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Las consultas populares ya no podrán vetar proyectos extractivos: Corte Constitucional

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Tras varias salas de discusión a propósito de una tutela que presentó la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, el alto tribunal aseguró que a los movimientos ciudadanos no pueden desconocer que el Estado tiene la propiedad del subsuelo. Pero dio dos años al Congreso para legislar al respecto.

La Corte Constitucional zanjó este jueves un amplio debate que se había generado alrededor del uso de las consultas populares para avalar o vetar proyectos extractivos mineros y de hidrocarburos. A la fecha se han realizado nueve consultas Piedras y Cajamarca (Tolima), Tauramena (Casanare), Cabrera y Arbeláez (Cundinamarca), Cumaral (Meta), Pijao (Santander), Sucre y Jesús María (Sucre) y en todas ha ganado el ‘no’ de la ciudadanía. No obstante, esto ya no podrá volver a ocurrir. El alto tribunal acaba de definir que por medio de este mecanismo ya no se podrán frenar las actividades mineras.

La Sala Plena aprobó con una votación 5-1 una ponencia que presentó la magistrada Cristina Pardo Schlesinger que dice que el Estado es el propietario de los recursos del suelo y el subsuelo de la nación, lo cual trasciende los intereses regionales y municipales. Y señala que si el Gobierno central tiene competencias sobre esos recursos, entonces las autoridades territoriales no pueden puedan vetar la explotación de los recursos naturales no renovables.

(Le puede interesar: Consultas populares no pueden vetar proyectos mineros ni energéticos: ponencia)

La ponencia de Pardo agregaba en todo caso que ni la nación ni las entidades territoriales tienen competencias absolutas en materia de explotación de subsuelos y recursos naturales, sino que debe existir una colaboración armónica entre ambos frentes. Por esa razón, el alto tribunal señaló que no existen mecanismos de participación ciudadanapara manifestar su oposición a este tipo de proyecto y dio un plazo de dos años para que el Congreso expida esa regulación de vital importancia ambiental y social para el país.

El origen de esta polémica fue la consulta popular que promovieron algunos habitantes del municipio de Cumaral (Meta) en junio de 2016, cuando trascendió que se iba a adelantar un proyecto de exploración sísmica en su área rural, con fines de búsqueda de hidrocarburos. En ese momento, la Alcaldía de Cumaral expidió un decreto para darle trámite a la consulta y luego, en marzo de 2017, el Tribunal Administrativo del Meta le dio su aprobación jurídica. En el debate previo, la Procuraduría y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado se opusieron a la consulta.

(Le puede interesar: Ponencia en la Corte Constitucional pide que consultas mineras sean la última opción)

El camino escogido por la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, vinculada a la iniciativa de la explotación petrolífera, fue acudir a la acción de tutela. Desde su punto de vista, resultaba cuestionable que mediante la consulta popular se desconociera un contrato legalmente firmado con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Como era de esperarse, al asunto se fueron sumando organismos como Ecopetrol, la Asociación Colombiana de Petróleo (ACP) y la Agencia Nacional de Minería, entre otros, todos interesados en aclarar el asunto.

La ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger también señalaba que así como existe el derecho a la consulta popular como mecanismo de participación ciudadana, en los casos como el de Cumaral también deben tenerse en cuenta los análisis técnicos integrales y el concepto del desarrollo sostenible. Igualmente, señalaba que no hay un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las comunidades puedan contar con información, presentar sus inquietudes u oponerse a proyectos de explotación petrolífera.

(Vea: Consultas y minería, en manos de la Corte Constitucional)

En criterio de la magistrada ponente, hay momentos en que se exige la socialización del proyecto, pero ante la ausencia de espacios de participación, las comunidades se han visto obligadas a utilizar la consulta popular como la forma de expresar sus inquietudes, así no sea el mecanismo idóneo. Este panorama es definido como “un déficit de protección constitucionalmente inadmisible”, porque en el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas y mineras se generan afectaciones ambientales, y por eso se necesitan instrumentos de control.

La propuesta de la ponente Cristina Pardo y que quedó materializada este jueves fue dejar sin efecto la sentencia del Tribunal del Meta de marzo de 2017, instando a este organismo judicial a que elabore otra de reemplazo con los argumentos propuestos por la Corte Constitucional. En cuanto a la ANH, la Agencia Nacional de Minería, los Ministerios de Medio Ambiente y de Minas, o en general todas las entidades involucradas en el tema en discusión, se les reiteró la obligación de crear instancias para fortalecer el diálogo y garantizar que se suministre información suficiente a las comunidades sobre trabajos en sus territorios.

(Vea: Gobierno pide concertación en proyectos mineros y rechaza prohibición popular)

Fuente: www.elespectador.com

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Capturado uno de los más buscados por homicidio en Casanare

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En una operación conjunta realizada en el sector del peaje El Charte, en la vía que comunica a Aguazul con Yopal, unidades de la SIJÍN del Departamento de Policía Casanare, en coordinación con la Fiscalía 08 Seccional de Homicidios Dolosos de Yopal, materializaron la captura mediante orden judicial de Edwin Córdoba Cordón, requerido por el delito de homicidio con circunstancias de mayor punibilidad.

El coronel Pablo Javier Galindo Valencia, comandante del Departamento de Policía Casanare, destacó que este sujeto estaba incluido en el Cartel de los Más Buscados por homicidio en el departamento, y este resultado hace parte de las acciones permanentes para fortalecer la seguridad y la convivencia ciudadana en la región.

Los hechos por los que era requerido ocurrieron el 1 de junio de 2025 en el sector de Llano Lindo, en Yopal, donde, en medio de una riña, el capturado habría agredido con arma cortopunzante a la víctima, causándole la muerte con heridas en el cuello y el tórax.

Según el Sistema Penal Oral Acusatorio (SPOA), Córdoba Cordón presenta además dos registros como indiciado por el delito de homicidio.

Tras su aprehensión, fue dejado a disposición de la Fiscalía 08 Seccional de Homicidios Dolosos de Yopal para continuar con el proceso judicial correspondiente.

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Trabajador palmero fue asesinado en la madrugada del lunes festivo en Maní

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En la madrugada de este lunes 17 de noviembre, un hombre identificado como Dairo José Mercado Julio, de 37 años, fue asesinado con arma de fuego en vía pública, en la calle 19 entre carreras 5 y 6 en el municipio de Maní. El hecho ocurrió hacia las 02:27 a.m., cuando la patrulla de vigilancia adelantaba actividades preventivas en el sector.

Según el reporte oficial, los uniformados escucharon una detonación proveniente de la zona de tolerancia y, al llegar, encontraron a una persona tendida sobre el pavimento mientras varias personas señalaban que los responsables serían dos sujetos que se movilizaban en motocicleta y huyeron con rumbo a la invasión La Florida.

La víctima, natural de Barranquilla, presentaba una herida por arma de fuego en la cabeza y falleció en el lugar de los hechos. Mercado Julio era trabajador palmero.

Las autoridades informaron a la Sijín, que asumió los actos urgentes y continúa con la búsqueda de los presuntos agresores.

La Policía hizo un llamado a la comunidad para aportar información que permita avanzar en la investigación.

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Colapso del paso elevado sobre el río Pauto deja sin servicio de gas a San Luis de Palenque

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ENERCA declaró un evento de fuerza mayor tras la emergencia registrada este lunes festivo 17 de noviembre de 2025 a las 2:45 p.m., cuando se presentó una afectación en la red troncal de distribución de gas natural a la altura del paso elevado sobre el río Pauto, estructura que colapsó por causas que aún están en investigación.

Como consecuencia, la compañía anunció la suspensión total del servicio de gas natural en el casco urbano y la zona rural de San Luis de Palenque, mientras se adelantan las labores de verificación, mantenimiento y posterior normalización del sistema.

ENERCA ofreció disculpas a los usuarios por las molestias generadas e hizo un llamado a mantener cerrada la válvula de corte ubicada en el centro de medición de cada vivienda, con el fin de prevenir situaciones de riesgo. Una vez restablecido el servicio, recomendó abrir la válvula de manera gradual para evitar daños en los reguladores.

La empresa aseguró que trabaja para restablecer el servicio en el menor tiempo posible, dependiendo de las condiciones y avances de la intervención en la zona afectada.

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