NACIONALES
Guías de movilización animal aun se expiden con registro de vacunación del primer ciclo del 2021

El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, informa a los ganaderos del país que pueden seguir realizando las movilizaciones de bovinos y bufalinos con base en el registro de vacunación emitido para el primer ciclo de vacunación del 2021.
Además, podrán hacer uso de los saldos de animales existentes en el Sistema para la Expedición de Guías Sanitarias de Movilización (SIGMA).
Lo anterior, como consecuencia de los ataques informáticos de los cuales ha sido objeto el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), lo que ha generado demoras en la obtención de los datos del segundo ciclo de vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis bovina, que se lleva a cabo del 2 de noviembre al 16 de diciembre, y no han permitido generar los respectivos registros únicos de vacunación (RUV).
Una vez superada esta situación, los soportes de los registros de vacunación correspondientes al segundo ciclo de 2021, podrán ser entregados a los ganaderos por parte de las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas de la región y, posteriormente, se hará la actualización de la vacunación y el censo de animales en el sistema de información del ICA.
El ICA agradece la comprensión de los ganaderos y les recuerda la importancia de vacunar la totalidad de los animales contra la fiebre aftosa y brucelosis bovina (en aquellos que se encuentren en edad reglamentaria), con el fin de mantener el estatus sanitario de país libre de fiebre aftosa con vacunación y lograr la comercialización de animales y sus productos a nivel nacional e internacional.
Fuente: Fedegán
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ICETEX condonará 25% de la deuda a estudiantes de pregrado que realicen labor social

La Junta Directiva del ICETEX aprobó la medida de Condonación Parcial de Capital por Compensación Social, que permitirá condonar el 25 % sobre el saldo de capital adeudado a beneficiarios con crédito educativo de recursos propios, para pregrado, destino matrícula, que sean certificados por fuentes de información oficial por contribuir al bienestar de la sociedad colombiana.
Esta iniciativa que hace parte del “Plan de Oportunidades del ICETEX”, aplicará para beneficiarios que cumplan requisitos y premiará a quienes a través de su labor social contribuyen de manera efectiva a la reducción de desigualdades, fomento de la equidad, fortalecimiento de la inclusión social, promoción de la educación, salud, empleo sostenible y/o al desarrollo sostenible en general.
“Es un gran esfuerzo económico que hace el ICETEX para reconocer y premiar la labor social de beneficiarios que finalizaron su programa de pregrado con crédito educativo del ICETEX, que lo están pagando juiciosamente y que ahora se dedican a ejercer una labor social que contribuye al desarrollo del país”, destacó el presidente del ICETEX, Álvaro Urquijo.
Explicó el presidente del ICETEX que “la Condonación por Compensación Social priorizará a beneficiarios de crédito de la entidad, pertenecientes a clase vulnerable como víctimas del conflicto armado, indígenas, red unidos, y población con Sisbén”.
Esta medida se nutre del análisis de experiencias nacionales e internacionales en la implementación de medidas similares. Diversos países, como Nueva Zelanda, Hungría y Bélgica, han implementado con éxito alternativas de pago que permiten a los profesionales redimir parte de su deuda a través de acciones de impacto social.
Proceso de aplicación
La identificación de los beneficiarios de la medida de Compensación Social se hará a través una selección cerrada en bases de datos que entregan al ICETEX algunas entidades de orden nacional donde se validarán las personas que, tienen crédito del ICETEX y que, a través de sus acciones, generan un impacto social positivo y contribuyen al desarrollo del país.
Dentro de las entidades que facilitarán los listados y las certificaciones de los posibles beneficiaros de la medida se encuentran:
1. Ministerio de Educación Nacional: docentes de educación básica, secundaria y media vinculados al Ministerio de Educación Nacional, que ejerzan su labor en instituciones educativas públicas del país.
2. Ministerio de Salud y Protección Social: trabajadores del sector salud vinculados al Ministerio de Salud y Protección Social que prestaron su Servicio Social Obligatorio en zonas rurales, apartadas o con difícil acceso a servicios de salud.
3. Ministerio del Trabajo: jóvenes que hayan participado en el programa Estado Joven y que, durante su vinculación a entidades públicas, hayan demostrado un compromiso con el servicio a la comunidad.
4. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF): padres y madres comunitarios vinculados al ICBF que atiendan a niños y niñas en zonas rurales o con altos índices de vulnerabilidad.
5. Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación: investigadores vinculados a instituciones que hacen parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, cuyas investigaciones generen un impacto social positivo.
6. Ministerio del Deporte: deportistas que hacen parte del Programa Atleta.
Requisitos principales:
Estar registrado en las bases de datos de las entidades del orden nacional que el ICETEX ha definido en el marco de esta medida.
Que la entidad fuente de información certifique de manera directa al ICETEX la labor de impacto social.
Que la labor de impacto social haya sido desarrollada desde el año 2022, en concordancia con la entrada en vigencia de la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023.
Tener un crédito de pregrado país con recursos propios del ICETEX, en modalidad matrícula, encontrarse en etapa de amortización y al día.
En los casos en que el usuario cumpla los requisitos para acceder a la medida, pero se encuentre en mora, tendrá la posibilidad de ponerse al día para que se pueda dar aplicación al beneficio.
Contar con un saldo de capital igual o superior a cuatro (4) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.
No haber recibido previamente el beneficio de Condonación Parcial de Capital por Compensación Social, ni condonación de capital por otros conceptos diferentes a compensación social.
El ICETEX será en encargado de validar el cumplimiento de requisitos en las bases de datos suministradas por las entidades del orden nacional y de notificar a cada uno de los beneficiarios la aplicación de la Condonación Parcial de Capital por Compensación Social.
Para más información sobre esta medida y sobre convocatorias de créditos, fondos condonables y becas, ingresar a www.icetex.gov.co.
Fuente: Comunicaciones ICETEX
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En firme acuerdo entre arroceros y molineros para fijar precio mínimo de compra del arroz

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) autorizó, mediante Resolución No. 65722 del 29 de agosto de 2025, la fijación del precio mínimo de referencia de compra de arroz paddy verde.
La decisión se adoptó luego de haber recibido concepto previo, vinculante y motivado por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Según se indicó, luego de analizar la situación actual de la cadena de arroz, el Ministerio de Agricultura, en su concepto, y la Superintendencia en esta resolución, concluyeron que el acuerdo propuesto por los productores e industriales del arroz resulta necesario para la estabilidad y creación de condiciones de comercio justo en este sector estratégico para la soberanía alimentaria de Colombia.
En este sentido, la resolución estableció que “una vez obtenida la autorización por parte de esta Superintendencia, la Industria, molinos o compradores, pagarán el Arroz Paddy Verde, según el municipio o departamento de compra, y bajo los parámetros de calidad establecidos en el literal (c) siguiente, como mínimo a los siguientes precios de referencia”:
De otro lado, se informó que este acuerdo, que estará vigente hasta el 30 de octubre de 2025, comprende:
• La fijación de un precio mínimo de referencia para la compra de arroz paddy por departamentos o zonas del país, teniendo en cuenta algunos parámetros de calidad.
• La adopción de un mecanismo de compra de arroz paddy verde como arroz paddy seco equivalente utilizando los mismos criterios de calidad y de precio mínimo de referencia.
• La articulación de acciones conjuntas para el desarrollo del plan de ordenamiento productivo del arroz.
De acuerdo con la SIC, lo que se busca es que haya una estabilidad económica del sector y la garantía de condiciones de remuneración que hagan sostenible la producción, calidad y comercialización del grano.
En el informe se indicó que “el análisis de este acuerdo concluyó que, si bien la medida podía implicar una limitante a las condiciones de venta como es el precio, su adopción está llamada a generar externalidades positivas en la cadena de arroz y derivará en un beneficio para los productores. Así, el acuerdo persigue garantizar un nivel de ingreso a los productores, asegurar los planes de siembra y evitar la pérdida de un producto esencial para la canasta alimentaria del país”.
De otra parte, la Superintendencia reconoció que este acuerdo no tendría efectos negativos en el consumidor y, por el contrario, permitirá dinamizar la oferta de arroz blanco en el mercado, redundando en un beneficio para los consumidores.
Adicionalmente, con el fin de garantizar el respeto de la libre competencia económica en el sector arrocero, la Superintendencia, a través de la Dirección de Cumplimiento, realizará seguimiento y vigilancia detallado de la ejecución de este acuerdo. Para cumplir con esta función, se estableció una metodología que permitirá monitorear la cadena de arroz en Colombia.
Así, la Superintendencia determinó que las partes deberán remitir a la Dirección de Cumplimiento, información relacionada con los precios mínimos de referencia, cantidades de compra, formas de pago, los parámetros de calidad utilizados en las adquisiciones de arroz paddy verde, entre otras variables.
Fuente: Comunicaciones SIC