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Magistrados de la JEP recibieron informe de los “falsos positivos” cometidos en Casanare

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FALSOS POSITIVOS

La Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP), la Corporación Social Para la asesoría y Capacitación Comunitaria (Cospacc), con el respaldo del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice), entregaron esta mañana en Yopal, el informe “Ni delincuentes, ni combatientes: Informe sobre ejecuciones extrajudiciales cometidas por integrantes de la XVI Brigada del Ejército Nacional entre 2005 y junio de 2007” a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

El informe da cuenta de contextos, patrones, modus operandi y presuntos responsables de una serie de ejecuciones extrajudiciales cometidas en los departamentos de Casanare y Boyacá. A partir del proceso de acompañamiento y representación de familiares de víctimas, las organizaciones realizaron el estudio de 12 casos en los que se recogen 20 víctimas de presuntas ejecuciones extrajudiciales. Estas son atribuibles a la XVI Brigada de la IV División del Ejército Nacional, que vincula responsabilidades de alrededor de 50 militares y al entonces Coronel Henry William Torres Escalante, primer General del Ejército llamado a juicio por su participación en ejecuciones extrajudiciales y actualmente compareciente ante la JEP.

El análisis del CSPP estableció que de las 9 unidades militares que componen la XVI Brigada, 7 de ellas tuvieron una participación activa en la comisión de las ejecuciones. Después de identificar algunos criterios adoptados en una posible fase de planeación de la ejecución, el análisis de diversos métodos de encubrimiento, y finalmente, los mecanismos de impunidad en la jurisdicción penal militar y jurisdicción ordinaria, estos fueron algunos de los patrones identificados en el Informe:

i) En todos los casos existió simulación de combate.
ii) El levantamiento de los cuerpos se realizó por la misma tropa que efectuó el operativo en los que resultaron muertas las víctimas.
iii) En todos los casos existió una decisión favorable a los militares en la jurisdicción penal militar.
iv) Si bien la generalidad de casos estudiados en el país reporta que las víctimas eran de mediana edad, entre los casos del presente informe se encuentran 4 menores de edad, 1 persona con condición especial de salud de otro departamento, 1 adulto mayor y 1 mujer en estado de embarazo.
v) De las 20 víctimas, 17 fueron señaladas por supuestos informantes o un documento de inteligencia que vinculaba a las víctimas con grupos guerrilleros.
vi) En más de la mitad de los casos, el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) Seccional Casanare, tuvo un rol activo en las ejecuciones documentadas, ya sea realizando informes de inteligencia que vinculaban a las víctimas con grupos insurgentes o participando directamente de las operaciones junto con militares de la XVI Brigada.
vii) La mayoría de las presuntas ejecuciones del presente Informe se cometieron en 2007, coincidiendo con el periodo de la comandancia del entonces CR Henry Willaim Torres Escalante y el entonces comandante de las Fuerzas Militares, GR Mario Montoya Uribe (2006-2008).
En otros capítulos del documento, se caracterizó la región donde se presentaron los casos (Departamento de Casanare y la antigua Provincia La Libertad de Boyacá). Además, se presentó la dinámica del conflicto y los grupos armados en Casanare desde la consolidación de los grupos insurgentes hasta el actuar de grupos paramilitares de las Autodefensas Campesinas del Casanare (ACC) y el Bloque Centauros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

ACTUALESMagistrados Óscar Parra y Catalina Díaz de la Sala de Reconocimiento de la JEP, sobre recepción del informe de "falsos positivos" en Casanare, entregado esta mañana en Yopal.

Posted by El Diario Del Llano on Thursday, August 16, 2018

Las cifras

Actualmente es incierto el número de ejecuciones extrajudiciales en modalidad de falsos positivos. Según la Fiscalía General de la Nación, Casanare fue el segundo departamento que más registró muertes de inocentes presentados como bajas en combate por el Ejército Nacional, superado únicamente por Antioquia.

De acuerdo a los informes iniciales de la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos – CCEEU (2012), entre 2002 y 2008 se registraron al menos 82 casos que llevaron a la detención de más de 70 integrantes de la Brigada XVI. Desde 2015, la Fiscalía General de la Nación adelanta 58 procesos contra miembros del Batallón de Infantería No. 44 “Coronel Ramón Nonato Pérez”, tan solo uno de los batallones que componen la Brigada, al que se han atribuido 63 víctimas.

Esta diferencia de cifras entre los informes de la CCEEU y las cifras presentadas por la Fiscalía General de la Nación en 2015 de solo uno de los Batallones que componen la XVI Brigada, suponen la existencia de un subregistro. En Casanare, la falta de registros puede exceder las 300 posibles víctimas de ejecuciones extrajudiciales.

En la actualidad, los casos se siguen presentando y denunciando en diferentes lugares del país. Según el último informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en 2017 se presentaron al menos 11 muertes de civiles que fueron presentadas como bajas en combate en Arauca, Bolívar, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Norte de Santander y Tolima.

Este es el primer informe que entregan las organizaciones de derechos humanos a la JEP sobre ejecuciones extrajudiciales, como una contribución para la satisfacción de los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. El documento espera brindar elementos para la comprensión del fenómeno de las ejecuciones extrajudiciales como una práctica generalizada y sistemática de vulneración de derechos, que afectó especialmente a la población campesina de la zona.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales

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La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.

Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.

La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.

Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.

Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.

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Discusión en una tienda terminó en homicidio en Tauramena, homicida está identificado

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arma disparo

Un nuevo hecho de violencia sacudió al municipio de Tauramena la tarde del 21 de febrero de 2026. Sobre las 6:12 p.m., en la vereda Cabañas, fue ultimado con arma de fuego el ciudadano Jaime Orlando León Sierra, en circunstancias que son materia de investigación por parte de las autoridades.

De acuerdo con la información preliminar, la víctima se encontraba departiendo bebidas embriagantes en una tienda del sector cuando fue abordado por otro hombre que también permanecía en el establecimiento. Entre ambos se habría generado una discusión, al parecer por linderos de un predio, que escaló rápidamente, momento en el que el presunto agresor desenfundó un arma de fuego y disparó contra León Sierra, causándole la muerte en el lugar.

Tras el ataque, el señalado responsable huyó en una motocicleta color negro con azul con rumbo hacia la zona rural. Las autoridades confirmaron que el presunto agresor ya está plenamente identificado y adelantan labores para lograr su captura en el menor tiempo posible.

Según información conocida, el hombre registra antecedentes en calidad de investigado por delitos como homicidio, lesiones personales, daño en bien ajeno, violencia intrafamiliar, porte ilegal de armas, amenazas y acceso carnal. Testigos lo describen como una persona con comportamiento violento cuando consume licor. El caso quedó en manos de los organismos competentes, que avanzan en la recolección de pruebas y testimonios.

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Condenado a más de 30 años de cárcel por feminicidio de su compañera sentimental en Yopal

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A 31 años y 3 meses de prisión fue condenado Olegario Mendivelso, de 55 años, por el feminicidio agravado de su compañera sentimental Fidelia Tarache Tumay, en hechos ocurridos el pasado 25 de septiembre de 2025 en zona rural de Yopal. La decisión fue adoptada por un juez de conocimiento, quien avaló el preacuerdo suscrito con la Fiscalía General de la Nación.

De acuerdo con las pruebas recopiladas por el ente acusador, el hoy sentenciado llegó hasta la finca donde trabajaba la víctima e ingresó a la vivienda por una ventana. Una vez dentro, la atacó con un arma cortopunzante, causándole múltiples heridas que le provocaron la muerte. Según la investigación, el ataque se originó porque la víctima no quería continuar con la relación.

El fallo judicial también impuso como pena accesoria la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años, además de la suspensión de cualquier mecanismo sustitutivo o subrogado penal.

La sentencia es de primera instancia y contra ella proceden los recursos de ley. Con este resultado, la Fiscalía destacó el avance del proceso judicial y la sanción impuesta por este crimen que enluta a una familia en el departamento de Casanare.

Lea también: Nuevo feminicidio en Yopal en San Rafael de Morichal, homicida fue capturado

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