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Las consultas populares ya no podrán vetar proyectos extractivos: Corte Constitucional

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Tras varias salas de discusión a propósito de una tutela que presentó la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, el alto tribunal aseguró que a los movimientos ciudadanos no pueden desconocer que el Estado tiene la propiedad del subsuelo. Pero dio dos años al Congreso para legislar al respecto.

La Corte Constitucional zanjó este jueves un amplio debate que se había generado alrededor del uso de las consultas populares para avalar o vetar proyectos extractivos mineros y de hidrocarburos. A la fecha se han realizado nueve consultas Piedras y Cajamarca (Tolima), Tauramena (Casanare), Cabrera y Arbeláez (Cundinamarca), Cumaral (Meta), Pijao (Santander), Sucre y Jesús María (Sucre) y en todas ha ganado el ‘no’ de la ciudadanía. No obstante, esto ya no podrá volver a ocurrir. El alto tribunal acaba de definir que por medio de este mecanismo ya no se podrán frenar las actividades mineras.

La Sala Plena aprobó con una votación 5-1 una ponencia que presentó la magistrada Cristina Pardo Schlesinger que dice que el Estado es el propietario de los recursos del suelo y el subsuelo de la nación, lo cual trasciende los intereses regionales y municipales. Y señala que si el Gobierno central tiene competencias sobre esos recursos, entonces las autoridades territoriales no pueden puedan vetar la explotación de los recursos naturales no renovables.

(Le puede interesar: Consultas populares no pueden vetar proyectos mineros ni energéticos: ponencia)

La ponencia de Pardo agregaba en todo caso que ni la nación ni las entidades territoriales tienen competencias absolutas en materia de explotación de subsuelos y recursos naturales, sino que debe existir una colaboración armónica entre ambos frentes. Por esa razón, el alto tribunal señaló que no existen mecanismos de participación ciudadanapara manifestar su oposición a este tipo de proyecto y dio un plazo de dos años para que el Congreso expida esa regulación de vital importancia ambiental y social para el país.

El origen de esta polémica fue la consulta popular que promovieron algunos habitantes del municipio de Cumaral (Meta) en junio de 2016, cuando trascendió que se iba a adelantar un proyecto de exploración sísmica en su área rural, con fines de búsqueda de hidrocarburos. En ese momento, la Alcaldía de Cumaral expidió un decreto para darle trámite a la consulta y luego, en marzo de 2017, el Tribunal Administrativo del Meta le dio su aprobación jurídica. En el debate previo, la Procuraduría y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado se opusieron a la consulta.

(Le puede interesar: Ponencia en la Corte Constitucional pide que consultas mineras sean la última opción)

El camino escogido por la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, vinculada a la iniciativa de la explotación petrolífera, fue acudir a la acción de tutela. Desde su punto de vista, resultaba cuestionable que mediante la consulta popular se desconociera un contrato legalmente firmado con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Como era de esperarse, al asunto se fueron sumando organismos como Ecopetrol, la Asociación Colombiana de Petróleo (ACP) y la Agencia Nacional de Minería, entre otros, todos interesados en aclarar el asunto.

La ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger también señalaba que así como existe el derecho a la consulta popular como mecanismo de participación ciudadana, en los casos como el de Cumaral también deben tenerse en cuenta los análisis técnicos integrales y el concepto del desarrollo sostenible. Igualmente, señalaba que no hay un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las comunidades puedan contar con información, presentar sus inquietudes u oponerse a proyectos de explotación petrolífera.

(Vea: Consultas y minería, en manos de la Corte Constitucional)

En criterio de la magistrada ponente, hay momentos en que se exige la socialización del proyecto, pero ante la ausencia de espacios de participación, las comunidades se han visto obligadas a utilizar la consulta popular como la forma de expresar sus inquietudes, así no sea el mecanismo idóneo. Este panorama es definido como “un déficit de protección constitucionalmente inadmisible”, porque en el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas y mineras se generan afectaciones ambientales, y por eso se necesitan instrumentos de control.

La propuesta de la ponente Cristina Pardo y que quedó materializada este jueves fue dejar sin efecto la sentencia del Tribunal del Meta de marzo de 2017, instando a este organismo judicial a que elabore otra de reemplazo con los argumentos propuestos por la Corte Constitucional. En cuanto a la ANH, la Agencia Nacional de Minería, los Ministerios de Medio Ambiente y de Minas, o en general todas las entidades involucradas en el tema en discusión, se les reiteró la obligación de crear instancias para fortalecer el diálogo y garantizar que se suministre información suficiente a las comunidades sobre trabajos en sus territorios.

(Vea: Gobierno pide concertación en proyectos mineros y rechaza prohibición popular)

Fuente: www.elespectador.com

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En Casanare, designados más de 7.500 jurados de votación para elecciones presidenciales

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La Registraduría Nacional del Estado Civil informa que en el departamento de Casanare fueron designados un total de 7.548 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 6.108 son principales y 1.440 son remanentes.

Los sorteos de los jurados de votación, que fueron previamente postulados por entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas, contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.

Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.

Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación. Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.

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Colegio Braulio González de Yopal recibe 16 computadores para fortalecer su sala de sistemas

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La Institución Educativa Braulio González de Yopal recibió 16 computadores para apoyar los procesos académicos y el acceso a herramientas tecnológicas de sus estudiantes. La entrega fue gestionada por la Secretaría de Educación de Yopal, el Club Rotario Yopal y la empresa Linalca Informática.

La donación se concretó luego de que la secretaria de Educación, Carmenza Motta Rodríguez, expusiera la necesidad tecnológica del plantel. El Club Rotario Yopal adelantó gestiones con Linalca Informática en Bogotá para obtener los equipos.

El rector Jaime Rincón indicó que la institución ha tenido déficit de computadores en la última década, con una relación de un equipo por cada 30 estudiantes. Señaló que los nuevos equipos permitirán adecuar una sala de sistemas para uso de la comunidad educativa.

Estudiantes manifestaron que anteriormente las clases dependían del computador del docente y de algunos celulares. Con los nuevos equipos, tendrán acceso a programas y herramientas digitales para sus actividades. La Secretaría de Educación destacó que la entrega beneficiará a los estudiantes del plantel.

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En Yopal avanza empalme entre el IGAC y Catasig, se evalúan posibles alivios al predial

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El alcalde de Yopal, Marco Tulio Ruíz Riaño, participó en una mesa de trabajo con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, el Departamento Nacional de Planeación y la Gobernación de Casanare, donde se hizo seguimiento al proceso de empalme entre el IGAC y CATASIG.

Durante la jornada se revisaron aspectos técnicos, administrativos y operativos relacionados con la transición del servicio público catastral, que avanza según el cronograma establecido. También se analizaron alternativas frente al impuesto predial y posibles medidas de alivio para la comunidad.

El alcalde señaló que el trabajo conjunto con entidades nacionales y departamentales busca garantizar el desarrollo del proceso y brindar claridad a los contribuyentes sobre los cambios en materia catastral y predial.

En el encuentro se acordó el acompañamiento técnico y jurídico del Ministerio de Hacienda. Además, participaron veedores ciudadanos y líderes sociales en el seguimiento a las acciones relacionadas con el proceso en el municipio.

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