CASANARE
Menores indígenas reportados muertos por desnutrición, están vivos
La Secretaría de Salud Departamental y Capresoca EPS, informaron que de acuerdo a la revisión del sistema de información de Capresoca EPS, se evidenció que dos menores de la comunidad indígena de Caño Mochuelo, quienes en algunos medios y redes sociales se reportaron como fallecidos por desnutrición, están vivos y reciben atención médica en hospitales de Bogotá.
La información basada en un comunicado enviado por el gobernador indígena, Alexander Tudupial Tabutju, contiene una fotografía de un menor, la cual fue tomada el pasado 21 de junio por la IPS Coomedican, en donde le estaban brindado la prestación de servicios de salud, con fines de remisión. Actualmente el menor recibe atención médica en el Hospital De La Misericordia de Bogotá y registra un procedimiento realizado el día miércoles 4 de septiembre.
Adicionalmente, se investigó el fallecimiento de dos menores, de los cuales la EPS Capresoca, reportó su deceso por causas diferentes a la desnutrición, siendo casos aislados, una menor con síndrome de Down, por enfermedad diarreica aguda (EDA) y el otro paciente por insuficiencia respiratoria aguda (IRA).
Así mismo, aclararon que los usuarios indígenas que no cuentan con seguridad social, se les ha garantizado la atención por parte de la Secretaría de Salud de Casanare, en la red de prestación de servicios dentro y fuera del departamento.
De otra parte, los reportes de usuarios indígenas sin seguridad social, enviados por la Fundación Corporación para la Prosperidad de Nuestra Gente, han sido remitidos a la EPS Capresoca, para su respectiva afiliación.
Es de aclarar que en Casanare aún se cuenta con población indígena no asegurada por falta de actualización de los listados censales, por parte de las autoridades indígenas del Resguardo Caño Mochuelo.
Fuente: Secretaría de Salud de Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.



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