CASANARE
Gobernador de Casanare continúa en el cargo, no prosperó demanda electoral
Con ponencia de la Magistrada Lucy Jeannette Bermúdez y en fallo de única instancia, la Sección Quinta del Consejo de Estado negó la nulidad de la elección del gobernador de Casanare, Salomón Sanabria Chacón, por presuntamente estar inhabilitado por ser cuñado del anterior mandatario, Josué Alirio Barrera.
El medio de control electoral iniciado contra la elección del Gobernador de Casanare, tenía su fundamento según los demandantes, en evitar el nepotismo y que el parentesco entre Josué Alirio Barrera y Salomón Sanabria afectara el derecho a la igualdad que debía primar entre los candidatos al cargo de Gobernador.
La presunta inhabilidad de la que hablaban los demandantes, estaba contenida en el artículo 13 de la Resolución 024 de 2017 del Partido Centro Democrático, pero la defensa del gobernador Salomón Sanabria siempre sostuvo que la misma carecía de validez y eficacia, por cuanto era contraria a la Constitución y la Ley.
Se alegó siempre por parte de la defensa del gobernador Salomón Sanabria, que el régimen de inhabilidades aplicable a su defendido es el establecido en el artículo 30 de la Ley 617 de 2000, norma que no contempla la presunta causal que quería hacer valer el demandante.
Se señala en apartes del fallo el Consejo de Estado, que , `los estatutos de un partido político no tienen prevalencia frente a la Constitución ni a la Ley y, por ende, sus disposiciones no se aplican preferentemente frente a la normativa superior que fija el régimen de inhabilidades …´; por consiguiente las normas dictadas por las propias organizaciones políticas no son vinculantes de manera general a todos los ciudadanos.
Reitera el fallo de la Sección Quinta del Consejo de Estado, que ‘las normas internas de una colectividad política no podrán crear inhabilidad alguna, por tratarse de una limitante de origen legal y constitucional’.
En conclusión, la Sala Electoral del Consejo de Estado determinó que, las inhabilidades tienen origen exclusivo en la ley y en la Constitución Política, sus causales deben estar expresamente consagradas y los partidos políticos que en sus normas internas impongan causales inhabilitantes, diferente a las constitucionales o legales, no podrán ser tenidas en consideración como causales de nulidad electoral.
Así las cosas, el gobernador de Casanare, Salomón Andrés Sanabria Chacón, continuará en el cargo para el cual fue electo en octubre de 2019.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Diputados Mancipe y Henry Pérez “se dijeron cositas” por elección del nuevo Contralor de Casanare
El presidente de la Asamblea de Casanare, Henry Pérez Hernández, respondió a los cuestionamientos del anterior presidente de la corporación, Juan Fernando Mancipe, sobre los avances en el proceso de elección del Contralor Departamental, señalando que al asumir la presidencia se identificaron inconsistencias que ponían en riesgo la seguridad jurídica de la convocatoria.
El cabildante explicó que, tras la revisión, la Mesa Directiva decidió revocar la convocatoria, aunque el contrato suscrito con la Universidad Distrital por Mancipe durante su presidencia se mantiene vigente. No obstante, indicó que, en su calidad de supervisor, solicitó a la institución una terminación anticipada bilateral debido a las situaciones detectadas que podrían comprometer la legalidad del proceso.
Piden intervención de la Procuraduría
El presidente de la Asamblea también informó que, actuando con diligencia, se radicó ante la Procuraduría General de la Nación una solicitud de conciliación extrajudicial, trámite necesario al tratarse de entidades públicas. Asimismo, advirtió que se evalúan posibles acciones por presuntas irregularidades como prevaricato, celebración de contratos sin el lleno de requisitos y eventual adulteración de firmas.
Pérez Hernández aseguró que la corporación ha actuado conforme al debido proceso y confía en que las autoridades competentes resuelvan la situación en los tiempos establecidos. Añadió que, una vez superados los trámites legales, se podrá avanzar en una nueva convocatoria que permita garantizar la elección del Contralor Departamental con plena seguridad jurídica.
Mancipe se defiende
CASANARE
Yopal asegura $15.000 millones tras fallo a favor en disputa con Asobancaria, por tarifa del ICA para los bancos
La Alcaldía de Yopal ha logrado un importante triunfo jurídico en su prolongada disputa con Asobancaria por el cobro del impuesto de industria y comercio (ICA).
Esta decisión, ratificada por la Corte Constitucional, reafirma la facultad del municipio para aplicar una tarifa del 20 x 1.000 a las entidades financieras que operan en la ciudad.
El fallo no solo garantiza ingresos anuales cercanos a los 15.000 millones de pesos, que serán vitales para financiar inversiones en infraestructura vial, vivienda y educación, sino que también establece un precedente jurídico de alcance nacional. Otras capitales del país podrán ahora referenciarse en esta decisión, fortaleciendo su autonomía fiscal.
La Administración Municipal destacó el arduo trabajo de su equipo legal, subrayando la defensa de los intereses de Yopal frente a una de las organizaciones más poderosas del país. En adelante, las entidades financieras deberán acatar las disposiciones del Estatuto de Rentas vigente.
El caso se originó cuando Asobancaria demandó el artículo 18 del Acuerdo 022 de 2021, argumentando que la tarifa máxima debía ser del 14 x 1.000. Sin embargo, las autoridades judiciales reconocieron la autonomía tributaria de Yopal para fijar tarifas dentro del rango permitido por la ley, que para ciudades capitales puede llegar hasta el 30 x 1.000 si se justifica ante el Concejo Municipal.
CASANARE
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