CASANARE
Gobernación de Casanare abrió nueva convocatoria del proyecto de vivienda “Las Mariselas”
Desde este lunes 7 de octubre y hasta el próximo viernes 11 de octubre, la Administración Departamental abre las puertas a la comunidad para el proceso de convocatoria y caracterización a las familias interesadas en hacer parte del proyecto de vivienda de interés social Las Mariselas, que se construirá en Yopal, el cual consta de 432 apartamentos.
Por medio de la cédula de ciudadanía, se consulta el estado de las personas, en el Módulo Histórico Departamental y Nacional, Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y el estado actual del Sisbén.
La Oficina de Vivienda Departamental le recuerda a la comunidad de Yopal que, para la caracterización se deben presentar todos los mayores de edad que estén dentro del núcleo familiar con la cédula de ciudadanía, como único requisito, dar nombres y apellidos, y el aporte, si es perteneciente a un enfoque diferencial (víctimas, desplazamiento etc…). Así mismo, se evidenciará si ha recibido beneficios (vivienda) de interés social por el Estado y/o si cuenta con propiedades dentro del territorio nacional.
La jornada de caracterización se realizará en el primer piso del edificio de la Gobernación de Casanare CAD, ubicado en la carrera 20 No. 08-02 en Yopal, de 7: 00 a.m a 3: 00 p.m en jornada continua, con una duración de 15 minutos aproximadamente por familia, quienes recibirán como resultado la certificación, evidenciando, si el núcleo es apto o habilitado para la siguiente etapa (recepción de documentos) recibiendo el listado de requisitos físicos a presentar durante la fecha de recepción establecida del 15 al 25 de octubre del año en curso.
El proyecto multifamiliar “Las Mariselas” ubicado en el barrio el Recuerdo, está conformado por 432 apartamentos distribuidos en seis torres, con un espacio de construcción de 17.305 metros cuadrados que beneficiarán a más de mil habitantes. Cuenta con apartamentos de 60.17 y 60.28 m2 conformados por sala comedor, cocina, zona de lavandería, dos habitaciones auxiliares, baño auxiliar, habitación con baño privado, espacios de esparcimiento, zonas comunes, zonas verdes, plazoletas, salón comunal, piscina, zona de juegos infantiles, portería, vías internas y parqueaderos, pensados principalmente en niños, persona en condición de discapacidad, y adultos mayores, quienes disfrutarán de ambientes de confort y bienestar.
Cronograma de fechas, horarios de atención y requisitos para la nueva obra de interés social de la capital casanareña:
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No. |
ETAPA | LUGAR Y HORARIO |
FECHA |
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1 |
PUBLICACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO |
Expedición del acto administrativo Publicación en Página WEB del Departamento, cartelera institucional de Vivienda departamental y difusión en medios masivos de comunicación y locales del Municipio de YOPAL. |
02 octubre de 2019 |
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2 |
REGISTRO Y HABILITACIÓN HOGARES ASPIRANTES |
Municipio de YOPAL Hora: De 7:00 a. m a 3:00 p.m. jornada continua
Lugar: Carrera 20 No. 08-02 CAD Edificio de la Gobernación de Casanare |
7 al 11 de octubre de 2019 (lunes a viernes) |
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3 |
RECEPCION DE DOCUMENTOS Y SUSCRIPCION DE FORMULARIOS |
Municipio de YOPAL Hora: De 7:00 am a 3:00 pm Lugar: Carrera 20 No. 08-02 CAD Edificio de la Gobernación de Casanare |
15 al 25 de octubre 2019 (lunes a viernes) |
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4 |
REVISION Y CRUCE DE INFORMACION Y CALIFICACION |
A cargo de Vivienda departamental |
30 de octubre al 15 de noviembre de 2019 |
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5 |
LISTADO DE HOGARES PRESELECCIONADOS. |
Se publicará en página WEB de la Gobernación y cartelera institucional de Vivienda Departamental, medios masivos de comunicación. |
20 de noviembre de 2019 |
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6 |
RECLAMACIONES |
Hora: 8 -12 y 2 – 5 pm Lugar: Carrera 20 No. 08-02 CAD Edificio de la Gobernación de Casanare. |
20 y 22 de noviembre de 2019 |
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7 |
RESPUESTAS A RECLAMACIONES |
A cargo de Vivienda departamental Se publicará en página WEB de la
Gobernación y cartelera institucional de Vivienda Departamental, medios masivos de comunicación. |
25 y 29 de noviembre de 2019 |
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8 |
PUBLICACION LISTADO DEFINITIVO |
Se publicará en página WEB de la Gobernación y cartelera institucional de Vivienda Departamental, medios masivos de comunicación. |
3 de diciembre 2019 |
| 9 | ENTREGA DE RESOLUCIONES | Notificación a cada uno de los beneficiarios | 4 al 6 de diciembre de
2019 |
Requisitos
Los hogares aspirantes a ser postulantes a la asignación de subsidios de vivienda nueva, deberán cumplir con los siguientes requisitos y allegar los respectivos documentos para su acreditación, en una carpeta cuatro solapas de color amarilla mate, en el siguiente orden:
- Fotocopia legible de las cédulas de ciudadanía de mayores de 18 años ampliadas al 150%.
- Fotografías tamaño 3×4 del postulante y su cónyuge.
- Fotocopia registro civil de los hijos menores de 18 años o certificación de los mayores de edad en condición de discapacidad física o mental.
- Tratándose de postulaciones de núcleos familiares que incluyan menores de edad, en las que los padres biológicos del infante hubieren decidido dar por terminada su convivencia, aquel padre que continúe con el cuidado del niño y que pretenda postularse al subsidio de vivienda de interés social, tendrá que demostrar la asunción de la custodia y el cuidado personal del menor. Con éste propósito, tendrán que adjuntar los siguientes documentos:
– Acta de conciliación de asignación de custodia y cuidado personal emitida por autoridad jurisdiccional, administrativa, por un centro de conciliación debidamente autorizado, por los delegados regionales de la Defensoría del Pueblo, agentes del ministerio público ante las autoridades jurisdiccionales y administrativas en asuntos de familia y notarios.
– Acta de audiencia de pruebas y fallo PARD donde se resuelva sobre la asignación de la custodia y el cuidado personal.
-Sentencia judicial donde se resuelva sobre la asignación de la custodia y el cuidado personal.
– Certificación emitida por la autoridad de familia jurisdiccional o administrativa competente, en la que se haga constar de forma precisa los datos de identificación del familiar que ha asumido la custodia y el cuidado personal del menor de edad.
- Se entenderán también parte del núcleo familiar aquellos hijos mayores de 18 años, que se encuentren en estado de dependencia económica de su padre o padres por estar estudiando en establecimientos de educación media o superior debidamente aprobados por las autoridades competentes (acreditar tal situación con los documentos de estudio), al efecto deberán presentar Declaración de extra juicio ante notaria donde manifiesten la dependencia económica de las personas mayores de edad a cargo del titular del hogar.
- Prueba legal del matrimonio o de la Unión marital de hecho, a través de cualquier documento idóneo que acredite la existencia de la unión.
- Certificación de ingresos y retenciones expedido por el empleador o Certificación de ingresos mensuales expedido por un contador público, para cada uno de los integrantes del núcleo Familiar mayores de 18 años (para aquellos que trabajan de manera independiente, es decir no tienen relación laboral con Ninguna Empresa o Persona Natural.) Nota: Los ingresos mensuales totales del hogar postulante no deben exceder 4 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes. (Vigencia no mayor a 30 días).
- Certificación Municipal del SISBEN. (Vigencia no mayor a 30 días).
- Certificación de residencia (mínimo 5 años) en el municipio de Yopal para todos los miembros del hogar mayores de dieciocho (18) años. (Vigencia no mayor a 30 días).
- Certificación de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de NO ser propietario de predios o inmuebles en el territorio nacional. (Vigencia no mayor a 30 días).
- Los hogares deberán demostrar y acreditar el ahorro previo, voluntario o cuota inicial por un valor de un millón de pesos ($ 1.000.000,00) el cuál se acredita mediante certificación de cuenta de ahorro programado inmovilizada con restricción de retiro expedida por una entidad financiera debidamente autorizada, para quienes deseen comprar una vivienda de tres habitaciones, así mismo cumplir el plan de pago establecido en el artículo 12 del presente acto administrativo y los hogares que deseen comprar una vivienda de dos habitaciones, deberán demostrar el ahorro previo por un valor de un millón de pesos ($ 1.000.000,00), así mismo cumplir el plan de pago establecido en el artículo 12 del presente acto administrativo, el cual garantice el cierre financiero para el proyecto.
- Carta de crédito hipotecario pre-aprobado o carta de estudio de endeudamiento o documento equivalente para la adquisición de la solución de vivienda, expedida por una entidad financiera debidamente autorizada.
- Certificado de no haber recibido subsidio por parte de la Caja de Compensación Familiar.
- Certificado de no haber recibido subsidio por parte de la alcaldía municipal del municipio donde se postula.
- Para los núcleos familiares que se presentan con algún tipo de enfoque diferencial (Población Victima, Habitante de calle, Persona Privada de la Libertad, Personas en Proceso de Reintegración, personas de la tercera edad a partir de los sesenta y cinco (65) años, persona con discapacidad, población Indígenas, población Negra, afro, raizales y palenqueras, pueblo Rom o Gitano, Población LGTBI, Madres Comunitarias, Población en situación y/o ejercicio de prostitución). Deben presentar el certificado que lo acredite como tal, expedido por la entidad competente o la que haga sus veces.
Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare
CASANARE
Terreno donde inicialmente se iba a construir el Terminal de Yopal si tenía problemas jurídicos
El Tribunal Administrativo de Casanare resolvió en segunda instancia una acción popular relacionada con la adquisición del predio destinado inicialmente a la construcción del nuevo Terminal de Transportes de Yopal, ubicado en la carrera 5° que conduce hacia Morichal, proceso en el que se analizó la actuación del Municipio de Yopal y de la Sociedad de Economía Mixta Terminal de Transportes de Yopal S.A.S.
La demanda fue interpuesta por el ciudadano Oromairo Avella, y alegó la vulneración de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, derivada de los negocios jurídicos relacionados con el terreno que se iba a utilizar, el cual según antecedentes judiciales, presentaba anotaciones de “falsa tradición” y restricciones previamente advertidas por la jurisdicción contenciosa administrativa.
No se adelantaron estudios de títulos
En la sentencia, el Tribunal confirmó que las entidades demandadas incurrieron en actuaciones contrarias a los principios que rigen la función administrativa, al aceptar como aporte a una sociedad de economía mixta un predio sobre el cual existían reparos judiciales y órdenes expresas de protección, sin adelantar un estudio de títulos riguroso ni atender decisiones judiciales anteriores. Esta conducta fue considerada lesiva del derecho colectivo a la moralidad administrativa.
No obstante, la Corporación precisó que durante el trámite del proceso se configuró la figura jurídica de la carencia actual de objeto, debido a que el inmueble cuestionado fue retirado del patrimonio de la sociedad, lo que implicó la desaparición de la situación que originó la controversia.
En consecuencia, el Tribunal mantuvo la declaratoria de vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa, pero se abstuvo de impartir órdenes adicionales, al considerar superada la situación. Sin embargo, dispuso la remisión de copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación para que, en el marco de sus competencias, adelanten las investigaciones que estimen pertinentes respecto de los hechos analizados.
CASANARE
Capturan a dos personas en Yopal por presunta explotación sexual y trata de personas
CASANARE
Yopal consolida la atención materno infantil en el Hospital Central y el CAPS Juan Luis Londoño
Mientras la atención en salud materno infantil representa un reto a nivel nacional, Yopal ha logrado consolidar resultados concretos. Esto se evidencia con la renovación y obtención de nuevas certificaciones bajo la estrategia Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia Integral (IAMII), lideradas por la Secretaría de Salud de Casanare en articulación con la ESE Salud Yopal.
Tras una exhaustiva evaluación externa, realizada según los lineamientos de Unicef, la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, el Hospital Central de Yopal alcanzó un cumplimiento superior al 80% de los criterios exigidos.
Este resultado permitió la renovación de su certificación IAMII por un periodo de tres años, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. La institución ha demostrado mejoras sostenidas en sus procesos de atención y nutrición materna e infantil.
También el Juan Luis Londoño
Asimismo, la sede CAPS Juan Luis Londoño obtuvo por primera vez la certificación oficial como Institución Amiga de la Mujer y la Infancia Integral. Este logro, producto de un proceso técnico y riguroso, contó con el acompañamiento de Unicef y se ajusta a los estándares nacionales para garantizar una atención integral, oportuna y humanizada.
El reconocimiento para la sede CAPS Juan Luis Londoño quedó formalizado mediante la Resolución 2352 del 03 de diciembre de 2025. La institución superó el 80% de cumplimiento en cada uno de los diez pasos exigidos por la estrategia IAMII, lo que la posiciona con una de las más altas distinciones en el país para la protección de la salud materno infantil.


