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Juntas de Acción Comunal podrán crear empresas o proyectos para financiarse

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JAC

Se sancionó la Ley 1989 de 2019, en la que se establecen los derechos y garantías para las personas que hacen parte de las Juntas de Acción Comunal (JAC).

La norma establece que quien ejerza “la representación legal de un organismo de acción comunal podrá percibir ingresos provenientes de los recursos propios generados por el organismo, para gastos de representación previa reglamentación en estatutos y autorización de la asamblea respectiva”.

De la misma manera, la ley prevé que las autoridades municipales deberán atender a los representantes de las JAC dos veces por mes, con el fin de analizar las necesidades de cada una de las zonas que representan.

También determina que una vez al año, el alcalde de la autoridad territorial en la que funcione la junta, deberá atenderla, en una jornada de un día, para conocer las inquietudes y necesidades que estos representantes de las comunidades tengan para comunicarle al mandatario.

Igual atención deberán dar los concejos municipales y distritales, colectivos que deberán destinar una sesión al año para “debatir y discutir sobre las necesidades y problemáticas que presenten los Organismos de Acción Comunal, en la forma que lo regule la entidad territorial correspondiente”.

En materia de educación, la ley determina que “el Sena y la Escuela Superior de Administración Pública (Esap) podrán crear programas gratuitos, presenciales y/o virtuales, y de acceso prioritario de capacitación y formación técnica, tecnológica, profesional o de formación continua destinados a los dignatarios de los organismos de acción comunal que contribuyan al desarrollo económico y productivo de las comunidades”.

Así mismo, para facilitar el desplazamiento de los representantes de las JAC, la legislación establece que “las entidades territoriales podrán entregar a quienes ejerzan la representación legal o sean miembros de la junta directiva de un organismo de acción comunal, un subsidio en el sistema integrado de transporte del municipio o distrito en el que resida, o su equivalente, correspondiente al 50% del valor, de hasta 60 pasajes, con el fin de garantizar el óptimo desarrollo de sus funciones, aplicando también para transporte veredal. En todo caso será solo para una persona por Junta de Acción Comunal. Las entidades territoriales que establezcan este subsidio reglamentarán previamente la fuente presupuestal que lo financia y la garantía de su efectividad”.

La norma contempla la promoción e incentivos para que jóvenes, entre los 14 y 29 años, se motiven a vincularse a las juntas. Igualmente, a través del Ministerio de Educación, el Gobierno Nacional “diseñará y promoverá programas para el ejercicio del Servicio Social Obligatorio de estudiantes de educación media en organismos de acción comunal”.

Infraestructura

Otra de las garantías que establece la ley es que las administraciones podrán destinar un rubro del recaudo del impuesto predial municipal y distrital para “la construcción, mejoramiento y acondicionamiento de salones comunales, casetas comunales y demás equipamientos comunales de propiedad del municipio, distrito o junta de acción comunal legalmente constituida”.

La disposición sancionada estipula que en los bancos de proyectos, deberán tener prioridad los proyectos municipales y distritales presentados por las Juntas de Acción Comunal, “siempre y cuando los mismos hayan contado con asesoría técnica por parte de las secretarías de planeación para su elaboración y cumplan con los requisitos de viabilidad, prioridad y elegibilidad. Los proyectos presentados deberán estar ajustados con el respectivo plan de desarrollo”.

Finalmente, la Ley 1989 de 2019 señala que “los organismos de acción comunal podrán constituir empresas o proyectos rentables con el fin de financiar sus programas en beneficio de la comunidad”.

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

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Nuevo accidente eleva a 74 las muertes por siniestros viales en Yopal

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Un nuevo siniestro vial cobró la vida de Estiven Arley Grimaldos Mendoza, de 28 años, la noche de este lunes 29 de diciembre, en la vía que comunica a Yopal con la vereda La Unión, confirmaron las autoridades.

De acuerdo con la información preliminar, la víctima se movilizaba en una motocicleta FZ de placas SGP-19D cuando, al parecer, perdió el control del vehículo en una curva y terminó saliéndose de la calzada. El impacto le ocasionó la muerte en el lugar de los hechos.

Las autoridades indicaron que Grimaldos Mendoza figuraba en las bases de datos del Sistema Penal Oral Acusatorio (SPOA) con varias anotaciones judiciales. El caso es materia de investigación para establecer las circunstancias exactas del accidente.

Con este hecho, la siniestralidad vial en Yopal continúa en aumento, pues a pocas horas de finalizar el año 2025 ya se contabilizan 74 personas fallecidas en accidentes de tránsito, una cifra que genera preocupación entre las autoridades y reitera el llamado a la prudencia y al respeto por las normas de tránsito.

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A la cárcel administradores de hotel en Yopal por explotación sexual de menores

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A la cárcel fueron enviados Ana Elvia Mejía Chaparro y Libardo Chaparro Flórez, los administradores de un hotel en Yopal que estarían implicados en la explotación sexual de menores de edad.

Según las acciones investigativas desplegadas por la Fiscalía General de la Nación, estas dos personas, en medio de engaños, aprovecharon la condición de vulnerabilidad de una niña de 14 años, de nacionalidad venezolana, que llegó sola a la ciudad y le brindaron alojamiento.

Los elementos materiales probatorios indican que días después de tenerla en el establecimiento la habrían inducido a frecuentar un parque para ofrecer servicios sexuales a hombre mayores, con el supuesto de que el dinero recibido sería destinado para cubrir el hospedaje y la manutención.

Asimismo, se conoció que Chaparro Flórez presuntamente abusó sexualmente de la víctima en una oportunidad.

Una fiscal de la Seccional Norte de Santander les imputó los delitos de trata de personas agravada y estímulo a la prostitución de menores. Adicionalmente, a Chaparro Flórez le fue formulado el cargo de acceso carnal abusivo con menor de 14 años.

Por disposición del juez de control de garantías que dirigió las audiencias concentradas, los dos procesados deberán cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.

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Joven de 19 años fue asesinada a tiros en Yopal, sin mediar palabra le dispararon

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Las autoridades avanzan con la investigación del homicidio sucedido en horas de la tarde del sábado 27 de diciembre, en la calle 50 con carrera 3, a la altura del puente de ingreso a la invasión Mi Nueva Esperanza en Yopal, donde fue ultimada con arma de fuego una mujer identificada como Jineth Alejandra Alcalá Buitrago, de 19 años, conocida con el alias de “Aleja DT”, quien recibió tres impactos de bala y falleció en el lugar de los hechos.

De acuerdo con la información preliminar, la joven se encontraba en el sitio conversando con otra persona cuando fue abordada por dos hombres que se movilizaban en una motocicleta. El parrillero descendió del vehículo y, sin mediar palabra, le disparó en repetidas ocasiones con un arma de fuego tipo revólver.

Tras cometer el ataque, los agresores huyeron del lugar en contravía, con rumbo hacia la carrera 1, sin que hasta el momento se conozca su paradero. Las autoridades fueron alertadas de inmediato y acordonaron la zona para adelantar los actos urgentes.

Se conoció que la víctima se desempeñaba como trabajadora sexual en el sector del parque La Estancia. Las autoridades competentes asumieron la investigación para esclarecer los móviles del crimen y dar con la identificación y captura de los responsables.

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