CASANARE
Presentan demanda para devolver más de 900 mil hectáreas al pueblo indígena Nükak
El equipo étnico de la Dirección Territorial Meta de la Unidad de Restitución de Tierras radicó, ante un Juzgado de Villavicencio Especializado en este campo, una trascendental demanda con la que se busca restituir el derecho territorial a favor de la comunidad indígena Nükak, localizado en el departamento de Guaviare.
El objetivo de este proceso es lograr que los 632 sobrevivientes de este pueblo ancestral accedan a su derecho fundamental de restitución y goce efectivo de su territorio, de acuerdo con su cultura, costumbres, cosmovisión y formas propias de organización.
El resguardo fue constituido en 1993 con una extensión de 632.160 hectáreas, y luego ampliado en 1997 en otras 322.320 hectáreas, localizadas en zona selvática, entre los ríos Guaviare e Inírida, en jurisdicción de los municipios de San José del Guaviare y El Retorno en este departamento al sur de Colombia.
Cerca del 5 por ciento resguardo Nükak coincide con la zona de reserva campesina de Guaviare constituida el mismo día que se amplió el resguardo. Por lo tanto, la Agencia Nacional de Tierras avanza en el deslinde de las dos áreas, lo que permitirá conocer con exactitud su extensión y trazar los límites de las propiedades.
Algunas afectaciones territoriales identificadas por la URT, y que motivaron el inicio de la acción judicial, de acuerdo con la verificación que lideró el equipo étnico de la Dirección Territorial Meta, generaron un impacto sociocultural en el pueblo Nükak, entre estas: colonización a partir de los años 60, presencia de grupos armados ilegales, epidemia de gripe que desencadenó en el exterminio de más del 50% de su población entre 1990 y 1996; proliferación de cultivos de uso ilícitos y acciones conexas a actividades de narcotráfico.
Otro de los hechos que afectó la autonomía y gobierno propio del pueblo Nükak, además de violaciones a los derechos humanos, tuvo lugar en 2002, cuando ocurrió la masacre de la Charrasquera, que impactó negativamente a miles de campesinos e indígenas. Además, en 2006 la guerrilla obligó a estos últimos a desplazarse forzosamente hacia otro territorio del Guaviare.
Desde entonces, el pueblo ancestral Nükak se ha visto afectado por la vulneración a los derechos de los niños, niñas y adolescentes, reclutamientos forzados, violencia de género y sexual; así como consumo obligado de sustancias psicoactivas. Además, han sido sometidos a confinamiento por presencia de minas antipersona y munición sin explotar. También han resultado perjudicados por deforestación, ampliación de la frontera agrícola para ganadería y construcción de corredores viales.
La demanda es presentada como resultado de una caracterización de afectaciones territoriales que adelantó la URT en favor del pueblo indígena. Asimismo, se busca la implementación de las medidas de atención y asistencia humanitaria; la prestación de servicios de salud, la recuperación de sus prácticas culturales, su seguridad alimentaria a través de la caza y la pesca, además de la recuperación y el fortalecimiento del gobierno propio; entre otras pretensiones.
Fuente: Unidad de Restitución de Tierras
CASANARE
Terreno donde inicialmente se iba a construir el Terminal de Yopal si tenía problemas jurídicos
El Tribunal Administrativo de Casanare resolvió en segunda instancia una acción popular relacionada con la adquisición del predio destinado inicialmente a la construcción del nuevo Terminal de Transportes de Yopal, ubicado en la carrera 5° que conduce hacia Morichal, proceso en el que se analizó la actuación del Municipio de Yopal y de la Sociedad de Economía Mixta Terminal de Transportes de Yopal S.A.S.
La demanda fue interpuesta por el ciudadano Oromairo Avella, y alegó la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, derivada de los negocios jurídicos relacionados con el terreno que se iba a utilizar, el cual según antecedentes judiciales, presentaba anotaciones de “falsa tradición” y restricciones previamente advertidas por la jurisdicción contenciosa administrativa.
No se adelantaron estudios de títulos
En la sentencia, el Tribunal confirmó que las entidades demandadas incurrieron en actuaciones contrarias a los principios que rigen la función administrativa, al aceptar como aporte a una sociedad de economía mixta un predio sobre el cual existían reparos judiciales y órdenes expresas de protección, sin adelantar un estudio de títulos riguroso ni atender decisiones judiciales anteriores. Esta conducta fue considerada lesiva del derecho colectivo a la moralidad administrativa.
No obstante, la Corporación precisó que durante el trámite del proceso se configuró la figura jurídica de la carencia actual de objeto, debido a que el inmueble cuestionado fue retirado del patrimonio de la sociedad, lo que implicó la desaparición de la situación que originó la controversia.
En consecuencia, el Tribunal mantuvo la declaratoria de vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa, pero se abstuvo de impartir órdenes adicionales, al considerar superada la situación. Sin embargo, dispuso la remisión de copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, adelanten las investigaciones que estimen pertinentes respecto de los hechos analizados.
CASANARE
Capturan a dos personas en Yopal por presunta explotación sexual y trata de personas
CASANARE
Yopal consolida la atención materno infantil en el Hospital Central y el CAPS Juan Luis Londoño
Mientras la atención en salud materno infantil representa un reto a nivel nacional, Yopal ha logrado consolidar resultados concretos. Esto se evidencia con la renovación y obtención de nuevas certificaciones bajo la estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia Integral (IAMII), lideradas por la Secretaría de Salud de Casanare en articulación con la ESE Salud Yopal.
Tras una exhaustiva evaluación externa, realizada según los lineamientos de Unicef, la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, el Hospital Central de Yopal alcanzó un cumplimiento superior al 80% de los criterios exigidos.
Este resultado permitió la renovación de su certificación IAMII por un periodo de tres años, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. La institución ha demostrado mejoras sostenidas en sus procesos de atención y nutrición materna e infantil.
También el Juan Luis Londoño
Asimismo, la sede CAPS Juan Luis Londoño obtuvo por primera vez la certificación oficial como Institución Amiga de la Mujer y la Infancia Integral. Este logro, producto de un proceso técnico y riguroso, contó con el acompañamiento de Unicef y se ajusta a los estándares nacionales para garantizar una atención integral, oportuna y humanizada.
El reconocimiento para la sede CAPS Juan Luis Londoño quedó formalizado mediante la Resolución 2352 del 03 de diciembre de 2025. La institución superó el 80% de cumplimiento en cada uno de los diez pasos exigidos por la estrategia IAMII, lo que la posiciona con una de las más altas distinciones en el país para la protección de la salud materno infantil.
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