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Las consultas populares ya no podrán vetar proyectos extractivos: Corte Constitucional

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Tras varias salas de discusión a propósito de una tutela que presentó la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, el alto tribunal aseguró que a los movimientos ciudadanos no pueden desconocer que el Estado tiene la propiedad del subsuelo. Pero dio dos años al Congreso para legislar al respecto.

La Corte Constitucional zanjó este jueves un amplio debate que se había generado alrededor del uso de las consultas populares para avalar o vetar proyectos extractivos mineros y de hidrocarburos. A la fecha se han realizado nueve consultas Piedras y Cajamarca (Tolima), Tauramena (Casanare), Cabrera y Arbeláez (Cundinamarca), Cumaral (Meta), Pijao (Santander), Sucre y Jesús María (Sucre) y en todas ha ganado el ‘no’ de la ciudadanía. No obstante, esto ya no podrá volver a ocurrir. El alto tribunal acaba de definir que por medio de este mecanismo ya no se podrán frenar las actividades mineras.

La Sala Plena aprobó con una votación 5-1 una ponencia que presentó la magistrada Cristina Pardo Schlesinger que dice que el Estado es el propietario de los recursos del suelo y el subsuelo de la nación, lo cual trasciende los intereses regionales y municipales. Y señala que si el Gobierno central tiene competencias sobre esos recursos, entonces las autoridades territoriales no pueden puedan vetar la explotación de los recursos naturales no renovables.

(Le puede interesar: Consultas populares no pueden vetar proyectos mineros ni energéticos: ponencia)

La ponencia de Pardo agregaba en todo caso que ni la nación ni las entidades territoriales tienen competencias absolutas en materia de explotación de subsuelos y recursos naturales, sino que debe existir una colaboración armónica entre ambos frentes. Por esa razón, el alto tribunal señaló que no existen mecanismos de participación ciudadanapara manifestar su oposición a este tipo de proyecto y dio un plazo de dos años para que el Congreso expida esa regulación de vital importancia ambiental y social para el país.

El origen de esta polémica fue la consulta popular que promovieron algunos habitantes del municipio de Cumaral (Meta) en junio de 2016, cuando trascendió que se iba a adelantar un proyecto de exploración sísmica en su área rural, con fines de búsqueda de hidrocarburos. En ese momento, la Alcaldía de Cumaral expidió un decreto para darle trámite a la consulta y luego, en marzo de 2017, el Tribunal Administrativo del Meta le dio su aprobación jurídica. En el debate previo, la Procuraduría y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado se opusieron a la consulta.

(Le puede interesar: Ponencia en la Corte Constitucional pide que consultas mineras sean la última opción)

El camino escogido por la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, vinculada a la iniciativa de la explotación petrolífera, fue acudir a la acción de tutela. Desde su punto de vista, resultaba cuestionable que mediante la consulta popular se desconociera un contrato legalmente firmado con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Como era de esperarse, al asunto se fueron sumando organismos como Ecopetrol, la Asociación Colombiana de Petróleo (ACP) y la Agencia Nacional de Minería, entre otros, todos interesados en aclarar el asunto.

La ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger también señalaba que así como existe el derecho a la consulta popular como mecanismo de participación ciudadana, en los casos como el de Cumaral también deben tenerse en cuenta los análisis técnicos integrales y el concepto del desarrollo sostenible. Igualmente, señalaba que no hay un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las comunidades puedan contar con información, presentar sus inquietudes u oponerse a proyectos de explotación petrolífera.

(Vea: Consultas y minería, en manos de la Corte Constitucional)

En criterio de la magistrada ponente, hay momentos en que se exige la socialización del proyecto, pero ante la ausencia de espacios de participación, las comunidades se han visto obligadas a utilizar la consulta popular como la forma de expresar sus inquietudes, así no sea el mecanismo idóneo. Este panorama es definido como “un déficit de protección constitucionalmente inadmisible”, porque en el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas y mineras se generan afectaciones ambientales, y por eso se necesitan instrumentos de control.

La propuesta de la ponente Cristina Pardo y que quedó materializada este jueves fue dejar sin efecto la sentencia del Tribunal del Meta de marzo de 2017, instando a este organismo judicial a que elabore otra de reemplazo con los argumentos propuestos por la Corte Constitucional. En cuanto a la ANH, la Agencia Nacional de Minería, los Ministerios de Medio Ambiente y de Minas, o en general todas las entidades involucradas en el tema en discusión, se les reiteró la obligación de crear instancias para fortalecer el diálogo y garantizar que se suministre información suficiente a las comunidades sobre trabajos en sus territorios.

(Vea: Gobierno pide concertación en proyectos mineros y rechaza prohibición popular)

Fuente: www.elespectador.com

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Ya son 7 las personas lesionadas por pólvora en Casanare durante esta época del año

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La Secretaría de Salud de Casanare informó sobre el preocupante aumento de lesiones por pólvora pirotécnica en el departamento durante el periodo de vigilancia intensificada 2025–2026, que abarca del 1 de diciembre de 2025 al 17 de enero de 2026.

Con corte al 25 de diciembre de 2025, se han notificado un total de 7 casos confirmados de lesiones por pólvora, lo que representa un incremento del 75% en comparación con los 4 casos registrados en la misma fecha durante la temporada anterior (2024-2025).

Los casos reportados incluyen un nuevo incidente en las últimas 24 horas y detallan que las lesiones han sido causadas por artefactos como voladores, totes y volcanes. Entre los afectados se encuentran tanto menores de edad como adultos, algunos de los cuales se encontraban bajo los efectos del alcohol o eran observadores de la manipulación de la pólvora.

Otra vez las recomendaciones

La Secretaría de Salud de Casanare, siguiendo las directrices del Ministerio de Salud y Protección Social, insta a la comunidad a adoptar medidas preventivas estrictas. Se recomienda encarecidamente evitar que niños y adolescentes manipulen pólvora o jueguen con fósforos, velas y encendedores, así como impedir su presencia en áreas donde se manipulen estos objetos.

Asimismo, se hace un llamado a no almacenar artefactos pirotécnicos ni sustancias inflamables en los hogares y a dialogar con los menores sobre los riesgos inherentes. Es fundamental abstenerse de manipular pólvora pirotécnica bajo los efectos del alcohol.

Ante un accidente con pólvora, la recomendación principal es trasladar al herido de inmediato al servicio de urgencias más cercano, sin importar la aparente levedad de la quemadura. En caso de no estar cerca de un centro médico, se aconseja retirar la pólvora residual y aplicar agua fría en la lesión durante 10 a 15 minutos, sin usar otras sustancias ni hielo. Para intoxicaciones, no inducir el vómito y llevar el producto ingerido al centro de salud. La Secretaría enfatiza con los lemas: “Que la pólvora no te quite las oportunidades en Casanare” y “La vida es primero la pólvora no es un juego”.

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Suspendida temporalmente la obra de construcción del hospital local de Villanueva

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Red Salud Casanare anunció la suspensión temporal de la construcción del Hospital Local de Villanueva, desde el 16 de diciembre de 2025 y con una duración prevista hasta el 17 de marzo de 2026.

Esta medida se ha tomado debido a aspectos técnicos inherentes al desarrollo del proyecto, los cuales requieren ajustes específicos. El objetivo es asegurar la correcta ejecución de la obra y garantizar el cumplimiento de los estándares de calidad, seguridad y funcionalidad planificados para esta infraestructura de salud.

La entidad reitera su firme compromiso con la comunidad del municipio de Villanueva y con el fortalecimiento de la red pública de servicios de salud en todo el departamento de Casanare.

Se ha informado que se mantendrá una comunicación constante y transparente con la ciudadanía para cualquier novedad relacionada con la reanudación de los trabajos de construcción.

Red Salud Casanare E.S.E. agradece la comprensión de la población, asegurando que este proceso está orientado a la consecución de un proyecto sólido, sostenible y en beneficio directo de todos los habitantes.

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Cinco muertos dejaron accidentes de tránsito en Yopal durante la Navidad

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ACCIDENTES

Una trágica racha de accidentes de tránsito en diferentes vías del municipio de Yopal que dejó como saldo cinco personas fallecidas, se registró durante la celebración de la Navidad, entre los días 24 y 25 de diciembre. Cuatro de las víctimas fatales se movilizaban en motocicletas.

La noche del 24 de diciembre perdieron la vida Fabián Andrés Castaño Reyes y Nicolás Díaz, dos jóvenes que se movilizaban por la vía que conduce hacia Sirivana, donde sufrieron un grave accidente saliéndose de la vía e impactando contra un poste. Uno de los jóvenes falleció en el lugar del accidente, mientras que el otro perdió la vida momentos después en un centro asistencial.

Al día siguiente, hacia el mediodía del 25 de diciembre, se confirmó el fallecimiento de Estiven Cárdenas, aprendiz del Sena del programa de formación Tecnólogo en Implementación y Mantenimiento en Sistemas de Instrumentación y Control de Procesos Industriales y trabajador de la Discoteca Plaza Juárez, quien se accidentó mientras se desplazaba en motocicleta por la diagonal 47 de la capital casanareña, por el sector de los bicicarriles, perdiendo el control del vehículo y golpeándose fuertemente la cabeza. Falleció en el lugar del accidente.

Sobre las 6:00 de la tarde del 25 de diciembre, se presentó otro hecho fatal en el descenso de la vereda Buenavista, donde murió William Gómez, de 65 años, conocido popularmente como “Don Cali”, experimentado conductor de una grúa. quien falleció cuando el vehículo perdió el sistema de frenos en el vertiginoso descenso y se salió de la vía, colisionando contra varios árboles y falleciendo en el lugar del siniestro.

Finalmente, en horas de la noche, se conoció el deceso en centro asistencial de Jhon López, conductor de una motocicleta que resultó gravemente herido en un accidente ocurrido en la calle 24 con carrera 19 de Yopal en choque de dos motocicletas.

Las autoridades de tránsito reiteraron el llamado a la prudencia y al respeto por las normas viales, especialmente durante temporadas festivas, al tiempo que avanzan las investigaciones para establecer las causas de cada uno de los accidentes y determinar posibles responsabilidades.

Con estas cifras, se eleva a 73 el número de personas fallecidas en Yopal durante lo corrido de 2025 en accidentes de tránsito, la gran mayoría de ellas en motocicleta.

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