CASANARE
Niegan tutelas a aspirantes a Personero de Yopal, no hubo violación al debido proceso dice Juez
El Juzgado Primero Penal para Adolescentes con función de control de garantías de Yopal negó las tutelas interpuestas por seis aspirantes al cargo de Personero de Yopal, por presunta violación al debido proceso en el concurso para proveer ese cargo.
Las Acciones de Tutela presentadas por los profesionales del Derecho, fueron acumuladas y resueltas en un solo fallo, por perseguir las mismas pretensiones por parte de los accionantes, cual era que se suspendiera el mencionado Concurso de Méritos, por considerar que se había violado el debido proceso tanto por parte del Concejo Municipal, como por parte de Unitrópico, universidad contratada para realizar el Concurso.
Hacían referencia los accionantes, a los diferentes hechos ampliamente conocidos por la opinión pública, respecto de la fallida aplicación de la prueba de conocimientos y de competencias laborales el primer día convocado, y a la aparición de una nueva Resolución de parte del Concejo de Yopal donde se convocaba a una segunda aplicación de pruebas para continuar con el proceso.
Según los aspirantes que habían acudido a la Acción de Tutela para hacer valer sus derechos, al no haber sido presentadas las pruebas en la primera ocasión por parte de los aspirantes, se debía ordenar al Concejo de Yopal y a Unitrópico la terminación del Concurso por la exclusión de todos los participantes, es decir, por sustracción de materia.
También solicitaban que el Concejo de Yopal convocara a un nuevo Concurso, pero que se contratara a una entidad especializada o a una Universidad con experiencia suficiente y probada en el desarrollo de concursos de méritos.
Los accionantes consideraban que se estaban vulnerando sus derechos fundamentales al debido proceso, la igualdad y el derecho al trabajo, entre otros, por parte del Concejo de Yopal y Unitrópico.
En su análisis el Juez Primero Penal para Adolescentes consideró que no se violó el debido proceso, por cuanto se subsanó el hecho por parte del Concejo de Yopal y de Unitrópico, al señalar otra fecha para la presentación del examen, además que no existe regla o norma en la Resolución emitida por el Concejo de Yopal el 08 de noviembre de 2016, que disponga la obligación de contratar una empresa para llevar la cadena de custodia.
Señala en su decisión el Juez Primero Penal para Adolescentes, que al ser examinada la nueva Resolución emitida por el Concejo de Yopal para la nueva convocatoria, se vislumbra que no afectó ninguno de los derechos fundamentales de los aspirantes, por cuanto solo se modifica el cronograma inicialmente señalado en la Resolución 133, y no crea nuevos elementos que le impidan a los aspirantes participar en ella, máxime cuando la misma fue notificada a los interesados dentro de un tiempo prudencial, tal y como los mismos accionantes lo reconocen.
Las acciones de tutela habían sido interpuestas por los aspirantes Luis Francisco Cala Castro, Oscar Beltrán, Diana Romero Ávila, Ricardo León Rueda, Omar Rueda, Omar Coa y Yineth Katherine Salinas García.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Terreno donde inicialmente se iba a construir el Terminal de Yopal si tenía problemas jurídicos
El Tribunal Administrativo de Casanare resolvió en segunda instancia una acción popular relacionada con la adquisición del predio destinado inicialmente a la construcción del nuevo Terminal de Transportes de Yopal, ubicado en la carrera 5° que conduce hacia Morichal, proceso en el que se analizó la actuación del Municipio de Yopal y de la Sociedad de Economía Mixta Terminal de Transportes de Yopal S.A.S.
La demanda fue interpuesta por el ciudadano Oromairo Avella, y alegó la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, derivada de los negocios jurídicos relacionados con el terreno que se iba a utilizar, el cual según antecedentes judiciales, presentaba anotaciones de “falsa tradición” y restricciones previamente advertidas por la jurisdicción contenciosa administrativa.
No se adelantaron estudios de títulos
En la sentencia, el Tribunal confirmó que las entidades demandadas incurrieron en actuaciones contrarias a los principios que rigen la función administrativa, al aceptar como aporte a una sociedad de economía mixta un predio sobre el cual existían reparos judiciales y órdenes expresas de protección, sin adelantar un estudio de títulos riguroso ni atender decisiones judiciales anteriores. Esta conducta fue considerada lesiva del derecho colectivo a la moralidad administrativa.
No obstante, la Corporación precisó que durante el trámite del proceso se configuró la figura jurídica de la carencia actual de objeto, debido a que el inmueble cuestionado fue retirado del patrimonio de la sociedad, lo que implicó la desaparición de la situación que originó la controversia.
En consecuencia, el Tribunal mantuvo la declaratoria de vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa, pero se abstuvo de impartir órdenes adicionales, al considerar superada la situación. Sin embargo, dispuso la remisión de copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, adelanten las investigaciones que estimen pertinentes respecto de los hechos analizados.
CASANARE
Capturan a dos personas en Yopal por presunta explotación sexual y trata de personas
CASANARE
Yopal consolida la atención materno infantil en el Hospital Central y el CAPS Juan Luis Londoño
Mientras la atención en salud materno infantil representa un reto a nivel nacional, Yopal ha logrado consolidar resultados concretos. Esto se evidencia con la renovación y obtención de nuevas certificaciones bajo la estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia Integral (IAMII), lideradas por la Secretaría de Salud de Casanare en articulación con la ESE Salud Yopal.
Tras una exhaustiva evaluación externa, realizada según los lineamientos de Unicef, la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, el Hospital Central de Yopal alcanzó un cumplimiento superior al 80% de los criterios exigidos.
Este resultado permitió la renovación de su certificación IAMII por un periodo de tres años, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. La institución ha demostrado mejoras sostenidas en sus procesos de atención y nutrición materna e infantil.
También el Juan Luis Londoño
Asimismo, la sede CAPS Juan Luis Londoño obtuvo por primera vez la certificación oficial como Institución Amiga de la Mujer y la Infancia Integral. Este logro, producto de un proceso técnico y riguroso, contó con el acompañamiento de Unicef y se ajusta a los estándares nacionales para garantizar una atención integral, oportuna y humanizada.
El reconocimiento para la sede CAPS Juan Luis Londoño quedó formalizado mediante la Resolución 2352 del 03 de diciembre de 2025. La institución superó el 80% de cumplimiento en cada uno de los diez pasos exigidos por la estrategia IAMII, lo que la posiciona con una de las más altas distinciones en el país para la protección de la salud materno infantil.


