CASANARE
JEP negó libertad a presunto responsable de falsos positivos en Casanare
El General (R) Henry Torres Escalante se acogió a la Jurisdicción Especial para la Paz en julio del 2018
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) negó la solicitud de libertad presentada por la defensa del general (r) Henry Torres Escalante. En el análisis de la petición se determinó que el oficial del Ejército no cumple con un requisito esencial para recibir este beneficio: haber estado privado de la libertad por cinco años.
En el mes de julio del 2018, La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) asumió el estudio de sometimiento del Mayor General del Ejército, Henry William Torres Escalante, y lo citó para que compareciera ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ), donde reconoció el acta que formalizó la apertura del trámite para aplicar a los beneficios de la Justicia Transicional e inicie su sometimiento.
El General (R) Torres Escalante es investigado por su presunta responsabilidad en las ejecuciones extrajudiciales, conocidas como falsos positivos en el departamento de Casanare cuando se desempeñaba como Comandante de la Brigada XVI del Ejército Nacional.
En un informe entregado a la Sala de Reconocimiento, Verdad y Reparación de la JEP, se conoció que Torres Escalante estaría vinculado a 20 ejecuciones extrajudiciales en Casanare durante los años 2006 y 2007. Entre las 20 víctimas se encontraban 4 menores de edad, 1 persona con condición mental especial, 1 mujer en gestación y 1 adulto mayor.
Sin embargo, diferentes organizaciones aseguran que es imposible conocer una cifra concreta sobre los denominados falsos positivos en Casanare, pero se estima que fueron más de 300 personas ejecutadas y presentadas como bajas de combate por parte de las autoridades militares de la zona.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Secretaría de Educación de Yopal alerta sobre validez de estudios no presenciales
La Secretaría de Educación de Yopal informa a la ciudadanía sobre múltiples solicitudes y quejas de padres de familia. Estas están relacionadas con dificultades para matricular a sus hijos debido a inconsistencias en la validez de estudios cursados previamente en modalidades no presenciales o “homeschooling”.
Se ha evidenciado que algunos estudiantes provienen de instituciones que ofrecen educación virtual o homeschooling sin la licencia de funcionamiento reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Esta situación impide la homologación, validación o reconocimiento oficial de los grados cursados, conforme a la normativa vigente.
La secretaría recuerda que en Colombia, la educación formal debe ser impartida por establecimientos educativos debidamente autorizados, con licencia de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación y registro en el Directorio Único de Establecimientos Educativos (DUE). Las instituciones sin este reconocimiento no pueden emitir certificaciones válidas.
Además, se han identificado casos de estudiantes con estudios en el exterior que realizaron supuestas “validaciones” en instituciones no facultadas legalmente, afectando la continuidad académica. La presentación de Pruebas Saber 11° (ICFES) y los procesos de validación de bachillerato están regulados por el Estado y requieren autorización oficial.
Por lo anterior, se hace un llamado preventivo a padres y acudientes para que verifiquen que la institución educativa cuente con licencia de funcionamiento vigente, esté registrada oficialmente ante el Ministerio de Educación y tenga reconocimiento para la prestación del servicio educativo formal. La secretaría reitera su compromiso con el derecho a la educación y la orientación familiar.
CASANARE
Discusión en una tienda terminó en homicidio en Tauramena, homicida está identificado
CASANARE
Condenado a más de 30 años de cárcel por feminicidio de su compañera sentimental en Yopal
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