CASANARE
Ninguna Corporación Autónoma se escapa de la politiquería, dijo el Procurador General en Yopal
El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, señaló durante su visita a Yopal, que pondrá especial atención a las denuncias de la comunidad sobre las obras que se han desarrollado históricamente en el lecho del río Cravo Sur, las cuales no han permitido que todos los años se causen daños e inundaciones, especialmente sobre la margen derecha del afluente.
Agregó el jefe del Ministerio Público, que encontró insistencia de la comunidad sobre estas obras, y que la defensa del tema debe ser una constante para todos los ciudadanos que deben convertirse en veedores de todas las situaciones denunciadas, relacionadas con las múltiples intervenciones que se le han realizado al cauce del río sin tener en cuenta responsabilidades ambientales.
Enfatizó el Procurador General de la Nación, que recientemente se conoció una sentencia de la Corte Constitucional que protegió el cauce del río Atrato en el Chocó, la cual perfectamente puede ser aplicada en sus alcances y efectos al río Cravo Sur, por lo que llamó la atención de la ciudadanía, para que se apropien de la mencionada norma y la hagan cumplir.
“Nosotros recientemente llevamos 20 ambientalistas en un Consejo Ciudadano Ambiental río arriba en el Atrato para ver cómo hacíamos un Plan de Acción para protegerlo, acá podemos hacer lo mismo y los invito a que lo hagamos”, señaló el Procurador General de la Nación.
Fue enfático el alto funcionario, en que existe demasiado desorden en Casanare para el manejo de los temas ambientales, agregando que todas las Corporaciones Ambientales se han convertido en “focos lamentables de politiquería en el país, de irresponsabilidad”.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


