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Alcaldía de Yopal alerta nuevamente que proyecto Mi Nueva Jerusalén es ilegal
La Oficina Asesora de Planeación de Yopal reiteró a toda la comunidad que frente al denominado proyecto “Mi Nueva Jerusalén” o similares proyectos masivos de urbanismo promovidos por el señor Jhon Jairo Torres Torres u otras personas, NO ha autorizado ninguna actividad de remoción de tierra, apertura de vías, loteo, urbanismo, adecuación de tierras o actividades relacionadas como las que se han empezado a difundir en las redes sociales y medios de comunicación, al parecer en el sector de Llano lindo o vía a Morichal.
“De forma perentoria señalamos que dichas actividades, al no contar con licencia expresa, son ilegales y serán sujetas del control policivo y penal por el tipo de infracción que configuran, situación que ha sido puesta en conocimiento de las autoridades correspondientes y a quienes solicitamos inmediata respuesta.
Reiteramos que ante esta Oficina Asesora no ha sido radicado formalmente ninguna solicitud de aprobación de proyecto urbanístico, sea licencia o plan parcial, denominado Nueva Jerusalén con las características relacionadas o similares.
Igualmente, que con dicha caracterización no se ha autorizado a ninguna persona natural o jurídica, bajo ninguna de las tipologías de licenciamiento o actividades relacionadas, para que inicie trabajos de parcelación o construcción dentro o fuera del perímetro urbano de Yopal”, reza un Comunicado a la Opinión Pública dado a conocer por la Alcaldía de Yopal.
No sobra recordar la tipificación del artículo 318 del Código Penal Colombiano, URBANIZACIÓN ILEGAL, el cual rige que “el que adelante, desarrolle, promueva, patrocine, induzca, financie, facilite, tolere, colabore o permita la división, parcelación, urbanización de inmuebles, o su construcción, sin el lleno de los requisitos de ley incurrirá, por esta sola conducta, en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento veintiséis (126) meses y multa de hasta cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.”
La Oficina Asesora de Planeación y la Alcaldía Municipal de Yopal invitan a la comunidad a no hacerse partícipe y les advierte para que no sean víctimas de la ilegalidad sino a denunciarla para que las autoridades puedan reprimirla. El derecho a la vivienda de los menos favorecidos NO SE GARANTIZA CON LA ILEGALIDAD, CON ESTA SE ATENTA CONTRA LA DIGNIDAD DE LOS SERES HUMANOS Y EL FUTURO DE LA CIUDAD Y SUS HIJOS.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


