CASANARE
Las consultas populares ya no podrán vetar proyectos extractivos: Corte Constitucional

Tras varias salas de discusión a propósito de una tutela que presentó la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, el alto tribunal aseguró que a los movimientos ciudadanos no pueden desconocer que el Estado tiene la propiedad del subsuelo. Pero dio dos años al Congreso para legislar al respecto.
La Corte Constitucional zanjó este jueves un amplio debate que se había generado alrededor del uso de las consultas populares para avalar o vetar proyectos extractivos mineros y de hidrocarburos. A la fecha se han realizado nueve consultas Piedras y Cajamarca (Tolima), Tauramena (Casanare), Cabrera y Arbeláez (Cundinamarca), Cumaral (Meta), Pijao (Santander), Sucre y Jesús María (Sucre) y en todas ha ganado el ‘no’ de la ciudadanía. No obstante, esto ya no podrá volver a ocurrir. El alto tribunal acaba de definir que por medio de este mecanismo ya no se podrán frenar las actividades mineras.
La Sala Plena aprobó con una votación 5-1 una ponencia que presentó la magistrada Cristina Pardo Schlesinger que dice que el Estado es el propietario de los recursos del suelo y el subsuelo de la nación, lo cual trasciende los intereses regionales y municipales. Y señala que si el Gobierno central tiene competencias sobre esos recursos, entonces las autoridades territoriales no pueden puedan vetar la explotación de los recursos naturales no renovables.
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La ponencia de Pardo agregaba en todo caso que ni la nación ni las entidades territoriales tienen competencias absolutas en materia de explotación de subsuelos y recursos naturales, sino que debe existir una colaboración armónica entre ambos frentes. Por esa razón, el alto tribunal señaló que no existen mecanismos de participación ciudadanapara manifestar su oposición a este tipo de proyecto y dio un plazo de dos años para que el Congreso expida esa regulación de vital importancia ambiental y social para el país.
El origen de esta polémica fue la consulta popular que promovieron algunos habitantes del municipio de Cumaral (Meta) en junio de 2016, cuando trascendió que se iba a adelantar un proyecto de exploración sísmica en su área rural, con fines de búsqueda de hidrocarburos. En ese momento, la Alcaldía de Cumaral expidió un decreto para darle trámite a la consulta y luego, en marzo de 2017, el Tribunal Administrativo del Meta le dio su aprobación jurídica. En el debate previo, la Procuraduría y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado se opusieron a la consulta.
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El camino escogido por la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, vinculada a la iniciativa de la explotación petrolífera, fue acudir a la acción de tutela. Desde su punto de vista, resultaba cuestionable que mediante la consulta popular se desconociera un contrato legalmente firmado con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Como era de esperarse, al asunto se fueron sumando organismos como Ecopetrol, la Asociación Colombiana de Petróleo (ACP) y la Agencia Nacional de Minería, entre otros, todos interesados en aclarar el asunto.
La ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger también señalaba que así como existe el derecho a la consulta popular como mecanismo de participación ciudadana, en los casos como el de Cumaral también deben tenerse en cuenta los análisis técnicos integrales y el concepto del desarrollo sostenible. Igualmente, señalaba que no hay un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las comunidades puedan contar con información, presentar sus inquietudes u oponerse a proyectos de explotación petrolífera.
(Vea: Consultas y minería, en manos de la Corte Constitucional)
En criterio de la magistrada ponente, hay momentos en que se exige la socialización del proyecto, pero ante la ausencia de espacios de participación, las comunidades se han visto obligadas a utilizar la consulta popular como la forma de expresar sus inquietudes, así no sea el mecanismo idóneo. Este panorama es definido como “un déficit de protección constitucionalmente inadmisible”, porque en el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas y mineras se generan afectaciones ambientales, y por eso se necesitan instrumentos de control.
La propuesta de la ponente Cristina Pardo y que quedó materializada este jueves fue dejar sin efecto la sentencia del Tribunal del Meta de marzo de 2017, instando a este organismo judicial a que elabore otra de reemplazo con los argumentos propuestos por la Corte Constitucional. En cuanto a la ANH, la Agencia Nacional de Minería, los Ministerios de Medio Ambiente y de Minas, o en general todas las entidades involucradas en el tema en discusión, se les reiteró la obligación de crear instancias para fortalecer el diálogo y garantizar que se suministre información suficiente a las comunidades sobre trabajos en sus territorios.
(Vea: Gobierno pide concertación en proyectos mineros y rechaza prohibición popular)
Fuente: www.elespectador.com
CASANARE
Delincuentes disfrazados de policías robaron vivienda de exclusivo Conjunto de Yopal

La tranquilidad de uno de los conjuntos residenciales más exclusivos de Yopal fue sacudida en la madrugada de este miércoles 3 de septiembre, cuando siete hombres disfrazados de policías en dos vehículos, perpetraron un millonario hurto en una vivienda ubicada en Valle de Los Guarataros.
El hecho ocurrió hacia las 3:30 de la mañana, cuando los delincuentes llegaron a la portería portando chaquetas y gorras similares a las utilizadas por unidades de la SIJÍN de la Policía Nacional y con una aparente orden de allanamiento. Con este ardid lograron ingresar sin mayores obstáculos y se dirigieron directamente a la casa de la víctima, lo que evidencia información privilegiada sobre el lugar y la persona afectada.
“Lo extraño es que normalmente a la Policía no la dejan ingresar cuando pasamos a hacer ronda, argumentando temas de seguridad, pero en la madrugada si dejaron entrar a los que llegaron al conjunto”, reveló una fuente policial consultada por El Diario del Llano.
Lo que también resulta extraño, es que el sistema de cámaras de seguridad del conjunto estaba fuera de servicio por presuntas labores de mantenimiento, coincidencia que genera dudas entre los residentes.
En la vivienda afectada había una persona, a quien le manifestaron que se trataba de un allanamiento, y al ingresar redujeron a esa persona para proceder a llevarse la suma de $100 millones de pesos en efectivo que habían en la vivienda, además de algunas joyas. Los sujetos huyeron de la misma forma en que llegaron, sin dejar rastro.
Allí reside el Alcalde
Lo ocurrido ha causado gran preocupación entre los habitantes del sector, donde residen reconocidos empresarios, políticos y hasta el propio alcalde de Yopal. Este episodio deja en entredicho la efectividad de la seguridad privada y pone de relieve la vulnerabilidad de la ciudad frente a organizaciones criminales altamente coordinadas.
Analistas consultados señalan que la operación demuestra un nivel de especialización inusual en la delincuencia local y advierten que hechos como este deben encender las alarmas de las autoridades. La ciudadanía, entre tanto, exige acciones contundentes para frenar la ola de inseguridad que golpea incluso a los sectores residenciales que se creían más seguros de Yopal.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Gran gestión, $7.647 millones adicionales se lograron para el PAE de Yopal de 2026

Conseguir los recursos para el PAE cada año implica una lucha permanente ante distintas instancias, para garantizar la prestación del servicio por los 180 días que determina la norma, para cubrir todo el calendario escolar.
Esa razón llevó a que desde el inicio del año se radicaran varios oficios ante la Unidad Administrativa de Alimentación Escolar – UAPA , argumentando la necesidad que tenía Yopal, porque en todas las vigencias, no se ha contado con la totalidad de los recursos para cubrir el calendario escolar.
Para complementar esta petición, han asistido a Bogotá en varias oportunidades, el alcalde de Yopal, Marco Tulio Ruíz y el secretario de Educación, David Díaz Sánchez, a reunirse con el director Nacional de la UAPA, logrando que se incrementara la cifra que anualmente se transfiere al municipio de Yopal que ascendía a 13.247 millones de pesos y para el 2026 ya anunciaron que el giro será de 20.894, es decir 7.647 millones de pesos adicionales.
“Realmente es un alivio financiero porque todos los años estamos realizando gestiones y muchas veces la respuesta es que no hay recursos, sin embargo, en esta oportunidad las noticias son positivas”, afirmó David Díaz Sánchez, secretario de Educación de Yopal.
Otro aspecto a favor del municipio, es que luego de que la UAPA implementara la herramienta de seguimiento de los Planes Financieros Territoriales, Yopal fue el primer municipio en el país en entregar este informe que evalúa los aspectos financiero, de calidad e inocuidad, de cobertura y desde la nutrición.
“Agradecemos a la UAPA, porque con estos nuevos recursos, que nos ayudan a garantizar la prestación del servicio del PAE para vigencia 2026”, agregó el secretario Díaz Sánchez.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Destituido e inhabilitado por 16 años exsecretario de la Personería de Pore, por peculado

Por apropiarse de recursos públicos mediante transferencias irregulares desde la cuenta institucional a su cuenta personal, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 16 años al entonces secretario de la Personería Municipal de Pore, Casanare, Ariel Colmenares Ovejero (2021).
En fallo de primera instancia, el Ente de Control comprobó que, entre enero y octubre de 2021, el disciplinado realizó 30 operaciones bancarias por valor total de $ 67’104.000, sin ningún tipo de soporte administrativo, lo que imposibilitó el pago de salarios, primas y aportes a seguridad social de otros funcionarios, afectando gravemente el servicio público.
Alegaron problemas mentales
A pesar de que la defensa alegó problemas de salud mental y puso en tela de juicio su calidad de ordenador del gasto, las pruebas documentales y testimoniales confirmaron que Colmenares tenía manejo de la cuenta corriente oficial y utilizó estos fondos en beneficio propio.
El Ministerio Público calificó la conducta como falta gravísima a título de dolo, al evidenciar que Colmenares Ovejero actuó con pleno conocimiento de la ilicitud de sus actos, repitiéndolos en múltiples oportunidades y generando daño al patrimonio del Estado.
Fuente: El Diario del Llano
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