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Juntas de Acción Comunal podrán crear empresas o proyectos para financiarse

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JAC

Se sancionó la Ley 1989 de 2019, en la que se establecen los derechos y garantías para las personas que hacen parte de las Juntas de Acción Comunal (JAC).

La norma establece que quien ejerza “la representación legal de un organismo de acción comunal podrá percibir ingresos provenientes de los recursos propios generados por el organismo, para gastos de representación previa reglamentación en estatutos y autorización de la asamblea respectiva”.

De la misma manera, la ley prevé que las autoridades municipales deberán atender a los representantes de las JAC dos veces por mes, con el fin de analizar las necesidades de cada una de las zonas que representan.

También determina que una vez al año, el alcalde de la autoridad territorial en la que funcione la junta, deberá atenderla, en una jornada de un día, para conocer las inquietudes y necesidades que estos representantes de las comunidades tengan para comunicarle al mandatario.

Igual atención deberán dar los concejos municipales y distritales, colectivos que deberán destinar una sesión al año para “debatir y discutir sobre las necesidades y problemáticas que presenten los Organismos de Acción Comunal, en la forma que lo regule la entidad territorial correspondiente”.

En materia de educación, la ley determina que “el Sena y la Escuela Superior de Administración Pública (Esap) podrán crear programas gratuitos, presenciales y/o virtuales, y de acceso prioritario de capacitación y formación técnica, tecnológica, profesional o de formación continua destinados a los dignatarios de los organismos de acción comunal que contribuyan al desarrollo económico y productivo de las comunidades”.

Así mismo, para facilitar el desplazamiento de los representantes de las JAC, la legislación establece que “las entidades territoriales podrán entregar a quienes ejerzan la representación legal o sean miembros de la junta directiva de un organismo de acción comunal, un subsidio en el sistema integrado de transporte del municipio o distrito en el que resida, o su equivalente, correspondiente al 50% del valor, de hasta 60 pasajes, con el fin de garantizar el óptimo desarrollo de sus funciones, aplicando también para transporte veredal. En todo caso será solo para una persona por Junta de Acción Comunal. Las entidades territoriales que establezcan este subsidio reglamentarán previamente la fuente presupuestal que lo financia y la garantía de su efectividad”.

La norma contempla la promoción e incentivos para que jóvenes, entre los 14 y 29 años, se motiven a vincularse a las juntas. Igualmente, a través del Ministerio de Educación, el Gobierno Nacional “diseñará y promoverá programas para el ejercicio del Servicio Social Obligatorio de estudiantes de educación media en organismos de acción comunal”.

Infraestructura

Otra de las garantías que establece la ley es que las administraciones podrán destinar un rubro del recaudo del impuesto predial municipal y distrital para “la construcción, mejoramiento y acondicionamiento de salones comunales, casetas comunales y demás equipamientos comunales de propiedad del municipio, distrito o junta de acción comunal legalmente constituida”.

La disposición sancionada estipula que en los bancos de proyectos, deberán tener prioridad los proyectos municipales y distritales presentados por las Juntas de Acción Comunal, “siempre y cuando los mismos hayan contado con asesoría técnica por parte de las secretarías de planeación para su elaboración y cumplan con los requisitos de viabilidad, prioridad y elegibilidad. Los proyectos presentados deberán estar ajustados con el respectivo plan de desarrollo”.

Finalmente, la Ley 1989 de 2019 señala que “los organismos de acción comunal podrán constituir empresas o proyectos rentables con el fin de financiar sus programas en beneficio de la comunidad”.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Ejército Nacional captura a alias Mara, presunto extorsionista en Casanare

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En desarrollo de operaciones militares coordinadas con la Policía Nacional, tropas del Gaula Militar lograron la captura de un sujeto conocido con el alias de “Mara”, señalado de extorsión agravada y de emplear menores de edad en la comisión de este delito.

La operación se efectuó en el municipio de Paz de Ariporo. De acuerdo con las investigaciones, este individuo realizaba de manera reiterada cobros extorsivos a comerciantes de la región. El capturado fue puesto a disposición de las autoridades competentes para adelantar el proceso de judicialización correspondiente.

Con esta acción se mitiga el crecimiento delictivo de los grupos de delincuencia común en el departamento, se afecta su cadena criminal mediante la judicialización de sus integrantes y se fortalece la confianza institucional ante la población civil. De igual manera, se robustece la campaña Yo No Pago, Yo Denuncio, disponible a través de la línea 147 del Gaula Militar.

El Ejército Nacional reafirma su compromiso con la seguridad y la tranquilidad de los habitantes de Casanare, e invita a quienes sean víctimas o tengan conocimiento de estas prácticas delictivas a denunciarlas de manera oportuna.

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A la cárcel mujer involucrada en asalto a mano armada de una finca en Sabanalarga

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Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario contra Diana Carolina Díaz Peña, presunta responsable de participar en el hurto a una finca ubicada la vereda San Pedro, en zona rural de Sabanalarga (Casanare).

Un fiscal de la Seccional Casanare le imputó los delitos de secuestro simple y hurto calificado; ambas conductas agravadas; además de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. La mujer no aceptó los cargos.

Los hechos ocurrieron el pasado 23 de noviembre, cuando Díaz Peña llegó, en compañía de tres hombres en motocicletas, a la finca. Al parecer, ingresaron y amenazaron a cuatro personas, entre las cuales había dos menores de edad.

Los presuntos atacantes retuvieron a las víctimas por varias horas, a quienes encerraron en una habitación. Además, al parecer, se apoderaron de varios elementos de valor y dinero en efectivo, avaluados en más de 8 millones de pesos.

La Policía Nacional logró la captura en flagrancia de esta mujer cerca de un peaje del sector y le incautaron un revólver, munición dinero en efectivo y una motocicleta.

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Cusianagas hace claridades sobre el precio del gas natural vehicular en Yopal

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Desde Cusianagas informan a los usuarios de gas natural vehicular-GNV y a la comunidad en general de Yopal, que continúan trabajando para lograr las mejores condiciones de suministro, para los clientes de las estaciones de servicio.

Se conoce que una vez finalizado el Plan de Mando Unificado-PMU, tanto las agremiaciones de transportadores como la comunidad desean conocer el valor del metro cúbico de gas para el mes de diciembre de 2025 y para el año 2026.

En este punto, brindan algunas claridades:

El pasado 30 de noviembre de 2025 finalizó el contrato suscrito con Ecopetrol mediante el cual Cusianagas atendía la demanda de GNV en Yopal. Dicho contrato ofrecía un precio particularmente favorable, ya que fue firmado en 2019, en un contexto de alta oferta de gas que permitió acceder a condiciones económicas más bajas.

A partir del 01 de diciembre de 2025 y hasta febrero de 2026 se presenta un incremento en el precio teniendo en cuenta las condiciones ofertadas por Ecopetrol en el proceso de comercialización fuente Floreña publicado en el mes de septiembre de 2025.

Sin embargo, de acuerdo con las contrataciones realizadas por Cusianagas con otro agente del mercado, se logrará a partir del mes de marzo de 2026 y hasta noviembre del mismo año, un precio más favorable sobre la molécula de gas. Ese beneficio se trasladará al precio final en el componente de generación de gas, constituyendo un aspecto positivo para Yopal.

Es importante mencionar que cuando hablan de mercado regulado como el del gas domiciliario y del no regulado como el del gas vehicular, no quiere decir que este último no tenga unos parámetros definidos en la regulación.

En este sentido, los otros componentes del GNV como el Transporte y la Distribución sí son definidos a través de regulación nacional.

Finalmente, está el componente de la Comercialización, que se determina no solo con la estructura de costos de cada Estación de Servicio, sino además, con observancia al comportamiento de las variables macroeconómicas que se actualizan al cierre de cada año.

Desde Cusianagas ratifican el compromiso de trasladar a sus usuarios los beneficios asociados a la obtención del gas, así como de impulsar todas las acciones necesarias para facilitar su acceso a condiciones de mercado más favorables.

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