Connect with us

ARAUCA

Niegan demanda contra municipio de Arauca por contrato de arrendamiento con Frigoarauca

Published

on

El Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda que interpuso la empresa de productos cárnicos Frigoarauca, por supuestos incumplimientos en los que incurrió el municipio de Arauca durante la ejecución del contrato de arrendamiento del frigomatadero de esa capital.

El arrendatario pretendía que la alta corte estableciera que, como consecuencia de esta relación contractual y las presuntas omisiones de su contraparte, se estableciera que el ente territorial debía pagarle más de 6.500 millones de pesos y así poder reclamarlos mediante otros instrumentos jurídicos.

Esta controversia jurídica se inició con el contrato de más de 8.000 millones de pesos, por medio del cual el municipio arrendó a la sociedad Metropolitana de Carnes Procesos y Derivados Metrocarnes S.A. el frigomatadero construido en el municipio en el 2007.

El caso 

En febrero del 2008 Metrocarnes presentó a instancias del Instituto Nacional de Vigilancia y Medicamentos (Invima) un plan para adecuar el frigomatadero a las exigencias del entonces recién creado sistema oficial de inspección, vigilancia y control de la carne, incluyendo un capítulo para obtener la clasificación 1 en el nivel de calidad del complejo y así poder producir carne para la exportación.

Las obligaciones del plan fueron asumidas por Frigoarauca, que fue la entidad a la que se le cedió el contrato, prorrogado por 15 años más. Esta última empresa dirigió numerosas comunicaciones al municipio, responsabilizándolo por no realizar las adecuaciones que presuntamente estaban a su cargo, para adecuar el frigomatadero al nivel 1. También le imputó otras omisiones que, a su juicio, impedían que la operación generara los márgenes de rentabilidad esperados.

Además, el accionante trajo a colación algunas actuaciones en las que el Invima habría hecho referencia a esta falta de gestión y a las debilidades del complejo para poder producir productos cárnicos, al punto de clasificar este complejo como de nivel 3, cuando la intención era adecuarlo a nivel 1. Además, dice, el organismo de vigilancia no aprobó el plan gradual de cumplimiento presentado para la planta de bovinos del frigomatadero y ordenó realizar los ajustes respectivos.

Por estas razones, Frigoarauca solicitó la terminación bilateral del contrato en marzo del 2011. A su juicio, el municipio incumplió el contrato, porque no adelantó las obras que eran necesarias para cumplir requisitos ambientales y sanitarios para obtener licencia y clasificación de nivel 1 en el complejo de producción cárnica.

¿Cuál es el perjuicio causado a Frigoarauca?

El presunto perjuicio, dice el accionante, le impidió comercializar carne a nivel nacional e internacional que, en sus cálculos, le habría significado ingresos por más de 1.300 millones de pesos. Adicionalmente, denunció, la falta de gestión del organismo demandado frente al contrabando de carne, lo que le habría impedido obtener ingresos por casi 3.000 millones de pesos. A ello se sumarían pérdidas por más de 1.700 millones de pesos por el bajo nivel de sacrificios bovinos y porcinos que era posible efectuar en estas condiciones.

Para el arrendatario, el municipio propició el desequilibrio económico del contrato, que solicitó que se liquidara judicialmente por la jurisdicción de lo contencioso administrativo, solicitando además restablecer el equilibrio económico del mismo acuerdo contractual, dijo, por culpa de la administración.

En noviembre del 2014, el Tribunal Administrativo de Arauca negó las pretensiones. Sostuvo que la demandante no cumplió su deber de pagar el arriendo desde julio del 2009, ni pagó el servicio público de energía eléctrica. Tampoco cumplió con su deber de prestar el servicio de pesaje en pie, ni el de adoptar las medidas de higiene y sanidad que debía para adelantar esta operación. De ahí que se decretara la excepción de contrato no cumplido, que inhibe a la parte inconforme de tramitar sus reclamaciones a quien no cumple las obligaciones que le impuso el contrato que se pretende someter a examen judicial.

Fallo del Consejo de Estado

En este caso, no era procedente ordenar el restablecimiento del equilibrio económico, pues circunstancias como el contrabando de carne no eran imprevisibles a la hora de firmar el contrato y no estaba probado que la falta de intervención en esta infraestructura provocara disminuciones de productividad. Contrario a la solicitud del demandante, el Tribunal sostuvo que este le adeudaba más de 2.300 millones de pesos a Arauca por los arriendos que dejó de cancelar y un saldo surgido por la compra de una frigocaldera. No obstante, se abstuvo de ordenar el pago, porque el demandante solo solicitó liquidar el contrato, sin pretender la cancelación de pagos.

La demandante le pidió al Consejo de Estado revocar esta sentencia. Subrayó que no podía aplicarse excepción de incumplimiento de contrato, debido a que, dice, fue el municipio el que primero incumplió su deber de adelantar las obras para cumplir los requisitos sanitarios y ambientales en aras a obtener el nivel 1 de clasificación. A su juicio, no es predicable ese incumplimiento, pues el no pago de los cánones de arrendamiento entre junio del 2009 y mayo del 2011 se debió a circunstancias como el pago de maquinaria, obras y servicios prestados por Frigoarauca que, en ese entonces, estaban pendientes.

El Consejo de Estado negó las pretensiones formuladas entorno a la declaratoria de incumplimiento de contrato y el restablecimiento de su equilibrio económico, pero accedió a su liquidación. Determinó que fue Fiduagraria estaba obligada a ejecutar el plan gradual de cumplimiento, que comprendía las obras necesarias para la obtención de la clasificación 1 del complejo cárnico. Agregó que no se probaron los perjuicios sufridos por la accionante en la ejecución del plan y sus ajustes y que tampoco se acreditó el rompimiento del equilibrio de la ecuación económica. Subrayó que el contrato no obligaba a Arauca a contrarrestar el contrabando de carne, al margen de sus competencias legales al respecto, y que no es cierto que la pretensión principal fuera liquidar este acuerdo contractual.

Al haberse ratificado el fallo de primera instancia, que cuantificó las cifras que la demandante le adeuda al municipio por la liquidación del contrato, pero no se ordenó el pago, porque ello no hacía parte de las pretensiones, el Consejo de Estado no emitió ninguna orden encaminada a la cancelación de los dineros.

Fuente: Consejo de Estado

Continue Reading
Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

65 + = 72

ARAUCA

Enlace guerrillero en Arauca se movía en camioneta blindada y tenia casa por cárcel

Published

on

By

alias guasón

Tropas del Ejército Nacional capturaron a un individuo conocido como alias “Guasón”, señalado de ser el enlace y coordinador logístico entre las disidencias de los frentes 10 y 28 de las Farc.

De acuerdo con las autoridades, el sujeto se movilizaba por la ruta de Los Libertadores entre Tame y la capital araucana, y en un puesto de control sobre la vereda La Holanda fue sorprendido por los soldados, quienes lo reconocieron porque tenían información de inteligencia. El sujeto presentó una identificación falsa, pero los soldados no cayeron en la trampa.

 

En el momento de la captura se incautó una camioneta con blindaje tipo IV, la cual también contaba con un sistema para activar luces y sonido tipo sirena con el que engañaba a la población haciéndola parecer un vehículo fiscal; también se incautaron dos celulares y $8.350.000 en efectivo, dinero que provenía de cuotas extorsivas.

El material, el dinero y el vehículo fueron puestos a disposición de la autoridad competente, mientras que a alias “Guasón” se le dictó medida intramural.

¿Quién es alias “Guasón”?

Según las autoridades, alias “Guasón” hacía parte de las disidencias del Frente 10° 10 desde hace aproximadamente cinco años, y era quien realizaba actividades al margen de la ley relacionadas con secuestros, extorsiones, cobro de vacunas y homicidios selectivos.

Tenía una orden de detención domiciliaria, la cual estaba incumpliendo al movilizarse por una vía nacional. Este sujeto servía como enlace y coordinador logístico entre las disidencias de los Frentes 10° y 28° de las Farc.

 

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

Continue Reading

ARAUCA

Tras las rejas señalado de agredir en varias oportunidades a su compañera sentimental

Published

on

By

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación un juez de control de garantías envió a la cárcel, a un sujeto presuntamente responsable de reiteradas agresiones contra su compañera sentimental.

Los hechos se presentaron el pasado 14 de abril en vía pública de en Arauca (Arauca). Uniformados de la Policía Nacional fueron alertados sobre una discusión entre una pareja.

Al parecer, el hombre amenazó a la mujer con un arma blanca luego de haberla golpeado en el rostro y cuerpo. Las agresiones habrían sido continuas, y cometidas en presencia de menores de edad.

Por estos hechos la víctima recibió una incapacidad de 15 días, según el dictamen del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. El hombre fue imputado por el delito de violencia intrafamiliar agravada, cargo que no aceptó.

En lo corrido de este año la Dirección Seccional Arauca ha obtenido avances investigativos en 24 de los 31 casos que por violencia intrafamiliar fueron denunciados. Los municipios con mayor incidencia son Arauca, Tame, Saravena y Puerto Rondón.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

Continue Reading

ARAUCA

A la cárcel presunto homicida de gobernador indígena en Tame

Published

on

By

La Seccional Arauca de la Fiscalía General de la Nación, en un trabajo articulado con la Policía Nacional, logró en las últimas horas la captura y judicialización de quien sería el responsable del homicidio del gobernador indígena Luis Parra Toroca, ocurrido el 31 de diciembre de 2023 en la vereda Siberia 1 de Tame (Arauca).

Se trata de Gabino Machado Parada, de 29 años, a quien la Fiscalía le imputó el delito de homicidio agravado, al que no se allanó. Y por determinación de un juez con funciones de control de garantías fue enviado a la cárcel judicial de Arauca.

La muerte del gobernador de la comunidad indígena La Esperanza, de 39 años, se produjo en medio de una riña que se originó en horas de la madrugada cuando se encontraba reunido con otras cuatro personas en el patio de su casa. En medio del enfrentamiento la víctima fue atacada con arma cortopunzante, al parecer, por Machado Parada.

Su orden de captura se materializó este 12 de abril luego que la guardia indígena lo entregara a uniformados de la Policía Nacional.

Fuente: Fiscalía General de la Nación

Continue Reading
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement

Lo Mas Leido