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Las consultas populares ya no podrán vetar proyectos extractivos: Corte Constitucional

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Tras varias salas de discusión a propósito de una tutela que presentó la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, el alto tribunal aseguró que a los movimientos ciudadanos no pueden desconocer que el Estado tiene la propiedad del subsuelo. Pero dio dos años al Congreso para legislar al respecto.

La Corte Constitucional zanjó este jueves un amplio debate que se había generado alrededor del uso de las consultas populares para avalar o vetar proyectos extractivos mineros y de hidrocarburos. A la fecha se han realizado nueve consultas Piedras y Cajamarca (Tolima), Tauramena (Casanare), Cabrera y Arbeláez (Cundinamarca), Cumaral (Meta), Pijao (Santander), Sucre y Jesús María (Sucre) y en todas ha ganado el ‘no’ de la ciudadanía. No obstante, esto ya no podrá volver a ocurrir. El alto tribunal acaba de definir que por medio de este mecanismo ya no se podrán frenar las actividades mineras.

La Sala Plena aprobó con una votación 5-1 una ponencia que presentó la magistrada Cristina Pardo Schlesinger que dice que el Estado es el propietario de los recursos del suelo y el subsuelo de la nación, lo cual trasciende los intereses regionales y municipales. Y señala que si el Gobierno central tiene competencias sobre esos recursos, entonces las autoridades territoriales no pueden puedan vetar la explotación de los recursos naturales no renovables.

(Le puede interesar: Consultas populares no pueden vetar proyectos mineros ni energéticos: ponencia)

La ponencia de Pardo agregaba en todo caso que ni la nación ni las entidades territoriales tienen competencias absolutas en materia de explotación de subsuelos y recursos naturales, sino que debe existir una colaboración armónica entre ambos frentes. Por esa razón, el alto tribunal señaló que no existen mecanismos de participación ciudadanapara manifestar su oposición a este tipo de proyecto y dio un plazo de dos años para que el Congreso expida esa regulación de vital importancia ambiental y social para el país.

El origen de esta polémica fue la consulta popular que promovieron algunos habitantes del municipio de Cumaral (Meta) en junio de 2016, cuando trascendió que se iba a adelantar un proyecto de exploración sísmica en su área rural, con fines de búsqueda de hidrocarburos. En ese momento, la Alcaldía de Cumaral expidió un decreto para darle trámite a la consulta y luego, en marzo de 2017, el Tribunal Administrativo del Meta le dio su aprobación jurídica. En el debate previo, la Procuraduría y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado se opusieron a la consulta.

(Le puede interesar: Ponencia en la Corte Constitucional pide que consultas mineras sean la última opción)

El camino escogido por la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, vinculada a la iniciativa de la explotación petrolífera, fue acudir a la acción de tutela. Desde su punto de vista, resultaba cuestionable que mediante la consulta popular se desconociera un contrato legalmente firmado con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Como era de esperarse, al asunto se fueron sumando organismos como Ecopetrol, la Asociación Colombiana de Petróleo (ACP) y la Agencia Nacional de Minería, entre otros, todos interesados en aclarar el asunto.

La ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger también señalaba que así como existe el derecho a la consulta popular como mecanismo de participación ciudadana, en los casos como el de Cumaral también deben tenerse en cuenta los análisis técnicos integrales y el concepto del desarrollo sostenible. Igualmente, señalaba que no hay un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las comunidades puedan contar con información, presentar sus inquietudes u oponerse a proyectos de explotación petrolífera.

(Vea: Consultas y minería, en manos de la Corte Constitucional)

En criterio de la magistrada ponente, hay momentos en que se exige la socialización del proyecto, pero ante la ausencia de espacios de participación, las comunidades se han visto obligadas a utilizar la consulta popular como la forma de expresar sus inquietudes, así no sea el mecanismo idóneo. Este panorama es definido como “un déficit de protección constitucionalmente inadmisible”, porque en el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas y mineras se generan afectaciones ambientales, y por eso se necesitan instrumentos de control.

La propuesta de la ponente Cristina Pardo y que quedó materializada este jueves fue dejar sin efecto la sentencia del Tribunal del Meta de marzo de 2017, instando a este organismo judicial a que elabore otra de reemplazo con los argumentos propuestos por la Corte Constitucional. En cuanto a la ANH, la Agencia Nacional de Minería, los Ministerios de Medio Ambiente y de Minas, o en general todas las entidades involucradas en el tema en discusión, se les reiteró la obligación de crear instancias para fortalecer el diálogo y garantizar que se suministre información suficiente a las comunidades sobre trabajos en sus territorios.

(Vea: Gobierno pide concertación en proyectos mineros y rechaza prohibición popular)

Fuente: www.elespectador.com

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Con Acción Popular buscan definir si deudas con el IFC de hace cerca de 20 años son irrecuperables

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El concejal de Yopal, Leonardo Infante, interpuso una acción popular con el objetivo de proteger el patrimonio público y la moralidad administrativa frente a los cobros que viene adelantando el Instituto Financiero de Casanare (IFC) sobre antiguas carteras crediticias. Según explicó, la iniciativa surge tras evidenciar inconsistencias entre decisiones de juzgados administrativos, que negaban mandamientos de pago, y juzgados civiles que sí los otorgaban, permitiendo embargos a ciudadanos por deudas que podrían estar prescritas.

Infante señaló que el IFC ha continuado con procesos de cobro, incluso mediante la modalidad de cobro coactivo, afectando a numerosos casanareños con embargos sobre cuentas, viviendas, vehículos y salarios, en algunos casos por valores superiores a las deudas originales. Además, advirtió que varias decisiones judiciales recientes han empezado a revertir estos procesos, ordenando levantar embargos, devolver recursos retenidos y condenar en costas al Instituto, es decir, que el IFC debe asumir los costos del abogado del demandante.

Que se haga claridad sobre las deudas

El cabildante también cuestionó el actuar jurídico del IFC, al asegurar que se estarían utilizando sentencias desactualizadas para sustentar cobros, pese a existir fallos posteriores que las contradicen. A su juicio, esta situación no solo genera incertidumbre jurídica, sino que podría derivar en un detrimento patrimonial para la entidad, teniendo en cuenta los costos de los procesos y eventuales demandas de los afectados.

Con la acción popular, el concejal busca que la justicia defina de fondo si estas deudas deben seguir siendo cobradas o si, por el contrario, deben ser consideradas irrecuperables. Asimismo, pretende que se establezca un criterio unificado que brinde claridad tanto a la administración departamental como a los ciudadanos, muchos de los cuales han accedido a acuerdos de pago o han sido objeto de medidas cautelares en medio de un panorama jurídico aún incierto.

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Delincuente herido tras fallido asalto a SuperGIROS en Yopal; Policía busca a su cómplice

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Un hombre herido por arma de fuego llegó al Hospital Central de Yopal (Antiguo Materno Infantil) tras ser abandonado por su cómplice, luego de un fallido intento de hurto registrado en pleno centro de la ciudad la noche del martes santo. Las autoridades confirmaron que el sujeto estaría implicado en el asalto frustrado a un punto de Supergiros ubicado en pleno centro de la ciudad, por lo que de inmediato se desplegó un operativo para ubicar al segundo responsable.

El hecho se presentó en la calle 10 con carreras 20 y 21, donde dos hombres que se movilizaban en motocicleta ingresaron al establecimiento aprovechando la lluvia que a esa hora caía sobre la ciudad. Según información preliminar, los individuos portaban armas traumáticas e intimidaron al personal con la intención de cometer el robo.

La rápida reacción del vigilante evitó el hurto. El guarda de seguridad accionó su arma de fuego e impactó a uno de los atacantes en una pierna, generando un intercambio de disparos en el lugar. Durante el enfrentamiento, uno de los delincuentes disparó contra el trabajador, quien recibió un impacto en el pecho, pero el proyectil, al parecer de goma, fue contenido por su chaleco de protección.

Tras lo ocurrido, los sospechosos huyeron sin lograr su objetivo, mientras la Policía adelanta las investigaciones para esclarecer los hechos y dar con el paradero del segundo implicado.

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Estos son los nuevos plazos para descuentos en pago del Impuesto Predial en Yopal

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En plenaria del Concejo Municipal fue aprobado el Proyecto de Acuerdo No. 005, una medida que amplía los plazos para que los contribuyentes de Yopal accedan a descuentos por pronto pago del impuesto predial, así como a la opción de pago por cuotas sin intereses.

La decisión representa un alivio para los ciudadanos, quienes ahora contarán con más tiempo para ponerse al día con sus obligaciones tributarias y aprovechar los incentivos económicos dispuestos por la alcaldía de Yopal, en cabeza del mandatario Marco Tulio Ruíz.

De acuerdo con lo aprobado, los predios no sujetos a los límites de la ley 44 de 1990 tendrán un descuento del 30% si realizan el pago antes del 31 de mayo de 2026 (este beneficio es aplicable únicamente para quienes cancelaron la vigencia 2025 en octubre del año anterior). posteriormente, podrán acceder a un 20% de descuento antes del 31 de julio y un 10% antes del 30 de septiembre de 2026.

Por su parte, los predios sujetos a los límites legales contarán con un 15% de descuento si pagan antes del 31 de mayo, un 10% antes del 31 de julio y un 5% si cancelan antes del 30 de septiembre del 2026. Además, el acuerdo contempla la ampliación de los plazos para el pago por cuotas sin intereses, una alternativa que busca facilitar el cumplimiento de esta obligación, especialmente para quienes requieren distribuir el valor del impuesto en varios periodos.

Desde la Administración Municipal se destacó que esta medida no solo brinda mayor flexibilidad a los contribuyentes, sino que también contribuye a fortalecer la cultura de pago y el recaudo de recursos que se destinan a la inversión social y al desarrollo de la ciudad.

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