Connect with us

CASANARE

Formulan cargos a exmiembros de junta directiva de Empresa de Acueducto de San Luis de Palenque

Published

on

ÉDGAR DUARTE

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el exalcalde de San Luis de Palenque para el periodo 2012-2015, Edgar Duarte Moreno, y contra el exsecretario de Hacienda de la misma época, Isaac Gualdrón Jaspe, por presuntas irregularidades en el nombramiento del gerente de la Empresa de Acueducto.

Tanto al mandatario como al funcionario se les abrió pliego de cargos porque en virtud de sus funciones hacían parte de la Junta Directiva de la Empresa de Servicios Públicos del municipio.

Gerente no cumplía

Los cargos se les endilgan, porque para la época de los hechos habrían realizado el nombramiento del Gerente el 11 de enero de 2012, sin que al parecer cumpliera con los requisitos de estudio y experiencia profesional para el desempeño del cargo. Al exalcalde también se le reprochó que como Presidente de la junta posiblemente posesionó al exfuncionario, consiente de la existencia de la posible irregularidad.

El ente de control de igual manera formuló cargos contra el exgerente de la Empresa de Servicios Públicos, Jose Ulder Montilla Espinosa, porque al parecer no cumplía con los requisitos de formación profesional en áreas administrativas, contables financieras y sociales o de ingeniería, y posiblemente sólo habría terminado materias en Administración de Empresas en la Universidad de Pamplona.

Así mismo, le censuró que posiblemente no hubiera acreditado los requisitos de experiencia profesional relacionada, como lo exige el Acuerdo 18 del 30 de noviembre de 2010 expedido por la Junta Directiva de la entidad, donde se establece que para tomar posesión y desempeñarse como gerente de la entidad, debe contar con dos años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.

Falta grave

El Ministerio Público calificó provisionalmente la presunta conducta de los miembros de la junta directiva y del exgerente como falta grave, a título de dolo, por posible incumplimiento de deberes.

Los investigados podrán solicitar o aportar las pruebas que consideren pertinentes para su defensa.

La Procuraduría también dispuso el archivo definitivo de la actuación disciplinaria contra la secretaria de Planeación y miembro de la Junta Directiva de la entidad, Olka Zulay Duarte Torres, porque no firmó el acuerdo mediante el cual se hizo el nombramiento del gerente, y a los vocales Victor Manuel Torres y Jogní Tumay Godoy, porque al ser particulares no son sujetos disciplinables.

Fuente: Procuraduría General de la Nación

CASANARE

Más de 45 años de prisión para feminicida por crimen ocurrido en Yopal en 2021

Published

on

By

El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Yopal condenó a 45 años y ocho meses de prisión (550 meses) a Diego Andrés Suárez Daza, hallado culpable del feminicidio agravado de Sonia Rocío Díaz Barrera, de 30 años. Suárez Daza fue capturado en 2024 en Cajicá, a donde había huido e intentaba pasar desapercibido como mecánico.

El fallo, emitido en aplicación de la normativa colombiana sobre violencia de género, busca enviar un mensaje claro sobre la gravedad de estos delitos, como en este caso que causó conmoción en su momento en la capital casanareña.

El crimen ocurrió el 2 de septiembre de 2021 en la residencia de la víctima, ubicada en el barrio Bicentenario de Yopal. Suárez Daza, expareja sentimental de Sonia, ingresó al domicilio y la atacó con un arma blanca, causándole heridas mortales en el cuello. El cuerpo fue hallado por familiares que, alarmados por su ausencia en su local del Terminal de Transportes, acudieron a buscarla.

En el momento del ataque, Sonia se encontraba en casa con su hija de tres años, quien dormía en otra habitación. La violencia del hecho y la presencia de la menor en el lugar conmovieron profundamente a la comunidad yopaleña, que desde entonces ha exigido justicia por este brutal crimen, llegando incluso a realizar un plantón frente a la sede de la Fiscalía.

La investigación reveló que la víctima había denunciado amenazas previas y enfrentaba un conflicto por la fijación de la cuota alimentaria de la niña. Estos antecedentes fueron considerados por el juez como agravantes en el contexto de violencia intrafamiliar y de género.

Con esta condena, las autoridades reafirman su compromiso de sancionar con severidad los feminicidios y proteger los derechos de las mujeres, especialmente en contextos donde persiste la violencia ejercida por exparejas o personas cercanas.

Lea también: Por fin, después de dos años y medio capturan feminicida de comerciante del Terminal de Yopal

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

Continue Reading

CASANARE

Condenan a 44 años de prisión a feminicida por hechos ocurridos en Maní

Published

on

By

El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal condenó a 44 años de prisión (528 meses) a Kilver Alfonso Mariño Ávila por el feminicidio de su expareja, Mildre Carolina Rojas, ocurrido el 5 de noviembre de 2024 en el municipio de Maní.

La decisión judicial, que fue apelada por la defensa del condenado, se dio tras comprobar que el hombre atacó brutalmente a la mujer con un arma blanca en un establecimiento público, como fue de amplio conocimiento.

Según el relato de los hechos, la víctima, de 38 años, fue abordada por Mariño Ávila mientras trabajaba, y en medio de una discusión por el uso de una motocicleta, el agresor la persiguió y le causó una herida mortal en el abdomen. Aunque varios ciudadanos intentaron auxiliarla, la gravedad de la lesión le provocó la muerte minutos después.

Mariño Ávila huyó del lugar tras cometer el crimen, pero fue capturado esa misma noche gracias a la oportuna reacción de la Policía y la colaboración de la comunidad. La víctima había denunciado previamente amenazas por parte del agresor.

Lea también: A prisión señalado como responsable de feminicidio ocurrido en Maní

Lea también: Hija de víctima de feminicidio en Maní exige justicia a pocos días de la audiencia de juicio

Fuente: El Diario del Llano – HOLA Casanare

Continue Reading

CASANARE

JEP imputa tortura y tratos inhumanos a seis militares por ‘falsos positivos’ en Casanare

Published

on

By

Tras analizar 17 hechos de asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado, en los que se documentaron actos de violencia física y psicológica contra 26 víctimas antes de su asesinato, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP imputó los delitos de tortura y de tratos inhumanos y degradantes a seis comparecientes, exintegrantes del Ejército Nacional, por hechos ocurridos en Casanare.

Las nuevas imputaciones fueron formuladas contra Wilson Salvador Burgos Jiménez, Marco Fabián García Céspedes, Jhon Alexander Suancha Florián, Wilfrido Domínguez Márquez y Miguel Andrés Sierra García, quienes ya habían sido determinados como máximos responsables, así como contra Zamir Humberto Casallas Valderrama, definido como partícipe no determinante y también llamado a reconocer responsabilidad. Todos pertenecieron a la XVI Brigada del Ejército Nacional.

La decisión se adoptó tras contrastar la información obtenida en las versiones voluntarias, las pruebas recolectadas en los procesos adelantados en la jurisdicción ordinaria y las observaciones presentadas por víctimas y el Ministerio Público, con el fin de dar respuesta a la solicitud de esclarecer el trato bridado a las víctimas antes de ser asesinadas. La magistratura concluyó que varios de estos actos constituyeron tortura contra persona protegida, una conducta tipificada tanto en el Código Penal colombiano como en el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional.

Hubo tortura antes de asesinarlos

En el análisis de estos 17 hechos, en los que fueron asesinadas 26 personas, la JEP evidenció que las víctimas fueron engañadas, sometidas o trasladadas en condiciones que incrementaron su vulnerabilidad. Estas prácticas tenían como propósito facilitar su posterior asesinato y presentación como bajas en combate.

Esta nueva calificación jurídica profundiza lo establecido por la sala en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas proferido en el Subcaso Casanare del Caso 03, en 2022, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate por agentes del Estado en ese departamento. En dicha decisión, la JEP determinó la existencia de un patrón criminal sistemático por parte de la XVI Brigada del Ejército Nacional, que habría involucrado a más de 296 víctimas directas entre 2005 y 2008 en Casanare.

Como parte del proceso ante la Justicia Transicional Restaurativa, la Sala de Reconocimiento de Verdad trasladó algunos de los hechos investigados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, con el fin de que continúe la indagación sobre los pormenores del trato recibido por las víctimas antes de su muerte, en relación con comparecientes que participaron directamente en los hechos, pero cuya situación jurídica fue remitida a esa instancia de la JEP porque no fueron seleccionados como máximos responsables.

Asimismo, la Sala de Reconocimiento envió al Subcaso Costa Caribe II información sobre hechos cometidos por el compareciente Juan Pablo Gutiérrez Jaramillo cuando estuvo en la Brigada XVI en el departamento de Casanare, para que también sean tenidos en cuenta en dicha investigación, en la que fue imputado como máximo responsable, en calidad de coautor de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada.

Los seis comparecientes llamados a reconocer su responsabilidad por actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes en Casanare tienen 15 días hábiles para informar a la Sala de Reconocimiento de Verdad si aceptan o no los nuevos cargos imputados por la JEP. En ese mismo término, podrán pronunciarse, aportar pruebas y referirse a los hechos, las conductas y su eventual participación individual en ellos.

Fuente: Comunicaciones JEP

Continue Reading
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement

Lo Mas Leido