarla.
Argumenta la medida, que según la estadística delictiva presentada por la Policía Nacional, comparada con el año 2015, se observa una disminución de 30% en homicidios, del 12& en hurto a comercios, y el no incremento en el hurto a personas.
Quienes sean sorprendidos infringiendo la norma, serán sancionados con una multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes y la inmovilización del vehículo por transitar en horas prohibidas por la autoridad competente.
El Decreto contempla la excepción para las motocicletas pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional, CTI, INPEC, miembros de la fuerza pública en servicio activo, personal de seguridad privada, organismos de socorro, empresas de servicios públicos y de servicios de salud, las cuales deben estar debidamente identificadas y marcadas con el logo de la empresa y deben ser reconocidas por la misma.
De igual forma, la Fuerza Pública ejercerá control en coordinación con los agentes de tránsito del municipio de Yopal, quienes podrán inmovilizar las motocicletas que se encuentren vulnerando la norma.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


