Connect with us

CASANARE

Por qué el Ex senador Uribe pide que se levante la reserva del proceso que lo tiene privado de la libertad?

Published

on

OPINIÓN

La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia inició investigación contra el Ex senador Álvaro Uribe Vélez por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, es decir, porque estaría manipulando e influenciando varios testigos para que cambiaran acusaciones en su contra, todo lo cual, induciría en error al Magistrado que tuviera que decidir en ese caso (Radicado 52.240). Cuando la citada Sala se disponía a proferir decisión inhibitoria a favor del Senador Iván Cepeda dado que su participación en la conducta de soborno a testigos no habría existido (Radicado 38451); conoce que el señor Juan Guillermo Monsalve Pineda, recluido en la Cárcel La Picota, venía siendo objeto de ofrecimiento de beneficios jurídicos por parte de emisarios de Uribe Veléz para que éste y otros testigos se retractaran de señalamientos en contra del controvertido líder político.

Concretamente el objetivo de contactar a los testigos que acusan al máximo líder del Centro Democrático y su hermano en la presunta conformación de grupos paramilitares, entre ellos los Doce Apóstoles y el Bloque Metro, descansa en “que las sindicaciones a los hermanos URIBE VELEZ tienen como origen los ofrecimientos de prebendas de Iván Cepeda Castro”, lo cual como se indicó no pudo ser demostrado (Radicado 52.240). Así las cosas, la investigación que hoy tiene con medida de detención domiciliaria al Ex presidente nace por la denuncia instaurada por él mismo.

Con todo, la Sala de Instrucción profiere medida de aseguramiento, revelando en su decisión un patrón sistemático criminal que buscaría obstruir la justicia: relatos de diferentes “testigos voluntarios” que terminan siendo uniformes en su elaboración, es decir, parecen narrados por la misma persona; los testigos afirman ser contactados para cambiar su testimonio por parte del Senador Iván Cepeda pero no explican cómo entraron en contacto con el Congresista; declaran justo cuando se va a dar la decisión inhibitoria a favor del Senado Cepeda Vargas; los testigos que se retractaban a favor de Uribe Vélez no firmaron los documentos y en uno de los casos fueron elaborados con puño y letra del Abogado Diego Cadena; por lo general los testigos desconocían a qué proceso ingresaría su retractación; los Abogados de Uribe Vélez terminaban tomando poder de los potenciales testigos para asistirlos en asuntos judiciales (Radicado pág., 1520-1522). Lo anterior se refleja en el siguiente apartado de la decisión que ordena privar de la libertad provisionalmente al líder del Centro Democrático:

De igual forma y con manifiesto peligro para la inalterabilidad de la prueba, se aprecia que en esa empresa a la que presuntamente indujo a actuar a Diego Cadena y su equipo, logra captar a los testigos, a quienes se mantienen convenientemente bajo dominio y control mediante una constante comunicación telefónica o personal, sin importar que algunos o muchos se encuentran privados de la libertad, pues ello no es obstáculo para los abogados, quienes además consiguen que les confieran poderes para representarlos en sus causas y así revestir de seriedad a las promesas formuladas de asistencias judiciales. En virtud de esta situación advertida en alto grado de probabilidad se aprecia la relación o canal de doble vía que se establece con los testigos para beneficiarse mutuamente, desde luego en desmedro del bien supremo de la verdad y la justicia. (Radicado 52240, p. 1541)

Ahora bien, dada la solicitud elevada por la defensa del Ex presidente en el sentido de levantar la reserva de ese proceso, surgen dos preguntas que serán resueltas en esta columna: ¿Puede el procesado Álvaro Uribe Vélez pedir y lograr que sea público el proceso que actualmente adelanta la Sala de Instrucción de la Corte Suprema? y ¿De no ser posible, cuál es el objetivo que buscaría?

En primer lugar, en fase de Instrucción como la que afronta actualmente el procesado, la Ley 600 de 2000 en su artículo 330 impone la reserva del proceso, a diferencia de la Ley 906 de 2004 sistema con tendencia acusatoria donde rige el principio de publicidad. De hecho, la reserva del sumario, busca, entre otras, garantizar la presunción de inocencia y la independencia judicial, la autonomía de quien va a tomar una decisión alejada de las presiones mediáticas o de los juicios que hace la sociedad, evitando con ello juicios presionados por quien desconoce el complejo mundo del Derecho. 

En consecuencia, resta por resolver el segundo interrogante, por qué el Ex Senador buscaría la publicidad de su proceso, que se reitera no es posible legalmente.

Como objetivos estratégicos se podrían señalar los siguientes: i) Lograr la compasión y la presión de la sociedad que irrazonablemente cree en la inocencia del procesado, al tiempo que desconocerían la prohibición de levantar la reserva sumarial ii) Garantizar y aumentar el patrimonio electoral que le queda al ex presidente, lo cual se ve reflejado en capitalizar el hecho de que sin una condena en el corto plazo, se presume inocente. Lo anterior, de cara a las próximas elecciones iii) Los que todavía creen en el procesado y que desconocerían las reglas del Derecho penal y procesal penal, calará en su pensamiento que nadie busca la publicidad de su proceso sino es inocente, así jurídicamente no se pueda levantar la reserva y iv) El proceso penal es un juego dialéctico donde se confrontan dos hipótesis jurídicas: inocencia o culpabilidad, y un abogado que sea experto en polarizar, en sembrar o implantar la duda a favor del procesado, podría tener éxito, máxime cuando una de las estrategias defensivas ha sido la desconexión entre las actividades adelantas por el Abogado y el ex mandatario. 

Sumado a lo anterior, si analizamos los acontecimientos pasados, aunque el séquito, el grupo más cercano del ex presidente fue condenado (Andrés Felipe Arias Ex ministro; Diego Palacio Ex ministro; Bernardo Moreno Ex Secretario Privado; Mario Uribe primo del procesado; Sabas Pretelt de la Vega, Maria del Pilar Hurtado y Noguera Cotes ambos Directores del Das; y la lista sigue Cfr.: https://lasillavacia.com/historia/el-circulo-de-uribe-cada-vez-mas-condenado-49957 ), la responsabilidad, deliberadamente o no, nunca ha llegado al ex mandatario, por qué? Poder, dinero, temor, dejar a salvo la figura del ex presidente, en fin, a esas conclusiones deberá arribar el ente acusador y el ciudadano que quiera ahondar en el tema.

De suerte que, frente a este último punto, penalmente terminarían respondiendo los eslabones mas bajos de la cadena (Secretarios, Ministros, Abogados, etc), pero inexplicablemente, hasta hoy, ese círculo no ha salpicado o delatado al ex presidente, ¿Por qué? Los comentarios me los reservo y dejo que a esas conclusiones arribe el ente acusador. Adicionalmente, la suerte del proceso dependería de quien juzgue al ex mandatario, si la Corte Suprema concluye que los hechos de soborno en actuación penal y fraude procesal tienen relación con el ejercicio del cargo de senador el caso continuará en sus manos, de lo contrario, será la Fiscalía quien lo asumirá.

En suma, el escenario por excelencia donde se definirá la suerte del procesado es un estrado judicial revestido de todas las garantías judiciales y constitucionales para demostrar su inocencia o su culpabilidad. La esencia de la democracia reside en el respeto de las decisiones judiciales o administrativas que se tomen por parte de quien está investido y es idóneo para ello. De suerte que, la cordura, el respeto y la confianza en las instituciones serán la moneda de cambio para evitar la polarización de los ciudadanos.

GONZALO-RAMOS

Por: Gonzalo Ramos Rojas – Abogado Especializado

Las opiniones de colaboradores y columnistas, como las expresadas en cualquier texto firmado, solo comprometen a sus autores, y no representan ni comprometen la línea editorial  de www.eldiariodelllano.com.

CASANARE

Mujer perdió la vida en choque de motocicletas en Yopal, conducidas por menores de edad

Published

on

By

ACCIDENTE 24 CON 24

Un trágico accidente de tránsito se registró la noche del miércoles 2 de abril en Yopal, elevando a 15 el número de fallecidos en siniestros viales en lo que va del 2025 en la capital de Casanare.

ACCIDENTE 24 CON 24

El incidente ocurrió alrededor de las 7:55 p.m. en la intersección de la calle 24 con carrera 24, donde colisionaron dos motocicletas conducidas por menores de edad.

Según informes de la Secretaría de Movilidad de Yopal, los conductores, de 14 y 17 años respectivamente, sufrieron heridas leves y fueron trasladados a un centro asistencial. Lamentablemente, Luz Aida Uribe García, de 49 años y oriunda de Bucaramanga, quien viajaba como acompañante en una de las motocicletas conducida por su nieto, perdió la vida en el lugar del accidente.

Las autoridades locales han expresado su preocupación por el aumento de víctimas mortales en accidentes de tránsito en Yopal durante el 2025. Hasta el 1 de abril, se habían reportado 14 fallecidos en siniestros viales en la ciudad. Este reciente accidente eleva la cifra a 15, superando las estadísticas del mismo periodo en años anteriores.

Las causas del accidente aún están bajo investigación por parte de las autoridades competentes. Se hace un llamado a la comunidad para reforzar las medidas de seguridad vial y evitar que menores de edad conduzcan vehículos automotores, con el fin de prevenir futuras tragedias en las vías de la ciudad. 

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

Continue Reading

CASANARE

Casanare recibe el primero de dos carrotanques gestionados para atender emergencias

Published

on

By

carrotanque gestión del riesgo

El departamento de Casanare ha recibido el primero de dos carrotanques gestionados ante el Gobierno Nacional para fortalecer su capacidad de respuesta frente a emergencias.

La entrega fue realizada por la Unidad Nacional Para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y recibida en La Guajira por el director de Gestión del Riesgo, Guillermo Velandia.

Estos vehículos estarán destinados a mitigar el desabastecimiento de agua y atender incendios forestales en los 19 municipios. La asignación de los carrotanques es el resultado de las gestiones adelantadas por el gobernador César Ortiz Zorro, quien ha trabajado para fortalecer la maquinaria disponible en la atención de emergencias. Según la UNGRD, el segundo carrotanque llegará a este departamento en las próximas semanas.

Es importante señalar que, durante el corrido del año, se han distribuido con los carrotanques de la Gobernación de Casanare, 2.300.000 litros de agua a familias vulnerables en los municipios de Yopal, Tauramena, Támara, Nunchía, Hato Corozal y Paz de Ariporo, garantizando el abastecimiento en zonas afectadas.

Con los nuevos vehículos, Casanare amplía su capacidad operativa, mejora la prevención y respuesta ante eventos naturales.

En nombre de los casanareños agradecemos a Carlos Carrillo, director de la UNGRD, por tener en cuenta a nuestro departamento con estos equipos que son realmente muy valiosos en el desempeño de nuestro trabajo “, señaló Velandia.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

Continue Reading

CASANARE

Nuevos prestadores educativos de Casanare, hay talleres informativos para obtener Licencia de Funcionamiento

Published

on

By

La Gobernación de Casanare, a través de la Secretaría de Educación, invita a los nuevos prestadores del servicio educativo a participar en una serie de talleres informativos sobre los procesos para obtener la licencia de funcionamiento, los próximos 9 y 10 de abril de 2025.

Taller para Establecimientos de Educación Formal Privada

Fecha: 9 de abril de 2025

Hora: 8:30 am

Lugar: Auditorio La Ceiba, Yopal, Casanare

Taller para Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano (ETDH) y Centros de Enseñanza Automovilística (CEA)

Fecha: 10 de abril de 2025

Hora: 8:30 am

Lugar: Auditorio La Ceiba, Yopal, Casanare

Talleres de Educación 2

La licencia de funcionamiento es un permiso oficial que autoriza a un establecimiento educativo a operar y ofrecer el servicio público educativo. La Secretaría de Educación de la entidad territorial correspondiente es la responsable de expedir esta licencia.

Estos talleres se enmarcan en el reglamento territorial para el ejercicio de la inspección, vigilancia y control a la prestación del servicio educativo, según la Resolución N° 4037 de 2024.

Para más detalles e inscripciones, los interesados pueden comunicarse a través del correo electrónico: inspeccionyvigilancia@sedcasanare.gov.co oa la línea: 038-633339 EXT 1226

Se invita a todos los nuevos prestadores del servicio educativo a participar en estos importantes talleres de orientación.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

Continue Reading
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement

Lo Mas Leido