NACIONALES
ICETEX tiene abiertas nuevas becas para estudiar doctorados, posdoctorados o investigación en Suiza
Gracias a la alianza entre el ICETEX más humano y el Gobierno suizo, la entidad tiene abierta una convocatoria de becas que cubren hasta el 100% del valor de la matrícula para los colombianos que quieran realizar doctorados, posdoctorado y trabajos de investigación en Suiza durante 9 meses.
Esta convocatoria se da a través de la Comisión Federal de Becas para estudiantes Extranjeros (CFBE) de la Secretaría de Estado para la educación, la investigación y la innovación de Suiza cubre, además de los costros de matrícula, mensualidad para sostenimiento, seguro de salud, gastos de instalación para el alojamiento y los tiquetes aéreos de regreso después de acabar el periodo de la beca.
“Estamos muy contentos de anunciar esta gran oportunidad, que además de permitirle a los colombianos interesados en adelantar doctorados, posdoctorados y trabajos de investigación en Suiza, también potenciará los proyectos académicos, laborales y de vida de los que lleguen a ser beneficiarios de estas becas. Este es el resultado del trabajo mancomunado entre el ICETEX y Gobiernos de otros países, en este caso Suiza”, señaló el presidente del ICETEX, Mauricio Toro.
Esta oportunidad, que estará abierta hasta el próximo 10 de noviembre en la página web del ICETEX, permitirá que más colombianos puedan internacionalizar sus proyectos de vida en este país europeo y adelantar sus estudios o trabajos de investigación. Las becas están dirigidas a profesionales de cualquier campo académico, que tengan un alto conocimiento de inglés. Los interesados en postularse deberán llenar el formulario requerido por el Gobierno de Suiza, contar con cartas de recomendaciones de dos profesores y fotocopias de los respectivos títulos académicos.
Becas para doctorado
El estipendio mensual para esta beca será de 1.920 francos suizos. Los aspirantes deben contar con diploma de maestría o título equivalente reconocido por una universidad suiza y debe haberse graduado antes del 31 de julio de 2024. Este tipo de beca no es para personas que ya tengan título de Doctorado.
La beca cubre 3 años máximo empezando en septiembre de 2024 (los años no son otorgados automáticamente y cada solicitud de prolongación será estudiada según los criterios establecidos por la CFBE y los resultados académicos). El candidato debe haber nacido después del 31 de diciembre de 1988.
Becas para posdoctorado
Los aspirantes deben contar con diploma de doctorado, haberlo conseguido después del 31 de diciembre del 2020 y antes del 31 de julio del 2024 y ser reconocido por la universidad suiza. El estipendio mensual para esta beca será de 3.500 francos suizos.
Esta beca no podrá ser otorgada para un año sabático y es válida para investigaciones a tiempo completo y no se aceptan trabajos de campo fuera de Suiza. La beca cubre 12 meses empezando en septiembre de 2024 y no existe la posibilidad de alargar el tiempo.
Becas para Investigación
Los aspirantes deben contar con diploma de maestría o título equivalente reconocido por una universidad suiza. El aspirante tiene que haberse graduado antes del 31 de julio 2024. Como prueba, el Diploma tiene que ser enviado a la CFBE antes de empezar la beca.
El estipendio mensual para esta beca será de 1.920 francos suizos y la beca cubrirá hasta 12 meses a partir de septiembre de 2024 sin posibilidad de prolongar el tiempo. Las becas son para investigaciones de tiempo completo en Suiza y no son para personas que ya tengan un Doctorado. Los aspirantes deben haber nacido después del 31 de diciembre de 1988.
Fuente: ICETEX
NACIONALES
A la fecha, no hay alerta sobre la presencia de hantavirus en Colombia, estas son las recomendaciones
El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud, informan que, en seguimiento al evento internacional notificado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) relacionado con casos graves asociados a hantavirus en pasajeros de un crucero internacional, actualmente no se han confirmado casos de infección por hantavirus en Colombia.
¿Qué es hantavirus?
Los hantavirus corresponden a un grupo de virus zoonóticos transmitidos principalmente por la inhalación de partículas contaminadas provenientes de excretas (orina, saliva o heces) de roedores silvestres infectados. En las Américas, algunos hantavirus pueden causar el síndrome cardiopulmonar por hantavirus (SCPH), una enfermedad poco frecuente pero potencialmente grave, caracterizada inicialmente por fiebre, malestar general, cefalea y síntomas respiratorios inespecíficos, con posible progresión rápida a dificultad respiratoria severa, compromiso cardiovascular y choque.
En Colombia, a la fecha no se han documentado casos clínicamente confirmados de síndrome cardiopulmonar por hantavirus, sin embargo, investigaciones desarrolladas entre 2004 y 2016 por instituciones académicas y centros de investigación identificaron evidencia serológica de exposición previa a hantavirus en humanos y reservorios silvestres en algunas regiones del país. Estos hallazgos sugieren circulación potencial de virus relacionados, aunque no constituyen evidencia de transmisión activa sostenida ni de enfermedad clínica confirmada en el territorio nacional. Por lo que, de acuerdo con la situación epidemiológica, en Colombia el riesgo de presentación de casos es bajo.
Recomendaciones de Minsalud e INS:
Se recomienda a la población mantener las medidas generales de prevención orientadas a disminuir el riesgo de exposición a roedores, enfermedades respiratorias y aquellas relacionados con los alimentos entre ellas:
- Se debe garantizar la limpieza y desinfección de aquellos alimentos no perecederos que sean almacenados por tiempos prolongados y asegurar que sus empaques no se encuentren rotos o con abolladuras.
- Tener precaución con el consumo de alimentos envasados, empaquetados o enlatados que hayan estado en procesos de bodegaje largos.
- Mantener una higiene adecuada de viviendas, bodegas y áreas de almacenamiento.
- Evitar la acumulación de residuos y alimentos expuestos que favorezcan la presencia de roedores.
- Sellar grietas y espacios que faciliten el ingreso de roedores a los hogares.
- Utilizar elementos de protección personal, incluida mascarilla, durante labores de limpieza en lugares cerrados o con evidencia de infestación por roedores.
- Realizar lavado frecuente de manos.
- Consultar oportunamente a los servicios de salud ante síntomas febriles o respiratorios, especialmente si existe antecedente de exposición a ambientes con presencia de roedores.
Las autoridades sanitarias nacionales continuarán realizando seguimiento al evento internacional de manera articulada con la OMS y demás organismos técnicos, manteniendo activas las acciones de vigilancia epidemiológica y capacidad diagnóstica en el país. Cualquier actualización relevante será comunicada de manera oportuna, a través de los canales oficiales, con base en la evidencia científica disponible y los lineamientos nacionales e internacionales de salud pública.
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Consejo de Estado: Por exclusividad de la Fuerza Pública, Policía Nacional debe vigilar la seguridad en los estadios
Previo levantamiento de la reserva legal por parte del Ministerio del Interior, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio a conocer un concepto en el que indicó que los artículos 52 y 62 de la Ley 1801 de 2016 (Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana) no se encuentran vigentes. Ello en virtud de la Sentencia C-223 de 2017 que declaró su inexequibilidad con efectos diferidos a partir del 20 de junio de 2019.
La Sala señaló que mediante el Decreto 1007 de 2012 (compilado en el Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015) se creó en Colombia el Estatuto de Aficionado al Fútbol que dispuso la creación de un Plan Decenal para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y permitió la articulación del respectivo alcalde, el presidente del club o clubes profesionales de la localidad con la Policía Nacional en el conocimiento e implementación de los protocolos de seguridad en los estadios.
Asimismo, sostuvo que según la Sentencia C-128 de 2018, en materia de seguridad en actividades que involucran aglomeraciones de público complejas, como es el caso de los partidos del fútbol profesional, las competencias de la Policía Nacional y de las empresas de seguridad privada y/o de logística, fueron definidas de la siguiente manera:
• De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, la Policía Nacional, en atención al principio de exclusividad de la fuerza pública, tiene como fin principal la prevención de aquellas conductas que constituyen amenazas de afectación del orden público o impiden la convivencia entre las personas, en los términos de los artículos 2 y 218 de la Constitución Política.
• Las empresas de vigilancia y seguridad privada pueden actuar en el ámbito en que ofrezcan sus servicios, bajo los límites establecidos por el legislador, con el fin de «disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección», de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Decreto Ley 356 de 1994, sin que ello involucre en modo alguno el ejercicio de actividades de conservación del orden público, la seguridad ciudadana ni la convivencia pacífica.
Por último, la Sala agregó que el artículo 9° de la Ley 1270 de 2009, mediante la cual se creó la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, asignó a la Policía Nacional la función de prevenir la aparición de hechos de violencia en los estadios de fútbol y en sus alrededores, en el marco del mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas.
Tras años de tensiones entre la Dimayor y el Gobierno, el alto tribunal dejó claro que las empresas privadas no pueden sustituir a la fuerza pública en el control del orden en eventos masivos como partidos o conciertos.
NACIONALES
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