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JEP hará audiencia sobre versiones de militares vinculados con “falsos positivos” en el Meta

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Los próximos 23 y 24 de febrero, en una audiencia pública en Villavicencio, las víctimas acreditadas ante la JEP dentro del Caso 03, que investiga los asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado, expondrán sus observaciones y demandas de verdad sobre las 68 versiones entregadas por los comparecientes ante la Jurisdicción frente a, al menos, 70 crímenes documentados hasta ahora.

Las víctimas y sus representantes legales expresarán sus opiniones en torno a las versiones rendidas por los integrantes del Batallón de Infantería No. 21 ‘Batalla Pantano de Vargas’, estructura militar priorizada por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, debido al significativo incremento de muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate entre los años 2002 y 2007. Las versiones fueron rendidas por un mayor general, tres coroneles, un teniente coronel, entre otros oficiales y suboficiales sometidos ante esta Jurisdicción.

La definición del universo provisional de hechos del Subcaso Meta se dio en medio de la valoración de las pruebas recabadas por la JEP que, entre otras cosas, incluye cuatro informes aportados por las organizaciones de víctimas, de derechos humanos y la Fiscalía General de la Nación, así como la contrastación judicial de la JEP con procesos de las justicias ordinaria y penal militar.

Así mismo, la Sala de Reconocimiento de Verdad inspeccionó más de un centenar de archivos pertenecientes al Batallón de Infantería No. 21 ‘Batalla Pantano de Vargas’. Estos documentos oficiales incluyen libros de programas operacionales, misiones tácticas, órdenes del día, radiogramas operacionales y las carpetas de las operaciones militares en las cuales se reportaron las falsas ‘bajas en combate’.

La audiencia de observaciones orienta la participación de las víctimas hacia la restauración temprana de sus derechos fundamentales. Según la Sección de Apelación de la JEP, la memoria de las víctimas es fundamental para determinar con precisión la hora, el lugar, los autores y las circunstancias en las que se perpetraron los crímenes internacionales, esclarecer las motivaciones de sus perpetradores, el contexto o el plan en el que se insertaron los ataques, los cuales son elementos claves para el proceso de contrastación de la investigación.

Por último, la diligencia judicial contribuirá a darle un rostro a las víctimas, a su sufrimiento, a sus reivindicaciones, y asimismo expondrá los daños individuales, familiares y comunitarios que causaron los comparecientes con sus acciones. En este sentido, mientras que en las versiones voluntarias se escuchó la voz de los comparecientes, en las audiencias de observaciones son las víctimas quienes tienen la palabra.

Fuente: Jurisdicción Especial para la Paz

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Ordenan restituir 34.500 hectáreas a comunidades indígenas en zona rural de Puerto Gaitán

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La Sala Civil Especializada del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá ordenó la restitución de 34.500 hectáreas de territorio a favor del Resguardo Indígena Awalibá y la Parcialidad La Campana, pertenecientes al pueblo ancestral Sikuani y ubicados en la inspección de Planas, en el municipio de Puerto Gaitán (Meta).

La decisión judicial reconoce que estas comunidades originarias son sujetos de especial protección constitucional; han sido afectadas por una victimización histórica, sistemática y prolongada, asociada al despojo territorial, la violencia armada, la ocupación indebida de terceros y la ausencia de garantías estatales para la protección de su territorio y su pervivencia cultural.

Las comunidades beneficiarias están ubicadas en la inspección de Planas, al noroccidente de Puerto Gaitán (Meta), y están conformadas por 993 personas, agrupadas en 484 familias, que habitan tanto el resguardo Awalibá como la Parcialidad La Campana.

El tribunal evidenció que han sido víctimas, desde los años 60 y 70, de graves violaciones a los derechos humanos, entre ellas: persecución, tortura y homicidios; desplazamientos forzados y confinamientos hacia zonas selváticas del Vichada y Venezuela; exterminios conocidos como “Las Guahibiadas” y “La Jaramillera”, con participación de agentes estatales y particulares; presencia sucesiva de guerrillas, estructuras paramilitares, narcotráfico y economías ilegales, que usaron el territorio indígena como corredor estratégico; amenazas, reclutamiento forzado y control armado, que impidieron el libre tránsito; afectaciones ambientales y espirituales, incluyendo la destrucción de sitios sagrados; explotación petrolera sin consulta previa, que se superpuso de manera significativa al uso tradicional del territorio.

Robert Gabriel Barreto Lara, director territorial de la URT en Meta, explicó que entre las principales órdenes impartidas por el Tribunal Superior de Bogotá, se destacan: la restitución jurídica del territorio ancestral a las comunidades indígenas; que la Agencia Nacional de Tierras avance en la formalización y constitución del Resguardo Indígena de La Campana, como territorio independiente; y anular adjudicaciones irregulares realizadas sobre tierras indígenas.

Agregó que el tribunal ordenó la demarcación y señalización del territorio como medida de protección colectiva; la implementación de medidas de reparación integral con enfoque intercultural; acciones de reparación simbólica, protección de sitios sagrados y salvaguarda de la cosmovisión Sikuani; y coordinar con distintas entidades del Estado el cumplimiento del fallo.

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A la cárcel por el homicidio de un menor de edad en Villavicencio

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Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez con función de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Óscar Andrés Góngora Arroyave, por su presunta responsabilidad en el crimen de un menor de edad en hechos ocurridos el 20 de septiembre de 2025 en Villavicencio.

Por estos hechos fue imputado por los delitos de homicidio y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, ambas conductas agravadas, cargos que no fueron aceptados.

Los hechos ocurrieron en inmediaciones de un polideportivo del barrio Playa Rica, donde el procesado en compañía de otra persona llegó a bordo de una motocicleta. Allí habría sacado un arma de fuego y atacó a la víctima de 15 años, quien falleció cuando era atendido en un centro asistencial.

Góngora Arroyave fue capturado por uniformados de la Policía Nacional el pasado 4 de enero en Villavicencio en cumplimiento de una orden judicial.

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A la cárcel por atentar contra la vida de un hombre en Puerto Gaitán, capturados en flagrancia

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Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Fabián Duque Martínez y Juan Diego García Jaramillo, por su presunta responsabilidad en el ataque armado contra un hombre en Puerto Gaitán.

En ese sentido, un fiscal seccional les imputó los delitos de homicidio en grado de tentativa y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. En audiencias concentradas los procesados no aceptaron cargos.

Los hechos sucedieron el pasado 16 de diciembre, cuando un hombre, habría sido atacado con arma de fuego por los dos procesados que se movilizaban en una motocicleta.

Uniformados de la Policía que fueron alertados por la ciudadanía lograron la captura de los dos hombres en flagrancia. En el procedimiento les incautaron una motocicleta, equipos de comunicación y dos armas de fuego, las cuales lanzaron a un matorral al percatarse de la presencia de las autoridades.

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