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Las regiones productoras merecen más regalías

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OPINIÓN

El Gobierno Nacional radicó ante el Congreso de la República el Proyecto de Acto Legislativo (P.A.L.) 365 de 2019, que pretende modificar el actual Sistema General de Regalías (SGR) (Ley 1530 de 2012), para superar las dificultades que han tenido los proyectos minero-energéticos al obtener las licencias sociales en las regiones productoras de recursos.

foto carlos leal

En las regiones productoras hay malestar por el actual SGR vigente desde el 2012 que es considerado inequitativo, lo cual ha traído como consecuencia la protesta social, las consultas populares y el rechazo a todo proyecto propuesto en las zonas de influencia de las comunidades que se sienten afectadas. Con el SGR vigente las regiones pasaron de recibir más del 80% de las regalías directas a recibir solo el 20%.

Es necesario que las autoridades regionales, locales y la comunidad estén motivadas a defender las actividades de la industria petrolera y minera, y tengan sentido de pertenencia sobre estos proyectos, por lo que es indispensable la aprobación de este Acto Legislativo, que tendrá 8 debates en el Congreso.

Para ACIPET, el Acto Legislativo es muy oportuno, es importante que las regiones vean el balance positivo de los beneficios que pueden recibir de las regalías que apalancan el desarrollo integral.

Con el nuevo P.A.L, el porcentaje de participación será entre el 30% y 50% de los ingresos corrientes por la explotación de recursos. Esto sin perjuicio de mantener un porcentaje destinado a las inversiones para las regiones no productoras.

Esta recuperación del monto bianual del presupuesto de regalías obedece a los altos precios del petróleo, que se registraron en los mercados internacionales el año pasado, con una referencia Brent que marcó niveles por encima de los 80 dólares.

Para el caso del sector de hidrocarburos, entre junio de 2014 y enero de 2016 se presentó uno de los desplomes más fuertes en los precios. Este bajón repercutió directamente en el monto que las empresas petroleras giraron a las regiones por la explotación de los recursos. El presupuesto disminuyó de 18,2 billones de pesos entre 2015 y 2016, hasta 11,7 billones, entre 2017 y 2018. Para el bienio del 2019 y 2020 serán 24.2 billones.

Sobre el manejo de los recursos, es importante que el Gobierno pueda tener mayor control sobre los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD), para evitar focos de corrupción en los procesos de licitación, elefantes blancos y la no ejecución de los recursos.

De acuerdo a un informe de la Contraloría (Los OCAD y la gestión de proyectos, 2017), desde el año 2012 hasta el 2016 de 40.8 billones de presupuesto, quedaron 10.7 billones sin ejecutar, lo que corresponde al 26% de lo asignado. Los OCAD han actuado de manera lenta a la hora de aprobar los proyectos de inversión.

Debe hacerse un proceso trasparente y muy ágil donde los proyectos tienen que ser evaluados, priorizados y sancionados; para esto el Gobierno propone rediseñar los OCAD, sobre lo cual también recomendamos se incluya una labor pedagógica desde este ente hacia las comunidades y entidades regionales de las áreas productoras, para que realicen una adecuada formulación y sustentación de los proyectos que presentarán para su aprobación, recibiendo también, la orientación estratégica de las inversiones, algo que según el informe de la Contraloría no se está cumpliendo por parte de este ente.

Desde Acipet también consideramos, que dentro del proceso de orientación estratégico deben asignarse recursos de las regalías a la trasformación de la matriz de energía, apoyando proyectos de energías renovables en las regiones, fomentando así la transición energética que demanda el país.

Igualmente y con las lecciones aprendidas por este y otros sectores de la economía afectados por crisis catastróficas, es vital que se formule la creación de un fondo de estabilidad que permita afrontar la enfermedad holandesa que ya hemos vivido.

Por: Carlos Alberto Leal Niño – Presidente de la Junta Directiva de Acipet

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Más de 45 años de prisión para feminicida por crimen ocurrido en Yopal en 2021

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El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Yopal condenó a 45 años y ocho meses de prisión (550 meses) a Diego Andrés Suárez Daza, hallado culpable del feminicidio agravado de Sonia Rocío Díaz Barrera, de 30 años. Suárez Daza fue capturado en 2024 en Cajicá, a donde había huido e intentaba pasar desapercibido como mecánico.

El fallo, emitido en aplicación de la normativa colombiana sobre violencia de género, busca enviar un mensaje claro sobre la gravedad de estos delitos, como en este caso que causó conmoción en su momento en la capital casanareña.

El crimen ocurrió el 2 de septiembre de 2021 en la residencia de la víctima, ubicada en el barrio Bicentenario de Yopal. Suárez Daza, expareja sentimental de Sonia, ingresó al domicilio y la atacó con un arma blanca, causándole heridas mortales en el cuello. El cuerpo fue hallado por familiares que, alarmados por su ausencia en su local del Terminal de Transportes, acudieron a buscarla.

En el momento del ataque, Sonia se encontraba en casa con su hija de tres años, quien dormía en otra habitación. La violencia del hecho y la presencia de la menor en el lugar conmovieron profundamente a la comunidad yopaleña, que desde entonces ha exigido justicia por este brutal crimen, llegando incluso a realizar un plantón frente a la sede de la Fiscalía.

La investigación reveló que la víctima había denunciado amenazas previas y enfrentaba un conflicto por la fijación de la cuota alimentaria de la niña. Estos antecedentes fueron considerados por el juez como agravantes en el contexto de violencia intrafamiliar y de género.

Con esta condena, las autoridades reafirman su compromiso de sancionar con severidad los feminicidios y proteger los derechos de las mujeres, especialmente en contextos donde persiste la violencia ejercida por exparejas o personas cercanas.

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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Condenan a 44 años de prisión a feminicida por hechos ocurridos en Maní

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El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal condenó a 44 años de prisión (528 meses) a Kilver Alfonso Mariño Ávila por el feminicidio de su expareja, Mildre Carolina Rojas, ocurrido el 5 de noviembre de 2024 en el municipio de Maní.

La decisión judicial, que fue apelada por la defensa del condenado, se dio tras comprobar que el hombre atacó brutalmente a la mujer con un arma blanca en un establecimiento público, como fue de amplio conocimiento.

Según el relato de los hechos, la víctima, de 38 años, fue abordada por Mariño Ávila mientras trabajaba, y en medio de una discusión por el uso de una motocicleta, el agresor la persiguió y le causó una herida mortal en el abdomen. Aunque varios ciudadanos intentaron auxiliarla, la gravedad de la lesión le provocó la muerte minutos después.

Mariño Ávila huyó del lugar tras cometer el crimen, pero fue capturado esa misma noche gracias a la oportuna reacción de la Policía y la colaboración de la comunidad. La víctima había denunciado previamente amenazas por parte del agresor.

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Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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JEP imputa tortura y tratos inhumanos a seis militares por ‘falsos positivos’ en Casanare

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Tras analizar 17 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado, en los que se documentaron actos de violencia física y psicológica contra 26 víctimas antes de su asesinato, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó los delitos de tortura y de tratos inhumanos y degradantes a seis comparecientes, exintegrantes del Ejército Nacional, por hechos ocurridos en Casanare.

Las nuevas imputaciones fueron formuladas contra Wilson Salvador Burgos Jiménez, Marco Fabián García Céspedes, Jhon Alexander Suancha Florián, Wilfrido Domínguez Márquez y Miguel Andrés Sierra García, quienes ya habían sido determinados como máximos responsables, así como contra Zamir Humberto Casallas Valderrama, definido como partícipe no determinante y también llamado a reconocer responsabilidad. Todos pertenecieron a la XVI Brigada del Ejército Nacional.

La decisión se adoptó tras contrastar la información obtenida en las versiones voluntarias, las pruebas recolectadas en los procesos adelantados en la jurisdicción ordinaria y las observaciones presentadas por víctimas y el Ministerio Público, con el fin de dar respuesta a la solicitud de esclarecer el trato bridado a las víctimas antes de ser asesinadas. La magistratura concluyó que varios de estos actos constituyeron tortura contra persona protegida, una conducta tipificada tanto en el Código Penal colombiano como en el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional.

Hubo tortura antes de asesinarlos

En el análisis de estos 17 hechos, en los que fueron asesinadas 26 personas, la JEP evidenció que las víctimas fueron engañadas, sometidas o trasladadas en condiciones que incrementaron su vulnerabilidad. Estas prácticas tenían como propósito facilitar su posterior asesinato y presentación como bajas en combate.

Esta nueva calificación jurídica profundiza lo establecido por la sala en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas proferido en el Subcaso Casanare del Caso 03, en 2022, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado en ese departamento. En dicha decisión, la JEP determinó la existencia de un patrón criminal sistemático por parte de la XVI Brigada del Ejército Nacional, que habría involucrado a más de 296 víctimas directas entre 2005 y 2008 en Casanare.

Como parte del proceso ante la Justicia Transicional Restaurativa, la Sala de Reconocimiento de Verdad trasladó algunos de los hechos investigados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con el fin de que continúe la indagación sobre los pormenores del trato recibido por las víctimas antes de su muerte, en relación con comparecientes que participaron directamente en los hechos, pero cuya situación jurídica fue remitida a esa instancia de la JEP porque no fueron seleccionados como máximos responsables.

Asimismo, la Sala de Reconocimiento envió al Subcaso Costa Caribe II información sobre hechos cometidos por el compareciente Juan Pablo Gutiérrez Jaramillo cuando estuvo en la Brigada XVI en el departamento de Casanare, para que también sean tenidos en cuenta en dicha investigación, en la que fue imputado como máximo responsable, en calidad de coautor de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada.

Los seis comparecientes llamados a reconocer su responsabilidad por actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Casanare tienen 15 días hábiles para informar a la Sala de Reconocimiento de Verdad si aceptan o no los nuevos cargos imputados por la JEP. En ese mismo término, podrán pronunciarse, aportar pruebas y referirse a los hechos, las conductas y su eventual participación individual en ellos.

Fuente: Comunicaciones JEP

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