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Las consultas populares ya no podrán vetar proyectos extractivos: Corte Constitucional

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Tras varias salas de discusión a propósito de una tutela que presentó la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, el alto tribunal aseguró que a los movimientos ciudadanos no pueden desconocer que el Estado tiene la propiedad del subsuelo. Pero dio dos años al Congreso para legislar al respecto.

La Corte Constitucional zanjó este jueves un amplio debate que se había generado alrededor del uso de las consultas populares para avalar o vetar proyectos extractivos mineros y de hidrocarburos. A la fecha se han realizado nueve consultas Piedras y Cajamarca (Tolima), Tauramena (Casanare), Cabrera y Arbeláez (Cundinamarca), Cumaral (Meta), Pijao (Santander), Sucre y Jesús María (Sucre) y en todas ha ganado el ‘no’ de la ciudadanía. No obstante, esto ya no podrá volver a ocurrir. El alto tribunal acaba de definir que por medio de este mecanismo ya no se podrán frenar las actividades mineras.

La Sala Plena aprobó con una votación 5-1 una ponencia que presentó la magistrada Cristina Pardo Schlesinger que dice que el Estado es el propietario de los recursos del suelo y el subsuelo de la nación, lo cual trasciende los intereses regionales y municipales. Y señala que si el Gobierno central tiene competencias sobre esos recursos, entonces las autoridades territoriales no pueden puedan vetar la explotación de los recursos naturales no renovables.

(Le puede interesar: Consultas populares no pueden vetar proyectos mineros ni energéticos: ponencia)

La ponencia de Pardo agregaba en todo caso que ni la nación ni las entidades territoriales tienen competencias absolutas en materia de explotación de subsuelos y recursos naturales, sino que debe existir una colaboración armónica entre ambos frentes. Por esa razón, el alto tribunal señaló que no existen mecanismos de participación ciudadanapara manifestar su oposición a este tipo de proyecto y dio un plazo de dos años para que el Congreso expida esa regulación de vital importancia ambiental y social para el país.

El origen de esta polémica fue la consulta popular que promovieron algunos habitantes del municipio de Cumaral (Meta) en junio de 2016, cuando trascendió que se iba a adelantar un proyecto de exploración sísmica en su área rural, con fines de búsqueda de hidrocarburos. En ese momento, la Alcaldía de Cumaral expidió un decreto para darle trámite a la consulta y luego, en marzo de 2017, el Tribunal Administrativo del Meta le dio su aprobación jurídica. En el debate previo, la Procuraduría y la Agencia de Defensa Jurídica del Estado se opusieron a la consulta.

(Le puede interesar: Ponencia en la Corte Constitucional pide que consultas mineras sean la última opción)

El camino escogido por la empresa Mansarovar Energy Colombia Limitada, vinculada a la iniciativa de la explotación petrolífera, fue acudir a la acción de tutela. Desde su punto de vista, resultaba cuestionable que mediante la consulta popular se desconociera un contrato legalmente firmado con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Como era de esperarse, al asunto se fueron sumando organismos como Ecopetrol, la Asociación Colombiana de Petróleo (ACP) y la Agencia Nacional de Minería, entre otros, todos interesados en aclarar el asunto.

La ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger también señalaba que así como existe el derecho a la consulta popular como mecanismo de participación ciudadana, en los casos como el de Cumaral también deben tenerse en cuenta los análisis técnicos integrales y el concepto del desarrollo sostenible. Igualmente, señalaba que no hay un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual las comunidades puedan contar con información, presentar sus inquietudes u oponerse a proyectos de explotación petrolífera.

(Vea: Consultas y minería, en manos de la Corte Constitucional)

En criterio de la magistrada ponente, hay momentos en que se exige la socialización del proyecto, pero ante la ausencia de espacios de participación, las comunidades se han visto obligadas a utilizar la consulta popular como la forma de expresar sus inquietudes, así no sea el mecanismo idóneo. Este panorama es definido como “un déficit de protección constitucionalmente inadmisible”, porque en el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas y mineras se generan afectaciones ambientales, y por eso se necesitan instrumentos de control.

La propuesta de la ponente Cristina Pardo y que quedó materializada este jueves fue dejar sin efecto la sentencia del Tribunal del Meta de marzo de 2017, instando a este organismo judicial a que elabore otra de reemplazo con los argumentos propuestos por la Corte Constitucional. En cuanto a la ANH, la Agencia Nacional de Minería, los Ministerios de Medio Ambiente y de Minas, o en general todas las entidades involucradas en el tema en discusión, se les reiteró la obligación de crear instancias para fortalecer el diálogo y garantizar que se suministre información suficiente a las comunidades sobre trabajos en sus territorios.

(Vea: Gobierno pide concertación en proyectos mineros y rechaza prohibición popular)

Fuente: www.elespectador.com

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Lo citaron y le llegó la muerte, asesinan un hombre en la Marginal del Llano, frente al nuevo Terminal de Yopal

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Un hombre identificado como Danny Arley Méndez Gutiérrez, conocido con el alias de “Gato”, fue asesinado la noche de este lunes 23 de febrero en zona rural de Yopal. El ataque ocurrió hacia las 9:10 p.m. en la vereda Upamena, sobre la vía Marginal del Llano que comunica Yopal con Aguazul, frente al sector donde se construye el nuevo Terminal de Transportes.

De acuerdo con la información preliminar, la víctima llegó al lugar en una motocicleta de placas FDU63H en compañía de su pareja sentimental, luego de haber sido citado presuntamente por una mujer. Al arribar al sitio, fue abordado por dos sujetos que, sin mediar palabra, le dispararon en repetidas ocasiones y posteriormente huyeron a pie hacia una zona boscosa cercana.

Había sido condenado por homicidio

Según fuentes oficiales, Méndez Gutiérrez registraba antecedentes judiciales en calidad de investigado por delitos como hurto calificado, lesiones personales y había sido condenado por homicidio. Además, había estado privado de la libertad durante 10 años por el homicidio el 01 de diciembre de 2012 del comerciante Juan Manuel Patiño, propietario de la empresa Figurados del Casanare durante un atraco, y se encontraba actualmente en libertad condicional.

Según labores de inteligencia, Méndez Gutiérrez se dedicaba al expendido de estupefacientes, y era una de las personas que coordinaba el ingreso de estupefacientes al centro carcelario La Guafilla, mediante la modalidad de lanzado desde la parte externa a los patios.

Las autoridades adelantan labores investigativas para establecer los móviles del crimen y dar con el paradero de los responsables.

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Facturas de predial en Yopal estarán disponible desde este miércoles, tras ajustes técnicos

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El secretario de Hacienda de Yopal, Fernando Corregidor, y la directora de Rentas Municipales, Janifer Torres, respondieron a la preocupación de la comunidad por la demora en la expedición de las facturas del impuesto predial 2026, asegurando que los recibos estarían disponibles para descarga a partir de este miércoles, una vez el proveedor del software y el área TIC certifiquen que la información quedó completamente ajustada.

Según explicó Corregidor, la Administración recibió el 2 de enero la base catastral con información de 86.000 predios —60.000 urbanos y 26.000 rurales—, pero tras la revisión inicial se detectaron inconsistencias, entre ellas más de mil predios sin identificación completa del propietario y cambios erróneos en la clasificación de algunos sectores, como el caso de la urbanización San Marcos, que aparecía nuevamente como rural. Estas diferencias obligaron a devolver la información al gestor catastral y a realizar una verificación uno a uno antes de autorizar la facturación.

Revisión “minuciosa y técnica”

La directora de Rentas señaló que la revisión fue “minuciosa y técnica”, analizando destino, estrato, avalúo, tarifas y parámetros legales aplicables a cada inmueble. Aunque advirtió que pueden presentarse casos puntuales por corregir, invitó a los contribuyentes a descargar la factura con tranquilidad y acudir a la Secretaría de Hacienda o escribir al correo oficial en caso de inconsistencias. También confirmó que se mantienen los descuentos por pronto pago hasta el 31 de marzo y que continúa habilitado el sistema alternativo por cuotas.

Desde la Administración Municipal reiteraron que el avalúo base es competencia del gestor catastral y que, para 2026, los predios —especialmente en el sector rural— solo tendrán el incremento correspondiente al IPC. Finalmente, insistieron en que la demora obedeció exclusivamente a ajustes técnicos para evitar errores masivos en la liquidación y garantizar que, a partir del miércoles, los recibos puedan descargarse de forma definitiva.

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Usuarios de Capresoca EPS del norte de Casanare serán atendidos en el Centro de Especialistas Manare

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Capresoca EPS informa a sus usuarios, especialmente a los residentes en el norte del departamento de Casanare,  que suscribió contrato con el Centro Especialistas Manare-CEM, con sede en el municipio de Paz de Ariporo, para mejorar la oportunidad en el acceso a consultas especializadas y ayudas diagnósticas, así reducir su traslado hasta Yopal a estas valoraciones.

La población afiliada puede acceder a consultas con especialistas en neurología, neurocirugía, medicina interna, dermatología, pediatría, cirugía vascular, cardiología, ortopedia y traumatología.

En lo referente a ayudas diagnósticas,  los usuarios tienen garantizado el servicio de ecografías, donde se incluyen obstétricas, ginecológicas, de abdomen total, articular, renal, muscular, entre otras.

También están cubiertos servicios como mapa de tensión arterial, electrocardiograma y ecocardiograma; estudios doppler y holter 24 horas.

El Centro de Especialistas de Manare está ubicado en la calle 8 N° 8-50 barrio Las Villas en Paz de Ariporo, y cuenta con estas líneas de contacto telefónico y WhatsApp para la atender inquietudes y orientar a los afiliados: 3202542082-3176299899.

Previo al agendamiento de sus consultas, se recomienda a los usuarios realizar la gestión de su autorización de servicios, en las oficinas de Atención al Usuario de Capresoca EPS.

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