CASANARE
Las consultas populares ya no podrán vetar proyectos extractivos: Corte Constitucional
Tras varias salas de discusión a propósito de una tutela que presentó la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, el alto tribunal aseguró que a los movimientos ciudadanos no pueden desconocer que el Estado tiene la propiedad del subsuelo. Pero dio dos años al Congreso para legislar al respecto.
La Corte Constitucional zanjó este jueves un amplio debate que se había generado alrededor del uso de las consultas populares para avalar o vetar proyectos extractivos mineros y de hidrocarburos. A la fecha se han realizado nueve consultas Piedras y Cajamarca (Tolima), Tauramena (Casanare), Cabrera y Arbeláez (Cundinamarca), Cumaral (Meta), Pijao (Santander), Sucre y Jesús María (Sucre) y en todas ha ganado el ‘no’ de la ciudadanía. No obstante, esto ya no podrá volver a ocurrir. El alto tribunal acaba de definir que por medio de este mecanismo ya no se podrán frenar las actividades mineras.
La Sala Plena aprobó con una votación 5-1 una ponencia que presentó la magistrada Cristina Pardo Schlesinger que dice que el Estado es el propietario de los recursos del suelo y el subsuelo de la nación, lo cual trasciende los intereses regionales y municipales. Y señala que si el Gobierno central tiene competencias sobre esos recursos, entonces las autoridades territoriales no pueden puedan vetar la explotación de los recursos naturales no renovables.
(Le puede interesar: Consultas populares no pueden vetar proyectos mineros ni energéticos: ponencia)
La ponencia de Pardo agregaba en todo caso que ni la nación ni las entidades territoriales tienen competencias absolutas en materia de explotación de subsuelos y recursos naturales, sino que debe existir una colaboración armónica entre ambos frentes. Por esa razón, el alto tribunal señaló que no existen mecanismos de participación ciudadanapara manifestar su oposición a este tipo de proyecto y dio un plazo de dos años para que el Congreso expida esa regulación de vital importancia ambiental y social para el país.
El origen de esta polémica fue la consulta popular que promovieron algunos habitantes del municipio de Cumaral (Meta) en junio de 2016, cuando trascendió que se iba a adelantar un proyecto de exploración sísmica en su área rural, con fines de búsqueda de hidrocarburos. En ese momento, la Alcaldía de Cumaral expidió un decreto para darle trámite a la consulta y luego, en marzo de 2017, el Tribunal Administrativo del Meta le dio su aprobación jurídica. En el debate previo, la Procuraduría y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado se opusieron a la consulta.
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El camino escogido por la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, vinculada a la iniciativa de la explotación petrolífera, fue acudir a la acción de tutela. Desde su punto de vista, resultaba cuestionable que mediante la consulta popular se desconociera un contrato legalmente firmado con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Como era de esperarse, al asunto se fueron sumando organismos como Ecopetrol, la Asociación Colombiana de Petróleo (ACP) y la Agencia Nacional de Minería, entre otros, todos interesados en aclarar el asunto.
La ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger también señalaba que así como existe el derecho a la consulta popular como mecanismo de participación ciudadana, en los casos como el de Cumaral también deben tenerse en cuenta los análisis técnicos integrales y el concepto del desarrollo sostenible. Igualmente, señalaba que no hay un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las comunidades puedan contar con información, presentar sus inquietudes u oponerse a proyectos de explotación petrolífera.
(Vea: Consultas y minería, en manos de la Corte Constitucional)
En criterio de la magistrada ponente, hay momentos en que se exige la socialización del proyecto, pero ante la ausencia de espacios de participación, las comunidades se han visto obligadas a utilizar la consulta popular como la forma de expresar sus inquietudes, así no sea el mecanismo idóneo. Este panorama es definido como “un déficit de protección constitucionalmente inadmisible”, porque en el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas y mineras se generan afectaciones ambientales, y por eso se necesitan instrumentos de control.
La propuesta de la ponente Cristina Pardo y que quedó materializada este jueves fue dejar sin efecto la sentencia del Tribunal del Meta de marzo de 2017, instando a este organismo judicial a que elabore otra de reemplazo con los argumentos propuestos por la Corte Constitucional. En cuanto a la ANH, la Agencia Nacional de Minería, los Ministerios de Medio Ambiente y de Minas, o en general todas las entidades involucradas en el tema en discusión, se les reiteró la obligación de crear instancias para fortalecer el diálogo y garantizar que se suministre información suficiente a las comunidades sobre trabajos en sus territorios.
(Vea: Gobierno pide concertación en proyectos mineros y rechaza prohibición popular)
Fuente: www.elespectador.com
CASANARE
Ejército Nacional captura a alias Mara, presunto extorsionista en Casanare
En desarrollo de operaciones militares coordinadas con la Policía Nacional, tropas del Gaula Militar lograron la captura de un sujeto conocido con el alias de “Mara”, señalado de extorsión agravada y de emplear menores de edad en la comisión de este delito.
La operación se efectuó en el municipio de Paz de Ariporo. De acuerdo con las investigaciones, este individuo realizaba de manera reiterada cobros extorsivos a comerciantes de la región. El capturado fue puesto a disposición de las autoridades competentes para adelantar el proceso de judicialización correspondiente.
Con esta acción se mitiga el crecimiento delictivo de los grupos de delincuencia común en el departamento, se afecta su cadena criminal mediante la judicialización de sus integrantes y se fortalece la confianza institucional ante la población civil. De igual manera, se robustece la campaña Yo No Pago, Yo Denuncio, disponible a través de la línea 147 del Gaula Militar.
El Ejército Nacional reafirma su compromiso con la seguridad y la tranquilidad de los habitantes de Casanare, e invita a quienes sean víctimas o tengan conocimiento de estas prácticas delictivas a denunciarlas de manera oportuna.
CASANARE
A la cárcel mujer involucrada en asalto a mano armada de una finca en Sabanalarga
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Diana Carolina Díaz Peña, presunta responsable de participar en el hurto a una finca ubicada la vereda San Pedro, en zona rural de Sabanalarga (Casanare).
Un fiscal de la Seccional Casanare le imputó los delitos de secuestro simple y hurto calificado; ambas conductas agravadas; además de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. La mujer no aceptó los cargos.
Los hechos ocurrieron el pasado 23 de noviembre, cuando Díaz Peña llegó, en compañía de tres hombres en motocicletas, a la finca. Al parecer, ingresaron y amenazaron a cuatro personas, entre las cuales había dos menores de edad.
Los presuntos atacantes retuvieron a las víctimas por varias horas, a quienes encerraron en una habitación. Además, al parecer, se apoderaron de varios elementos de valor y dinero en efectivo, avaluados en más de 8 millones de pesos.
La Policía Nacional logró la captura en flagrancia de esta mujer cerca de un peaje del sector y le incautaron un revólver, munición dinero en efectivo y una motocicleta.
CASANARE
Cusianagas hace claridades sobre el precio del gas natural vehicular en Yopal
Desde Cusianagas informan a los usuarios de gas natural vehicular-GNV y a la comunidad en general de Yopal, que continúan trabajando para lograr las mejores condiciones de suministro, para los clientes de las estaciones de servicio.
Se conoce que una vez finalizado el Plan de Mando Unificado-PMU, tanto las agremiaciones de transportadores como la comunidad desean conocer el valor del metro cúbico de gas para el mes de diciembre de 2025 y para el año 2026.
En este punto, brindan algunas claridades:
El pasado 30 de noviembre de 2025 finalizó el contrato suscrito con Ecopetrol mediante el cual Cusianagas atendía la demanda de GNV en Yopal. Dicho contrato ofrecía un precio particularmente favorable, ya que fue firmado en 2019, en un contexto de alta oferta de gas que permitió acceder a condiciones económicas más bajas.
A partir del 01 de diciembre de 2025 y hasta febrero de 2026 se presenta un incremento en el precio teniendo en cuenta las condiciones ofertadas por Ecopetrol en el proceso de comercialización fuente Floreña publicado en el mes de septiembre de 2025.
Sin embargo, de acuerdo con las contrataciones realizadas por Cusianagas con otro agente del mercado, se logrará a partir del mes de marzo de 2026 y hasta noviembre del mismo año, un precio más favorable sobre la molécula de gas. Ese beneficio se trasladará al precio final en el componente de generación de gas, constituyendo un aspecto positivo para Yopal.
Es importante mencionar que cuando hablan de mercado regulado como el del gas domiciliario y del no regulado como el del gas vehicular, no quiere decir que este último no tenga unos parámetros definidos en la regulación.
En este sentido, los otros componentes del GNV como el Transporte y la Distribución sí son definidos a través de regulación nacional.
Finalmente, está el componente de la Comercialización, que se determina no solo con la estructura de costos de cada Estación de Servicio, sino además, con observancia al comportamiento de las variables macroeconómicas que se actualizan al cierre de cada año.
Desde Cusianagas ratifican el compromiso de trasladar a sus usuarios los beneficios asociados a la obtención del gas, así como de impulsar todas las acciones necesarias para facilitar su acceso a condiciones de mercado más favorables.
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