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Juntas de Acción Comunal podrán crear empresas o proyectos para financiarse

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JAC

Se sancionó la Ley 1989 de 2019, en la que se establecen los derechos y garantías para las personas que hacen parte de las Juntas de Acción Comunal (JAC).

La norma establece que quien ejerza “la representación legal de un organismo de acción comunal podrá percibir ingresos provenientes de los recursos propios generados por el organismo, para gastos de representación previa reglamentación en estatutos y autorización de la asamblea respectiva”.

De la misma manera, la ley prevé que las autoridades municipales deberán atender a los representantes de las JAC dos veces por mes, con el fin de analizar las necesidades de cada una de las zonas que representan.

También determina que una vez al año, el alcalde de la autoridad territorial en la que funcione la junta, deberá atenderla, en una jornada de un día, para conocer las inquietudes y necesidades que estos representantes de las comunidades tengan para comunicarle al mandatario.

Igual atención deberán dar los concejos municipales y distritales, colectivos que deberán destinar una sesión al año para “debatir y discutir sobre las necesidades y problemáticas que presenten los Organismos de Acción Comunal, en la forma que lo regule la entidad territorial correspondiente”.

En materia de educación, la ley determina que “el Sena y la Escuela Superior de Administración Pública (Esap) podrán crear programas gratuitos, presenciales y/o virtuales, y de acceso prioritario de capacitación y formación técnica, tecnológica, profesional o de formación continua destinados a los dignatarios de los organismos de acción comunal que contribuyan al desarrollo económico y productivo de las comunidades”.

Así mismo, para facilitar el desplazamiento de los representantes de las JAC, la legislación establece que “las entidades territoriales podrán entregar a quienes ejerzan la representación legal o sean miembros de la junta directiva de un organismo de acción comunal, un subsidio en el sistema integrado de transporte del municipio o distrito en el que resida, o su equivalente, correspondiente al 50% del valor, de hasta 60 pasajes, con el fin de garantizar el óptimo desarrollo de sus funciones, aplicando también para transporte veredal. En todo caso será solo para una persona por Junta de Acción Comunal. Las entidades territoriales que establezcan este subsidio reglamentarán previamente la fuente presupuestal que lo financia y la garantía de su efectividad”.

La norma contempla la promoción e incentivos para que jóvenes, entre los 14 y 29 años, se motiven a vincularse a las juntas. Igualmente, a través del Ministerio de Educación, el Gobierno Nacional “diseñará y promoverá programas para el ejercicio del Servicio Social Obligatorio de estudiantes de educación media en organismos de acción comunal”.

Infraestructura

Otra de las garantías que establece la ley es que las administraciones podrán destinar un rubro del recaudo del impuesto predial municipal y distrital para “la construcción, mejoramiento y acondicionamiento de salones comunales, casetas comunales y demás equipamientos comunales de propiedad del municipio, distrito o junta de acción comunal legalmente constituida”.

La disposición sancionada estipula que en los bancos de proyectos, deberán tener prioridad los proyectos municipales y distritales presentados por las Juntas de Acción Comunal, “siempre y cuando los mismos hayan contado con asesoría técnica por parte de las secretarías de planeación para su elaboración y cumplan con los requisitos de viabilidad, prioridad y elegibilidad. Los proyectos presentados deberán estar ajustados con el respectivo plan de desarrollo”.

Finalmente, la Ley 1989 de 2019 señala que “los organismos de acción comunal podrán constituir empresas o proyectos rentables con el fin de financiar sus programas en beneficio de la comunidad”.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Capturados por homicidios presentados en Villanueva, pretendían adueñarse del microtráfico

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Tres personas señaladas de integrar una estructura criminal dedicada al sicariato fueron capturadas en el municipio de Villanueva, en medio de un operativo adelantado por las autoridades. De acuerdo con las investigaciones, los detenidos estarían vinculados a varios homicidios y pretendían consolidar el control de la venta de estupefacientes en la zona, atentando contra quienes se oponían a sus actividades ilícitas.

El procedimiento incluyó dos diligencias de allanamiento y registro que permitieron hacer efectivas dos capturas por orden judicial por los delitos de homicidio y tráfico, fabricación o porte de armas de fuego. Entre los detenidos se encuentra un hombre conocido con el alias de “TATU”, quien presenta antecedentes por homicidio, receptación y hurto calificado. El segundo capturado registra anotaciones por homicidio, porte ilegal de armas y al menos cinco casos relacionados con tráfico de estupefacientes.

En el desarrollo del operativo también fue capturada en flagrancia una mujer, a quien se le atribuyen los delitos de tráfico de estupefacientes y porte ilegal de armas. Durante las acciones, las autoridades incautaron dos revólveres, munición de diferentes calibres, dosis de base de coca y marihuana, así como elementos utilizados para la dosificación de sustancias ilícitas. Los dos hombres fueron cobijados con medida de aseguramiento en centro carcelario, mientras que la mujer quedó en libertad, pero vinculada al proceso.

Según el coronel Pablo Javier Galindo Valencia, con estas capturas se busca avanzar en el esclarecimiento de al menos cuatro homicidios registrados en Villanueva en lo corrido de 2026. En conjunto, los detenidos suman 11 registros como indiciados por delitos relacionados con homicidio, narcotráfico, porte ilegal de armas, hurto agravado y receptación.

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Yopal blinda la seguridad: sin barras visitantes y con estrictos controles para partido de alto riesgo

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Tanto la Alcaldía de Yopal como la Gobernación de Casanare expidieron sendos decretos, mediante los cuales adoptan una serie de medidas especiales de seguridad con ocasión del partido entre Deportivo Pereira y Atlético Nacional, considerado de alto riesgo. Las administraciones municipal centró sus decisiones en prevenir alteraciones del orden público, estableciendo restricciones y controles estrictos en el marco del desarrollo de este evento deportivo.

Entre las principales disposiciones se encuentra la prohibición del ingreso de hinchadas organizadas visitantes provenientes de otros departamentos, así como la restricción en la venta de boletería destinada a estos grupos. Además, se limitó la realización de caravanas, desplazamientos colectivos y cualquier tipo de movilización masiva de barras que no cuente con autorización previa de las autoridades competentes.

El decreto también ordena a la Policía Nacional implementar operativos especiales de control, vigilancia y verificación en las vías de acceso al municipio y al departamento, con el objetivo de identificar y mitigar posibles riesgos. Estas acciones deberán aplicarse de manera proporcional y respetando los derechos fundamentales de los ciudadanos.

De igual forma, se prohibió el ingreso y transporte de elementos que puedan generar violencia, como pólvora, armas blancas y objetos contundentes. Las medidas estarán vigentes entre el 24 y el 25 de abril de 2026, e incluyen la articulación entre autoridades locales, departamentales y la fuerza pública para garantizar la seguridad antes, durante y después del encuentro.

Asimismo, se ordenaron controles policiales en las vías de acceso al departamento y al municipio. Se prohibió el ingreso de menores de dieciocho (18) años a las localidades occidental norte y occidental sur, además se prohibió el ingreso de menores de catorce (14) años a la localidad occidental central.

De igual manera, se prohibió en Yopal la circulación de motocicletas con acompañante y/o parrillero con edad superior a 14 años, desde el día viernes veinticuatro (24) de abril a las 5:00 p.m. hasta el día sábado veinticinco (25) de abril del 2026 a las 10:00 p.m.

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Contribuyentes de Yopal pueden acceder a descuentos en Impuesto Predial por pronto pago

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Los contribuyentes en Yopal pueden acceder a descuentos por pronto pago del impuesto predial 2026, con beneficios que varían según las características de cada predio y las fechas en que se realice el pago.

De acuerdo con las condiciones establecidas, existen dos grupos de incentivos: El primero aplica para predios excluidos de la Ley 44 de 1990, entre los que se encuentran lotes urbanizables no urbanizados, lotes urbanizados no edificados, predios nuevos y aquellos que incorporaron construcciones tras la actualización catastral.

Para estos casos, los descuentos son del 30% si el pago se realiza hasta el 31 de mayo, 20% hasta el 30 de julio y 10% hasta el 30 de septiembre. Este beneficio está dirigido a quienes hayan cumplido con el pago del impuesto predial de la vigencia 2025 hasta octubre del año anterior.

Por su parte, los demás predios también cuentan con incentivos por pronto pago. En estos casos, se ofrece un 15% de descuento hasta el 31 de mayo, 10% hasta el 31 de julio y 5% hasta el 30 de septiembre.

Además de estos beneficios, los contribuyentes pueden optar por el sistema de pago alternativo por cuotas, una opción que permite distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y facilitar el cumplimiento de la obligación.

Los ciudadanos pueden reclamar su factura en los puntos de atención o descargarla a través del portal https://impuestos.yopal.gov.co/, así como realizar el pago en los lugares autorizados.

La recomendación es aprovechar estos descuentos dentro de los plazos establecidos, lo que no solo representa un ahorro, sino que también evita costos adicionales y facilita el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.

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