CASANARE
Policía capturó más de 10 personas en Casanare
Los operativos se realizaron en los 19 municipios del departamento
El Comando de Policía de Casanare dio a conocer un balance general de los resultados operacionales durante el fin de semana en Casanare. Las diferentes actividades y ejercicios de control dejaron un total de 17 personas capturadas por diversos delitos entre ellos: hurto, porte de armas, daño en bien ajeno, etc.
Captura mediante orden judicial por el delito de inasistencia alimentaria
En la vía Monterrey – Yopal, sector de la báscula, se logra la captura por orden judicial de un hombre de 35 años de edad, a quien le registra orden de captura emanada por el juzgado penal municipal con función de conocimiento N° 4 de Villavicencio Meta, por el delito de inasistencia alimentaria, con el fin de cumplir condena. Caso dejado a disposición de la autoridad solicitante.
Captura en flagrancia por el delito de tráfico, fabricación o porte de armas de fuego
En la vereda el Suni, Jurisdicción del municipio de Hato Corozal, mediante el desarrollo de actividades preventivas, se logró la captura de un hombre de 48 años de edad, a quien se le halló en su poder 01 revolver marca Smith & Wesson, empuñadura en madera color café, calibre 38, niquelado, con 04 cartuchos calibre 38, avaluado en $2.500.000. El hombre capturado y arma de fuego quedaron a disposición de la Fiscalía 11 local de Hato Corozal.
Captura en flagrancia por el delito de tráfico, fabricación o porte de armas de fuego
En la vereda Sevilla del municipio de Aguazul, mediante labores de registro y control, fue capturado un hombre de 34 años de edad, quien se movilizaba en un vehículo color azul, avaluado en $ 15.000.000, al practicarle un registro se le halló 01 revólver calibre 38 marca Smith & Wesson, color niquelado, 3 vainillas percutidas, avaluado en $ 1’800.000. El capturado y arma de fuego quedaron a disposición de la Fiscalía 35 URI de Yopal.
Captura en flagrancia por el delito de tráfico, fabricación o porte de armas de fuego
En la vía Trinidad – San Luis de Palenque, vereda La Selva, se logra la captura de un hombre de 68 años de edad, quien conducía un vehículo marca Renault, color gris estrella de servicio particular, a quien se le halló 01 arma de fuego tipo revolver calibre 38, avaluado en $ 2’000.000. El capturado y arma de fuego quedaron a disposición de la Fiscalía 23 local de Trinidad.
Captura en flagrancia por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes
En un establecimiento abierto al público ubicado en la vereda Sevilla de Aguazul, en actividades de control, fue capturado un hombre de 32 años de edad, a quien se le halló 25 cigarrillos con 75 gramos de marihuana. El hombre capturado y alucinógenos fueron dejados a disposición de la Fiscalía 35 seccional de Yopal.
Captura mediante orden judicial por el delito de inasistencia alimentaria
En el terminal de transporte ubicado en la carrera 4 con calle 4 esquina del barrio Gabán de Tauramena, fue capturado un hombre de 48 años de edad, solicitado por el delito de inasistencia alimentaria, según orden de captura vigente por parte de la Fiscalía local número 13 del municipio San Luis de Palenque. El capturado fue dejado a disposición de la autoridad solicitante.
Cuatro capturas en flagrancia por el delito de ilícito aprovechamiento de recursos naturales renovables
En la vía que conduce de Tilodirán a Yopal, sector los Yopitos, en conjunto con personal del Ejército Nacional, se logra la captura de cuatro personas de 19, 28, 29 y 30 años de edad, quienes se movilizaban en dos motocicletas avaluadas en 10 millones de pesos, las cuales fueron inmovilizadas, los cuales transportaban 58.25 kilogramos de carne de chigüiro, avaluada en $582.500. Los capturados en mención y elementos fueron dejados a disposición de la Fiscalía 17 local URI de Yopal.
Dos capturas en flagrancia por el delito de hurto y recuperación de mercancía
En la calle 3 con carrera 10 del barrio Brisas 1 del municipio de Villanueva, fueron capturados dos hombres de 19 y 22 años de edad, quienes mediante factor de oportunidad hurtaron 01 bolso de mano color café, avaluado en $ 300.000, 01 billetera con documentos, $ 200.000 en efectivo, 01 plancha de ropa, avaluada en $ 50.000, 01 teléfono Samsung J5, color blanco, avaluado en $ 300.000, mercancía avaluada en $ 850.000, elementos de propiedad de una mujer de 22 años de edad. Los capturados junto con los elementos recuperados fueron dejados a disposición de la Fiscalía 15 seccional de Monterrey.
Captura en flagrancia por el delito de obstrucción a vías públicas que afecten el orden público
En la vía que conduce de Yopal al corregimiento El Morro, se logra la captura en flagrancia de un hombre de 46 años de edad, quien se encontraba con un grupo de personas obstruyendo el libre tránsito vehicular, e incitando en particular y con persistencia a la continuidad del mismo hecho punible, evidenciado mediante video, el cual es entregado con cadena de custodia en el procedimiento de judicialización. El hombre capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía 17 EDA de turno URI Yopal.
Captura en flagrancia por el delito de daño en bien ajeno
En la vía Sirivana de Yopal, fue capturada una mujer de 25 años de edad, quien arrojó una botella a un vehículo marca Renault color rojo, causándole daños en el vidrio panorámico, avaluado en $ 800.000, conducido por un hombre de 27 años de edad, la mujer capturada fue dejada a disposicion de la Fiscalía 35 local URI.
Captura en flagrancia por el delito de daño en bienes del estado y violencia contra servidor público
En la calle 26 con carrera 33 del barrio El Triunfo de Yopal, se logró la captura de un hombre de 20 años de edad, por los delitos de daño en bienes del estado y violencia contra servidor público, quien ocasiona daños con un objeto contundente (piedra), a un vehículo policial tipo Duster, daños avaluados en $ 300.000, quien de igual forma le ocasiona una lesión a un uniformado de la Policía de 29 años de edad. El hombre capturado fue dejado a disposición de la Fiscalía 35 local URI de Yopal.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Sindicatos dicen que Interventora temporal de Capresoca estructuró el modelo que agravó el caos
El sindicato Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado SUNET Casanare, solicitó al Gobierno Nacional la designación urgente de un agente interventor especial externo para CAPRESOCA EPS, tras cuestionar la reciente designación de Bibi Dayana Daniels Rueda como agente interventora sustituta temporal de la entidad, quien se venía desempeñando como Gerente Operativa.
La petición fue elevada al presidente Gustavo Petro, al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud, en medio de crecientes preocupaciones por la prestación del servicio a más de 170.000 afiliados en el departamento.


Ante este panorama, SUNET pidió que se designe un interventor independiente externo con perfil técnico y sin conflictos de interés, y solicitó incluir a CAPRESOCA en un plan nacional de salvamento. Asimismo, defendió el carácter público de la EPS y su potencial como modelo de gestión en salud, reiterando la urgencia de medidas que garanticen la atención oportuna y la estabilidad institucional.
CASANARE
Secretaría de las TICs en Yopal ofrece curso gratuito de herramientas de Google
La secretaría de las tecnologías de la información y las comunicaciones de Yopal invita a la comunidad a participar en su curso gratuito “Herramientas de Google”. Esta iniciativa de formación está orientada a fortalecer las competencias digitales de los ciudadanos.
El espacio académico está diseñado para brindar conocimientos prácticos en el uso de aplicaciones esenciales. Los participantes aprenderán a manejar herramientas como Google Keep, Calendar, Meet, Forms, Sites, NotebookLM y la gestión masiva de contactos, fundamentales en diversos ámbitos.
Estas aplicaciones son cruciales para el desarrollo de actividades en los ámbitos educativo, laboral y personal, mejorando significativamente la gestión de la información y la comunicación en entornos virtuales. La estrategia busca cerrar brechas digitales.
El curso dará inicio en el mes de mayo, con sesiones programadas de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. se desarrollará en las instalaciones del Punto Vive Digital, y como requisito indispensable, los participantes deberán contar con un computador portátil.
Las personas interesadas pueden realizar su inscripción de manera sencilla a través del enlace: https://forms.gle/LAqwDzK4kwP6LYRdA. Asimismo, para mayor comodidad, el registro también se puede efectuar escaneando el código QR que se encontrará en las piezas informativas oficiales.
La Secretaría TIC extiende una cordial invitación a toda la ciudadanía para que aproveche esta valiosa oportunidad de formación. El curso permitirá a los asistentes avanzar en el uso de herramientas digitales y fortalecer sus habilidades frente a los retos del entorno tecnológico actual.

CASANARE
El abogado detrás del fallo que sacude el sistema tributario y protegió miles de millones para Yopal
Una tutela estratégica, una disputa entre altas cortes y una decisión histórica de la Corte Constitucional (SU-047 de 2026) que le devuelve a las ciudades el control del impuesto de ICA, o en otros términos, redefinen la autonomía fiscal en Colombia. Detrás del caso, estuvo el abogado Gonzalo Ramos Rojas, Especialista en Derecho Penal y Criminología, Especialista en Responsabilidad y Daño Resarcible y Magister en Seguridad y Defensa Nacionales, quien convirtió una derrota judicial en el Consejo de Estado, en un precedente nacional fijado por la Corte Constitucional, abriendo una compuerta jurídica para que las demás ciudades capitales lo repliquen en sus territorios.
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es el combustible que permite mover y hacer crecer una ciudad, es en términos sencillos, una de las principales fuentes de ingresos de las ciudades en Colombia. Gracias a este impuesto, que pagan empresas y comercios por su actividad económica, los municipios pueden financiar servicios esenciales como salud, educación, infraestructura y programas sociales. En otras palabras, el ICA no es solo un tributo: es una herramienta clave para que las ciudades funcionen y puedan responder a las necesidades de sus ciudadanos.
En el Derecho, como en la guerra, hay momentos en los que una sola operación cambia el curso de la historia, en este caso, tributaria. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional es uno de esos momentos. Con la expedición de la Ley 2082 de 2021, el Congreso creó la categoría de ciudades capitales permitiéndoles tomar como referencia el régimen tributario de Bogotá.
A partir de lo anterior, el Consejo de Estado, cerró el paso a la autonomía de las ciudades: anuló los acuerdos de Yopal y Cali que buscaban elevar la tarifa del ICA, señalando que no podían superar el modelo de Bogotá.

La estrategia jurídica que redefinió el mapa tributario del ICA en Colombia
Litigar no es solo argumentar: es saber dónde dar la batalla.
Durante años, Colombia ha repetido el mismo discurso: somos un Estado descentralizado. Pero en la práctica, muchas decisiones siguen tomándose —o peor, imponiéndose— desde Bogotá. La Sentencia SU-047 de 2026 de la Corte Constitucional acaba de poner en evidencia esa contradicción.
El caso parecía técnico: la tarifa del impuesto de industria y comercio (ICA) en Yopal y Cali, sin embargo, para el apoderado del municipio en el fondo era mucho más que eso. Era responder a una pregunta incómoda: ¿pueden las ciudades capitales decidir sobre sus propios recursos o deben limitarse a copiar el modelo de Bogotá? El Consejo de Estado había respondido, en la práctica, que no podían apartarse.
Lo anterior define el problema jurídico. Porque esa postura no solo desconoce el artículo 14 de la Ley 2082 de 2021 —que permite, no impone, adoptar el régimen de Bogotá—. También reproduce una lógica profundamente centralista: lo que funciona (o se decide) en la capital debe replicarse en el resto del país, sin importar las realidades locales. Pero Colombia no es Bogotá. Yopal no es Bogotá, así lo entendió y así lo defendió el profesional del derecho ante el Consejo de Estado y ante la Corte Constitucional.
Sus dinámicas económicas, sus necesidades fiscales y sus cargas sociales son distintas. Pretender uniformarlas bajo un mismo esquema tributario no es razonable, es centralismo disfrazado de interpretación legal. La Corte Constitucional entendió el trasfondo político del asunto. Por eso, en la sentencia SU-047, no solo corrigió una decisión judicial, definió algo más importante: reivindicó el principio de autonomía territorial como un elemento real, no simbólico.

Se rompió el cerco tributario: las regiones recuperaron el control de su territorio fiscal.
Las ciudades capitales ahora tienen un precedente constitucional claro, es decir, una decisión que sirve como guía y ejemplo para casos similares, para diseñar sus políticas de impuestos con más libertad y según sus propias necesidades. Eso cambia el equilibrio de poder entre el centro y la periferia o la provincia. Adicionalmente, se deja en evidencia que el centralismo en Colombia no solo es administrativo o político, también es judicial. Sí, judicial. Cuando una alta corte interpreta la ley de manera que restringe la capacidad de las regiones para tomar decisiones sobre sus propios recursos, no está siendo neutral. Está interviniendo en la distribución del poder. Y eso tiene un alto impacto, en inversión social, en el desarrollo regional, y en la vida cotidiana de millones de ciudadanos que dependen de los recursos que sus ciudades logren recaudar.
¿Porque esta decisión no cayó del cielo? Fue el resultado de una lectura precisa del conflicto: entender que el problema no era solo tributario, sino estructural. Que lo que estaba en juego no era una tarifa, sino el alcance real de la descentralización en Colombia. El abogado que llevó este caso a la Corte Constitucional no solo litigó, planteó un pulso de poder. Y lo ganó. Eso también dice mucho del momento que vive el país. Porque cada vez es más evidente que las grandes discusiones sobre el modelo territorial ya no se están dando únicamente en el Congreso, sino que se están trasladando a los tribunales. Y allí, caso por caso, se están redefiniendo las reglas.
La SU-047 marca un punto de inflexión. No resuelve todos los problemas, pero sí deja algo claro: el centralismo no es inevitable. Puede ser cuestionado. Puede ser limitado. Y, como acaba de demostrarse, también puede ser derrotado.
El abogado convirtió un problema tributario en un precedente constitucional.
Pero en todo conflicto hay una verdad inmodificable: no basta con ganar terreno, sino que hay que saber sostenerlo. Este éxito jurídico permitirá ingresos anuales, de al menos, quince mil millones de pesos (15.000.000.000), ahora, dependerá de ellos, que se inviertan estratégicamente en la ciudad y que lleguen a todos los ciudadanos. Esa es la nueva apuesta, que los impuestos sigan teniendo un retorno para los ciudadanos, y es la inversión en sus comunas, veredas y barrios.
No fue solo una sentencia donde la Corte Constitucional le da la razón al Abogado como apoderado del municipio de Yopal: fue una batalla por el control de los recursos de las ciudades.
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