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Gobierno radicó en el Congreso proyecto de ley ordinaria que reglamenta la Jurisdicción Agraria
Los ministros de Agricultura y Desarrollo Rural, Martha Carvajalino; de Justicia y del Derecho, Ángela María Buitrago, y del Interior, Juan Fernando Cristo, radicaron este martes ante el Congreso de la República el proyecto de ley ordinaria que reglamenta la Jurisdicción Agraria y Rural en Colombia.
Con la norma, el Gobierno del Cambio avanza en el cumplimiento del mandato popular y del punto uno del Acuerdo de Paz, promoviendo instituciones y mecanismos de justicia ágiles y de fácil acceso para las poblaciones rurales en los que se puedan tramitar conflictos agrarios.
El proyecto de ley ordinaria radicado tiene como objetivo determinar las competencias de los jueces agrarios y el tipo de conflictos que resolverán, como los relacionados con posesión y tenencia de la tierra, servidumbres agrarias, deslinde y amojonamiento de predios agrarios y los que surjan de las actividades de producción agrarias, entre otros.
Además, establece las reglas especiales para que los procedimientos judiciales sean expeditos y garantistas.
Esta iniciativa se convierte en el primer proyecto de ley presentado por el Gobierno del Cambio durante el actual periodo legislativo y tendrá su primer debate en la Comisión Primera del Senado.
El acto contó con el acompañamiento de congresistas y representantes de organizaciones campesinas, indígenas, afro y de derechos humanos.
Vea el acto de radicación del proyecto de ley que reglamenta la Jurisdicción Agraria aquí.
Un paso hacia el Acuerdo Nacional
El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, afirmó que el proyecto “va de la mano con el plan de choque del Gobierno Nacional para acelerar la implementación del Acuerdo de Paz en la segunda mitad de su mandato”.
Indicó que con la iniciativa se cumple con otro compromiso que hizo el presidente Gustavo Petro durante la instalación de las sesiones ordinarias del Congreso, el pasado 20 de julio, en el sentido de que los proyectos que se radiquen sean socializados, buscando la mayor concertación posible con todas las bancadas.
Sostuvo que este proyecto es parte del “espíritu del Gobierno de construir un Acuerdo Nacional: que el primer punto del Acuerdo sea alrededor de hacer justicia con la gente que vive en el campo colombiano, con los millones de campesinos que están esperando que sus problemas allá, en el territorio, donde los viven, sean resueltos rápidamente y con base en la ley, sean resueltos por una autoridad especializada en la justicia agraria en Colombia”.
El derecho a la tierra y a la semilla
Por su parte, la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, expresó que este proyecto de jurisdicción agraria busca saldar la deuda histórica con la población rural, al “acercar la justicia a los territorios olvidados” y “unir el derecho a la justicia agraria al derecho a la dignidad y a la vida digna de los campesinos y comunidades étnicas”.
Precisó que el proyecto contiene herramientas que garantizan “el acceso a la justicia para evitar que los conflictos sean resueltos de manera violenta”, mediante principios de “derecho a la tierra y derecho a la semilla”.
“Lean ustedes el proyecto, asuman ustedes el proyecto y entiéndanlo desde una construcción jurídica” para que puedan ustedes asumir una posición y no sean influenciados frente a la desinformación”, pidió la ministra de Justicia al Congreso de la República.
Esta es la más profunda apuesta por la paz
A su vez, la ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, manifestó que con esta propuesta el Gobierno Nacional no solo está avanzando en la implementación del Acuerdo de Paz, sino que también está “cumpliendo un anhelo del pueblo colombiano de más de 90 años: que sean jueces de la República los que permitan hacer tránsito a los conflictos de la tierra”, sin la intervención de los actores violentos.
“Esta apuesta de la justicia agraria es la más profunda apuesta por la paz”, recalcó la ministra de Agricultura y sostuvo que, de esta manera, el Gobierno del Cambio hoy le dice al país que “podemos construir un acuerdo de todos y de todas por la paz de Colombia”.
“Los convocamos a defender nuevamente, quizá con más ahínco, con mayor amor, este proyecto, que es el proyecto de las campesinas y de los campesinos, que es el proyecto de la paz, que es el proyecto para que la tierra productiva en Colombia sea la potencia agroalimentaria”, puntualizó Martha Carvajalino.
Logros en materia de normas agrarias
Con la Jurisdicción Agraria, el Gobierno del Cambio no solo garantizará que las mujeres rurales, los pequeños y medianos productores y los miembros de grupos étnicos participen de las actuaciones judiciales que puedan afectar sus derechos, sino que, además, promueve la formación de especialistas en derecho agrario y el fortalecimiento de consultorios jurídicos.
Durante el actual Gobierno, los ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural, Justicia y del Derecho e Interior avanzaron hacia el cumplimiento del Acuerdo de Paz, logrando la aprobación del Acto Legislativo 03 de 2023, que reformó la Constitución Política para incluir la Jurisdicción Agraria como parte de la rama judicial.
Asimismo, el Gobierno Nacional logró la aprobación de la Ley Estatutaria que reglamenta la estructura de la jurisdicción y establece los criterios para distribuir los jueces en todo el territorio nacional.
“El Ejecutivo confía en que el Congreso de la República tramite y apruebe prontamente esta ley para que la Jurisdicción Agraria sea una realidad”, indicó el Ministerio de Justicia en un comunicado de prensa.
Fuente: ministerios de Justicia, Agricultura e Interior
NACIONALES
A la fecha, no hay alerta sobre la presencia de hantavirus en Colombia, estas son las recomendaciones
El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud, informan que, en seguimiento al evento internacional notificado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) relacionado con casos graves asociados a hantavirus en pasajeros de un crucero internacional, actualmente no se han confirmado casos de infección por hantavirus en Colombia.
¿Qué es hantavirus?
Los hantavirus corresponden a un grupo de virus zoonóticos transmitidos principalmente por la inhalación de partículas contaminadas provenientes de excretas (orina, saliva o heces) de roedores silvestres infectados. En las Américas, algunos hantavirus pueden causar el síndrome cardiopulmonar por hantavirus (SCPH), una enfermedad poco frecuente pero potencialmente grave, caracterizada inicialmente por fiebre, malestar general, cefalea y síntomas respiratorios inespecíficos, con posible progresión rápida a dificultad respiratoria severa, compromiso cardiovascular y choque.
En Colombia, a la fecha no se han documentado casos clínicamente confirmados de síndrome cardiopulmonar por hantavirus, sin embargo, investigaciones desarrolladas entre 2004 y 2016 por instituciones académicas y centros de investigación identificaron evidencia serológica de exposición previa a hantavirus en humanos y reservorios silvestres en algunas regiones del país. Estos hallazgos sugieren circulación potencial de virus relacionados, aunque no constituyen evidencia de transmisión activa sostenida ni de enfermedad clínica confirmada en el territorio nacional. Por lo que, de acuerdo con la situación epidemiológica, en Colombia el riesgo de presentación de casos es bajo.
Recomendaciones de Minsalud e INS:
Se recomienda a la población mantener las medidas generales de prevención orientadas a disminuir el riesgo de exposición a roedores, enfermedades respiratorias y aquellas relacionados con los alimentos entre ellas:
- Se debe garantizar la limpieza y desinfección de aquellos alimentos no perecederos que sean almacenados por tiempos prolongados y asegurar que sus empaques no se encuentren rotos o con abolladuras.
- Tener precaución con el consumo de alimentos envasados, empaquetados o enlatados que hayan estado en procesos de bodegaje largos.
- Mantener una higiene adecuada de viviendas, bodegas y áreas de almacenamiento.
- Evitar la acumulación de residuos y alimentos expuestos que favorezcan la presencia de roedores.
- Sellar grietas y espacios que faciliten el ingreso de roedores a los hogares.
- Utilizar elementos de protección personal, incluida mascarilla, durante labores de limpieza en lugares cerrados o con evidencia de infestación por roedores.
- Realizar lavado frecuente de manos.
- Consultar oportunamente a los servicios de salud ante síntomas febriles o respiratorios, especialmente si existe antecedente de exposición a ambientes con presencia de roedores.
Las autoridades sanitarias nacionales continuarán realizando seguimiento al evento internacional de manera articulada con la OMS y demás organismos técnicos, manteniendo activas las acciones de vigilancia epidemiológica y capacidad diagnóstica en el país. Cualquier actualización relevante será comunicada de manera oportuna, a través de los canales oficiales, con base en la evidencia científica disponible y los lineamientos nacionales e internacionales de salud pública.
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Consejo de Estado: Por exclusividad de la Fuerza Pública, Policía Nacional debe vigilar la seguridad en los estadios
Previo levantamiento de la reserva legal por parte del Ministerio del Interior, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dio a conocer un concepto en el que indicó que los artículos 52 y 62 de la Ley 1801 de 2016 (Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana) no se encuentran vigentes. Ello en virtud de la Sentencia C-223 de 2017 que declaró su inexequibilidad con efectos diferidos a partir del 20 de junio de 2019.
La Sala señaló que mediante el Decreto 1007 de 2012 (compilado en el Decreto Único Reglamentario 1066 de 2015) se creó en Colombia el Estatuto de Aficionado al Fútbol que dispuso la creación de un Plan Decenal para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y permitió la articulación del respectivo alcalde, el presidente del club o clubes profesionales de la localidad con la Policía Nacional en el conocimiento e implementación de los protocolos de seguridad en los estadios.
Asimismo, sostuvo que según la Sentencia C-128 de 2018, en materia de seguridad en actividades que involucran aglomeraciones de público complejas, como es el caso de los partidos del fútbol profesional, las competencias de la Policía Nacional y de las empresas de seguridad privada y/o de logística, fueron definidas de la siguiente manera:
• De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y en la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, la Policía Nacional, en atención al principio de exclusividad de la fuerza pública, tiene como fin principal la prevención de aquellas conductas que constituyen amenazas de afectación del orden público o impiden la convivencia entre las personas, en los términos de los artículos 2 y 218 de la Constitución Política.
• Las empresas de vigilancia y seguridad privada pueden actuar en el ámbito en que ofrezcan sus servicios, bajo los límites establecidos por el legislador, con el fin de «disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de legítimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su protección», de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 del Decreto Ley 356 de 1994, sin que ello involucre en modo alguno el ejercicio de actividades de conservación del orden público, la seguridad ciudadana ni la convivencia pacífica.
Por último, la Sala agregó que el artículo 9° de la Ley 1270 de 2009, mediante la cual se creó la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, asignó a la Policía Nacional la función de prevenir la aparición de hechos de violencia en los estadios de fútbol y en sus alrededores, en el marco del mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas.
Tras años de tensiones entre la Dimayor y el Gobierno, el alto tribunal dejó claro que las empresas privadas no pueden sustituir a la fuerza pública en el control del orden en eventos masivos como partidos o conciertos.


