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La mala hora de Corporinoquia, de encargo en encargo por demandas y suspensiones
La Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia, Corporinoquia, pareciera estar condenada a no contar con un Director en propiedad que tome las riendas de la entidad ambientalista y la lleve por los caminos que administrativa y operativamente debe tomar.
Desde el pasado 30 de octubre de 2019, cuando se eligió a Doris Bernal Cárdenas como la sucesora de Martha Plazas Roa para que asumiera a partir del primero de enero de 2020 la Dirección General de Corporinoquia, se han presentado una serie de órdenes o mandatos judiciales que han sumido a Corporinoquia en una seguidilla de encargos, que a la fecha no permiten tener un Director en propiedad.
Demandas y encargos
Tras la elección de Doris Bernal Cárdenas fueron presentadas tres (3) demandas ante el Consejo de Estado, que actualmente cursan trámite en la Sección Quinta del mencionado organismo.
El 12 de diciembre de 2019, el Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los efectos jurídicos del Acuerdo por medio del cual se designó a Bernal Cárdenas como Directora de Corporinoquia.
Acogiendo la decisión proferida por el Consejo de Estado, el Consejo Directivo de Corporinoquia designó como Directora encargada a Dolia Jenny Gámez Cala, el 31 de diciembre de 2019.
A esta designación también la demandaron, y actualmente la Sección Quinta del Consejo de Estado dá trámite a dos (2) demandas de acción de nulidad electoral, cada una de estas acompañada de la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional.
El pasado 05 de marzo de 2020, el Consejo de Estado decretó la suspensión del encargo de Dolia Jenny Gámez Cala como Directora General, quedando nuevamente Corporinoquia acéfala y al garete.
Ante esta situación, a través de un comunicado Corporinoquia informó que ha asumido las funciones de Director General el Secretario General de la Corporación, Jorge Andrés Mariño Álvarez, hasta tanto el Consejo Directivo decida si lo ratifica o designa otro de los empleados del nivel directivo o asesor que cumpla con los requisitos para el cargo de Director General.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago
Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.
De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.
Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.
Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.
Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.
Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.
La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.


