CASANARE
Nuevo decreto presidencial elimina restricción de horarios para domicilios
Por medio del Decreto 536 del 11 de abril, el Gobierno Nacional eliminó el horario para la entrega de pedidos a domicilio, dentro del Aislamiento Preventivo Obligatorio ordenado en el territorio nacional para enfrentar la pandemia del coronavirus covid-19.
El decreto firmado por el presidente Iván Duque y los 18 Ministros del Despacho, elimina el parágrafo 5 del Decreto 531 de 2020, que establecía un horario de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche para los domicilios, durante la extensión del Aislamiento Preventivo Obligatorio. Es decir, las entregas a domicilio se pueden hacer a cualquier hora, siempre y cuando se cumplan con todas las medidas de distancia y segurirdad para evitar la propagación del coronavirus.
El horario regía para las excepciones 12 y 23 del Decreto 531 de 2020, relacionadas con “la comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal, y la comercialización de productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio’.
Estas nuevas medidas comienzan a operar a partir de la media noche de este domingo 12 de abril de 2020, y hasta las cero (00:00 a.m) del día 27 de abril de la presente anualidad.
dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20536%20DEL%2011%20DE%20ABRIL%20DE%202020.pdf …
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Alcaldía de Yopal entregó 22 kilómetros de vías rurales rehabilitadas en La Porfía y La Arenosa
CASANARE
En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales
La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.
Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.


