NACIONALES
Más de 220.000 integrantes de la Fuerza Pública cuidarán las elecciones
La Fuerza Pública va a desplegar 224.193 hombres y mujeres para garantizar la seguridad de los ciudadanos que van a ejercer el derecho al voto. Esto hace parte del Plan Democracia 2023, estructurado por el Gobierno del Cambio para los comicios regionales del 29 de octubre.
Mientras el Ejército va a disponer de 120.193 efectivos, la Armada contará con 14.000 marinos e infantes de Marina, la Fuerza Aeroespacial con 10.000 y la Policía con 80.000 uniformados.
Para estas votaciones, en las que se elegirán a los futuros alcaldes, gobernadores, concejales, diputados a asambleas departamentales y ediles de Colombia del periodo 2024 – 2027, la Fuerza Pública trabaja de manera interinstitucional con la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral, entre otras entidades estatales, bajo los lineamientos del Ministerio de Defensa Nacional y del Ministerio del Interior para garantizar el derecho al voto del electorado en todas las regiones del país.
El almirante Francisco Hernando Cubides Granados, comandante de la Armada de Colombia, indicó que la Fuerza reforzará las labores de seguridad, control y vigilancia en 525 puestos de votación asignados, en 59 municipios dentro del área de responsabilidad.
Agregó que, de los 525 puestos de votación asignados, 515 estarán vigilados exclusivamente por tripulantes de la Armada y los diez restantes serán custodiados de manera coordinada con la Policía.
En el Caribe, la Armada de Colombia brindará seguridad a más de 220.000 potenciales votantes, que ejercerán su derecho a elegir en 222 puestos de votación, ubicados en 41 municipios de los departamentos de Bolívar, Córdoba y Sucre. La Fuerza Naval del Caribe desplegará más de 7.000 hombres en toda la región.
En la Fuerza Naval del Pacífico, se encuentran listos más de 4.000 hombres y mujeres para cubrir cerca de 300 puestos de votación y velar por la seguridad de 101.000 potenciales votantes.
En los departamentos de Amazonas, Caquetá, Guaviare, Meta y Putumayo, la Fuerza Naval de la Amazonía desplegará cerca de 1.100 tripulantes altamente equipados y capacitados, que brindarán seguridad y velarán por el desarrollo de una jornada electoral en paz, principalmente en las comunidades ribereñas de su jurisdicción.?
Refuerzo aéreo
Por su parte, la Fuerza Aeroespacial Colombiana, que cuenta con 10.000 efectivos, dispuso de un gigantesco despliegue aéreo para transportar 2.972 uniformados de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, así como 94,5 toneladas de carga a diferentes ciudades.
Aeronaves de combate, inteligencia, transporte y reconocimiento se despliegan desde ya haciendo operaciones con tecnología de punta para garantizar la seguridad del pueblo colombiano.
El traslado de personal en desarrollo del Plan Democracia 2023 incluye a delegados municipales de la Registraduría Nacional del Estado Civil y de las mesas de votación a los sitios más alejados del país.
Las unidades aéreas que cuentan con jurisdicción terrestre, como el Comando Aéreo de Combate número uno, en Puerto Salgar, y el Comando Aéreo de Mantenimiento en Madrid (Cundinamarca) realizarán patrullajes.
También desarrollarán operaciones de vigilancia y control con drones tácticos de última tecnología con los cuales se busca fortalecer las misiones que permitan llegar a puntos de difícil acceso.
Entre tanto, la Policía ordenó el despliegue de 80.000 uniformados que estarán distribuidos en 1.123 municipios del país.
“Nos han correspondido 7.719 puestos de votación y para ello hemos hecho un despliegue importante en las capacidades de talento humano con capacidades logísticas, entre las cuales tenemos aeronaves remotamente tripuladas y circuitos cerrados de televisión, lo que nos permite hacer trabajo de anticipación en cada uno de los territorios”, dijo el coronel Henry Yesid Bello, designado gerente del Plan Democracia de la Policía.
Destacó que la Policía ha brindado seguridad en 5.088 sedes políticas y ha realizado más de 225.000 procesos de acompañamiento a candidatos que aspiran llegar a corporaciones públicas.
Fuente: Ejército, Armada, Fuerza Aeroespacial y Ministerio de Defensa
NACIONALES
A la fecha, no hay alerta sobre la presencia de hantavirus en Colombia, estas son las recomendaciones
El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud, informan que, en seguimiento al evento internacional notificado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) relacionado con casos graves asociados a hantavirus en pasajeros de un crucero internacional, actualmente no se han confirmado casos de infección por hantavirus en Colombia.
¿Qué es hantavirus?
Los hantavirus corresponden a un grupo de virus zoonóticos transmitidos principalmente por la inhalación de partículas contaminadas provenientes de excretas (orina, saliva o heces) de roedores silvestres infectados. En las Américas, algunos hantavirus pueden causar el síndrome cardiopulmonar por hantavirus (SCPH), una enfermedad poco frecuente pero potencialmente grave, caracterizada inicialmente por fiebre, malestar general, cefalea y síntomas respiratorios inespecíficos, con posible progresión rápida a dificultad respiratoria severa, compromiso cardiovascular y choque.
En Colombia, a la fecha no se han documentado casos clínicamente confirmados de síndrome cardiopulmonar por hantavirus, sin embargo, investigaciones desarrolladas entre 2004 y 2016 por instituciones académicas y centros de investigación identificaron evidencia serológica de exposición previa a hantavirus en humanos y reservorios silvestres en algunas regiones del país. Estos hallazgos sugieren circulación potencial de virus relacionados, aunque no constituyen evidencia de transmisión activa sostenida ni de enfermedad clínica confirmada en el territorio nacional. Por lo que, de acuerdo con la situación epidemiológica, en Colombia el riesgo de presentación de casos es bajo.
Recomendaciones de Minsalud e INS:
Se recomienda a la población mantener las medidas generales de prevención orientadas a disminuir el riesgo de exposición a roedores, enfermedades respiratorias y aquellas relacionados con los alimentos entre ellas:
- Se debe garantizar la limpieza y desinfección de aquellos alimentos no perecederos que sean almacenados por tiempos prolongados y asegurar que sus empaques no se encuentren rotos o con abolladuras.
- Tener precaución con el consumo de alimentos envasados, empaquetados o enlatados que hayan estado en procesos de bodegaje largos.
- Mantener una higiene adecuada de viviendas, bodegas y áreas de almacenamiento.
- Evitar la acumulación de residuos y alimentos expuestos que favorezcan la presencia de roedores.
- Sellar grietas y espacios que faciliten el ingreso de roedores a los hogares.
- Utilizar elementos de protección personal, incluida mascarilla, durante labores de limpieza en lugares cerrados o con evidencia de infestación por roedores.
- Realizar lavado frecuente de manos.
- Consultar oportunamente a los servicios de salud ante síntomas febriles o respiratorios, especialmente si existe antecedente de exposición a ambientes con presencia de roedores.
Las autoridades sanitarias nacionales continuarán realizando seguimiento al evento internacional de manera articulada con la OMS y demás organismos técnicos, manteniendo activas las acciones de vigilancia epidemiológica y capacidad diagnóstica en el país. Cualquier actualización relevante será comunicada de manera oportuna, a través de los canales oficiales, con base en la evidencia científica disponible y los lineamientos nacionales e internacionales de salud pública.
NACIONALES
Consejo de Estado: Por exclusividad de la Fuerza Pública, Policía Nacional debe vigilar la seguridad en los estadios
Previo levantamiento de la reserva legal por parte del Ministerio del Interior, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio a conocer un concepto en el que indicó que los artículos 52 y 62 de la Ley 1801 de 2016 (Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana) no se encuentran vigentes. Ello en virtud de la Sentencia C-223 de 2017 que declaró su inexequibilidad con efectos diferidos a partir del 20 de junio de 2019.
La Sala señaló que mediante el Decreto 1007 de 2012 (compilado en el Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015) se creó en Colombia el Estatuto de Aficionado al Fútbol que dispuso la creación de un Plan Decenal para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y permitió la articulación del respectivo alcalde, el presidente del club o clubes profesionales de la localidad con la Policía Nacional en el conocimiento e implementación de los protocolos de seguridad en los estadios.
Asimismo, sostuvo que según la Sentencia C-128 de 2018, en materia de seguridad en actividades que involucran aglomeraciones de público complejas, como es el caso de los partidos del fútbol profesional, las competencias de la Policía Nacional y de las empresas de seguridad privada y/o de logística, fueron definidas de la siguiente manera:
• De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, la Policía Nacional, en atención al principio de exclusividad de la fuerza pública, tiene como fin principal la prevención de aquellas conductas que constituyen amenazas de afectación del orden público o impiden la convivencia entre las personas, en los términos de los artículos 2 y 218 de la Constitución Política.
• Las empresas de vigilancia y seguridad privada pueden actuar en el ámbito en que ofrezcan sus servicios, bajo los límites establecidos por el legislador, con el fin de «disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección», de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Decreto Ley 356 de 1994, sin que ello involucre en modo alguno el ejercicio de actividades de conservación del orden público, la seguridad ciudadana ni la convivencia pacífica.
Por último, la Sala agregó que el artículo 9° de la Ley 1270 de 2009, mediante la cual se creó la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, asignó a la Policía Nacional la función de prevenir la aparición de hechos de violencia en los estadios de fútbol y en sus alrededores, en el marco del mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas.
Tras años de tensiones entre la Dimayor y el Gobierno, el alto tribunal dejó claro que las empresas privadas no pueden sustituir a la fuerza pública en el control del orden en eventos masivos como partidos o conciertos.
NACIONALES
Estos son los acuerdos logrados sobre catastro multipropósito que permitieron levantar el paro nacional
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