CASANARE
Tribunal Administrativo de Casanare rechazó recurso de súplica al Alcalde de Yopal
El Tribunal Administrativo de Casanare rechazó por improcedente, un recurso de súplica presentado por el alcalde de Yopal, René Leonardo Puentes, contra el fallo mediante el cual el Tribunal se pronunció sobre las objeciones por ilegalidad e inconstitucionalidad del Acuerdo 08 de 2017, mediante el cual se hacían adiciones al presupuesto de la presente vigencia.
El pasado 08 de marzo se había emitido sentencia por parte del Tribunal dentro del trámite de las mencionadas objeciones, por cuanto se presentaron de manera extemporánea por parte del alcalde Puentes Vargas, como quiera que fueron radicadas el 31 de enero de 2018, y el plazo para presentarlas venció el 17 del mismo mes.
Dentro del trámite, el 14 de marzo el Alcalde de Yopal presentó el recurso de súplica contra la providencia en mención, señalando que la adición de recursos vulneró requisitos establecidos en la norma orgánica de presupuesto.
La Procuraduría solicitó rechazar por improcedente el mencionado recurso de súplica, señalando que se trataba de un proceso de única instancia que culmina con el fallo ya proferido, por lo cual no admite recurso alguno y únicamente es susceptible de aclaración o adición. El Magistrado ponente, Néstor Trujillo González, acogió la teoría del Ministerio Público y en tal virtud rechazó el recurso de súplica.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


