CASANARE
¿Cuánto se ha incrementado el valor de las facturas de Acueducto en Yopal?
Varias son las razones por las cuales las facturas del servicio de Acueducto en Yopal han venido aumentando en su valor, explicó la agente interventora de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal – EAAAY, Luz Amanda Camacho, ante el Concejo Municipal.
Según indicó la funcionaria, desde noviembre del año pasado se ha venido haciendo la actualización de tarifas como lo ordena la Ley cada 10 años a nivel nacional, y en el caso de Yopal subió la tarifa de acueducto y bajó la tarifa de alcantarillado. La tarifa por metro cúbico de acueducto debe llegar en 6 meses a $1.744. No se habían actualizado antes las tarifas, porque la ciudad estaba sorteando el plan de contingencia y se decidió no hacerlo bajo esa circunstancia. “Es una obligación de Ley y nosotros tenemos que hacerlo”.
Otro elemento que hace que para algunas personas se haya incrementado el valor de la factura, está relacionado con que la Administración Municipal actualizó la base de datos de la estratificación socioeconómica y la entregó a las empresas prestadoras de servicios públicos para que las apliquen, y así poder establecer el cobro definitivo de los servicios públicos domiciliarios correspondientes a cada estrato.
Ante este señalamiento, la agente interventora confirmó a los Concejales que la gestión fue realizada por la Administración Municipal, con el propósito de que los subsidios sean focalizados para las viviendas que realmente pertenecen a los estratos bajos. Ante esta situación los corporados le solicitaron a la Empresa que los propietarios de viviendas que no fueron notificados sobre el cambio de estratificación se les informe, para evitar reclamaciones futuras.
ACTUALESAgente Especial de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal, Amanda Camacho, explica qué está pasando con tarifas del servicio ante quejas por alzas
Posted by El Diario Del Llano on Friday, June 15, 2018
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Patinadora de 9 años muere en trágico accidente en la Marginal del Llano, en Yopal
CASANARE
Ex Subcomandante de Policía de Casanare sancionada por la Procuraduria por malos tratos

La Procuraduría General de la Nación encontró responsable disciplinariamente y suspendió e inhabilitó en el ejercicio del cargo por doce (12) meses, a la coronel (r) Sandra Yaneth Mora Morales, en su condición de comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta para la época de los hechos.
El Ministerio Público investigó que la entonces coronel se dirigió a una patrullera (subalterna), utilizando vocabulario soez y maltratándola de manera verbal y física, vulnerando la normativa disciplinaria del personal de la Policía Nacional, en especial lo previsto en el artículo 46-3 de la Ley 2196 de 2022. (Estatuto Disciplinario de la Policía).
La conducta de la oficial fue calificada como falta grave cometida con dolo, por lo que deberá responder disciplinariamente.
En aplicación del principio de proporcionalidad y valorando los criterios de graduación de la falta y de la sanción, se determinó que en este caso existían un atenuante y dos agravantes.
Contra esta decisión, la disciplinada interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Ordinaria de Juzgamiento de la PGN.
La Coronel (r) Sandra Mora estuvo como Subcomandante en el Departamento de Policía Casanare en años anteriores.
Fuente: El Diario del Llano
CASANARE
Vuelve restricción de motocicletas en horas nocturnas los fines de semana en Yopal

A través del Decreto 116 del 13 de agosto del 2025, la Alcaldía de Yopal prohibió la circulación de motocicletas durante los fines de semana en el municipio, esto con el propósito de evitar que se presenten siniestros viales y por ende pérdidas fatales.
El primer fin de semana en el que se aplicará la medida será el comprendido entre el viernes 15 y el lunes 18 de agosto.
Los horarios de restricción y los demás días de prohibición se relacionan en la siguiente tabla.
De esta medida quedan exceptuadas la fuerza pública, los organismos de seguridad del Estado, la Policía Judicial, las autoridades de tránsito y transporte, los organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. Además, personal de empresas de seguridades privadas debidamente identificadas, personas con movilidad reducida, domiciliarios, hotelería y turismo con sus identificaciones que acrediten la prestación del servicio.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en este Decreto conllevará a las sanciones correspondientes, la imposición de comparendos de tránsito conforme a lo dispuesto en el literal C numeral 14 del artículo 131 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la ley 1383 de 2010 y demás normas aplicables según el caso.
Fuente: El Diario del Llano
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