NACIONALES
Por afectación de lluvias, Gobierno oficializa declaratoria de situación de Desastre Nacional
El Gobierno Nacional oficializó, por medio del Decreto 2113 de 2022, la Declaratoria de Situación de Desastre de carácter nacional en todo el territorio colombiano el término de doce meses, para atender los daños ocasionados por la temporada de lluvias.
La medida, firmada por el Presidente Gustavo Petro, señala que “se considera conveniente y oportuno acoger la recomendación del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo, a fin de conjurar la Situación de Desastre por la temporada de lluvias asociada al Fenómeno de La Niña y el derivado incremento de la crisis alimentaria e iniciar el proceso de recuperación temprana de los efectos causados y de las condiciones de vida digna de la población”.
El Decreto señala que de acuerdo con la información emitida por del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), el Fenómeno de La Niña se inició el 1° de agosto de 2021, y se prevé que las condiciones continúan durante diciembre 2022-febrero 2023 con un 75% de probabilidad, y disminuirán a un 54% durante febrero-abril 2023”.
Estragos por Fenómeno de la Niña
Según el Decreto, en el país “se evidencian efectos asociados a excesos de precipitación, particularmente en amplios sectores de las regiones Andina, Caribe y Pacífica, así como en zonas de los piedemontes, lo que sugiere una mayor propensión a eventos tales como inundaciones, deslizamientos de tierra, avenidas torrenciales, crecientes súbitos, vendavales y tormentas eléctricas”.
Añade que, también de acuerdo con información emitida por el IDEAM el pasado 28 de octubre, “se registran niveles de amenaza moderada y alta a muy alta por probabilidad de inundaciones y crecientes súbitas en 22 departamentos del país, así como por probabilidad alta por deslizamientos de tierra en 519 municipios del país ubicados en 24 departamentos”.
De acuerdo con el documento ‘Consolidado de Emergencia Fenómeno de la Niña, 1° de agosto de 2021 a 28 octubre de 2022’, de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), en dicho período se reportaron 3.569 eventos de emergencia, en 864 municipios de 32 departamentos, con afectaciones a 645.930 personas, 196.109 familias, 45 desaparecidos, 266 personas fallecidas y se ha reportado 5.207 viviendas destruidas y 106.574 viviendas afectadas;
También se refiere a los estragos causados por la tormenta tropical y posterior huracán Julia, entre el 6 y el 8 de octubre pasado, en 7 municipios del departamento de La Guajira, dejando afectadas 9.819 familias, que corresponden a 48.387 personas y 174 viviendas destruidas; así como en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, donde dejó 506 familias afectadas, que corresponden a 1.796 personas, 504 viviendas averiadas y 2 destruidas.
Para la declaratoria, el Gobierno tuvo en cuenta que entre el 1° agosto de 2021 y el 28 de octubre de 2022′, 21 departamentos (65.6%) y 390 municipios (34.8%) han recurrido a la Declaratoria de Situación de Calamidad Pública.
Por otra parte, de acuerdo con el Sistema de Información del Instituto Nacional de Vías, en lo que va corrido de la vigencia 2022, se han presentado 1.130 emergencias en la red vial nacional en 27 departamentos, así como afectaciones a 39 puentes de la red vial nacional en 13 departamentos.
Medidas adoptadas
La Declaratoria de Situación de Desastre establece que “mientras esté vigente la situación, y previa evaluación de daños y análisis de necesidades que adelante el respectivo municipio y con observancia del Plan de Acción Específico, las obras de reconstrucción de viviendas, equipamiento, y establecimientos de comercio, o infraestructura agropecuaria que hayan sido afectadas en virtud de los hechos que motivan la presente declaración de desastre, no requerirán la expedición de licencias urbanísticas”.
Durante dicho período, el Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres podrá transferir recursos al Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios, con el propósito específico de recuperar y reducir las condiciones de vulnerabilidad de los productores de alimentos; y a las entidades o autoridades competentes para brindar, en el marco de la situación de desastre nacional, la ampliación de cobertura en el Programa de Alimentación Escolar, madres cabeza de familia y adultos mayores, y la población vulnerable en general.
Mientras tanto, UNGRD desarrollará un Plan de Acción Específico para la rehabilitación y reconstrucción de las áreas afectadas.
El Decreto establece, igualmente, que el Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y demás entidades competentes, “realizará todas las gestiones pertinentes para la consecución de recursos suficientes y necesarios para que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres cuente con los recursos suficientes que permitan asegurar de manera inmediata el apoyo a las entidades nacionales y territoriales para hacer frente a la situación de desastre”.
Finalmente, expresa que, “de ser necesario, por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, se realizará el llamamiento internacional con el fin de solicitar el apoyo que se requiera para la atención del desastre declarado”.
Fuente: Presidencia de la Republica
NACIONALES
Ecopetrol libera cerca de 60 millones de barriles diarios de gas natural para garantizar suministro nacional
El Grupo Ecopetrol continúa adoptado decisiones estratégicas que garanticen el suministro de gas natural en todo el país.
A la asignación adicional de 2,7 Gbtu (millones de barriles diarios) de gas natural para garantizar el suministro de gas natural vehicular en Casanare y Meta, se suma un nuevo anuncio de comercialización del energético.
A partir del 1º de diciembre de 2025 la compañía ofrecerá para la venta entre 46 y 60 Gbtud de sus campos del Piedemonte Llanero. Estas cantidades equivalen aproximadamente al 20% de la demanda residencial, comercial y de gas natural vehicular del país.
La empresa estatal informó que este gas adicional estará disponible desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, y se ofrecerá en dos modalidades definidas en la regulación vigente:
– En firme, que garantiza el suministro continuo durante el periodo contratado.
– Con interrupciones, que permite suspender el suministro en caso de limitaciones, según las reglas establecidas.
De acuerdo con Ecopetrol, en la modalidad ‘En firme’ se ofrecerán cantidades que van desde 23 hasta 35 Gbtud para los meses de marzo a mayo de 2026, y serán comercializadas durante el trimestre de negociación que inicia en diciembre de 2025.
Y en la modalidad de ‘Interrumpible’ se ofrecerán cantidades desde 22 hasta 49 Gbtud para los meses de diciembre de 2025 a mayo de 2026, y serán comercializadas mensualmente, teniendo en cuenta las condiciones regulatorias vigentes que señalan que para el trimestre de diciembre a febrero sólo se permite la comercialización de gas bajo la modalidad Interrumpible.
“En Ecopetrol seguimos comprometidos en el abastecimiento de gas natural para todos los colombianos. Gracias a esfuerzos recientes de eficiencia, optimización y sustitución energética en varios de nuestros procesos productivos por energía proveniente de fuentes renovables no convencionales, podemos liberar mayores volúmenes para amentar la oferta de gas provenientes de nuestros campos en el Piedemonte Llanero”, declaró Bayron Triana Arias, Vicepresidente Ejecutivo de Energías para la Transición, de Ecopetrol.
Agregó el directivo que este incremento en la oferta refleja el compromiso de la compañía estatal con el país y con la transición energética. “Así avanzamos hacia un futuro con más energía limpia y más seguridad energética para todos los colombianos, y se contribuye al cumplimiento de los objetivos de descarbonización y las metas de transición energética del Grupo Ecopetrol”, aseguró.
NACIONALES
La JEP no aceptó al exjefe jurídico de la Gobernación de Casanare en gobierno de Raúl Flórez
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Henry Villarraga Oliveros, exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, al considerar que no cumplió con el requisito de aportar verdad plena, presentó argumentos exculpatorios y negó la existencia de patrones macrocriminales ampliamente demostrados en su contra.
Según la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Villarraga omitió información clave que habría permitido esclarecer su presunto papel en el encubrimiento de graves crímenes del conflicto armado, particularmente en el caso del coronel (r) Robinson González del Río, investigado por ejecuciones extrajudiciales conocidas como “falsos positivos”.
La JEP recordó que contra Villarraga cursan varios procesos penales y disciplinarios por, presuntamente, ofrecer asesoría ilegal al oficial retirado y comprometerse a influir para que uno de sus procesos fuera trasladado a la Justicia Penal Militar, buscando garantizar impunidad frente a crímenes de guerra y de lesa humanidad.
El tribunal especial concluyó que el exmagistrado incumplió las condiciones básicas exigidas para acceder a los beneficios del sistema transicional, pues su aporte se limitó a justificar sus actuaciones con argumentos jurídicos y a cuestionar el trabajo de la Fiscalía General de la Nación, alegando una supuesta “guerra jurídica” contra miembros de la fuerza pública.
Para la Sala, requerir nuevamente al solicitante para que hiciera un aporte de verdad sustancial representaría un desgaste injustificado del aparato judicial, más aún cuando Villarraga ha tenido múltiples oportunidades para hacerlo en los procesos que se adelantan en su contra.
El expediente fue remitido a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, donde cursa un proceso disciplinario en etapa de acusación y otro penal cuya apertura quedó sin efectos. La JEP, además, rechazó cualquier discurso estigmatizante o desobligante frente a las víctimas, la sociedad y las instituciones del Estado.
NACIONALES
Con proyecto de ley buscan declarar de alto riesgo la profesión de escolta
El Senador José Vicente Carreño Castro radicó el Proyecto de Ley 135 de 2025 que reconoce y establece “a los agentes de protección o escoltas requeridos como una profesión y/u oficio de alto riesgo”, en la medida que este trabajo está en proteger a personas con la posibilidad de sufrir un atentado, por lo que deben prevenir y enfrentar este tipo de eventualidad, lo que de inmediato los convierte también en blanco de los agresores.
Carreño Castro reveló que “al establecer de alto riesgo esta profesión u oficio, los agentes de protección o escoltas quedan cobijados en las ´Pensiones especiales de vejez´, establecido en los Artículos 3 al 10 del Decreto 2090 de 2003, adicionando esta iniciativa legislativa una modificación al Artículo 8 –modificado a la vez por el Artículo 1 del Decreto 2655 de 2014- en el sentido de que este régimen especial de pensión, incluye a los trabajadores vinculados a esta actividad hasta el 31 de diciembre de 2034, y no solo hasta el 31 de diciembre de 2024, como lo establece el mencionado Decreto 2655”.
La iniciativa legislativa –que ahora pasa a la Comisión VII del Senado- le fija al SENA la tarea de estructurar “un pensum académico con ciclos de competencias laborales, técnico, tecnólogo y profesional en seguridad dirigido este personal, para lo cual podrá celebrar convenios con organismos gubernamentales y no gubernamentales”, con el fin de que este ejercicio no solo sea considerado un oficio, sino además como una nueva profesión con todos la validación constitucional y legal, como la plantea el mencionado proyecto de ley.
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