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Por emergencia, examen del ICFES no será requisito para ingresar a la Universidad
Ante la emergencia que se vive en el país por el coronavirus, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 532 de abril de 2020, mediante el cual se exime del requisito de la presentación del Examen de Estado (Icfes) para el ingreso a los programas de pregrado, a todos los estudiantes que debían presentarlo el pasado 15 de marzo del año en curso.
Así mismo, el documento establece que si las condiciones de salud pública impiden la realización del Examen de Estado programado para el segundo semestre, (9 de agosto de 2020), estos estudiantes también quedarán exentos del requisito de presentar el examen para el ingreso a la educación superior.
Sin embargo, teniendo en cuenta la autonomía universitaria prevista en la Constitución Política, el documento establece que las instituciones de educación superior gozan de la potestad para definir los criterios y procedimientos para seleccionar a sus estudiantes, siempre que los mismos sean razonables, proporcionales y no vulneren derechos fundamentales, en especial el derecho a la igualdad. Es decir, la presentación del examen del Icfes no será requisito para el ingreso a la eduación superior, pero las universidades podrán determinar las condiciones y calidades para admitir a sus estudiantes,
De otro lado, se aclara que los estudiantes que estaban inscritos para presentar el examen el 15 de marzo deberán hacer la prueba, de conformidad con el calendario que expida el Icfes.Es decir, haber presentado el examen no será requisito para ingresar a la educación superior, pero el mismo deberá presentarse cuando el Icfes determine nueva fecha.
Consulte acá Decreto 532: https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-395806_pdf.pdf
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Csanare
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Capturados por homicidios presentados en Villanueva, pretendían adueñarse del microtráfico
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Yopal blinda la seguridad: sin barras visitantes y con estrictos controles para partido de alto riesgo
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


